A N T E C E D E N T E S

Documentos relacionados
A N T E C E D E N T E S

IEEN-CLE-011/2017 A N T E C E D E N T E S:

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES

A N T E C E D E N T E

A N T E C E D E N T E S

ACUERDO NÚM. 2 ANTECEDENTES

A N T E C E D E N T E S

Copia de Internet. Consejo Local Electoral IEEN-CLE-026/2017

CONSIDERANDOS 1 Que de conformidad con lo establecido en el artículo 116 fracción IV, incisos b) y c), de la Constitución Política de los Estados Unid

INE/JGE97/2016 ANTECEDENTES

A n t e c e d e n t e s

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S

ANTECEDENTES C O N S I D E R A N D O

PROYECTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA AL CONSEJERO CIUDADANO DISTRITAL SUPLENTE QUE HABRÁ DE CUBRIR LA VACANTE GENERADA EN EL QUINTO

A N T E C E D E N T E S

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO CONSEJO GENERAL ACUERDO N. IEEM/CG/41/2015

A n t e c e d e n t e s:

A n t e c e d e n t e s

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S

IEPC/CG/A-010/2015 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL QUE SE DETERMINA LA OBSERVANCIA DE LOS

R E S U L T A N D O S

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S

Ciudad de México, a 14 de septiembre de Fundamento jurídico aplicable.

A N T E C E D E N T E S:

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S

C O N S I D E R A N D O

ANTECEDENTES: 1 En adelante Constitución Federal. 2 En adelante Servicio Profesional. 3 En adelante Ley General.

A N T E C E D E N T E S

A n t e c e d e n t e s

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ, POR EL QUE SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DEL CONVENIO GENERAL

A n t e c e d e n t e s

Mexicanos Residentes en el Extranjero. Programa Anual de Trabajo Comisión Temporal del Voto de los. Mexicanos Residentes en el Extranjero

A n t e c e d e n t e s:

A N T E C E D E N T E S

CUARTA SALA UNITARIA JUICIO DE INCONFORMIDAD

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE MODIFICA EL PUNTO DE ACUERDO CUARTO DEL ACUERDO INE/CG1008/2015

C O N S I D E R A N D O. PRIMERO. Competencia

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO CONSEJO GENERAL ACUERDO N. IEEM/CG/31/2017

C o n s i d e r a n d o s

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S. Asignación de tiempos en radio y televisión a autoridades electorales,

A n t e c e d e n t e s:

A N T E C E D E N T E S

R E S U L T A N D O S

INSTITUTO TLAXCALTECA DE ELECCIONES

ANTECEDENTES. 1. En fecha 7 de octubre de 2014, mediante acuerdo identificado con clave

A n t e c e d e n t e s

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S

ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO "FONDO PARA

A n t e c e d e n t e s:

PARTIDO NUEVA ALIANZA

GUÍA DE ESTUDIO PARA LOS ASPIRANTES A MONITORISTAS

R E S U L T A N D O S

RESULTADOS ELECTORALES PRELIMINARES, ASÍ COMO LAS Y LOS PROFESIONISTAS QUE LO INTEGRARÁN PARA EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO

INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE TABASCO

A N T E C E D E N T E S

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

A N T E C E D E N T E S

En la ciudad de Culiacán Rosales Sinaloa, a los diecisiete días del mes de

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S

CG/286/2016 ANTECEDENTES

R E S U L T A N D O S

CG361/2013 ANTECEDENTES

C O N S I D E R A N D O

A N T EC E D E N T E S

Recuento de votos en la totalidad de las casillas

Criterio administrativo CI/001/2016 CONTRALORÍA INTERNA

Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara

-~ A'('~,foJkHn, x j y(\~

INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

R E S U L T A N D O:

Antecedente. Artículo 8. Corresponde al Consejo General:

ANTECEDENTES: En adelante Instituto Nacional. 2

ACU El 23 de mayo de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley

R E S U L T A N D O S

A N T E C E D E N T E S

CAPÍTULO PRIMERO DE LAS JUNTAS ELECTORALES DISTRITALES

PROGRAMA DE TRABAJO ENERO-SEPTIEMBRE DE

Por lo anterior y. Considerando

Ciudad de México, a 14 de septiembre de Fundamento jurídico aplicable.

