LA SECRETARÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO A TRAVÉS DE LA FACULTAD DE DERECHO

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Transcripción:

LA SECRETARÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO A TRAVÉS DE LA FACULTAD DE DERECHO CONVOCA AL DIPLOMADO TÓPICOS DE DERECHO Y LOS MECANISMOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CON ENFOQUE INTERDISCIPLINARIO PLANTEL CADEREYTA. A. FINALIDAD DEL DIPLOMADO: Es fomentar la actualización académica de docentes, profesionistas del Derecho, egresados, estudiantes, aquellos con opción a titulación de la Licenciatura en Derecho, Criminología y Ciencias de la Seguridad; ramas afines y público en general. B. HORAS TOTALES: 120 horas C. INICIO Y CONCLUSIÓN DE ACTIVIDADES: 27 de abril y concluye el 23 de junio de 2018. D. HORAS POR SESIÓN: 5 horas viernes, 5 horas sábados. E. NÚMERO DE SEMANAS: 8 semanas presenciales F. HORARIO DE LAS SESIONES: viernes de 16:00 a 21:00 horas y sábados de 09:00 a 14:00 horas. G. SEDE: Auditorio de Usos Múltiples de la Facultad de Derecho Campus Cadereyta, ubicado en Carretera San Juan del Rio-Xilitla Km. 43+500, Cadereyta de Montes, Qro. H. DIRIGIDO A: Docentes, estudiantes, egresados, profesionistas de la Criminología, del Derecho, ramas afines y público en general. I. RESPONSABLE DEL DIPLOMADO: Mtro. Arturo Ugalde Rojas, y el Dr. Jesús Zúñiga González. J. COSTO: El costo del diplomado será: Para estudiantes que cursen el diplomado como opción a titulación o actualización de pasantía, el costo será de $12,000.00 (doce mil pesos 00/100 m.n.).

Para público en general y como curso de actualización profesional será de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 m.n.) Nota: este diplomado es autofinanciable y se requiere un cupo mínimo para garantizar su apertura. K. INTRODUCCIÓN: En nuestra historia reciente, a partir de la Reforma Constitucional de 2008, la constante para los juristas es el cambio. Nuestra Carta Magna (ese año) fue reformada para dar paso al Sistema de Justicia Penal, lo que implicó la adecuación de 10 artículos Constitucionales y decenas de legislaciones secundarias (Federales y Estatales), la creación y supresión de otras. Es decir, la construcción - por etapas- de un andamiaje jurídico que aún se sigue estructurando y perfeccionando. Entre otras, generó como consecuencia la Ley General de víctimas, se judicializó la etapa de ejecución de las penas y medidas de seguridad, quitó esa facultad al Ejecutivo, transparentándola. Se prevén los mecanismos alternativos de solución de controversias, como un medio para lograr los fines de una justicia pronta y expedita para el cumplimiento de los fines del nuevo sistema como el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, que se haga la reparación del daño al ofendido, que el hecho no quede impune, que exista justicia para el pasivo del delito y que éste tenga acceso a la verdad. Con la citada reforma, inició una vorágine de cambios a nuestra Constitución que han impactado en la aplicación del Derecho. Aún no tenía plena vigencia la Reforma Penal, cuando en el 2011, el artículo 1o. de la Constitución, cambia el concepto de "garantía", por el de "Derechos Humanos" -retomando el planteamiento que el Constituyente de 1857 tenía al hablar de los Derechos del Hombre- la Carta Magna se constituye como una Constitución "abierta", de corte jus-naturalista. Ahora, define correctamente la garantía como el mecanismo para hacer valer los derechos fundamentales - positivisados- se establecen las obligaciones a toda autoridad de respeto a los Derechos Humanos, las especiales de atención cuando existen violaciones a esos derechos. Impone a las autoridades la obligación de interpretación conforme y de la aplicación del principio por persona. El principio de dignidad humana, la prohibición de esclavitud y discriminación entre otros. Reforma que impacta todas las áreas del Derecho y que aún no se aterriza en relación a las fuentes de los Derechos Humanos, que son la propia Constitución y los Tratados Internacionales.

