PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2018 PARTIDA 13 MINISTERIO DE AGRICULTURA

Documentos relacionados
PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2016

OTROS INGRESOS CORRIENTES 01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2016

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2015 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO (01,02,03)

01- U Z 7; 2-0 PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2014 PARTIDA 14 MINISTERIO DE BIENES NACIONALES. f/^- -BOGADO'M. jio OFICIAL! DF.

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2017 MINISTERIO DEL DEPORTE INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (01,02,03)

Moneda Nacional Miles de $ Sub Título Item Denominaciones. Glosa N

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO

PRESUPUESTO VIGENTE PERIODO 2017 Moneda Nacional - Miles de Pesos PROGRAMA : CORFO. Ley de Presupuesto N

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2015 MINISTERIO DE EDUCACIÓN CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES (01)

LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL ANO 1994 MINISTERIO DE BIENES NACIONALES

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2016 MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA (01,08,09,10,12)

NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO.

REGLAMENTA LOS RECURSOS DESTINADOS A LA INVESTIGACION DEL BOSQUE NATIVO. DECRETO SUPREMO N 96, 2008, MINISTERIO DE AGRICULTURA 1

INFORME DE EJECUCION TRIMESTRAL PERIODO 2011 Dirección de Presupuestos

REGLAMENTO DEL FONDO PARA EL RECICLAJE TÍTULO PRIMERO DEL OBJETO, COMPOSICIÓN DEL FONDO Y PROYECTOS, PROGRAMAS Y ACCIONES ELEGIBLES

Las Modificaciones Presupuestarias

ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA. Curso de Derecho Administrativo Carlos Carmona Santander 2009

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2016

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE. Convenios Mandatos y Convenios de transferencia celebrados por los Gobiernos Regionales

DECRETO N 814, DE 2003

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2009

RETIRO VOLUNTARIO MUNICIPALES. LEY Marcelo Segura Uauy

UNIDAD DE ASESORÍA PRESUPUESTARIA

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Universidad Central de Chile Facultad de Derecho Cátedra de Derecho Administrativo Prof. Omar Ahumada Mora

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2017

OBSERVACIONES RECICLADORES DE BASE A REGLAMENTO DEL FONDO DE RECICLAJE Enero 2017

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2016

FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS F.S.E.

Oficio Nº PROYECTO DE LEY:

PREGUNTAS Y RESPUESTAS CONCURSO BIENES PÚBLICOS PARA LA COMPETITIVIDAD REGIONAL BÍO-BÍO Fecha publicación

Ejecución Presupuestaria. Subtítulo 29. Subtítulo 24. Subtítulo 31

Proyecto de Ley que crea el SERVICIO NACIONAL FORESTAL CONAF. Julio 2011

REGLAMENTO DE MANEJO DE RECURSOS PARA INVESTIGACIÓN EN EL MARCO DE CONVOCATORIAS DE FORMACIÓN DE CAPITAL HUMANO

1. Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación tendrán las siguientes funciones de carácter público-administrativo:

VIOLACIONES LEGALES QUE COMETE LA IMPORTACION DE PRODUCTOS TRANSGENICOS Y SEMILLAS TRANSGENICAS

FONDO DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA

Subtítulo 21: Gastos en Personal. Profesor: Miguel Ángel Cornejo R.

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2017

Rubros de Gasto Elegibles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI

GOBIERNO REGIONAL PIURA

MODIFICACION LEY PMG MUNICIPAL (19.803)

RESUMEN PROYECTO DE LEY INCENTIVO AL RETIRO

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:

SERVICIO NACIONAL DE LA DISCAPACIDAD PUBLICACIÓN DE LAS CONSULTA A LAS BASES DEL FONDO NACIONAL DE PROYECTOS INCLUSIVOS 2014

LEY DE AGROINDUSTRIA Y EMPLEO AGRÍCOLA

CALENDARIO DE FECHAS DE APERTURA - CIERRE DE VENTANILLAS SAGARPA 2017

Vicerrectoria de Investigación, Innovación y Postgrado U N I V E R S I D A D D E A N T O F A G A S T A

DOCUMENTO PARA DIFUSIÓN DEL MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS DE PUERTO VENTANAS S.A. Santiago, 26 de agosto de 2011.

