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Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2015-2016 ANTEPROYECTO DE LEY: 018 PROYECTO DE LEY: 374 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: QUE CREA EL DISTRITO ESPECIAL OMAR TORRIJOS HERRERA, SEGREGADO DEL DISTRITO DE DONOSO, PROVINCIA DE COLÓN. FECHA DE PRESENTACIÓN: 3 DE AGOSTO DE 2016. PROPONENTE: H.D. JAVIER ORTEGA. COMISIÓN: ASUNTOS MUNICIPALES. Apartado 0815-01603 Panamá 4, Panamá

Panamá, 15 de septiembre de 2016 Honorable Diputado RUBÉN DELEÓNS~~CHE Z Presidente Asamblea Nacional E. S. D Honorable Señor Presidente: De confonnidad con la facu ltad que nos concede la Constitución Política de la República y el articulo 108 del Reglamento [ntemo de la Asamblea Nacional, presento por su digno conducto, a la consideración de esta augusta Cámara, el Anteproyecto de Ley N Que crea el distrito especial Ornar Torrijas Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón, el cual explicamos en la siguiente exposición de motivos: Exposición de Motivos La presente iniciativa surge con el interés de exaltar la dignidad humana, promover la justicia social, el bienestar general y la integración regional de los moradores del corregimiento de San José del General (Coclesito), ubicado en el distrito de Donoso en la provincia de Colón, justo en la vertiente divisoria entre el Pacífico y el Atlántico, extensión territorial que forma parte del Corredor Biológico Mesoamericano y cuya población alcanza unos 6,500 habitantes, distribuidos en comunidades permanentes y asentamientos indígenas. La comunidad es además visitada diariamente por unos cinco mil empleados de las empresas mineras que realizan la extracción a cielo abierto de minerales como el oro, la plata y el cobre, con el consabido perjuicio que esta actividad ocasiona a las especies animales y también a los ecosistemas acuíferos y fo restales, en razón de la utilización de sustancias tóxicas como el cianuro y el mercurio que propician la contaminación ambiental. El anteproyecto de Ley que fue abordado y consultado con los moradores de este sector del país, está dirigido a atender las múltiples carencias existentes en materia de salud, vivienda y educación. Así como también lo concerniente a los requerimientos en infraestructura pública para la prestación de servicios básicos como los de electricidad rural, agua potable y telefonía rural, pero sobre todo, para atender los problemas personales, delincuenciales y de acoso sexual, maltrato a menores y violencia doméstica que mantienen una alta recurrencia en estos poblados, debido a la ausencia de representantes de la autoridad policial y de miembros de la justicia administrativa.

Actualmente, para tratar de realizar alguna diligencia relacionada con el apoyo policial o presentar algún caso ante la justicia administrativa, los moradores de estas comunidades de dificil acceso tienen que caminar largas distancias hasta lograr un vehículo que los transporte 48 kilómetros hasta La Pintada, en la provincia de Coclé, desde ahí tienen que dirigirse hasta Penonomé, que se encuentra a 15 Kilómetros, luego deben tomar otro vehículo que los conduzca hasta la ciudad capital a 150 Kil ómetros de distancia, para entonces subir a un autobús que los traslade hasta la ciudad de Colón, para finalmente tomar otro transporte que los lleve hasta la costa abajo, precisamente al distrito cabecera de Miguel de la Borda a 155.75 Kilómetros donde se ubican la oficinas administrativas. Este periplo acumula en total más de ocho horas de viaje y costos por pasaje que oscilan entre 180 y 250 balboas ida y vuelta, en razón de la deficiente distribución territorial de los corregimientos y la dificil geografia del distrito de Donoso que mantiene aisladas a muchas comunidades de su distrito cabecera. Cabe destacar que la suma total del recorrido (368.7S Kilómetros) que realizan los habitantes de San José del General (Coclesito), para lograr alguna atención o servicio de parte de las autoridades provinciales de Colón, es comparable a la distancia que hay entre la ciudad capital y el distrito de San Félix, en la provincia de Chiriquí, estimada en 370 Kilómetros. De realizar el recorrido por la vía acuática, los habitantes de San José del General (Coclesito) deben desembolsar entre 130 y 180 balboas para dirigirse río abajo hacia el corregimiento de Coclé del Norte, a cuatro horas de distancia; una vez allí, deben pagar la suma de 250 balboas y esperar a que zarpe una embarcación que se haga a la mar y se dirija hacia el distrito cabecera de Miguel de la Borda, en los meses de lluvia es más dificil y se complica aún más de surgir algún inconveniente o que se ausente al gún funcionario, pues se ven obligados a repetir el viaje. Es por ello que en atención al Título 1, artículo 5 del texto constitucional del año 2004, proponemos la creación por conveniencia administrativa y pública del distrito especial Ornar Torrijas Herrera, segregado del distrito de Donoso, en la provincia de Colón, para brindarle una mejor calidad de vida, en todos sus aspectos, a los habitantes de esta región de dificil acceso, mediante el establecimiento de las sedes regionales de las autoridades administrativas, policiales y de servicios públicos, así como también mediante la modernización y actualización de los centros escolares de primaria, media y premedia, entre otras asistencias. El corregimiento de San José del General (Coclesito), se funda el 8 de agosto de 1970, día en que el General de Brigada y Jefe de Gobierno de Panamá, Ornar Torrijas Herrera, llega por primera vez al poblado, entonces llamado La Negrita, por un pedido especial del padre José María González. luego de una inundación que arrasó con todo. La comunidad constituyó un eje fundamental en toda la serie de esfuerzos articulados durante las luchas nacionalistas por lograr la recuperación de la Zona del Canal de Panamá y la finna de los

tratados Torrijos - Carter, pues al igual que Farallón, fue por derecho propio uno de los escenarios utilizados por el general Ornar Torrijos en la celebración de las reuniones de alto nivel con los representantes del sector diplomático y consular de distintos países del mundo. Por las razones y consideraciones expuestas en la presente Exposición de Motivos, les solicito a ustedes honorables colegas la cooperación para que esta iniciativa reciba el trámite legislativo que le corresponde en concordancia con lo establecido en el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, para que en consecuencia, sea debidamente debatido en la Comisión que le corresponda y continúe su análisis y discusión en el recinto parlamentario.

I Anteproyecto de Ley N Que crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Artículo 1. Se crea el distrito especial Ornar Torrijas Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. Artículo 2. El artículo 9 de la ley 1 de 1982 queda así: Artículo 9. Los límites de la provincia de Colón son los siguientes: 1. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura del río Belén en el mar Caribe que es el lindero con la provincia de Veraguas, se sigue por toda la costa, hasta donde el río Playa Colorada deja sus aguas en el mar Caribe. 2. Con la comarca Kuna Yala. Desde donde el rio Playa Colorada deja sus aguas en el mar Caribe, se continúa con una línea imaginaria en dirección sureste hasta encontrar el curso del río Mandinga; el cual se sigue aguas arriba hasta su nacimiento. 3. Con la provincia de Panamá, distrito de Panamá. Desde el nacimiento del río Mandinga; se sigue en dirección noroeste por la cima de la sierra Llorona hasta el punto donde nace el río Boquerón, se continúa aguas abajo por todo el curso de este río, hasta el punto donde el río Diablo le vierte sus aguas, luego aguas abajo el no Boquerón hasta su desembocadura en el lago Alajuela, se sigue por la línea central de dicho lago cuyas coordenadas UTM WGS84 son: E 657 509,648rn y N 1 035 381,857rn; E 655 592,015rn y N 1 028 516,578rn; E 655 569,722rn y N 1 024 074,930rn; E 656 554,354rn y N 1 02 1 794,485rn; E 656 475,061rn y N 1 019 525,493rn; E 652 035,546rn y N 1 018 507,3 60rn; E 650 910,037rn y N 1 01 7 757,167rn; pasando al norte de la isla Bembón y al sur de la isla Campana hasta el río Chagres; se continúa aguas abajo este río hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 648 037,278rn y NI 016 464,878m ubicado en el centro del puente de la autopista Alberto Motta Cardoze sobre el río Chagres. Desde aquí, se sigue aguas abajo el río hasta su desembocadura en el canal de Panamá en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 643 166,803rn y N I 007363,781m. 4. Con la provincia de Panamá Oeste, distritos de Arraiján, La Chorrera y Capira. Desde la desembocadura del río Chagres en el canal de Panamá en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 643 166,803rn y NI 007 363,781rn, se continúa por el centro del canal hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 642 272,432m y N l 007 828,707rn situado al noreste de la isla Santa Cruz próximo al paso

Gamboa, se sigue por el canal hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 637 616,218m y N 1 008 528,954m, situado al noreste de punta Juan Grande, se continúa por este canal pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 636 970,426m y N 1 008 444,20m al norte de punta Mamey; E 635 437,778m y N 1 007 S63,020m al noreste de la isla Bailamonos, se sigue por el canal de Panamá en dirección noroeste pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 631 468,379m y N 1 008 419,138m; E 631 205,315m y N 1 008 696,352m, situados al norte de punta Bondad, se continúa por el canal por los puntos situados entre punta Frijoles y punta Colorada con coordenadas UTM WGS84 E 630 434,481m y N I 012 614,863m; E 630 155,331m y NI 012 963,799m, se sigue el cauce del canal por su línea central en dirección general noroeste pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 627 092,103m y N 1 015 593,004m; E 624 659,584m y N 1 014 993,446m; E 624 281,569m y N 1 015 057,417m ubicados al norte de la isla Barro Colorado, se continúa por el cauce del canal hasta el punto con coordenadas UTM WGS84 E 619 041m y NI 017 936,082m al sur de isla Bruja Chiquita, se sigue a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 618 142,316m y N 1 016 220,278m ubicado al este de las islas Trinidad Chiquita y Trinidad, de allí a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 617 193,625m y N 1 014 SOl,OOlm, al este de las islas Guacha, se continúa pasando por un punto equidistante entre la punta Daniel en Escobal y la isla Sandelo con coordenadas UTM WGS84 E 615 542,61 1m y N 1 011 158,060m, desde allí linea recta en dirección suroeste hasta un punto situado frente a punta Ramón con coordenadas UTM WGS84 E 614 453,601m y N 1 009 029,380m, se sigue a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 612 276,861m y NI 004 322m situado al este de isla A verfira, se continúa por la línea central del lago Gatún cuyas coordenadas UTM WGS84 son: E 612 762,584m y NI 001 623,135m; E 614 033,397m y NI 002 216,999m; E 614 378,367m y N 1 001 620,844m; E 614 41O,877m y N 1 000 957,378m, se sigue por la línea central del lago hasta un punto el este de la isla Calle Tigre con coordenadas UTM WGS84 E 614 369m y N 1 000 503,588m, se continúa pasando al suroeste de la isla Cristóbal hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 563,496m y N 999 705,86m, se sigue en dirección sur por la línea central del lago Gatún pasando al este de la isla Tres Perros por un punto con coordenadas UTM WGS84 E 615 007,304m y N 999 271,438m y por el lado oeste de la isla Leona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 741,859m y N 998 603,531 m, se sigue por el sureste de las islas Arroz y Astillero a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 474,977m y N 997 469,508m, se continúa en dirección general sur por la línea central del lago Gatún pasando por el punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 440,745m y N 996 231,456m, se sigue hasta la desembocadura del río Trinidad en el lago; de allí aguas arriba el curso del río hasta el chorro del río Trinidad con coordenadas UTM WGS84 E 611 291,402m y N 992 01 0,059m, se continúa en dirección suroeste al chorro del río Ciri Grande, se sigue en línea recta en dirección noroeste hasta el chorro del río Ciricito, luego

en línea recta en dirección suroeste hasta el cerro Hinojal, se continúa línea recta en dirección suroeste hasta la confluencia de la quebrada Los Uveros con el río Indio 5. Con la provincia de Coclé, distritos de Penonomé, La Pintada y Olá. Desde donde la quebrada los Uveros le vierte sus aguas al río Indio, se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Jobo, se continúa el río Jobo hasta su unión con la quebrada El Papayo, aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, de allí línea recta hasta el punto donde el río Tulú le vierte sus aguas en el río Toabré, se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Coelé del Norte, se continúa aguas arriba el río Coelé del Norte hasta donde el río Coelesito se le une, luego se sigue aguas arriba por todo el curso del río Coelesito hasta su confluencia con el río Moreno, desde allí en línea recta dirección noroeste hasta la cima del Cerro Jagua, se continúa la línea recta en dirección suroeste hasta el punto donde se unen la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Turbe, aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste de cerro de la Aclosa, se continúa por la cordillera Pan de Azúcar y el cerro Belencillo o los BateaJes, se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo hasta la cima del cerro Negro, se continúa hacia el suroeste por la divisoria de aguas que separa los ríos Belén y Nombre de Dios hasta el nacimiento del río Belén en la división Continental o cordillera Central. 6. Con la provincia de Veraguas, distrito de Santa Fé. Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la cordillera Central, se continúa aguas abajo este río hasta su desembocadura en el mar Caribe. Artículo 3. El artículo 10 de la Ley 1 de 1982 queda así: Artículo 10. La provincia de Colón se divide en seis distritos a saber: Colón, Chagres, Donoso, Portobelo, Santa Isabel y Ornar Torrijas Herrera. La cabecera de la provincia es la ciudad de Colón. Artículo 4. El artículo 15 de la Ley 1 de 1982 queda así: Artículo 15. Los límites del distrito de Donoso son los siguientes: 1. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura del río Belén, se continúa por toda la costa hasta la desembocadura del río Indio. 2. Con el distrito de Cbagres. Desde la desembocadura del rio Indio en el mar Caribe, se sigue este río aguas arriba hasta su confluencia con el río El Jobo. 3. Con el distrito de Penonomé, provincia de Coelé. Desde la confluencia del río Indio y el río El Jobo, se continúa aguas arriba el río Jobo hasta su unión con la quebrada El Papayo, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, de allí en línea recta hasta el punto donde el río Tulú vierte

sus aguas al río Toabré, se continúa agua abajo el río Toabré hasta la confluencia con la quebrada La Gloria. 4. Con el distrito de La Pintada, provincia de Coclé. Desde la confluencia de la quebrada La Gloria y el río Toabré, se continúa aguas abajo este río hasta donde se une con el río Coclé del Norte, se sigue aguas arriba el río Coclé del Norte hasta su confluencia con la quebrada Santa Isabel Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se continúa aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste del cerro AcIosa, luego por la cordillera de Pan de Azúcar y el cerro Belencillo o Los BateaJes, se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y río San Juan, desde allí se continúa hasta la cima del cerro Negro en la división Continental. S. Con el distrito especial Ornar Torrijas Herrera. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586,209m y N 987 551,724m, donde la quebrada Santa Isabel vierte sus aguas en el río Coclé del Norte; ésta quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera de la quebrada sin nombre afluente del río Hoja; aguas abajo ésta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Hoja; este río aguas abajo hasta su unión con el río Caimito; aguas arriba este río hasta donde recibe las aguas del río del Medio, este río hasta su cabecera; desde aquí línea recta en dirección suroeste al nacimiento del río Petaquilla; desde aquí línea recta en dirección sureste a la cima del cerro Petaquilla; desde este punto línea recta a la cabecera de la quebrada Vega, ésta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Turbe en los límites con el distrito de La Pintada. 6. Con el distrito de Olá, provincia de CocIé. Desde la cima del cerro Negro en la división Continental, se sigue por esta divisoria de aguas hasta el punto en sus faldas donde nace el río Belén. 7. Con el distrito de Santa Fé, provincia de Veraguas. Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la cordillera Central, se siguen aguas abajo dicho río hasta su desembocadura en el mar Caribe. Artículo 5, El artículo 16 de la Ley Ide 1982 queda así: Artículo 16. El distrito de Donoso se divide en cinco corregimientos a saber: Miguel de La Borda (cabecera), Gobea, Río Indio, El Guásimo y Coclé del Norte. La cabecera del distrito es la población de Miguel de La Borda. Los límites de los corregimientos del distrito de Donoso son los siguientes: 1. Corregimiento de Miguel de La Borda. a. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura de la quebrada Gaona por toda la costa hasta la desembocadura de la quebrada Zambo. b. Con el corregimiento Gobea. Desde la desembocadura de la quebrada Zambo en el mar Caribe, se continúa por dicha quebrada, aguas arriba en todo su curso hasta su cabecera; de allí se sigue en

dirección sur por toda la divisoria de aguas, la que separa las aguas que corren hacia el río Caño Rey, de las que fluyen hacia el río Gobea hasta llegar a la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula. c. Con el corregimiento El Guásimo. Desde el cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula en el límite con el corregimiento de Gobea, se sigue por la divisoria de aguas de los ríos Guásimo y Jobo de las del Caño del Iguanero hasta la cabecera de la quebrada Los Cuacos, aguas abajo ésta quebrada hasta su unión con el río Miguel de La Borda, se continúa por el río donde se une con la quebrada El Guaba, aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, de allí se sigue por la divisoria de las aguas que corren al río Miguel de La Borda de las que corren hacia el mar Caribe, de aquí se continúa hasta el nacimiento del río Clarito, aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Majagual. d. Con el corregimiento Coelé del Norte. Desde la unión del río Clarito con el río Majagual, aguas arriba este último hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera del río Caño Rey; este río aguas abajo hasta donde recibe las aguas de la quebrada Corotú; desde aquí línea recta al nacimiento de la quebrada Gaona, ésta quebrada aguas abajo hasta su desembocadura en el mar Caribe. 2. Corregimiento Gobea. a. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura de la quebrada Zambo por toda la costa hasta la desembocadura de la quebrada Pilón. b. Con el corregimiento de Río Indio. Desde la desembocadura de la quebrada Pilón en el mar Caribe, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento; de aquí se continúa por toda la cresta de la divisoria que separa las aguas del río Gobea y río Jobo con las de río Indi o, hasta el nacimiento de la quebrada Las Minas. c. Con el corregimiento El Guásimo. Desde el nacimiento de la quebrada Las Minas, se sigue por la divisoria de aguas de los ríos Jobo y Gobea hasta la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula. d. Con el corregimiento Miguel de La Borda. Desde la cima donde nacen los ríos Vaca y Cañafistula, se sigue en dirección norte por toda la divisoria de aguas, la que separa las aguas que corren hacia el río Caño Rey, de las que fluyen hacia el río Gobea, hasta la cabecera de la quebrada Zambo, luego aguas abajo por dicha quebrada hasta su desembocadura en el mar Caribe. 3. Corregimiento de Rio Indio. a. Con el corregimiento El Guásimo. Desde la cabecera de la quebrada El Papayo en los límites con el distrito de Penonomé, se sigue en línea recta al nacimiento de la quebrada Las Minas. b. Con el corregimiento Gobea.