La oralidad en materia penal como un medio (en términos Constitucionales y no característica), migra a otras áreas del Derecho como la mercantil. El Código de Comercio el 14 de diciembre de 2011, crea la figura del juicio oral mercantil. Posteriormente, ante los criterios Jurisprudenciales emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el 26 de diciembre de 2016 se vuelve a reformar el Código de Comercio y se establece el Juicio Ejecutivo Oral, donde el juicio en el que se reclame hasta un millón de pesos como suerte principal, tendrá que llevarse por esa vía. Incluyendo la oralidad como medio para lograr mayor rapidez en la administración de justicia. Una nueva reforma a los artículos 107 y 123 Constitucionales en diferentes fracciones e incisos se publicó el 24 de febrero de 2017, donde sustancialmente se quita la Justicia laboral al Poder Ejecutivo - Federal y local, que lo hacía a través de las Juntas de Conciliación y Arbitraje- y lo pasa al Poder Judicial quien resolverá a través de tribunales laborales, dejando sus determinaciones de ser laudos, para ahora resolver por sentencias, dictadas bajo los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía e independencia. Empero, otra constante aparece y que es, que previo a acudir a los Tribunales Laborales, los trabajadores y patrones deben asistir a una instancia conciliatoria a cargo de los Centros de Conciliación, bajo los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad. Centros que tendrán patrimonio y personalidad jurídica propios. Tendrá vigencia el año próximo, teniendo implicaciones diversas, pues, aunque la oralidad, forma parte de la justicia laboral, la inclusión de los medios alternos de solución como la mediación, implicará un cambio de cosmovisión jurídica, donde el abogado litigante, tendrá que aprehender a negociar y a una nueva forma de litigio a través de los nuevos mecanismos que le otorga la ley. No menos importante ahora resulta la reforma publicada en el periódico oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2017, donde se adiciona al artículo 73 Constitucional la fracción XXX, -actualmente en proceso de aprobación por las legislaturas de los Estados, pues se les ha enviado para tal efecto, como parte del Constituyente permanente- donde se concede al Congreso de la Unión facultad para legislar ahora en materia procesal civil y familiar. Es decir, como se hizo con la materia penal, ahora se espera unificar los procedimientos Civiles y Familiares en todo el país, lo que sin duda acarreará voces a favor y en contra. Habrá un procedimiento unificado y ello facilitará dando certeza a los litigantes sobre la forma de proceder. Tendremos la aplicación de una sola jurisprudencia que interpretará una sola ley,

los tribunales que apliquen la ley tendrán la posibilidad de unificar criterios. Sin duda, otra constante será una vez que se publique la ley -de la que ya existen anteproyectos (uno elaborado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro y entregado este año al Senado de la República)- los medios alternos de solución de controversias, así como se tenderá a la oralidad como un medio para acelerar las causas y ser más expeditos en la aplicación o administración de la Justicia, sobre todo en materia familiar donde la aplicación de los Tratados Internacionales hoy es cotidianidad en los Tribunales especializados por ser fuente formal de Derechos Humanos, que en términos del principio Pro persona, más beneficia sobre todo a los menores a quienes aplica también el principio del interés superior del menor, lo que abre un espectro amplio para la aplicación de los medios alternos de solución de controversias. Todo lo anterior, ha hecho necesaria una actualización en los egresados de la Facultad de Derecho pues no solo la Reforma al artículo 1 Constitucional con la inclusión de los Derechos Humanos y sus Garantías ha revolucionado la aplicación del derecho en nuestro país. Ahora contamos con una expresa nueva fuente de Derecho sobre todo en materia de Derechos Humanos, que son los Tratados Internacionales que abren una gran posibilidad de aplicación del derecho Convencional en todas las materias. Lo anterior, sumado a que la Facultad de Derecho, tiene la obligación de actualizar a sus egresados, máxime cuando éstos desean hacerlo en las aulas de donde se han formado para ejercer su profesión. Sin dejar de considerar, la importancia y compromiso social que nuestra Universidad cumple al acercar a la zona Serrana, un diplomado que aborde los temas de mecanismos de solución de controversias, vinculado con la oralidad y en las diferentes materias, que sirva como una actualización para los egresados que desean abundar en el conocimiento jurídico y aprovechar la oportunidad que su alma mater les brinda, aprovechando las experiencias y conocimiento que los ponentes como operadores del derecho tienen en las materias que exponen. OBJETIVO GENERAL: Proporcionar a los alumnos los conocimientos generales de la intervención y atención a víctimas y grupos vulnerables, la importancia de la participación de la víctima dentro del sistema de justicia y las formas alternativas de solución de controversias y con ellas su reparación del daño para lograr una eficiente e integral restauración en la víctima que le permita reintegrarse a la sociedad.