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO COMITÉ DE INFORMACIÓN. Quinta Sesión Extraordinaria del día treinta y uno de agosto de dos mil quince.

MORELOS JUNTA LOCAL EJECUTIVA. Órganos desconcentrados del INE

l. El Sistema de Control de Gestión Documental (Sistema de Control) fue

FORMATOS PARA LA PRESENTACION DE INFORMES FINANCIEROS DE LOS PARTIDOS POLITICOS

Antecedentes. expidió la Ley General de Partidos Políticos y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electoral (Ley General).

Considerando treinta y seis minutos

A N T E C E D E N T E S

RECURSO DE REVOCACIÓN. EXPEDIENTE: RR/002/2008. PROMOVENTE: COALICIÓN CON LA FUERZA DE LA GENTE Y PARTIDO ACCIÓN NACIONAL.

CG/245/2016 ANTECEDENTES

CALENDARIO ELECTORAL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2017

COORDINADOR DE LA COMISIÓN OPERATIVA ESTATAL DEL MOVIMIENTO CIUDADANO EN SAN LUIS POTOSÍ

CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL OFICINA DEL CONTADOR MAYOR

C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: El artículo 164 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes, establece lo siguiente:

R E S U L T A N D O S

Transcripción:

ITE-CG 70/2017 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO TLAXCALTECA DE ELECCIONES, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA REGULAR EL DESARROLLO DE LOS CÓMPUTOS DISTRITALES Y ESTATAL DE LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS LOCALES ASÍ COMO EL CUADERNILLO DE CONSULTA DE VOTOS VÁLIDOS Y NULOS, PARA EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017-2018. A N T E C E D E N T E S 1. En Sesión Extraordinaria de fecha siete de septiembre de dos mil dieciséis, mediante Acuerdo INE/CG661/2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral. 2. En Sesión Extraordinaria de fecha veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, mediante Acuerdo INE/CG771/2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó las Bases Generales para regular el Desarrollo de las Sesiones de los Cómputos en las Elecciones Locales. 3. Mediante oficio ITE-PG-466/2017, de fecha veinte de junio de dos mil diecisiete, la Consejera Presidenta del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones remitió a la Junta Local del Instituto Nacional Electoral, el proyecto de Lineamientos para regular el Desarrollo de las Sesiones de los Cómputos Distritales y Estatal del Proceso Electoral Ordinario 2017-2018 y el Cuadernillo de votos válidos y nulos 2018. 4. Mediante oficio INE-JLTLX VE/0810/17, de fecha veintitrés de junio del presente año, el Vocal Ejecutivo de la Junta Local del Instituto Nacional Electoral envió al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, las sugerencias y observaciones respecto a los documentos señalados en el antecedente anterior. 5. Con fecha treinta de junio del año en curso, mediante oficio INE-JLTLX VE/0837/17, en alcance al oficio mencionado en el antecedente anterior, el Vocal Ejecutivo de la Junta Local del Instituto Nacional Electoral, remitió a este Instituto, las observaciones y comentarios del Director Ejecutivo de Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral, respecto los documentos señalados en el antecedente 3 del presente acuerdo. 6. Mediante oficio ITE-PG-560/2017, de fecha veinte de julio de dos mil diecisiete, la Consejera Presidenta del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, envió a la Junta Local del Instituto Nacional Electoral, los documentos señalados en el antecedente 3, atendiendo las 1