Desde el nacimiento de la quebrada Las Minas, se continúa por toda la cresta de la divisoria que separa las aguas del río Gobea con las del río Indio; de aquí al nacimiento de la quebrada Pilón, se sigue aguas abajo ésta quebrada hasta su desembocadura en el mar Caribe. c. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura de la quebrada Pilón, se continúa por toda la costa hasta la desembocadura o boca del rio Indio. 4. Corregimiento El Guásimo. a. Con el corregimiento Miguel de La Borda. Partiendo de la confluencia de los ríos Manguesal y Clarito, se continúa éste último aguas arriba hasta su nacimiento, luego se sigue la divisoria de las aguas que corren al río Miguel de La Borda de las que corren hacia el mar Caribe, hasta el punto donde nace la quebrada El Guaba, cuyo curso se sigue aguas abajo hasta dejar sus aguas en el río Miguel de La Borda, de aquí se continúa por el río Miguel de La Borda hasta donde recibe las aguas de la quebrada Los Cuacos, siguiendo por el curso de esta quebrada aguas arriba hasta su cabecera. De este punto por la divisoria de aguas de los ríos Guásimo y Jobo de las del Caño del 19uanero, hasta encontrar el límite con el corregimiento de Gobea, en la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula. b. Con el corregimiento Gobea. A partir de la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula se sigue por la divisoria de aguas de los ríos Jobo y Gobea, hasta encontrar el nacimiento de la quebrada Las Minas. c. Con el corregimiento Río Indio. A partir del nacimiento de la quebrada Las Minas, se sigue con una línea recta a la cabecera de la quebrada El Papayo, en los límites del distrito de Penonomé. d. Con el corregimiento Coclé del Norte. Partiendo de un punto en donde la quebrada La Encantada alcanza los límites con el distrito de Penonorné, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su cabecera, de allí en línea recta hasta el nacimiento de otra quebrada La Encantada, se continúa aguas abajo ésta quebrada hasta su unión con la quebrada Las Quebradas, después aguas abajo éste curso hasta su confluencia con el río Miguelito; este río aguas abajo hasta el punto donde recibe las agua de la quebrada La Sardinosa, luego se continúa aguas arriba la quebrada La Sardinosa hasta su cabecera, luego en línea recta a la cabecera de la quebrada Ortiga, de allí linea recta al nacimiento el río Ortiga, se sigue en línea recta a cabecera de la quebrada Ajíes en la serranía Los Ajíes, después aguas abajo ésta quebrada hasta su confluencia con el río Caño; aguas arriba el río Caño hasta su unió con los ríos Clarito y Manguesal. 5. Corregimiento Coclé del Norte. a. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura del río Belén, se sigue por la costa hasta la desembocadura de la quebrada Gaona.

b. Con el corregimiento Miguel de La Borda. Desde la desembocadura de la quebrada Gaona en el mar Caribe, se continúa aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, desde aquí línea recta hasta donde el río Caño Rey recibe las aguas de la quebrada Corotú, se sigue aguas arriba hasta la cabecera del río Caño Rey, de aquí línea recta a la cabecera del río Manguesal, luego aguas abajo este río hasta su unión con el río CIarito. c. Con el corregimiento El Guásimo. Desde la unión del río Clarito con el río Manguesal; aguas abajo el río Caño, hasta donde recibe las aguas de la quebrada Ajíes; desde aquí agua arriba ésta quebrada hasta su nacimiento; en la serranía Los Ajíes línea recta al nacimiento del río Ortigal; de allí línea recta a la cabecera de la quebrada Ortigal, luego línea recta a la cabecera de la quebrada la Sardinosa; ésta quebrada hasta su desembocadura en el río Miguelito; agua arriba este río hasta donde recibe las aguas de la quebrada Las Quebradas; ésta quebrada aguas arriba hasta donde se le une la quebrada La Encantada; está quebrada hasta su nacimiento; linea recta hasta a la cabecera de la quebrada La Encantada; que nace cerca de los límites del distrito de Penonomé, la cual se sigue aguas abajo hasta el mencionado limite. d. Con el corregimiento Río Indio, distríto de Penonomé, provincia de Coelé. Desde la confluencia del río Indio y el río El Jobo, se continúa aguas arriba el río Jobo hasta su unión con la quebrada El Papayo, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, de allí en línea recta hasta el punto en donde el río U cruza el límite con el distrito de Donoso. e. Con el corregimiento de Toabré, distrito de Penonomé, provincia de Coelé. Desde el punto en donde el río U cruza el límite con el distrito de Donoso, se continúa en línea recta hasta la desembocadura del río Tulú en el río Toabré. f. Con el corregimiento de Tulú, distrito de Penonomé, provincia de Coclé. Desde el punto donde el río Tulú vierte sus aguas al río Toabré, se continúa agua abajo el río Toabré hasta la confluencia con la quebrada La Gloria. g. Con el corregimiento de Llano Grande, distrito de La Pintada, provincia de Coelé. Desde la confluencia de la quebrada La Gloria y el río Toabré, se continúa aguas abajo este río hasta donde se une con el río Coelé del Norte, se sigue aguas arriba el río Coclé del Norte hasta su confluencia con la quebrada Santa Isabel. h. Con el corregimiento Coelesito, distrito especial Ornar Torrijos Herrera. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586,209m y N 987 551,124m, donde la quebrada Santa Isabel vierte sus aguas en el río Coelé del Norte; ésta quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera de la quebrada sin nombre afluente del río Hoja; aguas abajo ésta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Hoja; este río hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 544 034,483rn y N 987 827,586m. i. Con el corregimiento Nueva Esperanza, distrito especial Ornar Torrijas Herrera.

Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 034,483m y N 987 827,586m, se continúa este río aguas abajo, hasta su unión con el río Caimito; aguas arriba este río hasta donde recibe las aguas del río del Medio, este río hasta su cabecera. j. Con el corregimiento San Juan de Turbe, distrito especial Ornar Torrijas Herrera. Desde la cabecera del río del Medio se sigue en línea recta dirección suroeste al nacimiento del río Petaquilla; desde aquí línea recta en dirección sureste a la cima del cerro Petaquilla; desde este punto línea recta a la cabecera de la quebrada Vega, ésta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Turbe en los límites con el distrito de La Pintada. k. Con el corregimiento El Harina, distrito de La Pintada, provincia de Coclé. Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se continúa aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste del cerro Aclosa, luego por la cordillera de Pan de Azúcar y el cerro Belencillo o Los Bateales, se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y río San Juan. 1. Con el corregimiento Las Lomas, distrito de La Pintada, provincia de Coclé. Desde la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y río San Juan, desde allí se continúa hasta la cima del cerro Negro en la división Continental. Hasta la cima del cerro Negro. m. Con el corregimiento El Palmar, distrito de alá, provincia de Coclé. Desde la cima del cerro Negro, se continúa hacia el suroeste por la divisoria de aguas que separa los ríos Belén y Nombre de Dios hasta el nacimiento del río Belén en la división Continental o cordillera Central. n. Con el corregimiento de Calovébora, distrito de Santa Fé, proviocla de Veraguas. Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la cordillera Central, se continúa aguas abajo este río hasta su desembocadura en el mar Caribe. Artículo 6. Se adiciona el articulo l6-a a la Ley 1 de 1982, así. Los límites del distrito especial Ornar Torrijas Herrera son los siguientes: 1. Con el distrito de La Pintada. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586,209m y N 987 551,724m donde la quebrada Santa Clara vierte sus aguas en el río Coclé del Norte, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Coclesito en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 550 241,3 79m y N 975 034,483m, aguas arriba el río Coclesito hasta su confluencia con el río Moreno en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 620,689m y N 971 551,724m, se continúa en dirección noroeste línea recta a la cima del cerro Jagua, de allí, se sigue en línea recta dirección suroeste hasta encontrar la quebrada La Mona; se continúa en línea recta hasta la confluencia de la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas

arriba este río hasta su unión con el río Turbe, aguas arriba este río hasta el punto donde le vierte sus aguas la quebrada Vega. 2. Con el distrito de Donoso. Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su cabecera, desde aquí línea recta a la cima del cerro Petaquilla, desde aquí línea recta al nacimiento del río Petaquilla, se continúa en línea recta di rección noreste a la cabecera del río del Medio, se sigue este río aguas abajo hasta su confluencia con el río Caimito, después aguas abajo el río Caimito hasta su un ión con el río Hoja, se sigue aguas arriba el fio Hoja hasta donde le vierte sus aguas la quebrada sin nombre, se continúa aguas arriba ésta quebrada sin nombre hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera de la quebrada Santa Isabel, luego aguas abajo ésta quebrada hasta su desembocadura en el río Coclé del Norte en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586,209m y N 987 551,724m. Artículo 7. Se adiciona el artículo 16-B a la Ley I de 1982, así. Arlículo 16-8. El distrito especial Ornar Torrijas Herrera con superficie de 198.6 kilómetros cuadrados, se divide en tres corregimientos a saber: Coclesito, San Juan de Turbe y Nueva Esperanza. La cabecera del distrito es la población de Coclesito, donde se encuentra ubicada la Junta Comunal, cuyas coordenadas UTM WGS84 E 548 698,OOm y N 973 853,OOm y la casa Ornar en el Recuerdo, cuyas coordenadas UTM WGS84 E 548 917,00m y N 973 94 1,00m. Los límites de los corregimientos del di strito especial Ornar Tonijos Herrera son los siguientes: 1. Corregimiento Coclesito. a. Con el corregimiento Llano Grande, distrito de la Pintada. Desde el punto con coordeoadas UTM WGS84 E 549 586,209m y N 987 551,724m donde la quebrada Santa Clara vierte sus aguas en el río Coclé del Norte, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Coclesito en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 550 241,37901 y N 975 034,483m, aguas arriba el río Coclesito hasta su confluencia con el río Moreno en un punto con coorden<ldas UTM WGS84 E 549 620,689m y N 971 551,724m. b. Con el corregimiento Piedras Gordas. di:iu'ito de la Pintada. Desde la confluencia del río Coclcsito y e! ric' Moreno en un pumo con coordenadas UTM WGS84 E 549 620,689m 'i N 971 551,724m, se cnnti.;rhla en dirección noroeste línea recta,1 13 cima del cerro Jagua, de alli. se sigue en línea recta dirección suroeste hasta el plll!1c con coordenadas UTM WGSS4 S 547 827,586m )' N 971 70ó,897m. c. Con el corregimiento San Jlian de Tl~be. D.!sce el plmto con coordenadas UTM WGSfl4 E 547 S~7.586m y 1'~ 971 706,897m. se sigue en linea eeta dirección noroeste hasl~ el punto :;011 coordenadas UTM WGS84 E 546 os6.107m y N 976241,37901.

d. Con el corregimiento Nueva Esperanza. Desde un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 586,207m y N 976 241,379m, se continúa en línea recta dirección noroeste hasta un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 034,483m y N 987 827,586m. e. Con el corregimiento Coclé del Norte, distrito de Donoso. Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 034,483m y N 987 827.S86m, se continúa aguas arriba este río hasta donde quebrada sin nombre le vierte sus aguas, se sigue aguas arriba ésta quebrada sin nombre hasta su nacimiento, desde allí línea recta hasta la cabecera de la quebrada Santa Isabel, se continúa aguas abajo ésta quebrada hasta su confluencia con el río Coclé del Norte en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586,209m y N 987 551,724m. 2. Corregimiento San Juan de Turbe. a. Con el corregimiento Piedras Gordas, distrito de la Pintada. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 827,586m y N 971 706,897m, se continúa en línea recta dirección suroeste hasta encontrar la quebrada la Mona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 206,897m y N 971 517,24Im. b. Con el corregimiento El Harina, distrito de la Pintada Desde la quebrada la Mona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 206,897m y N 971 517,241 m, se continúa en línea recta hasta la confluencia de la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Turbe, aguas arriba este río hasta el punto donde le vierte sus aguas la quebrada Vega. c. Con el corregimiento Coclé del Norte, distrito de Donoso. Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su cabecera, desde aqui línea recta a la cima del cerro Petaquilla, desde aquí línea recta al nacimiento del río Petaquilla, se continúa en línea recta dirección noreste a la cabecera del río del Medio. d. Con el corregimiento 'ueva Esperanza. Desde la cabecera del río del Medio, se siguen en linea recta dirección sureste hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 586,207m y N 976 241,3 79m. e. Con el corregimiento Coclesito. Desde un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 586,207m y N 976 241,379m, se continúa en línea recta dirección sureste hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 827,586m y N 971 706,897m. 3. Corregimiento Nueva Esperanza. a. Con el corregimiento San Juan de Turbe. Desde un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 586,207m y N 976 241,3 79m, se continúa en línea recta dirección noroeste hasta la cabecera del río del Medio. b. Con el corregimiento Coclé del Norte, di strito de Donoso.

Desde la cabecera del río del Medio, se sigue este río aguas abajo hasta su confluencia con el río Caimito, después aguas abajo el río Caimito hasta su unión con el río Hoja, se sigue aguas arriba el río Hoja hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 544 034,483m y N 987 827,586m, c. Con el corregimiento Coclesito. Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 034,483m y N 987 827,586m, se sigue aguas arriba este río hasta donde le vierte sus aguas la quebrada sin nombre, se continúa aguas arriba ésta quebrada sin nombre hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera de la quebrada Santa Isabel, luego aguas abajo ésta quebrada hasta su desembocadura en el río Coclé del Norte en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586,209m y N 987 551,724m Artículo 8. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento de Coclesito, sin que queden excluidos los que sean constituidos o desarrollados en el futuro, son los siguientes: Coclesito, Cuteva, Gallinero, La Jururua Artículo 9. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los limites políticoadministrativos del corregimiento de San Juan de Turbe, sin que queden excluidos los que sean constituidos o desarrollados en el futuro, son los siguientes: Alto de la Cruz, Botija, Canoa, El Canal, Higuerones, La Ceiba, Molejón o Molejones. Nazareno (Nazaret), San Benito San Juan de Turbe y Las Quebradas de Turbe. Artículo 10. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento de Nueva Esperanza, sin que queden excluidos los que sean constituidos o desarrollados en el futuro, son los siguientes: Nuevo Sinaí, Nueva Esperanza y Nuevo Sitio. Articulo 11. El Ministerio de Gobierno, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Dirección acional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República deberán brindar asesoramiento al municipio especial Ornar Torrijas Herrera en lo concerniente a la organización, funcionamiento y administración de los corregimientos Artículo 12. La elección del alcalde del nuevo distrito especial Ornar Torrijas Herrera, así como los representantes y demás autoridades de los corregimientos Coclesito, San Juan de Turbe y Nueva Esperanza que correspondan por razón de esta Ley. se realizará dentro del ordenamiento del próximo periodo electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral. El Tribunal Electoral de Panamá deberá tomar las medidas necesarias para la futura elección de estos cargos de elección popular.