PROPUESTA DE CUADRO DE CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO

PROYECTO DE LEY QUE OTORGA A LOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES QUE INDICA RETIRO VOLUNTARIO Y UNA BONIFICACIÓN ADICIONAL. Marcelo Segura Uauy

Ley N : Fondo Nacional de Reconstrucción

Existencia de veedurías calificadas para el control ciudadano. Avances y retos. Contraloría Ciudadana de Asunción (CCA)

BANCO MUNDIAL FONDETEL PROGRAMA DE DESARROLLO ECONÓMICO DESDE LO RURAL PDER SUBCOMPONENTE 1.4 ACCESO A TELECOMUNICACIONES TÉRMINOS DE REFERENCIA

PLAN ANUAL E INFORMES SOBRE LA REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR

INFORME DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PARA EL PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO 2012

Proyecto de Ley Marco para la Gestión de Residuos, Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje. Marzo 2016

RESOLUCIÓN ( ) LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA)

Instructivo de rendición de gastos para beneficiarios del Fondo de Promoción de la Producción Limpia

Viceministerio de la Protección Social. Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015

INVENTARIO GENERAL DOCUMENTAL.

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DEL RECURSO EXTRAORDINARIO ASIGNADO A LAS ESCUELAS NORMALES RURALES

REPÚBLICA DE COLOMBIA COMISIÓN NACIONAL DE CRÉDITO AGROPECUARIO. RESOLUCIÓN No. 3 DE DE MAYO DE 2012

Tipo Norma :Decreto Ley 369 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DEL INTERIOR

2016. Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2016

RESOLUCIÓN 355 DE (septiembre 30) Diario Oficial No de 7 de octubre de Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

ENTIDAD 852 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO Partida : Ministerio del Interior y Seguridad Pública - Gobiernos Regionales

Principales Indicadores de Insumo en Ciencia, Tecnología e Innovación

ESPECIALISTA EN GESTION FINANCIERA (Financiamiento Externo)

GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS TEMPORALES DE ESPECIALISTA PARA ESTUDIOS DE CONTROL BIOLOGICO DE MOSCAS DE LA FRUTA.

DESPACHO DEL MINISTRO INFORME DE SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO I SEMESTRE

LA GESTIÓN FINANCIERA MUNICIPAL

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

NORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016

24/08/2012 SABINA PINEDA ASESORA 55 MINISTERIO DE SALUD 1

TÉRMINOS DE REFERENCIA

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 2 4 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CIRCULAR N OCT 2011

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Clasificación de Fuentes, Subfuentes de Financiamiento y Programa y/o Fondo

Santiago, 16 de noviembre de Nº /

Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 PA-FIN-09 Procedimiento para elaborar Presupuesto Extraordinario. Versión 01

El Congreso convalida el Real Decreto-ley 11/2012, de 30 de marzo

Núm. 12. Boletín Oficial de Aragón CÁMARA DE CUENTAS DE ARAGÓN

DECRETO 1339 DE 1994 (junio 27)

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN

Presentación Resultados de la Política Regional Agroalimentaria

Política Nacional de Producción Más Limpia PLAN DE ACCIÓN. Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) 1

REF.: ORDENANZA MUNICIPAL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE FONDOS PUBLICOS, LEY Nº

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº EF/52.01

FONDO UCSM. Para acceder a la adjudicación de fondos para investigadores a tiempo completo

1er. Borrador- 13 enero 2017

Transcripción:

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2018 PARTIDA 13 Septiembre, 2017

