Antecedentes, situación actual y perspectivas del Distrito Metropolitano de Caracas. Carlos Ciordia Marzo 2009
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- Lorenzo Pinto Navarro
- hace 7 años
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1 Antecedentes, situación actual y perspectivas del Distrito Carlos Ciordia Marzo 2009
2 Origen conceptual y normativo Zona Metropolitana: UNIDAD FUNCIONAL Impulso a la Descentralización (1989) Ley Orgánica de Régimen Municipal Ley sobre elección y remoción de Gobernadores Ley Orgánica de Descentralización Ley Orgánica del Distrito Federal
3 Intentos sectoriales de Institucionalización Policía Metropolitana Metro de Caracas Instituto Municipal de Aseo Urbano (IMAU) Acueducto Metropolitano de Caracas Oficina Metropolitana de Planificación Urbana Consejo Metropolitano de Alcaldes
4 Asamblea Nacional Constituyente 1999 La Fundación Plan Estratégico de Caracas Metropolitana presenta el documento titulado "Gobernabilidad Democrática de Caracas. Una Propuesta a la Asamblea Nacional Constituyente", el cual se presenta como una contribución a la solución satisfactoria de los dos aspectos fundamentales de la problemática institucional de Caracas: la gobernabilidad de la ciudad como capital de la República, y su metropolitanización.
5 Propuestas de la Fundación Plan Estratégico Creación del Distrito Capital como Unidad Territorial Política Administrativa Dos Niveles de Gobierno Conformado por el Alcalde Mayor y el Consejo Distrital Mandatos elegibles, re-elegibles y revocables Las Competencias serían las equivalentes Gobernadores de Estado y Consejos Estadales Las propuestas generaron un intenso debate público y altamente politizado. Diversas manifestaciones de calle y un intenso lobby político, generaron en los Asambleístas un compromiso para evitar la separación que se había planteado.
6 Organización y Poderes del DMC 2 Niveles: Metropolitano y Municipal 2 Órganos: Ejecutivo y Legislativo Atribuciones adicionales del Alcalde Gerenciar y coordinar las competencias metropolitanas para unificar las áreas de servicios públicos de interés común y fijar las tasas y las tarifas por los servicios Presidir el Consejo de Gobierno del Distrito Metropolitano de Caracas Asumir las competencias que correspondían al Gobernador del Distrito Federal
7 Competencias DMC (Art. 19 LERDMC) Al DMC le corresponden las establecidas en el 178 CN y las de la LORM Al Nivel Metropolitano 1.Acueductos; 2.Distribución y venta de electricidad y gas doméstico; 3.Planificación y ordenación urbanística, arquitectura civil y viviendas de interés social; 4.Vialidad urbana, circulación y ordenación del tránsito de vehículos en el área metropolitana; 5.Servicios de transporte urbano de pasajeros; 6.Protección Civil y bomberos; 7.Institutos metropolitanos de Crédito; 8.Servicios de policía de orden público y policía administrativa; 9.Acciones que garanticen la salud; 10.La normativa para armonizar las tasas; 11.Tratamiento y disposición de residuos sólidos; 12.Parques y espacios metropolitanos; 13.Las demás que le sean atribuidas por el Poder Nacional
8 La Decisión del T.S.J. 13/12/2000 La Ley Especial sobre el Régimen del Distrito Metropolitano de Caracas, es una ley marco, que realiza decisiones político-territoriales, crea un Distrito Metropolitano y además, legisla sobre un régimen municipal, por lo que dentro de sí tiene todas las características de una ley orgánica. ( ) la Ley de Transición del Distrito Federal al Distrito Metropolitano de Caracas, emanada de la Comisión Legislativa Nacional, es una ley ordinaria ( ) ( ) el procedimiento para la modificación de las leyes mencionadas es el de la formación de las leyes y no el de las enmiendas o reformas constitucionales ( ) Dicha Ley Especial, sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente, no impide a la Asamblea Nacional, legislar sobre la organización y régimen del Distrito Capital. ( ) conjugó al gobierno municipal de dos niveles, previsto en el artículo 18 para la unidad territorial de la ciudad de Caracas, en un Distrito Metropolitano, el cual es una entidad estrictamente municipal.