Artículo 13. El Tribunal Electoral queda obligado a llevar a cabo una reorganización integral del Padrón Electoral de la provincia de Colón para garantizar que los electores que residan en el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, así como en los corregimientos creados por esta Ley, sean asignados oportunamente a los centros de votación que les corresponden. Artículo 14. El actual Alcalde, así como el representante de co rregimiento de San José del General, y la autoridad de policía de este corregimiento, que ha sido segregado conforme a la presente Ley, continuarán ejerciendo sus funciones hasta que se realicen la elección y la designación, según sea el caso, de los funcionarios correspondientes a las nuevas divisiones político-administrativas que esta Ley establece. Artículo 15. Se autoriza al Instituto Geográfico Nacional Tommy Guardia para que lleve a cabo los ajustes técnicos (direcciones, rumbos y coordenadas) necesarios para la implementación de la presente Ley, de conformidad con 10 que establece el artículo 22 de la Ley S9 de 20 I O, que crea la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, unifica las competencias de la Dirección General de Catastro, la Dirección Nacional de Reforma Agraria y el Programa Nacional de Administración de Tierras y el instituto Geográfico Nacional Tommy Guardia. Artículo 16. La presente Ley modifica los articulas 9, 10, 15, 16 Y adiciona los artículos 16-A y 16-8 a la Ley I de 27 de octubre de 1982. Artículo 17. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUNíQUESE Y CÚMPLASE. o

PROYECTO DE LEY tr374 COMISION DE ASUNTOS MUNICIPALES )'lsam6{ea J{aciona{ Comisión áe )'lsuntos 'MunicipaCes JUD. J.i411l'IÓ' (01I.'J'Eq.i4 Presiáen te 'Te[ (507)512-8898 'Fax: (507) 512-8005 Panamá., 24 de agosto de 20 16. AN-CAM-15 Honorable Diputado RUIlE:N DE: LE:ÓN SANCHEZ. Presidente de la Asamblea Nacional Señor Presidente: En cumplimiento del articulo 109 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno, debidamente analizado y prohijado por esta Comisión en su sesión del 24 de agosto de 2016, remitimos el Proyecto de Ley que correspondía al ameproyecto de Ley No.).LQuc cre~l el distrito cspccial Omar Torrijos 1 lerrera, segregado del distrito dc Donoso, provincia de Colón, ori gi nalmente presentado por el Honorable Diputado Javier Orlega. Le solicitamos se sirva imparlir el trámite de rigor, con el objeto que la citada in iciativa legislativa sea sometida próximamente al primer debate. Ate, ::e"o ' J:T) H.D.. J AV I E R O R~, P" csidcntc. JO ca/

PROYECTO OE LEY N"37<1 COMISION OE ASUNTOS MUNICIPALES Proyecto de Ley N De 24 de Igosto de 2016 Que crc:l el distrito esllcci:ll Dmar Torrijos 1 lcrrera, scgl'cgado del distrito dc Donoso, provincia dc Colón. LA ASAM BLEA NACIONAL DECRETA: Artículo L Se crea el distrito especial Omar Torrij as Herrera, segregado del di strito de Donoso, provincia de Colón. Artícul o 2. El art ículo 9 de la ley I de 1982 queda así: Artícul o 9. Los límites de la provincia de Colón son los sigui ent es: l. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura del rio Belén en el mar Caribe que es el lindero con la provincia de Veraguas, se sigue por toda la costa, hasta donde el río Playa Colorada deja sus agua s en el mar Caribe. 2. Con la comarca Kuna Yala. Desde donde el ri o Playa Colorada dej a sus aguas en el mar Cari be, se contin úa con una línea im aginaria en dirección sureste hasta encontrar el eurso del rio Mandinga; el cual se sigue aguas arriba hasta su nacimiento. 3. Con la provincia de Panamá, di strito de Panamá. Desde el nacimiento del río Mandinga; se sigue en dirección noroeste por la cima de la sierra Ll orona hasta el punto donde nace el río Boquerón, se continúa aguas abajo por todo el curso de este río, hasta el punto donde el rio Diablo le vie rte sus aguas, luego aguas abajo el río Boquerón hasta su desembocadura en el lago Alajuela, se sigue por la línea central de di cho la go cuyas coordenadas UTM WG S84 son: E 657 509.648m y N I 035 381,857m: E 655 592.01 5m y NI 028 516,578m; E 655 569,722m y N 024 074,930m; E 656 554.354m y N 1 021 794,485m; E 656 475,06 1m y N 019 525,493 m; E 652 035,546m y N 1 01 8 507,360m; E 650 9 10,037m y N 1 01 7 757, 167m; pasand o al norte de la isla Bembón y al sur de la isla Campana hasta el río Chagres; se continúa aguas abajo este río hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 648 037,278m y N I 0 16 464,878111 ubicado en el centro del puente de la autopista Alberto Mall a Cardoze sobre el rio Chagres. Desde aquí, se sigue aguas abajo el río has ta su desembocadura en el canal de Panamá en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 643 166,803 m y N 1 007 363,781 m. 4. Con la provincia de Panamá Oeste, distritos de Arraiján, La Chorrera y Capira. Desde la desembocadura del río Chagres en el canal de Panamá en un punto co n coordenadas UTM WGS84 E 643 166,803111 Y N 1 007 363, 781111, se conti núa por el centro del canal hasta un punto co n coordenad as UTM WGS84 E 642 272,432111 Y N 1 007 828,707m situado al noreste de la isla Santa Cruz próximo al paso

Gamboa. se sigue por el canal hasta un punto con coordenadas UTM \VGS84 E 637 616,218m y NI 008528,954111, si tuado al noreste de punta Juan Grande, se continúa por este canal pasando por los pu ntos con coordenadas UTM \VGS84 E 636970.426111 Y N 1 008444,20111 al norte de punta Mamey: E 635 437,778m y N 1 007 563.020111 al noreste de la isla Bai lamonos. se sigue por el canal de Panamá en dirección noroeste pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 631 468.379m l' N 1 008 419,138m; E 631 205.315m l' N 1 008696.352m, si tuados al norte de punta Bondad, se continúa por el canal por los puntos situados entre punta Frijoles y punta Colorada con coordenadas UTM \VGS84 E 630 434,481111 Y NI 012 614,863m: E 630 155.331 m y NI 0 12963,799111, sc siguc el cauce del canal por su linea central en di rección general noroeste pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 627 092.103111 Y I 015 593.004m: E 624 659.584m l' N 1 014 993.446111; E 624 281,569111 l' N 1 O 1 S 057,4 17m ubicados alllorte de la isla Barro Colorado, se cont inúa por el cauce del canal hasta el punto con coordenadas UTM WGS84 E 619 041 Jl1 Y N I 017 936,0 82111 al sur de isla Bruja Chiquita, se sigue a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 618 142.3 16111 Y N 1 016 220,278111 ubicado al este de las islas Trinidad Chiquita y Trinidad. de allí a un punto con coordenadas UTM \VOS84 E 617 193,625m y N 1 014 50 1,00 I m. al este de las islas Guacha. se cominúa pasando por un punlo equidistante entre la puma Daniel en Escobal y ta isla Sandclo con coordenadas UTM WGS84 E 615 542,61 1111 Y N 1 0 11 158,060111, desde allí línea rec ta en dirección suroeste hasta un punto situado frente a punta Ramón con coordenadas UTM WGS84 E 614 453,601m y N I 009 029,380m, se sigue a un punto con coordenadas UTM \VGS84 E 612 276,861m y NI 004 322m situado al este de isla A verlira, se continúa por la linea central del lago Gatún cuyas coordenadas UTM WGS84 5011: 10612 762,5 84rn l' N 1 001 623, 135rn; 106 14 033,397rn l' N I 002 216,999111: E 614 378,367 111 l' N 1 001 620,844m: E 614 41 0,877m l' N 1 000 957,378m, se sigue por la línea central del lago hasta un punto el este de la isla Calle Tigre con coordenadas UTM \VOS84 E 614 369m y N 1 000503,5 88111, se continua pasando al suroeste de la isla Cristóbal hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 614563,496111 Y N 999 705.86m. se sigue en dirección sur por la línea central del lago Gatún pasando al este de la isla Tres Perros por un punto con coordenadas UTM \VGS84 E 615 007,304m y N 999 271.438111 Y por el lado oeste de la isla Leona en un punto con coordenadas UTM \VGS84 E 614741,859111 Y N 998603,53 1 Ill, se sigue por el sureste de las is las Arroz y Asti ll ero a un punto con coordenadas UTM \VGS84 E 614 474.977 111 Y N 997 469.508111. se continúa en dirección general sur por la línea central del lago Gatun pasando por el punto co n coordenadas UTM WGS84 E 614 440.745111 Y N 996 23 1,456m, se sigue hasta la desembocadljra del río Trinidad en el lago; de allí aguas arri ba el curso del río hasta el chorro del río Trinidad con coordenadas UTM WGS84 E 611 291.402m y N 992 01 0.059m. se continúa en dirección suroeste al chorro del río Ciri Grande, se sigue en línea recta en dirección noroeste hasta el chorro del río Ciricito. luego

en línea recta en dirección suroeste hasta el cerro Hinojal, se continúa línea recta en dirección suroeste hasta la confluencia de la quebrada Los Uveros con el río Indio 5. Con la provincia de Coclé, di stritos de Penonomé, La Pintada y Olá. Desde donde la quebrada los Uveros le vierte sus aguas al río Indio. se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Jobo, se continúa el río Jobo hasta su unión con la quebrada El Papayo, aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, de allí línea recta hasta el punto donde el río Tulú le viene sus aguas en el río Toabré, se sigue aguas abajo este río hasta su conl1uencia con el río Coelé elel Norte, se continúa aguas arriba el río Coclé del None hasta donde el río Coclesito se le une. luego se sigue aguas arriba por todo el curso del río Coclesito hasta su con fluenci a con el río Moreno, desde allí en línea recta dirección noroeste hasta la ci ma del Cerro Jagua, se continúa la línea recta en dirección suroeste hasta el punto donde se unen la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas abaj o este río hasta su co nfluencia con el río Turbe. aguas arriba este río hasta su nacimiento en las Caldas oeste de cerro dc la Aclosa, se cont inúa por la cordillera Pan de AZllcar y el cerro Belencillo o los Batcales. se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo hasta la cima del cerro Negro. se co ntinúa hacia el suroeste por la divisoria de aguas que se para los ríos Belén y Nombre de Dios hasta el nacimiento del río Belén cn la división Continental o cordillera Central. 6. Con la provinc ia de Veraguas, distrito de Santa Fé. Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la co rdillera Ccntral, se conti núa aguas abajo este río hasta su desembocadura en el mar Caribe. Artículo 3. El artículo 10 de la Ley 1 de 1982 queda así: Artículo JO, La provincia de Colón se divide en seis distritos a saber: Cotón, Chagres. Donoso. Portobclo, Santa Isabel y Omlll' Torrijos 1 lcrrera. La cabecera de la provincia es la ciudad de Colón. Al'tículo 4. El artículo 15 de la Ley I de 1982 queda así: Al'liculo 15. Los limites del distrito de Donoso son los siguicntes: 1, Con el mar Caribe. Dcsde la desembocadura del río Belén, se colllinúa por toda la costa hasta la desembocadura del río Indio. 2. Con el distrito de Chagres. Desde la desembocadura del río Indio en el mar Caribe. se sigue este río aguas arriba hasta su confluencia con el río El Jobo. 3. Con el di strito de Penonomé, provi nc ia de eoclé. Desde la confluencia de! río Indio y el río El Jobo, se continúa aguas arri ba el río Jobo hasta su unión con la quebrada El Papayo. se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, de allí en línea recta hasta el punto donde el río Tulll vierte

sus aguas al río Toabré. se continúa agua abajo el río Toabrc hasta la confluencia con la quebrada La Gloria. 4. Con el di strito de La Pintada, provincia de CoeJé. Desde la eonnuencia de la quebrada La Gloria y el río Toabré, se continúa aguas abajo este río hasta donde se une con el río CoeJé del Norte, se sigue aguas arriba el río Coclé del No rte hasta su confluencia con la quebrada Santa Isabel Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se continúa aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste del cerro AcJosa. luego por la cordillera de Pan de!\zlkar y el cerro J3c\encill0 o Los Bateales, se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencill0 y río San Juan. desde allí sc continúa hasta la cima del cerro Negro en la división Continental. 5. Con el distrito especial Dmar Torrijas Herrera. Desde el punto con coordenadas UTM \VGS84 E 549 586.209m y N 987 551. 724111. donde la quebrada Sa nt a Isabel vierte sus aguas en el río Coelé del Norte; ésta quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera de la quebrada sin nombre afluente del río Il oja; aguas abajo ésta quebrada hasta donde le viene sus aguas al río Hoja: este fío aguas abajo hasta su un ión con el río Caim ito: aguas arriba este río hasta donde recibe las aguas del río del Medio. este río hasta su cabecera: desde aquí línea recta en dirección suroeste al nacimiento del río Petaquilla; desde aquí línea recta en dirección sureste a la cima del cerro Petaquil1a; desde este punto línea rec ta a la cabecera ele la quebrada Vega. ésta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Turbe en los límites con el distrito de La Pintada. 6. Con el distrito de Olá, provincia de Coc1é. Desde la cima del cerro Negro en la di visión Continental, se sigue por esta divisoria de aguas hasta el punto en SllS falda s donde nace el río Belén. 7. Con el distrito de Santa Fé. provincia de Veraguas. Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la cordillera Central. se sigucn aguas abajo dicho río hasta su desembocadura en clmar Caribe. Al" ícu lo 5. El artículo 16 de la Ley I de 1982 queda así: Artículo 16. El distrito de Donoso se divide en cinco corregimientos a saber: Miguel de La Borda (cabecera), Gobea, Río Indio, El Guásimo y Coclé del Norte. La cabecera del distrito es la población de Miguel de La Barcia. Los límites de los corregimientos del distrito de Donoso son los siguientes: 1. Corregimiento de Miguel de La Borda. a. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura de la quebrada Gaona por toda la costa hasta la desembocadura de la quebrada Zambo. b. Con el corregimiento Gobea. Desde la desembocadura de la quebrada Zambo en el!llar Caribe, se continúa por dicha quebrada, aguas arriba en todo su curso hasta su cabecera: de allí se sigue en

dirección sur por toda la divisoria de aguas, la que separa las aguas que corren hacia el río Caño Rey, de las que Ouyen hacia el río Gobea hasta llegar a la cim a del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cailanstula. c. Con el corregi miento El Guásimo. Desde el cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafístul a en el límite co n el corregimiento de Gobea, se sigue por la di visoria de aguas de los ríos Guásimo y Jobo de las del Caño del Iguanero hasta la cabecera de la quebrada Los Cuacos, aguas abajo ésta quebrada ha sta su unión con el río Mi guel de La Borda. se continúa por el río donde se une con la quebrada El Guaba, aguas arriba ésta quebrada hasta su nacim icllio, de alli se sigue por la divisoria de las aguas que corren al río Miguel de La Borda de las que co rren hac ia el mar Caribe, de aquí se continúa hasta el nacimiento del río Clarito, aguas abajo este río hasta su contluencia con el río Majagual. d. Con el corregimiento Coelé del Norte. Desde la unión del río Clmito con el río Majagual, aguas arriba este último hasta su nacimiento: desde aquí línea recta a la cabecera del río Caíi.o Rey: este río aguas abajo hasta donde recibe las aguas de la quebrada Corotú; desde aquí línea rec Ia al nacimiento de la quebrada Gaona. ésta quebrada agua s abajo hasta su desembocadura en el mar Caribe. 2. CorregimicllIo Gobea. a. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura de la quebrada Zambo por toda la costa hasta la desembocadura de la quebrada Pilón. b. Con el corregimiento de Río Indio. Desde la desembocadura de la quebrada Pi lón en el mar Caribe. se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento: de aquí se continl1a por toda la cresta de la divisoria que se para las aguas dcl río Gobea y río Jobo con las de río Indi o. hasta el nacimient o de la quebrada Las Minas. c. Con el corregimiento El Guásimo. Desdc el nacimiento de la quebrada Las Minas, se sigue por la di visori a de aguas de los ríos Jobo y Gobea hasta la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula. d. Con el corregimiento Miguel de La Borda. Desde la cima donde nacen los ríos Vaca y Caiiafistula, se sigue en dirección norte por toda la di visori a de aguas, la que separa las aguas que corren hacia el río Caño Rey. de las que nuyen hacia el río Gobca, hasta la cabecera dc la qucbrada Zambo, luego aguas abajo por dicha quebrada hasta su desembocadura en el mar Caribe. 3. Corregimien to de Rio Indio. a. Con el corrcgimiento El Guásimo. Desde la cabecera de la quebrada El Papayo en los limites con el distrito de Penonomé. se sigue en línea recta al nacimiento de la quebrada Las Minas. b. Con el corregimiento Gobea.

Desde el nacimiento de la quebrada Las Minas, se continúa por toda la cresta de la divisoria que separa las aguas del río Gobea con las del río Indio; de aquí al nacimiento de la quebrada Pilón, se sigue aguas abajo ésta quebrada hasta su desembocadura en el mar Caribe. c. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura de la quebrada Pilón. se continúa por toda la costa hasta la desembocadura o boca del rio Indio. -l. Corregimiento El Guásimo. a. Con el corre gimiento Mi guel de La Borda. Paniendo de la confluencia de los dos Manguesal y Clarito, se continúa éste último aguas arriba hasta su nacimiento, luego se sigue la divisoria de las aguas que corren al río Miguel de La Borda de las que corren hacia cl mar Caribe, hasta el punlo donde nace la quebrada El Guabo. cuyo curso se sigue agll<ls abajo hasta dejar sus aguas en el río Mi guel de La Borda, de aquí se continüa po r el río Miguel de La Borda hasta donde recibe las aguas de la quebrada Los Cuaeos. siguiendo por el curso de esta quebrada aguas arriba hasta su cabecera. De este punto por la divisoria de aguas de los ríos Guási mo y Jobo de las del Caño del ' guanero, hasta encontrar el límite con el corregimiento de Gobea, en la ci ma del cerro donde nacen las quebradas Vaca y CañaCistul a. b. Con el corregimiento Gobea. A parti r de la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cailatlstul a se sigue por la diviso ria de aguas de los ríos Jobo y Gobca, hasta encontrar el naci mi ento de la quebrada Las Minas. c. Con el corregi mi ento Río Indio. A panir del nacimiento de la quebrada Las Minas. se sigue con una linea recta a la cabecera de la quebrada El Papayo. en los límites del di slrito de PCl1onomé. d. Con el corregimiento Coclé del Norte. Partiendo de un punto en donde la quebrada La Encantada alcanza los limites con el distrito de Penonomé, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su cabecera, de alli en línea recta hasta el nacimiento de otra quebrada La Encant ada, se continúa aguas abajo ésta quebrada hasta su unión con la quebrada Las Quebradas, después aguas abajo éste curso hasta su confluencia con el río Mi guel it o: este río aguas abajo hasta el punto donde recibe las agua de la quebrada La Sardinosa. luego se continúa aguas arriba la quebrada La Sarcli nosa hasta su cabecera, luego en linea recta a la cabecera de la quebrada Ortiga. de allí li nea recta al nacimiento el río Orti ga, se sigue en linea recta a cabecera de la quebrada Aj íes en la se rranía Los Ajies. después aguas abajo ésta quebrada hasta su confluencia eon el río Cailo; aguas arri ba el río Caño hasta su unió con los ríos Clarito y Mangucsal. 5. Corregimiento Coclé del Norte. a. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura del río Belén, se sigue po r la costa hasta la desembocadura de la quebrada Gaona.

b. Con el corregimiento Miguel de La Borda. Desdc la desembocadura de la qucbrada Gaona en clmar Caribe, se continúa aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento. desde aquí línea recta hasta donde el río Caiio Rey rccibe las aguas de la quebrada Corotú, se sigue aguas arriba hasta la cabecera del río Caño Rey, de aquí línea recta a la cabecera del río Mangucsal. luego aguas abajo este río hasta su unión con el río Clarito. c. Con el corregimiento El Guásimo. Desde la unión del río Clarito con el rio Manguesal; aguas abajo el rio Caño, hasta donde recibe las aguas de la qucbrada Ajíes; desde aquí agua arriba ésta quebrada hasta su nacimiento; en la serranía Los Ajíes línea recia al nacim ienlo del río Ortigal: de allí linea rec ta a la cabecera de la quebrada Ortigal. luego linea recta a la cabecera de la quebrada la Sardinosa; ésta quebrada hasta su desembocadura en el río MiguelilO: agua arriba este río hasta donde recibe las aguas de la quebrada Las Quebradas: ésta quebrada aguas arriba hasta donde se le une la quebrada La Encantada: está quebrada hasta su nacimiento: linea recia hasta a la cabecera de la qucbrada La Encantada; que nace cerca de los lim ites del distrito de Penonomé. la cual se sigue aguas abajo hasta el mencionado limitc. d. Con el corregimienlo Río Indio, di strito de Penonomé, provincia de Coclé. Desde la collllueneia del río Indio y el río El Jobo, se continúa aguas arriba el río Jobo hasta su unión con la quebrada El Papayo, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, de allí en lí nea recta hasta el punto en donde el río U cruza el límite con cl distrito de Donoso. e. Con el corregimiento de Toabrc. distrito de Penonomé. provincia de Coclé. Desde el punto en donde el río U cruza el límite con el di stri to de Donoso. se continúa en línea recta hasta la desembocadura del río Tulú en el río Toabré. f. Con el corregimiento de Tulú. distrito de Penonomé, provincia de Coelé. Desde el punto donde el río Tulú vierte sus aguas al río Toabré, se continúa agua abajo el río Toabré hasta la con fluencia con la quebrada La Gloria. g. Con el corregimiento de Llano Grande. distrito de La Pintada, provincia de Coclé. Desde la conlluencia de la quebrada La Glori a yel río Toabré. se continúa aguas abajo este río hasta donde se une con el río Coclé del Norte. se sigue aguas arriba el río Coclé del Norte hasta su confluencia con la quebrada Santa Isabcl. h. Con el corregimiento Coclesito, distrito especial Omar Torrijos Ilerrera. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586.209m y N 987 551. 724111. donde la quebrada Santa Isabel vierle sus aguas en el río Coclé del Norte: ésta quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; desde aquí linea recta a la cabecera ele la quebrada sin nombre anuente del río Hoja; aguas abajo ésta qucbrada hasta donde le vierte sus aguas al río Hoja: este río hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 544 034,483111 Y N 987 827.586111. i. Con el corregimiento Nueva Esperanza, distrito espec ial Omar Torrijas Herrera.

Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 034,483m y N 987 827,586m, se continúa este río aguas abajo, hasta su unión con el río Caimito: aguas arriba este rio hasta donde recibe las aguas del rio del Medio, este río hasta su cabecera. j. Con el corregimiento San Juan de Turbe, distrito cspecial Omar Torrijas Herrera. Desde la cabecera del río del Medio se sigue en línea recta dirección suroeste al nacimiento del río Pctaquilla; desde aquí línea recta en dirección sureste a la cima del cerro Pelaquilla; desde este punto línea recta a la cabecera de la quebrada Vega, esta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al do Turbe en los límites con el distrito de La Pintada. k. Con el corregimiento El Harino, distri to de La Pintada. provincia de Coclé. Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se continúa aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste del cerro Aclosa. luego por la cordillera de Pan de Azúcar y el cerro Belencillo o Los Bateales, se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y rio San.l uan. \. Con el corrcgimie11lo Las Lomas. distrito de La Pintada, provincia de Coclé. Desde la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y río San Juan, desde allí se continúa hasta la cima del cerro Negro en la división Continental. Hasta la cima del cerro Negro. 111. Con el corregimiento El Palmar. di strito de Olá, provi ncia de Coclé. Desde la cima del cerro Negro, se continúa hacia el suroeste por la divisoria de aguas que separa los ríos Belén y Nombre de Dios hasta el nacimiento del río Belén en la división Continental o cordillera Central. n. Con el corregimiento de Calovébora, distrito de Santa Fé. provincia de Veraguas. Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la co rdillera Central. se continúa aguas abajo este río hasta su desembocadura en el mar Caribe. Artículo 6. Se adiciona el artículo 16-A a la Ley I de 1982. así. Los límites del di stri to especial Omar Torrijas IlclTcra son los siguientes: 1. Con el distrito de La Pintada. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586.209m y N 987 551,724m donde la quebrada Santa Clara vierte sus aguas en el río Cacle del Norte. se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Coc!esito en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 550 241,379m y N 975 034,483m. aguas arriba el río Coclesito hasta su confluencia con el río Moreno en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 620,689111 Y N 97 1 55 1,724111, se continúa en dirección noroeste linea recta a la cima del cerro Jagua, de all í, se sigue en linea recta dirección suroeste hasta encontrar la quebrada La Mona: se continúa en línea recta hasta la confluencia de la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas

arriba este río hasta su uni ón con el río Turbe, aguas arriba este río hasta el punto donde le vierte sus aguas la quebrada Vega. 2. Con el distrito de Donoso. Desde la uni ón de la quebrada Vega y el río Turbe, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su cabecera, desde aquí línea recta a la cima del ccrro Petaquilla, desde aquí línea rec ta al nacimiento del río Petaquilla, se continúa en línea recta dirección noreste a la cabecera dct río del Medio, se sigue este río aguas abajo hasta su confluencia con el río Cai mito. después aguas abajo el río Caimito hasta su unión con el río I loja, se sigue aguas arriba cl río Hoja hasta donde le vierte sus aguas la quebrada sin nombre, se cont inúa aguas arriba ésta quebrada si n nombre hasta su nacimiento: desde aquí linea recta a la cabecera de la quebrada Santa Isabct, luego aguas abajo ésta quebrada hasta su desembocadura en el río Coclé del No rt e en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586.209111 Y N 987 55 1,724m. Al,tículo 7, Se adiciona el artículo 16-13 a la Ley 1 de 1982. así. Al,ti culo 16-13. El di strito especial Omar Torrijos I-Ierrera con superficie de 198.6 kilómetros cuadrados, se divide en tres corregimientos a saber: Coclesito. San Juan de Turbe y Nueva Esperanza. La cabecera del distri to es la población de Coclesito. donde se encuentra ubicada la Junta Comunal. cuyas coordenadas UTM WGS84 E 548698,00111 Y N 973 853.00111 Y la casa Omar en el Recuerdo. cuyas coordenadas UTM WGS84 E 548 917,00m y N 973 94 1,00m. Los limites de los corregimientos del distrito especial Omar Torrijos I-Ierrera son los siguientes: 1. Corregimiento Coc lesito. a. Con el corregimiento Ll ano Grande, distrito de la Pintada. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586,209111 Y N 987 551.724111 donde la quebrada Santa Clara vierte sus aguas en el río Coclé del No rte. se siguc aguas arriba este río hasta su unión con el río Coclesito en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 550 241,379m y N 975 034,483111, aguas arri ba el río Coclesito hasta su con nuencia con el río Moreno cn un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 620,689m y N 97 1 55 1.724m. b. Con el corregimiento Piedras Gordas, distrito de la Pintada. Desde la con ll ucncia del río Coclesi to y el río Moreno en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 620.689m y N 971 55 1.124m, se continua en dirección noroeste linea recta a la cima del cerro Jagua. de allí, se sigue en línea recta dirección suroeste hasta el punto con coordenadas UTM WG S84 E 547 827,586m y N 971 706.89701. c. Con el corregimi ento San Juan de Turbe. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 827.586111 y N 971 706,897m, se sigue en línea recta dirección noroeste hasta el punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 586,207m y N 976 24 1,379m.

d. Con el corregimiento Nueva Esperanza. Desde un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 586,207m y N 976 241,379m, se continúa en línea recia dirección noroeste hasta un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 034,483m y N 987 827,586111. e. Con el corregimiento Coclé del Norte, di strito de Donoso. Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 034,483111 Y N 987 827,586111, se continúa aguas arriba este río hasta donde quebrada sin nombre le vierte sus aguas. se sigue aguas arriba ésta quebrada sin nombre hasta su nacimiento. desde allí línea recta hasta la cabecera de la quebrada Santa Isabel, se conlinúa agua s abajo ésta quebrada hasta su connuencia con el río Coclé del Norte en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586,209111 Y N 987 551.724111. 2. Corregimiento San Juan de Turbe. a. Con el corregimiento Piedras Gordas. distrito de la Pintada. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 827.586m y N 971 706,897111, se continúa en línea recta dirección suroeste hasta encontrar la quebrada la Mona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 206,897111 Y N 971 5! 7.241 111. b. Con el corregimien to Elllarino, distrito de la Pintada Desde la quebrada la Mona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 206.897m y N 971 517.24Im, se continúa en línea recta hasta la confluencia de la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Turbe, aguas arriba este río hasta el punto donde le vierte sus aguas la quebrada Vega. c. Con el corregimiento Coclé del Norte, distrito de Donoso. Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su cabecera, desde aquí línea recta a la cima del cerro Petaquilla. desde aqui línea rccta al nacimiento del río Petaquilla. se continúa en línea recta dirección noreste a la cabecera del río del Medio. d. Con el corregimiento Nueva Esperanza. Desde la cabecera del río del Medio. se siguen en línea recta dirección sureste hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 586,207m y N 976 241,3 79m. e. Con el corregimiento Coclesito. Desde un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 586.207111 Y N 976 241,379m. se continúa en línea recta dirección sureste hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 827,586m y N 971706.897111. 3. Corregimiento Nueva Esperanza. a. Con el corregimiento San Juan de Turbe. Desde un punto con coordenadas UTM \VGS84 E 546 586,207111 Y N 976 241.379m. se continúa en línea recta dirección noroeste hasta la cabecera del río del Medio. b. Con el corregimiento Coc1é del Norte, distrito de Donoso.

Desde la cabecera del río del Medio. se sigue este río aguas abajo hasta su con fluencia con el río Caimito. después aguas abajo el río Caimito hasta su unión con el río Hoja. se sigue aguas arriba el río Hoja hasta un punto COIl coordenadas UTM WGS84 E 544 03 4,483111 Y N 987 827,586111, c. Con el corregimiento Coc\csi to. Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM \VGS84 E 544 03 4,483111 Y N 987 827.586111, se sigue aguas arriba este río hasta donde le vierte sus aguas la quebrada si n nombre. se continúa aguas arriba ésta quebrada sin nombre hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera de la quebrada Santa Isabel. luego aguas abajo ésta quebrada hasta su desembocadura en el río Coclé del Norte en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 586,209m y N 987 551.724m Artículo 8. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites politicoadministrativos del corregimiento de Coc\esito. sin que queden cxcluidos los que sean constituidos o desarrollados en el fmuro, son los siguientes: CoclesilO, Cuteva, Galli nero. La.lururua A rtículo 9. Las comunidades y lu gares que sc encucntran dclllro de los límitcs pojiticoadministrati vos del corregimiento de San Juan de Turbe, sin que queden excluidos los que sean constituidos o desarrollados en el fu turo, son los siguientes: Alto de la Cruz. Botija. Canoa, El Canal, Higuerones. La Ceiba, Molejón o Molejones. Nazareno (Nazarct), San Benito San Juan de Turbe y Las Quebradas de Turbe. Artículo 10. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento de Nueva Esperanza. sin que queden excluidos los que sean constituidos o desarro ll ados en el fu turo, son los siguientes: Nuevo Sinai. Nueva Esperanza y Nuevo Sitio. Artículo 11. El Ministeri o de Gobierno, el Ministerio de Eco nomía y Finanzas y la Dirección Nacional de Estadísti ca y Censo de la Contralo ri a General de la República deberán brindar asesoramiento al municipio especial Omar Torrijos Herrera en lo co ncerniente a la organización. funcionami ento y administración de los co rregimi cntos AI'fíel! lo 12. La elección del alcalde del nuevo di strito especial Omar Torrijas llerrera, así como los representantes y demás autoridades de los corregimientos Coclesito, San.Juan de Turbe y Nueva Esperanza que correspondan por razón de esta Ley, sc realizará dcntro del ordenamiento de! próximo periodo clectoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral. El Tribunal El ectoral de Panamá deberá tomar las med idas necesarias para la futura elección de estos cargos de elección popular.

Artícu lo 13. El Tribunal Electoral queda obligado a!levar a cabo una reorgall1zación integral del Padrón Electoral de la provincia de Colón para garanlizar que los electores que res id an en el distrito especi al Omar Torrijas I- errera, así como en los corregimientos creados por esta Ley, sean asignados oportunamente a los centros de votación que les corresponden. Artículo 14. El actual Alcalde, así como el representalllc de co rregimiento de San José del General, y la autoridad de policía de este corregi mi ento, que ha sido segregado conformc a la presentc Lcy, continuarán ejerciendo sus funciones hasta que sc rca li ccn la elccción y la designación. segun sea el caso. de los funcionarios correspondi cntcs a las nuevas divisiones po lít ico-administ rati vas que esta Ley establece. Artícu lo 15. Se aut ori za al Instituto Geográfico Nacional Tommy Guardia para que!leve a cabo los ajustes técnicos (direcciones. rum bos y coordenadas) necesarios para la implementación de la presente Ley. de co nformidad con lo que establece el art ículo 22 de la Ley 59 de 20 10, que crea la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, unifica las competencias de la Dirección General de Catastro. la Dirección Nacional de Reforma Agraria y el Programa Nacional de Administración de Tierras y el Instituto Geográfico Nacional Tommy Guardia, Al'tíc ulo 16. La presente Ley mod ifi ca los artícu los 9, ID, 15. 16 Y adiciona los articulas 16-A y 16-8 a la Ley 1 de 27 de octubre de 1982. AI ticu lo 17. Esta Ley comenza rá a regir el día sigui en te al de su promul gación. COM UNíQUESE Y CÚM PLASE. Proyecto de Ley propuesto a la Asamblea Nacional por la Comisión de Asuntos Municipales, en virtud del prohijamiento al Anteproyecto de Ley No. 18 aco rdado en su sesión del día 24 de agosto de 2016. POR LA COM ISIÓN DE ASUNTOS M UNIC IPALES L-~' V A~ ~~; ;~.~~AO Comisionado ~ H.O. S ".. Comi sionado

Conllnuacu'ln del Pro)'ecto d~ Le)' QUI' rrrll el distrito upl'cial Onmr Torrijos ItrrrulI, sc ;rcg~du,iel distri tu,k no llll ~O, ti fo' inda dr Colón, 11.~JIYv~i{cAS Comisionado ~I.D. CARLOS E. SANTANA A. Comisionado H.D. NESTOR A. GUARD IA Comisionado a~oa~ Comisi nado /

INFORME Que rinde la Comisión de Asuntos Municipales, correspondiente al primer debate del Proyecto de Ley NO.374 Que crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. Panamá, 24 de abril de 2017. Honorable Diputado RUBEN DE LEÓN SANCHEZ. Presidente de la Asamblea Nacional Señor Presidente: La Comisión de Asuntos Municipales, en el marco de sus competencias funcionales aprobó en su reunión del 24 de abril de 2017, conforme los trámites del primer debate reglamentario, el Proyecto de Ley No. 374 Que crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. En consecuencia y de acuerdo con el artículo 139 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, rinde el informe correspondiente: l. LA INICIATIVA LEGISLATIVA El Proyecto de Ley NO.374 Que crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón es presentado ante el Pleno de la Asamblea Nacional, en su calidad de Anteproyecto de Ley, el 3 de agosto de 2016, por el Honorable Diputado Javier Ortega con el objeto de crear una nueva estructura político administrativa dirigida a atender las múltiples carencias existentes en materia de salud, vivienda y educación, así como también, atender los requerimientos en infraestructura pública para la prestación de servicios básicos como los de electricidad rural; agua potable y telefonía rural, pero sobre todo, atender los problemas personales, delincuenciales y de acoso sexual, maltrato a menores y violencia doméstica que mantienen una alta recurrencia en estos poblados debido a la ausencia de representantes de la autoridad policial y de miembros de la justicia administrativa. 11. ANTECEDENTES Y OBJETIVOS Entre los antecedentes de este Proyecto se puede mencionar la Ley 1 de 1982. El objetivo del presente proyecto de leyes atender la dignidad humana, promover la justicia social, el bienestar general y la integración regional de los moradores del corregimiento San José del General (Coclesito) ubicado en el distrito de Donoso en la provincia de Colón, justo en la vertiente divisoria entre el Pacifico y el Atlántico, extensión territorial que forma parte del Corredor Biológico Mesoamericano y cuya población alcanza unos 6,500 habitantes, distribuidos en comunidades permanentes y asentamientos indígenas.

Lo anterior responde al hecho de que los habitantes del área a segregar para poder atender cualquier situación de carácter legal o administrativa tienen que realizar un recorrió que puede ser por vía acuática lo que implica un costo de 130 a 180 balboas para dirigirse hacia el corregimiento de Coclé del Norte, a cuatro horas de distancia, una vez allí deben pagar la suma de 250 balboas y esperar el zarpe de la embarcación que se haga a la mar y se dirija al distrito cabecera Miguel de la Borda. De ser por carretera los moradores de la comunidad de San José del General deben caminar largas distancias hasta lograr un vehículo que los transporte 48 kilómetros hasta la Pintada en la Provincia de Coclé, de ahí tienen que dirigirse hasta Penonomé que se encuentra a 15 kilómetros, para después tomar otro vehículo que los transporte hasta la ciudad capital que se encuentra a una distancia de 150 kilómetros y de allí tomar un bus que los lleve hasta Colón para después tomar otro transporte que los lleve hasta Costa Abajo, precisamente a la cabecera de distrito, Miguel de la Borda, lo que implica un costo muy elevado para estas personas en su mayoría son campesinos humildes que no cuentan con recursos para hacer dicha travesía y por tal motivo muchas veces no pueden atender los problemas legales o de carácter administrativo que se le presenten. Con la creación de este distrito especial Ornar Torrijos Herrera segregado del distrito de Donoso en la provincia de colón se busca brindar una mejor calidad de vida, en todos sus aspectos a los habitantes de esta región de difícil acceso, mediante el establecimiento de las sedes regionales de las autoridades administrativas, policiales y de servicios públicos, así como también mediante la modernización y actualización de los centros escolares de primaria, media y premedita entre otras asistencias. III. CONTENIDO DEL PROYECTO ORIGINAL: El Proyecto de Ley 374 que establece la creación del distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso. El citado Proyecto en su articulado presenta en primera instancia la descripción de los distritos que componen la provincia de Colón. De igual forma contempla la descripción de límites del distrito de Donoso, luego de su segregación, así como la descripción del nuevo distrito denominados Ornar Torrijos Herrera. Por otro lado se establece las comunidades y lugares que conformarán cada uno de los corregimientos del nuevo distrito Ornar Torrijos Herrera, a saber, Coclesito, San Juan de Turbe y Nueva Esperanza.

