COLEGIO DE BIÓLOGOS DE MÉXICO, A.C. ESTATUTOS

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b) El Socio Vitalicio al cincuenta por ciento de la cuota determinada.

Transcripción:

COLEGIO DE BIÓLOGOS DE MÉXICO, A.C. ESTATUTOS Denominación La asociación se denominará Colegio de Biólogos de México, seguida de las palabras Asociación Civil, o de sus abreviaturas A. C. Régimen Legal. La asociación civil se rige por estos estatutos y, en lo no previsto por el Código Civil para el Distrito Federal, específicamente por el título décimo primero, capítulo primero del libro cuarto. Nacionalidad El Colegio de Biólogos de México, Asociación Civil, es de nacionalidad mexicana, los asociados convienen en este acto en que: a) Todo extranjero que, en el acto de la constitución o en cualquier tiempo ulterior, adquiera un interés o participación social en esta asociación, se obliga formalmente ante la Secretaría de Relaciones Exteriores a considerarse por ese simple hecho como mexicano respecto de la participación que adquiera o de que sea titular, así como de los bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de que sea titular este colegio, o bien, los derechos y obligaciones que deriven de los contratos de los que sea parte la propia asociación, y a no invocar, por lo mismo, la protección de su gobierno, bajo la pena en caso contrario, de perder en beneficio de la nación mexicana, la participación o derecho que hubiere adquirido. b) Queda expresamente convenido entre los asociados que los extranjeros deberán siempre cumplir con los requisitos señalados en la Ley de Inversión Extranjera y el Reglamento del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Objeto

El Colegio de Biólogos de México, Asociación Civil, tiene como objeto lo establecido en el artículo cincuenta de la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, además: I. La impartición de seminarios, conferencias, mesas redondas, cursos de actualización y talleres para la capacitación en el trabajo de la biología, dirigidos a sus miembros o a cualquier otra persona física o moral. II. III. IV. Difundir por cualquier medio permitido por la ley, los avances tecnológicos y científicos en la biología y/o todas aquellas que se relacionen con el estudio y manejo de sistemas biológicos. Promover la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad. Promover el otorgamiento de becas a sus asociados, preferentemente en instituciones educativas pertenecientes al sistema educativo nacional; o a personas de escasos recursos que se encuentren cursando la carrera de biología y/o todas aquellas que se relacionen con el estudio y manejo de sistemas biológicos. V. Colaborar con las instituciones de educación superior en la elaboración, actualización y evaluación de programas y planes de estudio de licenciatura, posgrado, y de especialización en biología y/o todas aquellas que se relacionen mejor con el manejo de sistemas biológicos. VI. VII. VIII. IX. La investigación científica y tecnológica dentro del ámbito de la biología y/o todas aquellas que se relacionen con el estudio y manejo de sistemas biológicos. Realizar publicaciones periódicas en medios impresos o electrónicos que contengan temas de interés de biología y/o todas aquellas que se relacionen con el estudio y manejo de sistemas biológicos. Colaborar en el establecimiento de bibliotecas especializadas en biología y/o todas aquellas que se relacionen con el estudio y manejo de sistemas biológicos. Otorgar reconocimientos u homenajes a aquellos de sus miembros que obtengan logros de trascendencia para el país, la sociedad, el colegio o la profesión.

X. La realización de actividades de investigación o preservación de la flora y fauna silvestre terrestre o acuática, para promover entre la población la prevención y control de la contaminación del agua, del aire y del suelo, la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico. XI. XII. XIII. XIV. Apoyar en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente, la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la promoción del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitario de las zonas urbanas y rurales. Proporcionar servicios de apoyo a la creación y el fortalecimiento de las organizaciones civiles mediante la prestación de asesoría y asistencia técnica y científica. Celebrar convenios de colaboración con personas físicas y morales para la consecución de su objeto social. Las demás que expresamente le señala la legislación aplicable en materia de colegios de profesionistas, sin que puedan intervenir en campañas políticas o se involucren en actividades de propaganda. Los asociados convienen irrevocablemente destinar la totalidad de los activos de la asociación, exclusivamente a los fines propios de su objeto social por lo que no otorgará beneficios sobre el remanente a personas físicas o morales autorizadas a las que se refiere el artículo 97 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos. Patrimonio El patrimonio del Colegio de Biólogos de México, Asociación Civil, lo constituirán las cuotas ordinarias y extraordinarias, aportaciones de los asociados, donativos, herencias, legados. El patrimonio de la asociación, incluyendo los apoyos y estímulos públicos que reciba, se destinarán exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remate distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas o morales, salvo de que se trate en este último caso de alguna persona moral autorizada para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.

La asociación no deberá distribuir entre sus asociados, remanentes de los apoyos y estímulos públicos que reciba. Lo estipulado en la presente disposición es de carácter irrevocable. De los asociados del Colegio de Biólogos de México, A.C. Para ser asociado se requiere ser admitido como tal por la asociación. Los miembros del Colegio de Biólogos de México, Asociación Civil, podrán ser de tres tipos: Los asociados A, son los miembros fundadores; los asociados B, todos aquellos que han ingresado a la asociación con posterioridad a su constitución, de los cuales solamente tienen intervención en la administración de la asociación, aquellos que tengan título y cédula profesional, no así los pasantes, quienes también pueden ser asociados en este tipo; y los asociados C, integrado este tipo por los asociados honorarios. La calidad de asociado es intransferible. Miembros Honorarios Para ser miembro honorario del Colegio, se requiere: 1.-Ser un especialista distinguido de la biología y/o todas aquellas que se relacionen con el estudio y manejo de sistemas biológicos. 2.-Haber obtenido logros de trascendencia para el país y aportaciones importantes a la biología y/o todas aquellas que se relacionen con el estudio y manejo de sistemas biológicos. 3.-Tener una trayectoria profesional relevante. 4.-Tener por lo menos 20 (veinte) años de ejercicio profesional. 5.-Tener distinciones otorgadas por instituciones educativas de nivel superior o entidades de reconocido prestigio. 6.-Ser propuesto por alguno de los miembros del consejo directivo o de la asociación, y ratificado por la asamblea general de asociados.

Obligaciones de los asociados Son obligaciones de los asociados: a) Cumplir y hacer cumplir con lo establecido en estos estatutos, así como cumplir las resoluciones, acuerdos y medidas emanados tanto de las asambleas como del consejo directivo. b) Cubrir puntualmente las cuotas fijadas por la asamblea general de asociados, para capital de trabajo de la asociación o para el pago de pasivos u obligaciones de ésta, así como para integrar o incrementar sus fondos de reposición y mantenimiento. Cubrir intereses moratorios por falta de pago oportuno de las cantidades que deba pagar a la asociación, por el monto y en los casos que fije la asamblea. c) Asistir a la celebración de asambleas. d) No realizar actos que entorpezcan las labores del colegio, o lesione el prestigio o el patrimonio del mismo. e) Realizar las actividades profesionales que la comisión de servicio social disponga. f) Respetar y cumplir las normas contenidas en el Código de Ética del Colegio de Biólogos de México, Asociación Civil. Suspensión de derechos Procede de manera automática la suspensión de derechos del asociado, por a falta de pago de las cuotas durante un año, recobrándose por parte del asociado sus derechos, una vez que se encuentre al corriente.