observaciones y comentarios comunicados mediante oficios INE-JLTLX VE/0810/17 e INE- JLTLX VE/0837/17. 7. Con fecha once de agosto del presente año, se celebró una reunión de trabajo entre las y los Consejeros Electorales del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones y la Junta Local del Instituto Nacional Electoral, a efecto de realizar de forma conjunta una revisión de las propuestas de modificación a los Lineamientos para regular el Desarrollo de las Sesiones de los Cómputos Distritales y Estatal del Proceso Electoral Ordinario 2017-2018 y el Cuadernillo de votos válidos y nulos 2018. C O N S I D E R A N D O I. Competencia. En términos de lo dispuesto por los artículos, 41 base V, párrafo primero y apartado C, numeral 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;104 numeral 1 inciso a), y f) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 95 párrafo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 51 fracciones II, VIII y XV de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala; corresponde al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, aprobar todo lo relativo a la preparación de la Jornada Electoral y en uso de su facultad reglamentaria expedir reglamentos interiores, circulares y lineamientos generales necesarios para el funcionamiento de este Instituto y sus órganos. II. Organismo Público. De conformidad con los artículos 116 fracción IV, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 95 párrafos primero y tercero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, y 2 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, el ejercicio de la función estatal electoral corresponde al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, y se rige por los principios de constitucionalidad, legalidad, imparcialidad, objetividad, equidad, certeza, profesionalismo, independencia y máxima publicidad. Asimismo, los artículos 95, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, y 19 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, establecen que el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, es un organismo público, autónomo e independiente en su funcionamiento y decisiones, de carácter permanente, profesional en su desempeño y dotado de personalidad jurídica. III. Planteamiento. El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones tiene entre sus atribuciones, aprobar todo lo relativo a la preparación, organización, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, esto a efecto de brindar certeza en los distintos actos a desarrollarse, como los Cómputos Distritales y el Estatal, razón por la cual se debe analizar y en su caso aprobar los documentos denominados Lineamientos para regular el Desarrollo de los Cómputos Distritales y Estatal de la Elección de Diputados Locales y Cuadernillo de consulta de votos válidos y nulos. IV. Análisis. Ante la obligación de brindar certeza en los distintos actos que comprende el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, resulta necesario que el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones apruebe todo lo relativo a la preparación de la Jornada Electoral, 2

en el caso concreto, los Lineamientos para regular el Desarrollo de los Cómputos Distritales y Estatal de la Elección de Diputados Locales y Cuadernillo de consulta de votos válidos y nulos. Al respecto, es importante señalar que el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, señala en su artículo 429, párrafo 1 que los Organismos Públicos Locales deberán emitir lineamientos para llevar a cabo la Sesión Especial de Cómputo, ajustándose a las reglas previstas en el Capítulo V del Título III del Reglamento, así como a lo establecido en las Bases Generales para regular el Desarrollo de las Sesiones de los Cómputos en las Elecciones Locales. En ese tenor, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones dio cumplimiento a lo establecido en las Bases Generales ya mencionadas, bajo el procedimiento señalado en el acuerdo INE/CG771/2016, el cual dispone en su punto de acuerdo CUARTO, que una vez validado el Proyecto de Lineamientos, el Consejo General procederá a su aprobación antes del treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete. De igual forma, las Bases Generales para regular el Desarrollo de las Sesiones de los Cómputos en las Elecciones Locales en su punto 2.3 señala que el Cuadernillo de consulta de votos válidos y nulos deberá ser aprobado por el Consejo General del OPL junto con los lineamientos de computo respectivo. En ese orden de ideas, a continuación se explica brevemente el contenido y estructura de ambos documentos, los cuales se adjuntan al presente proyecto de Acuerdo como anexos UNO y DOS. Lineamientos para regular el Desarrollo de los Cómputos Distritales y Estatal de la Elección de Diputados Locales Los lineamientos constituyen una guía para regular el desarrollo de los cómputos en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018 que deberá observarse por los Consejos Distritales y el Consejo General, así como por las áreas responsables destinadas a llevar a cabo dichos cómputos, perfeccionando el ejercicio y funcionamiento de las mismas. En ese sentido los Lineamientos para regular el Desarrollo de los Cómputos Distritales y Estatal de la Elección de Diputados Locales, se encuentran estructurados de la siguiente manera: INTRODUCCIÓN 1. MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL 2. GLOSARIO 3. CRITERIOS DE INTERPRETACIÓN 4. NATURALEZA Y OBJETO DE LOS LINEAMIENTOS 5. ACCIONES INSTITUCIONALES DE PREVISIÓN Y PLANEACIÓN 6. CAPACITACIÓN. 7. CAUSALES DE RECUENTO DE LA VOTACIÓN 8. RECUENTO PARCIAL Y RECUENTO TOTAL DE LA VOTACIÓN 9. FÓRMULA PARA DETERMINAR EL NÚMERO DE GRUPOS DE TRABAJO Y, EN SU CASO, PUNTOS DE RECUENTO 3