Finalmente la iniciativa contempla que el actual alcalde así como el representante de corregimiento de San José del General, así como las autoridades de policía de este corregimiento que ha sido segregado continuarán ejerciendo sus funciones hasta que se realicen las elecciones y la designación según sea el caso de los funcionarios de las nuevas divisiones político administrativas. IV. ANÁLISIS Y CONSULTA Para analizar y consultar el Proyecto de Ley No. 374, la Comisión de Asuntos Municipales se reunió el 23 de octubre del 2016 en la casa comunal de Colcesito, con moradores de la comunidad para realizar consulta ciudadana con respecto al Proyecto antes mencionado y conocer de ellos sus apreciaciones con respecto a la nueva creación político administrativa. En esta consulta los moradores manifestaron su complacencia con la creación del nuevo corregimiento toda vez que indicaron que traerá beneficios a la comunidad y que se trata de una aspiración que han mantenido por años. Además, se remitió el Proyecto de Ley 374 a la Comisión sobre Límites Político Administrativos con el objetivo de que la misma realizara un estudio especializado del mismo en el que se expusieran posibles recomendaciones dirigidas a mejorar el citado proyecto. En este sentido la Comisión de Límites emitió un informe técnico en el cual presentaban observaciones para mejorar la descripción de la delimitación territorial descrita en el Proyecto de Ley. V. EL PRIMER DEBATE Y LAS MODIFICACIONES. La Comisión de Asuntos Municipales se reunió el día 24 de abril del año en curso, en el salón de reuniones de la Comisión, con la finalidad de realizar la discusión en primer debate del Proyecto de Ley No. 374 Que crea el distrito especial Omar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. En este sentido la Comisión de Asuntos Municipales analizó las recomendaciones dadas por la Comisión sobre Límites Político Administrativos y procedió a realizar modificaciones al texto original del proyecto 374 tomando en consideración las recomendaciones presentadas en el Informe técnico. De esta manera se modificaron los artículos 2, 4, 5, 6, 7, del Proyecto de Ley para realizar ajustes en cuanto a la descripción del territorio a segregar como de la circunscripción original estableciendo puntos de coordenadas a fin evitar que posibles modificaciones de elementos naturales provocaran que se alteraran los límites, así como la modificación de coordenadas, rumbos y direcciones que no estaban bien definidas. En el

artículo 7 además, se cambia el nombre de uno de los corregimientos el cual se establecía como Coclesito para denominarlo San José del General. En los artículo 8, 9 Y lose adicionan algunas comunidades que van a comprender los corregimientos de San José del General, Nueva Esperanza y San Juan de Turbe ya que al ser revisado por la Comisión de Límite se detectó que habían comunidades que no se estaban incluyendo. Además se modificó el artículo 11 para adecuar la denominación del Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República, toda vez que la propuesta describía la anterior denominación. El artículo 12 es modificado para hacer la adecuación de la denominación del corregimiento San José del General. Finalmente se elimina el artículo 15 por considerarlo improcedente toda vez que le confería facultad al Instituto Geográfico Nacional Tommy Guardia para hacer ajustes técnicos ya que esta entidad forma parte de la Comisión Nacional sobre límite político administrativo, ente colegiado encargado de revisar y realizar ajustes técnicos al Proyecto de Ley. Por todo lo anteriormente expresado, la Comisión de Asuntos Municipales RESUELVE 1. Aprobar en Primer Debate el Proyecto de Ley No. 374 Que crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón 2. Solicitar al Pleno de la Asamblea Nacional le dé Segundo Debate al Proyecto de Ley No. 374 Que crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. POR LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES ~=== ~esidente H.D. HÉCTOR :;CARRASQUILLA H.D. JUAaB.RANO SE Vicepresidente Secretario / /',- " #/'~ H.D. SALVADOR REAL Comisionado H.D. SE1i~IO R. GÁLVEZ Comisionado

Continuación del lnfonne de Primer Debate Proyecto de Ley No.374 Que crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. /Jf)~ V; L{ X) H.O. FEiWIfvARhr Comisionado Comisionado H.O. CARLOS E. SANT ANA A. Comisionado H.O. FLORENTINO ÁBREGO Comisionado

TEXTO ÚNICO Que contiene las modificaciones y adiciones introducidas al Proyecto de Ley No. 374 Que crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. Panamá, 24 de abril de 2017. La Comisión de Asuntos Municipales, presenta al Pleno de la Asamblea Nacional el texto aprobado del proyecto de Ley No.374, arriba mencionado y recomienda el siguiente Texto Único que corresponde al Proyecto de Ley tal como fue aprobado en primer debate por esta Comisión, con sus modificaciones, adiciones y supresiones. PROYECTO DE LEY No. 374 De 24 de abril de 2017 Que crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Artículo 1. Se crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. Artículo 2. El artículo 9 de la ley 1 de 1982 queda así: Artículo 9. Los límites de la provincia de Colón son los siguientes: 1. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura del río Belén en el mar Caribe que es el lindero con la provincia de Veraguas, se sigue por toda la costa, hasta donde el río Playa Colorada deja sus aguas en el mar Caribe. 2. Con la comarca Kuna Yala. Desde donde el rio Playa Colorada deja sus aguas en el mar Caribe, se continúa con una línea imaginaria en dirección sureste hasta encontrar el curso del río Mandinga; el cual se sigue aguas arriba hasta su nacimiento. 3. Con la provincia de Panamá, distrito de Panamá. Desde el nacimiento del río Mandinga; se sigue en dirección noroeste por la cima de la sierra Llorona hasta el punto donde nace el río Boquerón, se continúa aguas abajo por todo el curso de este río, hasta el punto donde el río Diablo le vierte sus aguas, luego aguas abajo el río Boquerón hasta su desembocadura en el lago Alajuela, se sigue por la línea central de dicho lago cuyas coordenadas UTM

WGS84 son: E 657 509,648m y N 1 035 381,857m; E 655 592,015m y N 1 028 516,578m; E 655 569,722m y N 1 024 074,930m; E 656 554,354m y N 1 021 794,485m; E 656 475,061m y N 1 019 525,493m; E 652 035,546m y N 1 018 507,360m; E 650 910,037m y N 1 017 757,167m; pasando al norte de la isla Bembón y al sur de la isla Campana hasta el río Chagres; se continúa aguas abajo este río hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 648 037,278m y N 1 016 464,878m ubicado en el centro del puente de la autopista Alberto Motta Cardoze sobre el río Chagres. Desde aquí, se sigue aguas abajo el río hasta su desembocadura en el canal de Panamá en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 643 166,803m yn 1 007 363,781m. 4. Con la provincia de Panamá Oeste, distritos de Arraiján, La Chorrera y Capira. Desde la desembocadura del río Chagres en el canal de Panamá en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 643 166,803m y N 1 007 363,781m, se continúa por el centro del canal hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 642 272,432m y N 1 007 828,707m situado al noreste de la isla Santa Cruz próximo al paso Gamboa, se sigue por el canal hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 637 616,218m y N 1 008 528,954m, situado al noreste de punta Juan Grande, se continúa por este canal pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 636 970,426m y N 1 008 444,20m al norte de punta Mamey; E 635 437,778m y N 1 007 563,020m al noreste de la isla Bailamonos, se sigue por el canal de Panamá en dirección noroeste pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 631 468,379m y N 1 008 419,138m; E 631 205,315m y N 1 008 696,352m, situados al norte de punta Bondad, se continúa por el canal por los puntos situados entre punta Frijoles y punta Colorada con coordenadas UTM WGS84 E 630 434,481m y N 1 012 614,863m; E 630 155,331m y N 1 012 963,799m, se sigue el cauce del canal por su línea central en dirección general noroeste pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 627 092,103m y N 1 015 593,004m; E 624 659,584m y N 1 014 993,446m; E 624 281,569m y N 1 015 057,417m ubicados al norte de la isla Barro Colorado, se continúa por el cauce del canal hasta el punto con coordenadas UTM WGS84 E 619 041m y N 1 017 936,082m al sur de isla Bruja Chiquita, se sigue a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 618 142,316m y N 1 016 220,278m ubicado al este de las islas Trinidad Chiquita y Trinidad, de allí a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 617 193,625m y N 1 014 501,001m, al este de las islas Guacha, se continúa pasando por un punto equidistante entre la punta Daniel en Escobal y la isla Sandelo con coordenadas UTM WGS84 E 615 542,611m y N 1 011 158,060m, desde allí línea recta en dirección suroeste hasta un punto situado frente a punta Ramón con coordenadas UTM WGS84 E 614 453,601m y N 1 009 029,380m, se sigue a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 612 276,861m yn 1004 322m situado al este de isla A verfira, se continúa por la línea central del lago Gatún cuyas coordenadas UTM WGS84 son: E 612 762,584m y N 1 003 623,135m; E 614 033,397m y N 1 002

216,999m; E 614 378,367m y N 1 001 620,844m; E 614 41O,877m y N 1 000 957,378m, se sigue por la línea central del lago hasta un punto el este de la isla Calle Tigre con coordenadas UTM WGS84 E 614 369m y N 1 000 503,588m, se continúa pasando al suroeste de la isla Cristóbal hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 563,496m y N 999 705,86m, se sigue en dirección sur por la línea central del lago Gatún pasando al este de la isla Tres Perros por un punto con coordenadas UTM WGS84 E 615 007,304m y N 999 271,438m y por el lado oeste de la isla Leona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 741,859m y N 998 603,531m, se sigue por el sureste de las islas Arroz y Astillero a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 474,977m y N 997 469,508m, se continúa en dirección general sur por la línea central del lago Gatún pasando por el punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 440,745m y N 996 231,456m, se sigue hasta la desembocadura del río Trinidad en el lago; de allí aguas arriba el curso del río hasta el chorro del río Trinidad con coordenadas UTM WGS84 E 611 291,402m y N 992 01 0,059m, se continúa en dirección suroeste al chorro del río Ciri Grande, se sigue en línea recta en dirección noroeste hasta el chorro del río Ciricito, luego en línea recta en dirección suroeste hasta el cerro Hinojal, se continúa línea recta en dirección suroeste hasta la confluencia de la quebrada Los Uveros con el río Indio 5. Con la provincia de Coclé, distritos de Penonomé, La Pintada y Olá. Desde donde la quebrada los Uveros le vierte sus aguas al río Indio, se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Jobo, se continúa el río Jobo hasta su unión con la quebrada El Papayo, aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, de allí línea recta hasta el punto donde el río Tulú le vierte sus aguas en el río Toabré, se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Coclé del Norte, se continúa aguas arriba el río Coclé del Norte hasta donde el río Coclesito se le une, luego se sigue aguas arriba por todo el curso del río Coclesito hasta su confluencia con el río Moreno, desde allí en línea recta dirección noroeste hasta la cima del Cerro Jagua, se continúa la línea recta en dirección suroeste hasta el punto donde se unen la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Turbe, aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste de cerro de la Aclosa, se continúa por la cordillera Pan de Azúcar y el cerro Belencillo o los Bateales, se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo hasta la cima del cerro Negro, se continúa hacia el suroeste por la divisoria de aguas que separa los ríos Belén y Nombre de Dios hasta el nacimiento del río Belén en la división Continental o cordillera Central. 6. Con la provincia de Veraguas, distrito de Santa Fé. Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la cordillera Central, se continúa aguas abajo este río hasta su desembocadura en el mar Caribe.

Artículo 3. El artículo 10 de la Ley 1 de 1982 queda así: Artículo 10. La provincia de Colón se divide en seis distritos a saber: Colón, Chagres, Donoso, Portobelo, Santa Isabel y Ornar Torrijas Herrera. La cabecera de la provincia es la ciudad de Colón. Artículo 4. El artículo 15 de la Ley 1 de 1982 queda así: Artículo 15. Los límites del distrito de Donoso son los siguientes: 1. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura del río Belén, se continúa por toda la costa hasta la desembocadura del río Indio. 2. Con el distrito de Chagres. Desde la desembocadura del río Indio en el mar Caribe, se sigue este río aguas arriba hasta su confluencia con el río El Jobo. 3. Con el distrito de Penonomé, provincia de Coclé. Desde la confluencia del río Indio y el río El Jobo, se continúa aguas arriba el río Jobo hasta su unión con la quebrada El Papayo, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, de allí en línea recta hasta el punto donde el río Tulú vierte sus aguas al río Toabré, se continúa agua abajo el río Toabré hasta la confluencia con la quebrada Las Glorias. 4. Con el distrito de La Pintada, provincia de Coclé. Desde la confluencia de la quebrada Las Glorias y el río Toabré, se continúa aguas abajo este río hasta donde se une con el río Coclé del Norte, se sigue aguas arriba el río Coclé del Norte hasta su confluencia con la quebrada Santa Isabel Luego desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se continúa aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste del cerro la Aclosa, luego por la cordillera de Pan de Azúcar y el cerro Belencillo o Los Bateales, se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y río San Juan, desde allí se continúa hasta la cima del cerro Negro en la división Continental. 5. Con el distrito especial Ornar Torrijas Herrera. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542,887m y N 987 596,979m, donde la quebrada Santa Isabel vierte sus aguas en el río Coclé del Norte; ésta quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera de la quebrada sin nombre afluente del río Hoja; aguas abajo ésta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Hoja; este río aguas abajo hasta su unión con el río Caimito; aguas arriba este río hasta donde recibe las aguas del río del Medio, este río hasta su cabecera; desde aquí línea recta en dirección suroeste al nacimiento del río Petaquilla; desde aquí línea recta en dirección sureste a la cima del cerro Petaquilla; desde este punto línea recta a la cabecera de la quebrada Vega, ésta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Turbe en los límites con el distrito de La Pintada. 6. Con el distrito de Olá, provincia de Coclé.

Desde la cima del cerro Negro en la división Continental, se sigue por esta divisoria de aguas hasta el punto en sus faldas donde nace el río Belén. 7. Con el distrito de Santa F é, provincia de Veraguas. Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la cordillera Central, se siguen aguas abajo dicho río hasta su desembocadura en el mar Caribe. Artículo 5. El artículo 16 de la Ley 1de 1982 queda así: Artículo 16. El distrito de Donoso se divide en CInCO corregimientos a saber: Miguel de La Borda (cabecera), Gobea, Río Indio, El Guásimo y Coclé del Norte. La cabecera del distrito es la población de Miguel de La Borda. Los límites de los corregimientos del distrito de Donoso son los siguientes: 1. Corregimiento de Miguel de La Borda. a. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura de la quebrada Gaona por toda la costa hasta la desembocadura de la quebrada Zambo. b. Con el corregimiento Gobea. Desde la desembocadura de la quebrada Zambo en el mar Caribe, se continúa por dicha quebrada, aguas arriba en todo su curso hasta su cabecera; de allí se sigue en dirección sur por toda la divisoria de aguas, la que separa las aguas que corren hacia el río Caño Rey, de las que fluyen hacia el río Gobea hasta llegar a la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafístula. c. Con el corregimiento El Guásimo. Desde el cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula en el límite con el corregimiento de Gobea, se sigue por la divisoria de aguas de los ríos Guásimo y Jobo de las del Caño del Iguanero hasta la cabecera de la quebrada Los Cuacos, aguas abajo ésta quebrada hasta su unión con el río Miguel de La Borda, se continúa por el río donde se une con la quebrada El Guabo, aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, de allí se sigue por la divisoria de las aguas que corren al río Miguel de La Borda de las que corren hacia el mar Caribe, de aquí se continúa hasta el nacimiento del río Clarito, aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Manguesal. d. Con el corregimiento Coclé del Norte. Desde la unión del río Clarito con el río Manguesal, aguas arriba este último hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera del río Caño Rey; este río aguas abajo hasta donde recibe las aguas de la quebrada Corotú; desde aquí línea recta al nacimiento de la quebrada Gaona, ésta quebrada aguas abajo hasta su desembocadura en el mar Caribe. 2. Corregimiento Gobea. a. Con el mar Caribe. Desde.la desembocadura de la quebrada Zambo por toda la costa hasta la desembocadura de la quebrada Pilón. b. Con el corregimiento de Río Indio.