SUB TITULO PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 PARTIDA: CLASIFICACIÓN ECONÓMICA TOTAL BRUTO 1 TRANSFERENCIAS TOTAL os 06 07 08 09 12 13 INGRESOS 587.501.962 1.129.846 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 9.033.155 RENTAS DE LA PROPIEDAD 4.030.789 INGRESOS DE OPERACIÓN 41.393.951 OTROS INGRESOS CORRIENTES 2.941.549 APORTE FISCAL 451.304.703 VENTA DE ACTIVOS NO 22.961 FINANCIEROS RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS 73.621.722 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE 5.153.132 1.129.846 CAPITAL 586.372.116 9.033.155 4.030.789 41.393.951 2.941.549 451.304.703 22.961 73.621.722 4.023.286 21 22 23 24 25 26 29 31 32 33 GASTOS 587.501.962 1.129.846 GASTOS EN PERSONAL 202.179.049 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 65.953.617 PRESTACIONES DE SEGURIDAD 90 SOCIAL TRANSFERENCIAS CORRIENTES 154.165.592 INTEGROS AL FISCO 138.7 OTROS GASTOS CORRIENTES 20 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO 9.081.912 FINANCIEROS INICIATIVAS DE INVERSIÓN 5.996.186 PRÉSTAMOS 80.474.924 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 69.511.862 1.129.846 586.372.116 202.179.049 65.953.617 90 154.165.592 138.7 20 9.081.912 5.996.186 80.474.924 68.382.016 GLOSAS: 01 Asociada al subtítulo 21, Gastos en Personal. regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo de la Ley N' 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en las dotaciones máximas de esta Partida. 02 Para efectos de la distribución de recursos señalada en el artículo de la Ley N 20.412, se considerará la suma de las asignaciones 389 (del subtítulo 24, ítem 01) y 008 (del subtítulo 33, ítem 01) del Instituto de Desarrollo Agropecuario y la asignación 404 (del subtítulo 24, ítem 01) del programa presupuestario 08 Gestión y Conservación de Recursos Naturales Renovables, del Servicio Agrícola y Ganadero. 03 Para efectos de lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 3 de la Ley N 20.412, y mientras no se encuentre vigente la Tabla de Costos que señala, se estará para los efectos del cálculo y pago de las bonificaciones a los valores contenidos en la última Tabla de Costos fijada. 1

PARTIDA: SUB TITULO CLASIFICACIÓN ECONÓMICA TOTAL BRUTO TRANSFERENCIAS TOTAL 04 Será de acceso público a través de medios digitales toda información de interés público, tal como la relativa a la red agroclirnática y la referida a los resultados de estudios, proyectos pilotos e investigación con fondos públicos. Se exceptúa de esta norma aquella información que revista carácter reservado por exigirlo la ley o que deba respetar el principio de confidencialidad contractual, o cuya publicidad pudiere afectar los intereses comerciales a derechos a percibir un ingreso por su concepto del organismo público encargado de producir esa información al colocarla a disposición de particular'es. 05 Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo. Se informarán trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, los gastos imputados a "Capacitación y perfeccionamiento, Ley N 18.575", en que hayan incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado. Asimismo, se informará el detalle de los programas de capacitación efectuados, la nómina de las entidades ejecutoras, su mecanismo de adjudicación, y funcionarios capacitados, todo lo anterior, desagregado por programas. 06 Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo. Se informarán trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos los gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07, en que haya incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado. Asimismo, se informará el detalle del gasto por concepto de publicidad, difusión o relaciones públicas en general, tales como avisos, promoción en periódicos, radios, televisión, cines, teatros, revistas, contratos con agencias publicitarias y/o servicio de exposiciones. Respecto de éstas, se adjuntará además la nómina de las entidades ejecutoras de dichas actividades, su mecanismo de contratación y el monto adjudicado, desagregado por programas. 07 Monto máximo para gastos en el ítem de publicidad$ 2.453.124 miles.