L. CONTENIDOS: El diplomado en TÓPICOS DE DERECHO Y LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CON ENFOQUE INTERDISCIPLINARIO se estructurará por 8 módulos: 1. Introducción multidisciplinaria a los medios de solución de conflictos 2. El impacto de los medios alternativos de solución de conflictos en el ámbito laboral y la reforma en materia del trabajo. 3. Generalidades de la oralidad familiar 4. Eficacia de las pruebas en materia familiar 5. Los retos y perspectivas en el derecho familiar conforme a la reforma constitucional en derechos humanos. Instituciones protectoras del derecho de familia. 6. Temas selectos de derecho familiar 7. La Justicia restaurativa en materia Penal. Beneficios de la Ley Nacional de ejecución penal y los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia Penal. 8. Reforma al Código de Comercio en la Oralidad. M. CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Para aquellos interesados que cursen el diplomado en Tópicos de Derecho y los mecanismos alternos de solución de controversias con enfoque interdisciplinario, abril-junio 2018, como actualización de pasantía u opción a titulación, deberán cumplir con los siguientes criterios: a) Cubrir el 80% de asistencia al diplomado. b) Presentar un examen de conocimientos básicos del diplomado y acreditarlo con calificación mínima de 8 (ocho). c) Elaborar un producto académico en forma de tesina. Para aquellos interesados que cursen el diplomado en Diplomado en Tópicos de Derecho y los mecanismos alternos de solución de controversias con enfoque interdisciplinario, abril-junio 2018, como actualización profesional o como público en general, deberán cumplir con el siguiente criterio: a) Cubrir el 80% de asistencia al diplomado. b) Participar en las actividades académicas de evaluación determinadas por los ponentes.

N. Requisito indispensable para obtener ficha-recibo de pago: 1. Al momento de emisión de la convocatoria, estar cursando el último semestre de licenciatura y con ello, todas las materias pendientes para concluir el programa de la Licenciatura o, 2. Haber concluido, en su caso, alguna licenciatura que pertenece a la Facultad de Derecho. O. Proceso para obtener la ficha-recibo de pago: 1. Ingresar al siguiente link https://goo.gl/forms/gcbjonxtv8fxwebg2 y registrarse. 2. Escanear y enviar en formato PDF, la siguiente documentación al correo electrónico: dip.der.uaq.educont@gmail.com AQUELLOS QUE CURSEN EL DIPLOMADO CON OPCIÓN A ACTUALIZACIÓN: 1. Acta de Nacimiento 2. Identificación Oficial por ambos lados, cualquier de los siguientes documentos: INE O IFE, Cédula Profesional, licencia, pasaporte o cartilla militar. 3. Formato de Inscripción. Puede ser llenado a mano, a computadora, pero deberá llevar la firma original del inscrito. AQUELLOS QUE CURSEN EL DIPLOMADO CON OPCIÓN A TITULACIÓN: 1. Kardex OFICIAL, que acredite se encuentren cursando el noveno semestre o Constancia OFICIAL que acredite ser egresado. Ambos documentos podrán solicitarlos a través del PORTAL UAQ o en su caso, presentarse en la recepción de la dirección de la Facultad de Derecho. 2. Acta de Nacimiento 3. Identificación Oficial por ambos lados, cualquier de los siguientes documentos: INE o IFE, Cédula Profesional, licencia, pasaporte o cartilla militar. 4. Formato de Inscripción. Puede ser llenado a mano, a computadora, pero deberá llevar la firma original del inscrito. 3. Al momento de enviar sus documentos al correo que antes se menciona, al ASUNTO deberán colocar su nombre completo: Apellido paterno/materno/nombre (s) y a su vez,

indicar si son con OPCIÓN A ACTUALIZACIÓN (esta opción es para aquellos que son egresados o público en general), ACTUALIZACIÓN DOCENTE O TITULACIÓN. Ejemplo: ASUNTO: VILLARROEL VIQUEZ MARÍA FERNANDA. OPCIÓN A TITULACIÓN. ASUNTO: VILLARROEL VIQUEZ MARÍA FERNANDA. OPCIÓN A ACTUALIZACIÓN. ASUNTO: VILLARROEL VIQUEZ MARÍA FERNANDA. OPCIÓN A ACTUALIZACIÓN DOCENTE. A quienes cumplan con la totalidad de los requisitos señalados, se les enviará a través de su correo electrónico la ficha-recibo de pago, en la que se especificará el lugar y fecha límite de pago. Misma que deberán entregar una copia, una vez que se haya realizado el pago a la Coordinación de Educación Continua, al momento de ser requerida. DADA A CONOCER EL 15 DE FEBRERO DE 2018. ATENTAMENTE EDUCO EN LA VERDAD Y EN EL HONOR DR. AURELIO DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ SECRETARIO ACADÉMICO Mayores informes en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro, la Mtra. María Esmeralda Meza Feregrino, Coordinadora del programa de Licenciatura en Derecho del Campus Cadereyta, Qro., y con el Lic. Fernando Maximiliano Hernández Verde, Coordinador de Educación Continua. Teléfono: 1921200, ext. 5637 y 6482. Correo electrónico: esmefer25@hotmail.com y educacioncontinua.uaq.derecho@gmail.com