Desde la desembocadura de la quebrada Pilón en el mar Caribe, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento; de aquí se continúa por toda la cresta de la divisoria que separa las aguas del río Gobea y río Jobo con las de río Indio, hasta el nacimiento de la quebrada Las Minas. c. Con el corregimiento El Guásimo. Desde el nacimiento de la quebrada Las Minas, se sigue por la divisoria de aguas de los ríos Jobo y Gobea hasta la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafístula. d. Con el corregimiento Miguel de La Borda. Desde la cima donde nacen los ríos Vaca y Cañafístula, se sigue en dirección norte por toda la divisoria de aguas, la que separa las aguas que corren hacia el río Caño Rey, de las que fluyen hacia el río Gobea, hasta la cabecera de la quebrada Zambo, luego aguas abajo por dicha quebrada hasta su desembocadura en el mar Caribe. 3. Corregimiento de Rio Indio. a. Con el corregimiento El Guásimo. Desde la cabecera de la quebrada El Papayo en los límites con el distrito de Penonomé, se sigue en línea recta al nacimiento de la quebrada Las Minas. b. Con el corregimiento Gobea. Desde el nacimiento de la quebrada Las Minas, se continúa por toda la cresta de la divisoria que separa las aguas del río Gobea con las del río Indio; de aquí al nacimiento de la quebrada Pilón, se sigue aguas abajo ésta quebrada hasta su desembocadura en el mar Caribe. c. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura de la quebrada Pilón, se continúa por toda la costa hasta la desembocadura o boca del rio Indio. d. Con el corregimiento La Encantada, distrito de Chagres. Desde la desembocadura del río Indio en el mar Caribe, se continúa aguas arriba este río hasta la unión con el río Jobo. e. Con el corregimiento Río Indio, distrito de Penonomé, provincia de Coclé. Desde la unión de los ríos Indio y Jobo, aguas arriba este último río hasta donde la quebrada El Papayo se le une, aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento en los límites con la provincia de Coc1é. 4. Corregimiento El Guásimo. a. Con el corregimiento Miguel de La Borda. Partiendo de la confluencia de los ríos Manguesal y Clarito, se continúa éste último aguas arriba hasta su nacimiento, luego se sigue la divisoria de las aguas que corren al río Miguel de La Borda de las que corren hacia el mar Caribe, hasta el punto donde nace la quebrada El Guaba, cuyo curso se sigue aguas abajo hasta dejar sus aguas en el río Miguel de La Borda, de aquí se continúa por el río Miguel de La Borda hasta donde recibe las aguas de la quebrada Los Cuacos, siguiendo por el curso de esta quebrada aguas arriba hasta su cabecera. De este punto por la divisoria de aguas de los ríos Guásimo y Jobo de las del Caño del Iguanero, hasta

encontrar el límite con el corregimiento de Gobea, en la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula. b. Con el corregimiento Gobea. A partir de la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula se sigue por la divisoria de aguas de los ríos Jobo y Gobea, hasta encontrar el nacimiento de la quebrada Las Minas. c. Con el corregimiento Río Indio. A partir del nacimiento de la quebrada Las Minas, se sigue con una línea recta a la cabecera de la quebrada El Papayo, en los límites del distrito de Penonomé. d. Con el corregimiento Río Indio, distrito de Penonomé. Desde el nacimiento de la quebrada El Papayo en los límites del distrito de Penonomé, se continúa en línea recta dirección suroeste hasta el punto donde la quebrada La Encantada alcanza los límites con el distrito de Penonomé, en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 572 905,091m y N 982 795,143m. e. Con el corregimiento Coc1é del Norte. Partiendo de un punto en donde la quebrada La Encantada alcanza los límites con el distrito de Penonomé, en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 572 905,091m y N 982 795,143m, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su cabecera, de allí en línea recta hasta el nacimiento de otra quebrada La Encantada, se continúa aguas abajo ésta quebrada hasta su unión con la quebrada Las Quebradas, después aguas abajo éste curso hasta su confluencia con el río Miguelito; este río aguas abajo hasta el punto donde recibe las agua de la quebrada La Sardinosa, luego se continúa aguas arriba la quebrada La Sardinosa hasta su cabecera, luego en línea recta a la cabecera de la quebrada Ortiga, de allí línea recta al nacimiento el río Ortiga, se sigue en línea recta a cabecera de la quebrada Ajíes en la serranía Los Ajíes, después aguas abajo ésta quebrada hasta su confluencia con el río Caño; aguas arriba el río Caño hasta su unió con los ríos Clarito y Manguesal. 5. Corregimiento Coc1é del Norte. a. Con el mar Caribe. Desde la desembocadura del río Belén, se sigue por la costa hasta la desembocadura de la quebrada Gaona. b. Con el corregimiento Miguel de La Borda. Desde la desembocadura de la quebrada Gaona en el mar Caribe, se continúa aguas arriba ésta quebrada hasta su nacimiento, desde aquí línea recta hasta donde el río Caño Rey recibe las aguas de la quebrada Corotú, se sigue aguas arriba hasta la cabecera del río Caño Rey, de aquí línea recta a la cabecera del río Manguesal, luego aguas abajo este río hasta su unión con el río Clarito. c. Con el corregimiento El Guásimo. Desde la unión del río Clarito con el río Manguesal; aguas abajo el río Caño, hasta donde recibe las aguas de la quebrada Ajíes; desde aquí agua arriba ésta quebrada hasta su nacimiento; en la serranía Los Ajíes línea recta al nacimiento del río

Ortigal; de allí línea recta a la cabecera de la quebrada Ortigal, luego línea recta a la cabecera de la quebrada la Sardinosa; ésta quebrada hasta su desembocadura en el río Miguelito; agua arriba este río hasta donde recibe las aguas de la quebrada Las Quebradas; ésta quebrada aguas arriba hasta donde se le une la quebrada La Encantada; está quebrada hasta su nacimiento; línea recta hasta a la cabecera de la quebrada La Encantada; que nace cerca de los límites del distrito de Penonomé, la cual se sigue aguas abajo hasta el mencionado limite, en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 572 905,091m y N 982 795,143m. d. Con el corregimiento Río Indio, distrito de Penonomé, provincia de Coclé. Desde un punto con coordenadas UTM WGS84 E 572 905,091m y N 982 795,143m sobre la quebrada La Encantada en los límites con el distrito de Penonomé, se sigue en dirección suroeste hasta un punto en el río U, con coordenadas UTM WGS84 E 571 273,784m y N 981 146,482m. e. Con el corregimiento de Toabré, distrito de Penonomé, provincia de Coclé. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 571 273,784m y N 981 146,482m, en donde el río U cruza el límite con el distrito de Donoso, se continúa en línea recta hasta la desembocadura del río Tulú en el río Toabré. f. Con el corregimiento de Tulú, distrito de Penonomé, provincia de Coclé. Desde el punto donde el río Tulú vierte sus aguas al río Toabré, se continúa agua abajo el río Toabré hasta la confluencia con la quebrada Las Glorias. g. Con el corregimiento de Llano Norte, distrito de La Pintada, provincia de Coclé. Desde la confluencia de la quebrada Las Glorias y el río Toabré, se continúa aguas abajo este río hasta donde se une con el río Coclé del Norte, se sigue aguas arriba el río Coclé del Norte hasta su confluencia con la quebrada Santa Isabel. h. Con el corregimiento San José Del General, distrito especial Ornar Torrijos Herrera. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542,887m y N 987 596,979m, donde la quebrada Santa Isabel vierte sus aguas en el río Coclé del Norte; ésta quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera de la quebrada sin nombre afluente del río Hoja; aguas abajo ésta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Hoja; este río hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 544 302,789m y N 987 922,571m. i. Con el corregimiento Nueva Esperanza, distrito especial Ornar Torrijos Herrera. Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 302,789m y N 987 922,571m se continúa este río aguas abajo, hasta su unión con el río Caimito; aguas arriba este río hasta donde recibe las aguas del río del Medio, este río hasta su cabecera. j. Con el corregimiento San Juan de Turbe, distrito especial Ornar Torrijos Herrera. Desde la cabecera del río del Medio se sigue en línea recta dirección suroeste al nacimiento del río Petaquilla; desde aquí línea recta en dirección sureste a la cima del cerro Petaquilla; desde este punto línea recta a la cabecera de la quebrada Vega,

ésta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Turbe en los límites con el distrito de La Pintada. k. Con el corregimiento El Harino, distrito de La Pintada, provincia de Coclé. Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se continúa aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste del cerro La Aclosa, luego por la cordillera de Pan de Azúcar y el cerro Belencillo o Los Bateales, se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y río San Juan. 1. Con el corregimiento Las Lomas, distrito de La Pintada, provincia de Coclé. Desde la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y río San Juan, desde allí se continúa hasta la cima del cerro Negro en la división Continental hasta la cima del cerro Negro. m. Con el corregimiento El Palmar, distrito de alá, provincia de Coclé. Desde la cima del cerro Negro, se continúa hacia el suroeste por la divisoria de aguas que separa los ríos Belén y Nombre de Dios hasta el nacimiento del río Belén en la división Continental o cordillera Central. n. Con el corregimiento de Calovébora, distrito de Santa Fé, provincia de Veraguas. Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la cordillera Central, se continúa aguas abajo este río hasta su desembocadura en el mar Caribe Artículo 6. Se adiciona el artículo 16-A a la Ley 1 de 1982, así. Los límites del distrito especial Ornar Torrijos Herrera son los siguientes: 1. Con el distrito de La Pintada. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542,887m y N 987 596,979m donde la quebrada Santa Isabel vierte sus aguas en el río Coclé del Norte, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Coclesito en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 550 231,224m y N 975 170,086m, aguas arriba el río Coclesito hasta su confluencia con el río Moreno en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 730,155m y N 971 680,332m, se continúa en dirección noroeste línea recta a la cima del cerro Jagua, de allí, se sigue en línea recta dirección suroeste hasta encontrar la quebrada La Mona; se continúa en línea recta hasta la confluencia de la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Turbe, aguas arriba este río hasta el punto donde le vierte sus aguas la quebrada Vega. 2. Con el distrito de Donoso. Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su cabecera, desde aquí línea recta a la cima del cerro Petaquilla, desde aquí línea recta al nacimiento del río Petaquilla, se continúa en línea recta dirección noreste a la cabecera del río del Medio, se sigue este río aguas abajo hasta su confluencia con el río Caimito, después aguas abajo el río Caimito hasta su unión con el río Hoja, se sigue aguas arriba el río Hoja hasta donde le vierte sus

aguas la quebrada sin nombre, se continúa aguas arriba ésta quebrada sin nombre hasta su nacimiento; desde aquí línea recta a la cabecera de la quebrada Santa Isabel, luego aguas abajo ésta quebrada hasta su desembocadura en el río Coclé del Norte en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542,887m y N 987 596,979m. Artículo 7. Se adiciona el artículo 16-B a la Ley 1 de 1982, así. Artículo 16-B. El distrito especial Ornar Torrijos Herrera con superficie de 198.6 kilómetros cuadrados, se divide en tres corregimientos a saber: San José Del General, San Juan de Turbe y Nueva Esperanza. La cabecera del distrito es la población de Coc1esito, donde se encuentra la Junta Comunal. Los límites de los corregimientos del distrito especial Ornar Torrijos Herrera son los siguientes: 1. Corregimiento San José del General. a. Con el corregimiento Llano Norte, distrito de la Pintada. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542,887m y N 987 596,974m donde la quebrada Santa Isabel vierte sus aguas en el río Coc1é del Norte, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Coclesito en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 550 231,224m y N 975 170,086m, aguas arriba el río Coclesito hasta su confluencia con el río Moreno en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 730,155m yn 971 680,332m. b. Con el corregimiento Piedras Gordas, distrito de la Pintada. Desde la confluencia del río Coclesito y el río Moreno en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 730,155m y N 971 680,332m, se continúa en dirección noroeste línea recta a la cima del cerro J agua, de allí, se sigue en línea recta dirección suroeste hasta el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 813,537m yn 971 755,025m. c. Con el corregimiento San Juan de Turbe. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 813,537m y N 971 755,025m, se sigue en línea recta dirección noroeste hasta encontrar la carretera que comunica las poblaciones de Coclesito y San Juan de Turbe en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 731, 192m y N 972 686,768m, se continúa por la carretera hacia el pueblo de San Juan de Turbe hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 184,463m y N 973078,611m, se sigue por el camino hacia el norte hasta la orilla y de allí al centro del río San Juan, en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 055,081m y N 973 288,689m, aguas arriba éste río hasta su confluencia con el río Botija. d. Con el corregimiento Nueva Esperanza. Desde donde el río Botija le deja sus aguas al río San Juan, línea recta en dirección noreste hasta la cabecera de la quebrada Calabazo, luego en línea recta en dirección noroeste al nacimiento del río Hoja, se sigue aguas abajo éste río hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 544 302,789m y N 987 922,571m.

e. Con el corregimiento Coclé del Norte, distrito de Donoso. Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 302,789m y N 987922,571m, donde la quebrada sin nombre le vierte sus aguas, se sigue aguas arriba ésta quebrada sin nombre hasta su nacimiento, desde allí línea recta hasta la cabecera de la quebrada Santa Isabel, se continúa aguas abajo ésta quebrada hasta su confluencia con el río Coclé del Norte en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542,887m y N 987 596,979m. 2. Corregimiento San Juan de Turbe. a. Con el corregimiento Nueva Esperanza. Desde la cabecera del río del Medio, se siguen en línea recta dirección sureste hasta la confluencia de la quebrada Brazo y el río Botija, se continúa aguas abajo el río Botija hasta su unión con el río San Juan. b. Con el corregimiento San José del General. Desde la confluencia de los ríos Botija y San Juan, se sigue aguas abajo el río San Juan hasta un punto en su centro con coordenadas UTM WGS84 E 546 055,081m y N 973 288,689m, de allí a la orilla y luego al sur hasta la carretera que une Coclesito con San Juan de Turbe en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 184,463m y N 973 078,611 m, se continúa por la calle en dirección hacia Coclesito, hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 731, 192m y N 972 686,768m, se sigue en dirección sureste hasta el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 813,537m yn 971 755,025m. c. Con el corregimiento Piedras Gordas, distrito de la Pintada. Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 813,537m y N 971 755,025m se continúa en línea recta dirección suroeste hasta encontrar la quebrada la Mona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 149,711m y N 971 583,843m. d. Con el corregimiento El Harino, distrito de la Pintada Desde la quebrada la Mona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 149,711m y N 971 583,843m, se continúa en línea recta hasta la confluencia de la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Turbe, aguas arriba este río hasta el punto donde le vierte sus aguas la quebrada Vega. e. Con el corregimiento Coclé del Norte, distrito de Donoso. Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se sigue aguas arriba ésta quebrada hasta su cabecera, desde aquí línea recta a la cima del cerro Petaquilla, desde aquí línea recta al nacimiento del río Petaquilla, se continúa en línea recta dirección noreste a la cabecera del río del Medio. 3. Corregimiento Nueva Esperanza. a. Con el corregimiento San Juan de Turbe. Desde la unión del río San Juan y el río Botija, se continúa aguas arriba el río Botija, hasta el punto donde la quebrada Brazo le deja sus aguas, línea recta en dirección noroeste al nacimiento del río del Medio.

b. Con el corregimiento Coclé del Norte, distrito de Donoso. Desde la cabecera del río del Medio, se sigue este río aguas abajo hasta su confluencia con el río Caimito, después aguas abajo el río Caimito hasta su unión con el río Hoja, se sigue aguas arriba el río Hoja hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 544 302,789m y N 987 922,571m. c. Con el corregimiento San José del GeneraL Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 302,789m y N 987 922,571m, se sigue aguas arriba este río hasta su nacimiento, se sigue línea recta en dirección sureste hasta la cabecera de la quebrada Calabazo, se continúa en línea recta dirección suroeste a la confluencia del río Botija y el río San Juan. Artículo 8. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento San José del General, sin que queden excluidos los que sean constituidos o desarrollados en el futuro, son los siguientes: Coclesito, Cuteva, La Jurudua, Canoa, El Canal, Alto de la Cruz, Nazareno. Artículo 9. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento de San Juan de Turbe, sin que queden excluidos los que sean constituidos o desarrollados en el futuro, son los siguientes: Botija, Higuerones, Ce iba, Molejón o Molejones, Las Piedratas, Jamaica, El Porvenir, Nuevo Sitio, San Juan de Turbe y Las Quebradas de Turbe. Artículo 10. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento de Nueva Esperanza, sin que queden excluidos los que sean constituidos o desarrollados en el futuro, son los siguientes: Nuevo Sinaí, Nueva Esperanza y San Benito Articulo 11. El Ministerio de Gobierno, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Dirección Nacional de Estadística y el Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República deberán brindar asesoramiento al municipio especial Ornar Torrijos Herrera en lo concerniente a la organización, funcionamiento y administración de los corregimientos. Artículo 12. La elección del alcalde del nuevo distrito especial Ornar Torrijos Herrera, así como los representantes y demás autoridades de los corregimientos San José del General, San Juan de Turbe y Nueva Esperanza que correspondan por razón de esta Ley, se realizará dentro del ordenamiento del próximo periodo electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral El Tribunal Electoral de Panamá deberá tomar las medidas necesarias para la futura elección de estos cargos de elección popular. Artículo 13. El Tribunal Electoral queda obligado a llevar a cabo una reorganización integral del Padrón Electoral de la provincia de Colón para garantizar que los electores que residan en el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, así como en los corregimientos creados por esta Ley, sean asignados oportunamente a los centros de votación que les corresponden.