SUB TITULO os 06 07 08 09 12 13 21 22 23 24 25 26 29 31 32 33 INGRESOS CLASIFICACIÓN ECONÓMICA TRANSFERENCIAS CORRIENTES RENTASDELAPROPlliDAD INGRESOS DE OPERACIÓN OTROS INGRESOS CORRIENTES APORTE FISCAL VENTA DE ACTIVOS NO FINANClliROS RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAP1T GASTOS GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL TRANSFERENCIAS CORRIENTES INTEGROS AL FISCO OTROS GASTOS CORRIENTES ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANClliRO INICIATIVAS DE INVERSIÓN PRÉSTAMOS TRANSFERENCIAS DE CAPITAL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2018 PARTIDA: SUBSECRETARÍA OFICINA DE INSTITUTO DE DE ESTUDIOS Y DESARROLLO AGRICULTURA POLÍTICAS AGROPECUARIO AGRARIAS 66.613.000 6.950.779 278.205.548 4.370.341 4.095.008 3.938.757 78.877 31.735 1.437.179 62.163.782 6.919.034 190.350.179 20.081 73.621.612 L 4.742.732 66.613.000 6.950.779 278.205.548 5.980.129 4.035.400 39.941.458 1.227.446 927.493 7.318.506 59.263.960 1.726.855 80.346.221 141.455 261.021 922.538 819.855 80.474.924 68.382.016 SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (01,02) 133.130.595 567.786 92.032 29.640.881 1.339.604 1.490.222 70 133.130.595 92.211.837 26.812.629 8.563.698 138.690 5.403.721 CORPORACIÓN COMISIÓN NACIONAL NACIONAL DE FORESTAL RIEGO 89.746.732 12.855.308 11.753.070 54.154 77.583.222 12.798.264 2.880 40 4.400 89.746.732 12.855.308 55.032.366 4.977.859 28.699.599 967.944 40 2.336.433 1.928.425 1.947.840 405.337 1.730.454 3.445.877 1.129.846

GLOSAS: 01 Asociada al subtítulo 21, Gastos en Personal, de todos los programas del Servicio Agrícola y Ganadero: a) El personal a contrata profesional del servicio, incluido en la Dotación Máxima de Personal, podrá ejercer funciones directivas que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe del Servicio, en la que deberán precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 200 funcionarios, para el conjunto de los programas. b) El personal contratado a honorarios podrá tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N 799 de 1974, para desempeñar labores de fiscalización, inspección y/o certificación de productos agropecuarios {incluyendo inocuidad) y forestales, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de sus funciones. e) Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 7 letra l) de la Ley N 18.755, el Director Nacional del Servicio podrá suscribir y prorrogar contratos Código del Trabajo, sin restricción de plazos. 02 Asociada a los Programas 04, 05, 06, 07 y 09 del Servicio Agrícola y Ganadero. ~ El personal estacional a honorarios podrá contratarse por un período máximo de hasta 9 meses en el transcurso del año, en forma discontinua. A partir del plazo señalado, cada contrato podrá prorrogarse por una vez, por un período de 1 mes adicional, a través de Resolución fundada del Director Nacional del Servicio.

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (01,02) Capítulo 01 Programa : O 1 ltemasig, N' 05 08 09 21 22 23 24 INGRESOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Del Sector Privado 003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro 02 Del Gobierno Central 024 De secretaria de Economía FIE a ACHIPIA OTROS INGRESOS CORRIENTES 01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas 99 Otros APORTE FISCAL 01 Libre GASTOS GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 03 Prestaciones Sociales del Empleador TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Al Sector Privado 368 Fundación de Comunicaciones del Agro 369 Emergencias Agrícolas 370 Programa de Apoyo a la Educación Agrícola y Rural 377 Red Agroclimática Nacional 381 Consorcio Lechero S.A. 382 Corporación Cinco al Día 02 Al Gobierno Central 001 Programa Promoción de Exportaciones - DIRECON 002 Corporación de Fomento de la Producción 006 Corporación de Fomento de la Producción - Seguro Agrícola 03 A Otras Entidades Públicas 359 Agencia Chilena para la Inocuidad Alimentaria 383 Apoyo a la Comercialización de Pequeños Productores de Trigo 30,278,780 99.621 99.611 99.611 78.877 70.361 8.516 30.0.282 30.0.282 30.278.780 03 5.980.129 04 1.227.446 22.929.740 1.236.309 05 604.715 06 07 290.936 08 289.441 16.5 35.2 09 20.258.409 9.882.129 4.282.273 6.094.007 1.422.126 914.230 11 507.896 5