10. ACCIONES INMEDIATAS AL TÉRMINO DE LA JORNADA ELECTORAL PREPARATIVAS DE LA SESIÓN PERMANENTE DE CÓMPUTO 11. REUNIÓN DE TRABAJO DEL DÍA 03 DE JULIO 12. SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LOS CONSEJOS DISTRITALES PREVIA A LA SESIÓN PERMANENTE DE CÓMPUTOS DISTRITALES 13. MECANISMOS PARA EL COTEJO DE ACTAS Y RECUENTO EN GRUPOS DE TRABAJO 14. DESARROLLO DE LA SESIÓN DE CÓMPUTOS DISTRITALES 15. RESULTADOS DE LOS CÓMPUTOS 16. INTEGRACIÓN Y REMISIÓN DE EXPEDIENTES. 17. CÓMPUTO ESTATAL DE LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS LOCALES DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL Y ASIGNACIÓN DE DIPUTACIONES LOCALES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL Cuadernillo de consulta de votos válidos y nulos Por su parte el Cuadernillo de consulta de votos válidos y nulos tiene como finalidad que los integrantes de los órganos competentes, así como los representantes de los partidos políticos y en su caso los candidatos independientes, cuenten con criterios orientadores en la deliberación sobre el sentido de los votos reservados durante los cómputos, estructurándose de la siguiente forma: PRESENTACIÓN MARCO JURÍDICO OBJETIVO 1. VOTOS VÁLIDOS 2. VOTOS NULOS 3. VOTOS PARA CANDIDATOS NO REGISTRADOS De la revisión al contenido de ambos documentos, resulta ser que se encuentran apegados al marco jurídico aplicable consistente en la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Tlaxcala, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, el Reglamento de Elecciones emitido por el Instituto Nacional Electoral, así como el Acuerdo INE/CG771/2016 emitido por Instituto Nacional Electoral; además el primero cumple con su función al realizar una explicación detallada de los pasos a seguir durante el desarrollo de los cómputos distritales y estatal, y de las funciones que el personal de este Instituto debe realizar, mientras que el segundo contiene criterios orientadores respecto al sentido de los votos. Por lo anteriormente expuesto, se emite el siguiente: A C U E R D O PRIMERO. Se aprueban los Lineamientos para regular el Desarrollo de los Cómputos Distritales y Estatal de la Elección de Diputados Locales, así como el Cuadernillo de consulta de votos válidos y nulos, que serán aplicados para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, en términos del Considerando IV del presente Acuerdo y conforme a los anexos UNO y DOS que forman parte integrante del mismo. 4

SEGUNDO. Téngase por notificados a los representantes de los partidos políticos que se encuentren presentes en la Sesión, y a los ausentes notifíquese mediante oficio en el domicilio que tengan señalado para tal efecto. TERCERO. Publíquese la totalidad del Acuerdo en la página web y en los estrados del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones. Así lo aprobaron por unanimidad de votos las y los Consejeros Electorales integrantes del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, en Sesión Pública Ordinaria de fecha veintinueve de agosto de dos mil diecisiete, firmando al calce la Consejera Presidenta y el Secretario del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, con fundamento en el artículo 72 fracciones I, II y VIII de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala. Doy fe. Mtra. Elizabeth Piedras Martínez Consejera Presidenta del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones Lic. Germán Mendoza Papalotzi Secretario del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones 5