Artículo 14. El actual Alcalde, así como el representante de corregimiento de San José del General, y la autoridad de policía de este corregimiento, que ha sido segregado conforme a la presente Ley, continuarán ejerciendo sus funciones hasta que se realicen la elección y la designación, según sea el caso, de los funcionarios correspondientes a las nuevas divisiones político-administrativas que esta Ley establece. Artículo 15. La presente Ley modifica los artículos 9, 10, 15, 16 y adiciona los artículos 16-A y 16-B a la Ley 1 de 27 de octubre de 1982. Artículo 16. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Texto Único del Proyecto de Ley No.374, tal como fue aprobado en primer debate por la Comisión de Asuntos Municipales, en su reunión ordinaria del 24 de abril de 2017. POR LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES Presidente CL~~ H.D. HECTOR V ll-h\scarrasquilla Vicepresidente H.D. JUAN B. SERRANO Secretario H.D. SAL V ADOR REAL Comisionado H.DQ.'GALVEZ C<~misionado ~izlwv.~ H.D. FEijp'E V A~AS Comisionado ~R~G~~ Comisionado H.D. CARLOS E. SANTANA A. Comisionado H.D. FLORENTINO ÁBREGO Comisionado

LEY De de de 2017 Que crea el distrito especial Omar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Artículo 1. Se crea el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón. Artículo 2. El artículo 9 de la Ley 1 de 1982 queda así: Artículo 9. Los límites de la provincia de Colón son los siguientes: l. Con el mar Caribe Desde la desembocadura del río Belén en el mar Caribe que es el lindero con la provincia de Veraguas, se sigue por toda la costa hasta donde el río Playa Colorada deja sus aguas en el mar Caribe. 2. Con la comarca Kuna Ya la Desde donde el río Playa Colorada deja sus aguas en el mar Caribe, se continúa con una línea imaginaria en dirección sureste hasta encontrar el curso del río Mandinga, el cual se sigue aguas arriba hasta su nacimiento. 3. Con la provincia de Panamá, distrito de Panamá Desde el nacimiento del río Mandinga, se sigue en dirección noroeste por la cima de la sierra Llorona hasta el punto donde nace el río Boquerón, se continúa aguas abajo por todo el curso de este río hasta el punto donde el río Diablo le vierte sus aguas; desde aquí, se sigue aguas abajo el río Boquerón hasta su desembocadura en el lago Alajuela, se sigue por la línea central de dicho lago cuyas coordenadas UTM WGS84 son: E 657 509.648m y N 1 035 38.857m; E 655 592.015m y N 1 028516.578m; E 655 569.722m y N 1 024074.930m; E 656 554.354m y N 1 021 794.485m; E 656 47.061m y N 1 019 525.493m; E 652 035.546m y N 1 018 507.360m; E 650 91O.037m y N 1 017 757.167m, pasando al norte de la isla Bembón y al sur de la isla Campana hasta el río Chagres; desde aquí, se continúa aguas abajo este río hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 648 037.278m y N 1 016 464.878m ubicado en el centro del puente de la autopista Alberto Motta Cardoze sobre el río Chagres; desde aquí, se sigue aguas abajo el río hasta su desembocadura en el canal de Panamá en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 643 166.803m yn 1 007363.781m. 4. Con la provincia de Panamá Oeste, distritos de Arraiján, La Chorrera y Capira Desde la desembocadura del río Chagres en el canal de Panamá en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 643 166.803m y N 1 007 363.781m, se continúa por el centro del Canal hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 642

272.432m y N 1 007828.707m situado al noreste de la isla Santa Cruz próximo al paso Gamboa, se sigue por el Canal hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 637 616.218m y N 1 008 528.954m situado al noreste de punta Juan Grande, se continúa por este canal pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 636 970.426m y N 1 008 444.20m al norte de punta Mamey y E 635 437.778m y N 1 007 563,020m al noreste de la isla Bailamonos, se sigue por el canal de Panamá en dirección noroeste pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 631 468.379m y N 1 008 419.138m y E 631 205.315m yn 1 008 696.352m, situados al norte de punta Bondad, se continúa por el Canal por los puntos situados entre punta Frijoles y punta Colorada con coordenadas UTM WGS84 E 630 434.481m y N 1 012 614.863m y E 630 155.331m y N 1 012 963.799m, se sigue el cauce del Canal por su línea central en dirección general noroeste pasando por los puntos con coordenadas UTM WGS84 E 627 092.l03m y N 1 015 593.004m y E 624 659.584myN 1 014 993.446my E 624281.569myN 1 015 057.417m ubicados al norte de la isla Barro Colorado, se continúa por el cauce del Canal hasta el punto con coordenadas UTM WGS84 E 619 041 m y N 1 017 936.082m al sur de isla Bruja Chiquita, se sigue a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 618 142.316m y N 1 016 220.278m ubicado al este de las islas Trinidad Chiquita y Trinidad; desde aquí, se sigue a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 617 193.625m y N 1 014 501.001m al este de las islas Guacha, se continúa pasando por un punto equidistante entre la punta Daniel en Escobal y la isla Sandelo con coordenadas UTM WGS84 E 615 542.611m y N 1 011 158.060m; desde aquí, se sigue línea recta en dirección suroeste hasta un punto situado frente a punta Ramón con coordenadas UTM WGS84 E 614 453.601m y N 1 009 029.380m, se sigue a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 612 276.861m y N 1 004 322m situado al este de isla A verfira, se continúa por la línea central del lago Gatún cuyas coordenadas UTM WGS84 son: E 612 762.584m y N 1 003 623.135m; E 614 033.397m y N 1 002 216,999m; E 614 378.367m y N 1 001 620.844m; E 614 41O.877m y N 1 000 957.378m, se sigue por la línea central del lago hasta un punto al este de la isla Calle Tigre con coordenadas UTM WGS84 E 614 369m y N 1 000 503.588m, se continúa pasando al suroeste de la isla Cristóbal hasta un punto con, coordenadas UTM WGS84 E 614 563.496m y N 999 705.86m, se sigue en dirección sur por la línea central del lago Gatún pasando al este de la isla Tres Perros por un punto con coordenadas UTM WGS84 E 615 007.304m y N 999 271.438m y por el lado oeste de la isla Leona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 741.859m y N 998 603.531m, se sigue por el sureste de las islas Arroz y Astillero a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 474.977m y N 997 469.508m, se continúa en dirección general sur por la línea central del lago Gatún pasando por el punto con coordenadas UTM WGS84 E 614 440.745m y N 996 231.456m, se sigue hasta la desembocadura del río Trinidad en el lago; desde aquí, se sigue aguas arriba el curso del río hasta el chorro del río Trinidad con coordenadas UTM WGS84 E 611 291.402m y N 992 010.059m, se continúa en 2

dirección suroeste al chorro del río Ciri Grande, se sigue línea recta en dirección noroeste hasta el chorro del río Ciricito; desde aquí, se sigue línea recta en dirección suroeste hasta el cerro Hinojal, se continúa línea recta en dirección suroeste hasta la confluencia de la quebrada Los Uveros con el río Indio. 5. Con la provincia de Coclé, distritos de Penonomé, La Pintada y Olá Desde donde la quebrada: los Uveros le vierte sus aguas al río Indio, se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Jobo, se continúa el río Jobo hasta su unión con la quebrada El Papayo, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue línea recta hasta el punto donde el río Tulú le vierte sus aguas en el río Toabré, se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Coclé del Norte, se continúa aguas arriba el río Coclé del Norte hasta donde el río Coclesito se le une; desde aquí, se sigue aguas arriba por todo el curso del río Coclesito hasta su confluencia con el río Moreno; desde aquí, se sigue línea recta en dirección noroeste hasta la cima del Cerro Jagua, se continúa línea recta en dirección suroeste hasta el punto donde se unen la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Turbe, se sigue aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste del cerro de la AcIosa, se continúa por la cordillera Pan de Azúcar y el cerro Belencillo o los Bateales, se sigue por la divisoria de aguas que separa el río Belén del río Belencillo hasta la cima del cerro Negro, se continúa hacia el suroeste por la divisoria de aguas que separa los ríos Belén y Nombre de Dios hasta el nacimiento del río Belén en la división Continental o cordillera Central. 6. Con la provincia de Veraguas, distrito de Santa Fe Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la cordillera Central, se continúa aguas abajo este río hasta su desembocadura en el mar Caribe. Artículo 3. El artículo 10 de la Ley 1 de 1982 queda así: Artículo 10. La provincia de Colón se divide en seis distritos, así: Colón, Chagres, Donoso, Portobelo, Santa Isabel y Omar Torrijos Herrera. La cabecera de la provincia es la ciudad de Colón. Artículo 4. El artículo 15 de la Ley 1 de 1982 queda así: Artículo 15. Los límites del distrito de Donoso son los siguientes: 1. Con el mar Caribe Desde la desembocadura del río Belén, se continúa por toda la costa hasta la desembocadura del río Indio. 2. Con el distrito de Chagres Desde la desembocadura del río Indio en el mar Caribe, se sigue este río aguas arriba hasta su confluencia con el río El Jobo. 3. Con el distrito de Penonomé, provincia de Coclé Desde la confluencia del río Indio y el río El Jobo, se continúa aguas arriba el río Jobo hasta su unión con la quebrada El Papayo, se sigue aguas arriba esta 3

quebrada hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue línea recta hasta el punto donde el río Tulú vierte sus aguas al río Toabré, se continúa aguas abajo el río Toabré hasta la confluencia con la quebrada Las Glorias. 4. Con el distrito de La Pintada, provincia de Coclé Desde la confluencia de la quebrada Las Glorias y el río Toabré, se continúa aguas abajo este río hasta donde se une con el río Coc1é del Norte, se sigue aguas arriba el río Coc1é del Norte hasta su confluencia con la quebrada Santa Isabel; desde aquí, se sigue desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se continúa aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste del cerro la Ac1osa; desde aquí, se sigue por la cordillera de Pan de Azúcar y el cerro Belencillo o Los aateales, se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y río San Juan; desde aquí, se continúa hasta la cima del cerro Negro en la división Continental. 5. Con el distrito especial Ornar Torrijos Herrera Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542.887m y N 987 596.979m, donde la quebrada Santa Isabel vierte sus aguas en el río Coc1é del Norte, se sigue esta quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue línea recta a la cabecera de la quebrada sin nombre afluente del río Hoja, se sigue aguas abajo esta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Hoja, se sigue aguas abajo este río hasta su unión con el río Caimito; desde aquí, se sigue águas arriba este río hasta donde recibe las aguas del río del Medio, se sigue este río hasta su cabecera; desde aquí, se sigue línea recta en dirección suroeste al nacimiento del río Petaquilla; desde aquí, se continúa línea recta en dirección sureste a la cima del cerro Petaquilla; desde este punto, se sigue línea recta a la cabecera de la quebrada Vega, se sigue esta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Turbe en los límites con el distrito de La Pintada. 6. Con el distrito de Olá, provincia de Coclé Desde la cima del cerro Negro en la división Continental, se sigue por esta divisoria de aguas hasta el punto en sus faldas donde nace el río Belén. 7. Con el distrito de Santa Fe, provincia de Vera guas Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la cordillera Central, se sigue aguas abajo este río hasta su desembocadura en el mar Caribe. Artículo 5. El artículo 16 de la Ley 1 de 1982 queda así: Artículo 16. El distrito de Donoso se divide en cinco corregimientos, así: Miguel de La Borda (cabecera), Gobea, Río Indio, El Guásimo y Coc1é del Norte. La cabecera del distrito es la población de Miguel de La Borda. Los límites de los corregimientos del distrito de Donoso son los siguientes: 1. Corregimiento Miguel de La Borda a. Con el mar Caribe: Desde la desembocadura de la quebrada Gaona, se SIgue por toda la costa hasta la desembocadura de la quebrada Zambo. 4

b. Con el corregimiento Gobea: Desde la desembocadura de la quebrada Zambo en el mar Caribe, se continúa por dicha quebrada, se continúa aguas arriba por todo su curso hasta su cabecera; desde aquí, se sigue en dirección sur por toda la divisoria de aguas, que separa las aguas que corren hacia el río Caño Rey de las que fluyen hacia el río Gobea, hasta llegar a la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula. c. Con el corregimiento El Guásimo: Desde el cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula en el límite con el corregimiento Gobea, se sigue por la divisoria de aguas de los ríos Guásimo y Jobo de las del Caño del Iguanero hasta la cabecera de la quebrada Los Cuacos, se sigue aguas abajo esta quebrada hasta su unión con el río Miguel de La Borda, se continúa por el río donde se une con la quebrada El Guabo, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue por la divisoria de las aguas que corren al río Miguel de La Borda de las que corren hacia el mar Caribe; desde aquí, se continúa hasta el nacimiento del río Clarito, se sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río ManguesaL d. Con el corregimiento Coclé del Norte: Desde la unión del río Clarito con el río Manguesal, se sigue aguas arriba este último hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue línea recta a la cabecera del río Caño Rey, se sigue este río aguas abajo hasta donde recibe las aguas de la quebrada Corotú; desde aquí, se continúa línea recta al nacimiento de la quebrada Gaona, se sigue esta quebrada aguas abajo hasta su desembocadura en el mar Caribe. 2. Corregimiento Gobea a. Con el mar Caribe: Desde la desembocadura de la quebrada Zambo, se sigue por toda la costa hasta la desembocadura de la quebrada Pilón. b. Con el corregimiento Río Indio: Desde la desembocadura de la quebrada Pilón en el mar Caribe, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento; desde aquí, se continúa por toda la cresta de la divisoria que separa las aguas del río Gobea y río Jobo con las de río Indio hasta el nacimiento de la quebrada Las Minas. c. Con el corregimiento El Guásimo: Desde el nacimiento de la quebrada Las Minas, se sigue por la divisoria de aguas de los ríos Jobo y Gobea hasta la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula. d. Con el corregimiento Miguel de La Borda: Desde la cima donde nacen los ríos Vaca y Cañafístula, se sigue en dirección norte por toda la divisoria de aguas, la que separa las aguas que corren hacia el río Caño Rey de las que fluyen hacia el río Gobea, hasta la 5

cabecera de la quebrada Zambo; desde aquí, se sigue aguas abajo por dicha quebrada hasta su desembocadura en el mar Caribe. 3. Corregimiento Río Indio a. Con el corregimiento El Guásimo: Desde la cabecera de la quebrada El Papayo en los límites con el distrito de Penonomé, se sigue línea recta al nacimiento de la quebrada Las Minas. b. Con el corregimiento Gobea: Desde el nacimiento de la quebrada Las Minas, se continúa por toda la cresta de la divisoria que separa las aguas del río Gobea con las del río Indio; desde aquí, se sigue al nacimiento de la quebrada Pilón, se sigue aguas abajo esta quebrada hasta su desembocadura en el mar Caribe. c. Con el mar Caribe: Desde la desembocadura de la quebrada Pilón, se continúa por toda la costa hasta la desembocadura o boca del río Indio. d. Con el corregimiento La Encantada, distrito de Chagres: Desde la desembocadura del río Indio en el mar Caribe, se continúa aguas arriba este río hasta la unión con el río Jobo. e. Con el corregimiento Río Indio, distrito de Penonomé, provincia de Coclé: Desde la unión de los ríos Indio y Jobo, se sigue aguas arriba este último río hasta donde la quebrada El Papayo se le une, se continúa aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento en los límites con la provincia de Coc1é. 4. Corregimiento El Guásimo a. Con el corregimiento Miguel de La Borda: Partiendo de la confluencia de los ríos Manguesal y Clarito, se continúa este último aguas arriba hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue la divisoria de las aguas que corren al río Miguel de La Borda de las que corren hacia el mar Caribe hasta el punto donde nace la quebrada El Guabo, cuyo curso se sigue aguas abajo hasta dejar sus aguas en el río Miguel de La Borda; desde aquí, se continúa por el río Miguel de La Borda hasta donde recibe las aguas de la quebrada Los Cuacos, se sigue por el curso de esta quebrada aguas arriba hasta su cabecera; desde este punto, se sigue por la divisoria de aguas de los ríos Guásimo y Jobo de las del Caño del Iguanero hasta encontrar el límite con el corregimiento Gobea, en la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafístula. b. Con el corregimiento Gobea: Desde la cima del cerro donde nacen las quebradas Vaca y Cañafistula, se sigue por la divisoria de aguas de los ríos Jobo y Gobea hasta encontrar el nacimiento de la quebrada Las Minas. 6

c. Con el corregimiento Río Indio: Desde el nacimiento de la quebrada Las Minas, se sigue línea recta a la cabecera de la quebrada El Papayo en los límites del distrito de Penonomé. d. Con el corregimiento Río Indio, distrito de Penonomé: Desde el nacimiento de la quebrada El Papayo en los límites del distrito de Penonomé, se continúa línea recta en dirección suroeste hasta el punto donde la quebrada La Encantada alcanza los límites con el distrito de Penonomé en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 572 905.091m y N 982795.143m. e. Con el corregimiento Coc1é del Norte: Partiendo de un punto en donde la quebrada La EncaIltada alcanza los límites con el distrito de Penonomé en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 572 905.091m y N 982 795.143m, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su cabecera; desde aquí, se sigue línea recta hasta el nacimiento de la quebrada La Encantada, se continúa aguas abajo esta quebrada hasta su unión con la quebrada Las Quebradas; desde aquí, aguas abajo este curso hasta su confluencia con el río Miguelito, se sigue este río aguas abajo hasta el punto donde recibe las agua de la quebrada La Sardinosa; desde aquí, se continúa aguas arriba la quebrada La Sardinosa hasta su cabecera, se sigue línea recta a la cabecera de la quebrada Ortiga; desde aquí, se sigue línea recta al nacimiento el río Ortiga, se sigue línea recta a cabecera de la quebrada Ajíes en la serranía Los Ajíes, se sigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con el río Caño, se continúa aguas arriba el río Caño hasta su unió con los ríos Clarito y Manguesal. 5. Corregimiento Coclé del Norte a. Con el mar Caribe: Desde la desembocadura del río Belén, se sigue por la costa hasta la desembocadura de la quebrada Gaona. b. Con el corregimiento Miguel de La Borda: Desde la desembocadura de la quebrada Gaona en el mar Caribe, se continúa aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue línea recta hasta donde el río Caño Rey recibe las aguas de la quebrada Corotú, se sigue aguas arriba hasta la cabecera del río Caño Rey; desde aquí, se sigue línea recta a la cabecera del río Manguesal, se sigue aguas abajo este río hasta su unión con el río Clarito. c. Con el corregimiento El Guásimo: Desde la unión del río Clarito con el río Manguesal, se sigue aguas abajo el río Caño hasta donde recibe las aguas de la quebrada Ajíes; desde aquí, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento en la serranía Los Ajíes, se sigue línea recta al nacimiento del río Ortigal; desde aquí, línea recta a la cabecera de la quebrada Ortigal, se continúa línea recta a la cabecera de la quebrada la S ardinosa; desde aquí, se sigue esta quebrad~ ~/c~.: '\ :. ~.: "-\ 1