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (01,02) Capítulo 01 Programa : O 1 ltemasig. 07 A Organismos Internacionales 002 Fondo Latinoamericano de Arroces para Riego 29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS GLOSAS 06 Equipos Informáticos 07 Programas Informáticos 01 Dotación Máxima de Vehículos 02 Se publicará y actualizará periódicamente, en la página web de la secretaría de Agricultura, lo siguiente: a) Contratación de Consultores. b) Asignación de todos los programas mencionados, indicando beneficiarios individualizados por comuna y región. La secretaría de Agricultura deberá enviar trimestralmente a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados un informe de la ejecuclon presupuestaria de los programas y proyectos que dependen de ella. 03 Incluye : a) Dotación máxima de personal El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 20 funcionarios. b) Horas extraordinarias año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Convenios con personas naturales - N de personas Del total del personal que se contrate, uno de ellos podrá tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N 799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones. e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero 04 Incluye : de la Ley N 19.882, Asignación por Funciones Críticas: - N de personas Capacitación y perfeccionamiento, Ley 18.575 05 Estos recursos serán transferidos conforme al convenio institución y el organismo receptor, en el cual deberá menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y cuenta de su uso. Con cargo a esta asignación se podrá efectuar gastos y servicios de consumo. Incluye hasta $ 321.685 personal. suscrito entre la estipularse, a lo forma de rendir en personal y bienes miles para gastos en La institución deberá publicar en su página web el convenio y el organismo 12.896 12.896 141.455 71.820 69.635 23 176 34.463 ll0.167 26.881 66 1.162. 939 27 365.164 25.432 6

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (01,02) Capitulo 01 Programa : O 1 ItemAsig. receptor debera lncorporar en su paglna web lnforrnación trimestral sobre sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo su balance. 06 Para financiar situaciones o gastos no previstos causados por fenómenos climáticos y/o catástrofes naturales y/o situaciones de emergencia o de daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes rurales, los que deberán ser definidos por resolución fundada del Ministro de Agricultura, con copia a la Dirección de Presupuestos, los que no podrán comprometer recursos para los años siguientes. Con cargo a esta asignación se podrán transferir recursos a entidades públicas y privadas, los que no ingresarán a sus presupuestos en el caso de las entidades públicas incluidas en la Ley de Presupuestos. Se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal y bienes y servicios de consumo, originados en la organización. La transferencia de recursos, a entidades públicas y privadas, estará sujeta a la firma de convenios, con especificación de montos, plazos y objetivos de los proyectos, acciones o actividades a financiar, así como los formatos de rendición y auditoría. Los gastos asociados a esta asignación podrán excederse hasta el mes de Octubre, con el objeto de otorgar continuidad al pago de las acciones que las emergencias demanden. Los excesos correspondientes deberán regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan, y para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de viembre, pudiendo reasignar recursos desde cualquier subtítulo de la Partida, excluidos Préstamos y Servicio de la Deuda. 07 Con cargo a estos recursos se podrán celebrar convenios de transferencias con instituciones de educación agrícola y/o rural públicas o privadas. Se deberá publicar el nombre de las instituciones mencionadas en el sitio web del Ministerio de Agricultura. En dichos convenios se fijarán los objetivos y metas de las actividades a financiar, así corno los formatos de rendición y auditoría. 08 Con cargo a esta asignación se podrán efectuar gastos para las iniciativas derivadas de la Red Agroclimática Nacional, incluyendo personal y bienes y servicios de consumo. Los gastos en personal no podrán superar los $ 92.866 miles. La transferencia de estos recursos se efectuará mediante convenios entre la secretaría y la entidad receptora, con especificación de montos, plazos y objetivos específicos de los proyectos a financiar, y formas de rendir cuentas de su uso. Antes del 31 de marzo de 2018 la secretaría de Agricultura deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe en el que se dé cuenta de los contenidos de este Programa, sus objetivos, metas y mecanismos de evaluación. 09 Con cargo a esta asignación se transferirán recursos sujetos a la firma de Convenios con la entidad receptora, especificando montos, plazos y objetivos específicos de los proyectos a financiar. La incorporación de nuevas coberturas al Seguro Agrícola, cuando tenga impacto presupuestario y financiero deberá contar previamente con la visación de la Dirección de Presupuestos. La secretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del trimestre respectivo, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos de la ejecución presupuestaria de los proyectos financiados con estos recursos así como del cumplimiento de los objetivos fijados en los mismos. Se publicará, y actualizará periódicamente, en la página web de la 7