9 La Decisión del T.S.J. 13/12/2000 ( ) las competencias nacionales que se hubieren transferido a la Gobernación del Distrito Federal, Distrito que era un ente sui generis, con un régimen jurídico distinto al de los Estados, se trasladarán de pleno derecho al Distrito Metropolitano de la ciudad de Caracas,( ) En conclusión, las transferencias de bienes o servicios propiedad o prestados por el Poder Público Nacional en el territorio del Distrito Metropolitano de Caracas, y que correspondan a las áreas de competencia del Distrito Metropolitano, no se transfieren de pleno derecho a dicho Distrito, ( ) Por ello de seguidas, dentro del mismo artículo 19, se reducen las amplísimas competencias atribuidas en el encabezamiento del artículo al Distrito Metropolitano de Caracas, y se especifican las competencias, señalándose que en el nivel metropolitano el Distrito Metropolitano de Caracas tiene las siguientes competencias: ( ) La enumeración anterior, que a juicio de esta Sala coincide en gran parte con las competencias de los municipios señalada en el artículo 36 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, realmente limita las competencias del Distrito Metropolitano en relación con los Municipios que lo integran, reduciendo en cuanto a sus competencias el ámbito del artículo 178 de la Constitución vigente.
10 Competencias del Nivel Metropolitano 1.Acueductos 2.Distribución y venta de electricidad y gas doméstico 3.Planificación y ordenación urbanística, y viviendas de interés social 4.Vialidad urbana, circulación y ordenación del tránsito de vehículos 5.Servicios de transporte urbano de pasajeros 6.Protección Civil y bomberos 7.Institutos metropolitanos de Crédito 8.Servicios de policía de orden público y policía administrativa 9. Acciones que garanticen la salud 10.La normativa para armonizar las tasas 11.Tratamiento y disposición de residuos sólidos 12. Parques y espacios metropolitanos 13. Las demás que le sean atribuidas por el Poder Nacional
11 Situación Política La errónea redacción de la Disposición Primera La no atribución de las competencias del Gobernador del DF La decisión del TSJ La recentralización de la salud La Ley de Policía Nacional La elección de 5 dirigentes de oposición en los órganos ejecutivos de los 6 de mayor relevancia en la ciudad. La toma de facto de algunas sedes metropolitanas La amenaza de la Ley del Distrito Capital (Reducción del 50% del situado constitucional)
12 Sugerencias de Respuesta Política Es necesario actuar sobre la opinión pública y la redefinición normativa. Necesidad, Efectividad y Legitimidad de un gobierno para la Ciudad. Las actuales autoridades de la ciudad fueron electas democráticamente. La designación de una Autoridad Única en el Distrito Capital es inconstitucional (Art. 6 C.N.), ilegal (Art. 8, num.14 LERDMC), inconveniente para los caraqueños pues generaría conflictos de competencia y poco democrático. Es necesario trasmitir que las actuales autoridades electas de la ciudad (tanto Ejecutivo como Legislativo) son un equipo compacto en función de los intereses de los caraqueños. Definir y ejecutar acciones de gobierno conjuntas, inmediatas, de alto impacto y exposición, especialmente en cinco áreas fundamentales: Seguridad, Aseo, Movilidad, Espacios Públicos y Empleo. Se debe generar un gran debate público sobre las competencias del Distrito Metropolitano, el Distrito Capital, la división del Municipio Libertador (prevista en la Constitución) con el objetivo de introducir ante la Asamblea Nacional, por iniciativa popular, un Proyecto de Ley que corrija los errores observados durante estos ocho años de experiencia metropolitana.
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