hasta su desembocadura en el río Miguelito; desde aquí, se sigue aguas arriba este río hasta donde recibe las aguas de la quebrada Las Quebradas, se sigue esta quebrada aguas arriba hasta donde se le une la quebrada La Encantada, se sigue esta quebrada hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue línea recta hasta a la cabecera de la quebrada La Encantada, que nace cerca de los límites del distrito de Penonomé, la cual se sigue aguas abajo hasta el mencionado límite en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 572 905.091m y N 982 795.143m. d. Con el corregimiento Río Indio, distrito de Penonomé, provincia de Coclé: Desde un punto con coordenadas UTM WGS84 E 572 905.091m y N 982 795.143m sobre la quebrada La Encantada en los límites con el 'distrito de Penonomé, se sigue en dirección suroeste hasta un punto en el río U, con coordenadas UTM WGS84 E 571 273.784m yn 981 146.482m. e. Con el corregimiento Toabré, distrito de Penonomé, provincia de Coclé: Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 571 273.784m y N 981 146.482m en donde el río U cruza el límite con el distrito de Donoso, se continúa línea recta hasta la desembocadura del río Tulú en el río Toabré. f. Con el corregimiento Tulú, distrito de Penonomé, provincia de Coclé: Desde el punto donde el río Tulú vierte sus aguas al río Toabré, se continúa aguas abajo el río Toabré hasta la confluencia con la quebrada Las Glorias. g. Con el corregimiento Llano Norte, distrito de La Pintada, provincia de Coclé: Desde la confluencia de la quebrada Las Glorias y el río Toabré, se continúa aguas abajo este río hasta donde se une con el río Coclé del Norte, se sigue aguas arriba el río Coclé del Norte hasta su confluencia con la quebrada Santa Isabel. h. Con el corregimiento San José del General, distrito especial Ornar T orrij os Herrera: Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542.887m y N 987 596.979m donde la quebrada Santa Isabel vierte sus aguas en el río Coclé del Norte, se sigue esta quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; desde aquí, se continúa línea recta a la cabecera de la quebrada sin nombre afluente del río Hoja, se sigue aguas abajo esta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Hoja, se sigue este río hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 544 302.789m y N 987 922.571m. 1. Con el corregimiento Nueva Esperanza, distrito especial Ornar Torrijos Herrera: Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 302.789m y N 987 922.571m, se continúa este río aguas abajo hasta su unión 8

con el río Caimito, se sigue aguas arriba este río hasta donde recibe las aguas del río del Medio, se sigue este río hasta su cabecera. J. Con el corregimiento San Juan de Turbe, distrito especial Ornar Torrijos Herrera: Desde la cabecera del río del Medio, se sigue línea recta en dirección suroeste al nacimiento del río Petaquilla; desde aquí, se continúa línea recta en dirección sureste a la cima del cerro Petaquilla; desde este punto, se sigue línea recta a la cabecera de la quebrada Vega, se sigue esta quebrada hasta donde le vierte sus aguas al río Turbe en los límites con el distrito de La Pintada. k. Con el corregimiento El Harino, distrito de La Pintada, provincia de Coclé: Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se continúa aguas arriba este río hasta su nacimiento en las faldas oeste del cerro La Aclosa, se sigue por la cordillera de Pan de Azúcar y el cerro Belencillo o Los Bateales, se sigue por la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y río San Juan. 1. Con el corregimiento Las Lomas, distrito de La Pintada, provincia de Coclé: Desde la divisoria de aguas que separa al río Belén del río Belencillo y río San Juan, se continúa hasta la cima del cerro Negro en la división Continental hasta la cima del cerro Negro. m. Con el corregimiento El Palmar, distrito de Olá, provincia de Coclé: Desde la cima del cerro Negro, se continúa hacia el suroeste por la divisoria de aguas que separa los ríos Belén y Nombre de Dios hasta el nacimiento del río Belén en la división Continental o cordillera Central. n. Con el corregimiento Calovébora, distrito de Santa Fe, provincia de Veraguas: Desde el nacimiento del río Belén en las faldas de la cordillera Central, se continúa aguas abajo este río hasta su desembocadura en el mar Caribe. Artículo 6. Se adiciona el artículo 16-A a la Ley 1 de 1982, así: Artículo 16-A. Los límites del distrito especial Ornar Torrijos Herrera son los siguientes: 1. Con el distrito de La Pintada Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542.887m y N 987 596,979m donde la quebrada Santa Isabel vierte sus aguas en el río Coclé del Norte, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Coclesito en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 550 231.224m y N 975 170.086m, se sigue aguas arriba el río Coclesito hasta su confluencia con el río Moreno en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 730,155m y N 971 680,332m, se continúa en dirección noroeste línea recta a la cima del cerro Jagua; desde aquí, se sigue línea 9

recta en dirección suroeste hasta encontrar la quebrada La Mona, se continúa línea recta hasta la confluencia de la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Turbe, se continúa aguas arriba este río hasta el punto donde le vierte sus aguas la quebrada Vega. 2. Con el distrito de Donoso Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su cabecera; desde aquí, se sigue línea recta a la cima del cerro Petaquilla; desde aquí, se continúa línea recta al nacimiento del río Petaquilla, se continúa línea recta en dirección noreste a la cabecera del río del Medio, se sigue este río aguas abajo hasta su confluencia con el río Caimito; desde aquí, se sigue aguas abajo el río Caimito hasta su unión con el río Hoja, se sigue aguas arriba el río Hoja hasta donde le vierte sus aguas la quebrada sin nombre, se continúa aguas arriba esta quebrada sin nombre hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue línea recta a la cabecera de la quebrada Santa Isabel, se continúa aguas abajo esta quebrada hasta su desembocadura en el río Coclé del Norte en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542.887m y N 987 596.979m. Artículo 7. Se adiciona el artículo l6-b a la Ley 1 de 1982, así: Artículo 16-B. El distrito especial Ornar Torrijos Herrera con superficie de 198.6 kilómetros cuadrados se divide en tres corregimientos, así: San José del General, San Juan de Turbe y Nueva Esperanza. La cabecera del distrito es la población de Coclesito donde se encuentra la Junta Comunal. Los límites de los corregimientos del distrito especial Ornar Torrijos Herrera son los siguientes: l. Corregimiento San José del General a. Con el corregimiento Llano Norte, distrito de la Pintada: Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542.887m y N 987 596.974m donde la quebrada Santa Isabel vierte sus aguas en el río Coclé del Norte, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Coclesito en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 550 231.224m y N 975 170.086m, se sigue aguas arriba el río Coclesito hasta su confluencia con el río Moreno en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 730.155m yn 971 680.332m. b. Con el corregimiento Piedras Gordas, distrito de la Pintada: Desde la confluencia del río Coclesito y el río Moreno en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 730.155m y N 971 680.332m, se continúa en dirección noroeste línea recta a la cima del cerro Jagua; desde aquí, se sigue línea recta en dirección suroeste hasta el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 813.537m yn 971 755.025m. c. Con el corregimiento San Juan de Turbe: Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 813.537m y N 971 755.025m, se sigue línea recta en dirección noroeste hasta encontrar la 10

carretera que comunica las poblaciones de Coclesito y San Juan de Turbe en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 731.192m y N 972 686.768m, se continúa por la carretera hacia el pueblo de San Juan de Turbe hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 184.463m y N 973 078.611m, se sigue por el camino hacia el norte hasta la orilla; de aquí, se sigue al centro del río San Juan en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 055.081m y N 973 288.689m, se sigue aguas arriba este río hasta su confluencia con el río Botija. d. Con el corregimiento Nueva Esperanza: Desde donde el río Botija le deja sus aguas al río San Juan, se sigue línea recta en dirección noreste hasta la cabecera de la quebrada Calabazo, se sigue línea recta en dirección noroeste al nacimiento del río Hoja, se sigue aguas abajo este río hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 544 302.789m y N 987 922.571m. e. Con el corregimiento Coclé del Norte, distrito de Donoso: Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 302,789m y N 987 922.571m donde la quebrada sin nombre le vierte sus aguas, se sigue aguas arriba esta quebrada sin nombre hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue línea recta hasta la cabecera de la quebrada Santa Isabel, se continúa aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con el río Coclé del Norte en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 549 542.887m y N 987596.979m. 2. Corregimiento San Juan de Turbe a. Con el corregimiento Nueva Esperanza: Desde la cabecera del río del Medio, se sigue línea recta en dirección sureste hasta la confluencia de la quebrada Brazo y el río Botija, se continúa aguas abajo el río Botija hasta su unión con el río San Juan. b. Con el corregimiento San José del General: Desde la confluencia de los ríos Botija y San Juan, se sigue aguas abajo el río San Juan hasta un punto en su centro con coordenadas UTM WGS84 E 546 055.081m y N 973 288.689m; desde aquí, se sigue a la orilla y luego al sur hasta la carretera que une Coclesito con San Juan de Turbe en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 184.463m y N 973 078.611m, se continúa por la calle en dirección hacia Coclesito hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 546 731.192m y N 972 686.768m, se sigue en dirección sureste hasta el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 813.537m y N 971 755.025m. c. Con el corregimiento Piedras Gordas, distrito de la Pintada: Desde el punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 813.537m y N 971 755.025m, se continúa línea recta en dirección suroeste hasta encontrar la quebrada la Mona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 149.711m y N 971 583.843h1. 11

d. Con el corregimiento El Harino, distrito de la Pintada: Desde la quebrada la Mona en un punto con coordenadas UTM WGS84 E 547 149.711m y N 971 583.843m, se continúa línea recta hasta la confluencia de la quebrada Arenal Grande y el río San Juan, se sigue aguas arriba este río hasta su unión con el río Turbe, se sigue aguas arriba este río hasta el punto donde le vierte sus aguas la quebrada Vega. e. Con el corregimiento Coclé del Norte, distrito de Donoso: Desde la unión de la quebrada Vega y el río Turbe, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su cabecera; desde aquí, se sigue línea recta a la cima del cerro Petaquilla; desde aquí, se continúa línea recta al nacimiento del río Petaquilla, se continúa línea recta en dirección noreste a la cabecera del río del Medio. 3. Corregimiento Nueva Esperanza a. Con el corregimiento San Juan de Turbe: Desde la unión del río San Juan y el río Botija, se continúa aguas arriba el río Botija hasta el punto donde la quebrada Brazo le deja sus aguas, se sigue línea recta en dirección noroeste al nacimiento del río del Medio. b. Con el corregimiento Coclé del Norte, distrito de Donoso: Desde la cabecera del río del Medio, se sigue este río aguas abajo hasta su confluencia con el río Caimito, se continúa aguas abajo el río Caimito hasta su unión con el río Hoja, se sigue. aguas 'arriba el río Hoja hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 544 302.789m yn 987 922. 571m. c. Con el corregimiento San José del General. Desde un punto en el río Hoja con coordenadas UTM WGS84 E 544 302.789m y N 987 922.571m, se sigue aguas arriba este río hasta su nacimiento, se sigue línea recta en dirección sureste hasta la cabecera de la quebrada Calabazo, se continúa línea recta en dirección suroeste a la confluencia del río Botija y el río San Juan. Artículo 8. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento San José del General, sin que queden excluidos los que sean constituidos o desarrollados en el futuro, son los siguientes: Coclesito, Cuteva, La Jurudua, Canoa, El Canal, Alto de la Cruz y Nazareno. Artículo 9. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento San Juan de Turbe, sin que queden excluidos los que sean constituidos o desarrollados en el futuro, son los siguientes: Botija, Higuerones, Ceiba, Molejón o Molejones, Las Piedratas, Jamaica, El Porvenir, Nuevo Sitio, San Juan de Turbe y Las Quebradas de Turbe. Artículo 10. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento Nueva Esperanza, sin que queden excluidos los que sean 12

constituidos o desarrollados en el futuro, son los siguientes: Nuevo Sinaí, Nueva Esperanza y San Benito. Artículo 11. El Ministerio de Gobierno, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República deberán brindar asesoramiento al municipio especial Omar Torrijos Herrera en lo concerniente a la organización, funcionamiento y administración de. los corregimientos. Artículo 12. La elección del alcalde del distrito especial Omar Torrijos Herrera, así como de los representantes y demás autoridades de los corregimientos San José del General, San Juan de Turbe y Nueva Esperanza que correspondan por razón de esta Ley se realizará dentro del ordenamiento del próximo periodo electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral El Tribunal Electoral deberá tomar las medidas necesarias para la futura elección de estos cargos de elección popular. Artículo 13. El Tribunal Electoral queda obligado a llevar a cabo una reorganización integral del Padrón Electoral de la provincia de Colón para garantizar que los electores que residan en el distrito especial Ornar Torrijos Herrera, así como en los corregimientos creados -por esta Ley, sean asignados oportunamente a los centros de votación que les corresponden. Artículo 14. El actual alcalde, así como el representante de corregimiento San José del General, y la autoridad de policía de este corregimiento, que ha sido segregado conforme a la presente Ley, continuarán ejerciendo sus funciones hasta que se realicen la elección y la designación, según sea el caso, de los funcionarios correspondientes a las nuevas divisiones político-administrativas que esta Ley establece. Artículo 15. La presente Ley modifica los artículos 9, 10, 15, 16 y adiciona los artículos 16-A y 16-B a la Ley 1 de 27 de octubre de 1982. Artículo 16. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Proyecto 374 de 2016 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diecisiete. La Secretaria General Encargada, 13

u..v 1..., 1" Panamá, 6 de junio de 2017 Nota N SAJ-131-2017 Honorable Diputado RUBEN DE LEON Presidente de la Asamblea Nacional E. S. D. Honorable Diputado Presidente: En el uso de las facultades que otorga el numeral 6 del artículo 183 de la Constitución Nacional, procedo a presentar formal objeción del Proyecto de Ley N 374 "Que crea el distrito especial de Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón". Esta Ley busca establecer la creación de un distrito especial que llevará por nombre Ornar Torrijos Herrera, conformado por tres corregimientos, así: San José del General, San Juan de Turbe y Nueva Esperanza. La cabecera del distrito es la población de Coc1esito. En virtud de 10 antes expuesto, se objeta en la modalidad y con el alcance que se señala en el informe adjunto. Atentamente, JUAN CARLOS V ARELA RODRIGUEZ Presidente de la República

INFORME DE OBJECIÓN En el uso de las facultades que otorga el numeral 6 del artículo 183 de la Constitución Nacional, procedo a presentar formal objeción al Proyecto de Ley 374, "Que crea el distrito de Omar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón". El artículo 12 de la Ley 65 de 2015, establece que para la creación de distritos deberá contener la descripción del territorio que comprenderá, sus límites, la designación de la cabecera distrital y la demostración de la garantía de cumplimiento de los requisitos que señala el artículo 13 de dicha excerta legal, acompañada del estudio técnico que realice la Comisión Nacional sobre Límites Político-Administrativo. El proyecto remitido para sanción, propone una división territorial al distrito de Donoso y el nuevo distrito que llevará por nombre Omar Torrijos Herrera, estará conformado por tres (3) corregimientos a saber: San José del General, San Juan de Turbe y Nueva Esperanza. Su cabecera será el lugar poblado de Coclesito. En atención a los requisitos exigidos por la Ley 65 de 2015 para la creación de un distrito, hacemos las siguientes observaciones con respecto al presente proyecto de Ley: El distrito creado a través del proyecto de ley en comento, no cumple con el número de 25,000 habitantes que se requieren para su creación, toda vez que de acuerdo a las proyecciones de población estimadas por el Instituto Nacional de Estadística y Censo, el área del futuro distrito para este año 2017, tiene una población de 2,777 habitantes, muy por debajo del mínimo exigido por el numeral 1 del artículo 13 de la Ley 65 de 2015. El numeral 1, artículo 16 de la Ley 65 de 2015, dispone que la población en las áreas rurales no podrá ser menor a los 1,000 habitantes, por lo que los futuros corregimientos San José del General y San Juan de Turbe hoy día cumplen con el requisito mínimo, no así el corregimiento Nueva Esperanza, ya que el conjunto de los lugares poblados que lo integran solo cuenta con 127 habitantes. Además, no se indica los poblados cabecera de los tres corregimientos. No consta en el expediente suministrado por la Comisión Nacional sobre límites políticos administrativos, el informe de delimitación física del territorio distrital, con base en mapas oficiales de manera detallada, que incluya la descripción de los accidentes geográficos existentes, sus límites y puntos de coordenadas. En este sentido, aun cuando las coordenadas están en UTM, datum WGS-84, no se indica si las mismas cumplen con las coordenadas actualizadas WGS-84/ITRF08, época 2011.6, tal como lo dispone el numeral 2 del artículo 13 de la Ley 65 de 2015. Por lo anterior, el nuevo distrito especial no cuenta con la descripción suficiente para establecer sus límites, No se cuenta con el Informe Socioeconómico y Financiero, elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas, en cumplimiento del numeral 5 del artículo 13 de la Ley 65 de 2015. No hay evidencia de decisión favorable emitida por los ciudadanos y autoridades de los corregimientos que van a conformar el nuevo distrito, adquirido mediante consulta popular in situ y convocadas por los representantes de corregimiento. En este sentido,

solo se contó con 20 fojas de firmas de consulta ciudadana la cual no representan el 10% del total de moradores de los corregimientos que conformarían el nuevo distrito especial, de acuerdo. La Ley 58 de 1998 crea con carácter permanente la Comisión Nacional sobre límites Político-Administrativos, y a nuestro entender el proyecto de ley en mención sólo atendió los límites geográficos y la determinación de la cabecera del distrito, mas no así con el cumplimiento de los otros requisitos que están establecidos en la Ley 65 de 22 de octubre de 2015, cuya vigencia rige desde el pasado 2 de enero de 2016. Con relación a las autoridades, el Alcalde del distrito de Donoso y otros concejales, han manifestado su solicitud de veto al proyecto de ley 374, ya que no fueron consultados durante los debates de la comisión, por tanto, no se da cumplimiento a lo que establece el numeral 4 del artículo 16 de la Ley 65 de 2015. No obstante, es necesario aclarar que entendemos las buenas intenciones del proyecto de Ley, sin embargo no podemos, luego de un análisis responsable del mismo, proceder a sancionarla como Ley de la República hasta tanto no se tomen en cuenta los elementos necesarios que complementen tan importante legislación. En atención a las consideraciones anteriormente extemadas devuelvo sin la debida SANCIÓN el proyecto de Ley 374, "Que crea el distrito de Ornar Torrijos Herrera, segregado del distrito de Donoso, provincia de Colón.", por inconveniente.