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (O 1,02) Capitulo 01 Programa : O 1 ltemasig. secretaría de Agricultura copia de los convenios suscritos y de la información financiera y de gestión relativa a ellos. Con cargo a esta asignaclon se podrá efectuar todo tipo de gastos originados en la organización, implementación, operación y tareas propias del programa, incluidos personal y bienes y servicios de consumo. Incluye hasta $ 516.355 miles para gasto en personal, y hasta 22 personas a honorarios. Del total del personal que se contrate, dos de ellos podrán tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L, N 799 de 1974 y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones. 11 Con cargo a estos recursos se podrán suscribir Convenios, entre otros, con instituciones consideradas en la Ley de Presupuestos, empresas del sector público, y también instituciones y empresas del sector privado, en los que se definirá, a lo menos, las acciones a desarrollar, los beneficiarios, los montos transferidos y la forma de rendir cuenta de su uso, entre otros. Tratándose de instituciones incluidas en la Ley de Presupuestos, los recursos transferidos no ingresarán a sus presupuestos. La secretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre la ejecución de los recursos, el cronograma de implementación, avances y resultados de este Programa, nivel de cumplimiento de metas comprometidas, así como la nómina de entidades a quienes se les transfieren estos recursos y los mecanismos para su adjudicación. 8

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA SILVOAGROPECUARIA Capítulo 01 Programa : 02 ltemasig. 05 09 24 GLOSAS : INGRESOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES 02 Del Gobierno Central 002 Programa Fondo de Innovación para la Competitividad 023 De secretaría de Economía FIE a FIA 01 Libre APORTE FISCAL GASTOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Al Sector Privado 371 Instituto de Investigaciones Agropecuarias 372 Fundación para la Innovación Agraria 373 Instituto Forestal 374 Centro de Información de Recursos Naturales 376 Programa de Apoyo a la Investigación para la Competitividad Agroalimentaria y Forestal 01,02,03 01,02,03 02 02,03 03,04 01 El presupuesto de estos organismos se formará conforme a las instrucciones que imparta el Ministerio de Agricultura y será aprobado mediante resolución de esa Cartera, visada por la Dirección de Presupuestos. En caso que las instituciones que reciben estos recursos realicen transferencias a privados, se deberá publicar y actualizar periódicamente en la página web del Ministerio el monto, destinatario y objetivo de tales transferencias. 02 Estos recursos serán transferidos para ejecutar cualquier tipo de gastos, sin más limitación respecto de ellos que los incluidos en las clasificaciones de gastos del Dto.Ex. N 724 del 31.12.2001 1 conforme a uno o más convenios, suscritos entre la secretaría de Agricultura y el organismo receptor, en el cual deberá estipularse, a lo menos, las acciones a desarrollar, metas 1 plazos y forma de rendir cuenta de su uso. Hasta el 5% del total de la transferencia podrá destinarse a financiar el pago de indemnizaciones al personal, establecidas en la normativa vigente. Dicho personal no podrá recontratarse posteriormente. Asimismo, tratándose de personal del INIA asociado a investigación, los recursos liberados por renuncias y/o retiros deberán destinarse preferentemente a la contratación de personal con los mismos propósitos. Estas Instituciones sólo podrán contratar endeudamiento previa autorización del Ministerio de Hacienda. La secretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del trimestre respectivo, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados de la ejecución presupuestaria de los proyectos financiados con estos recursos, en forma 9 36.334.220 4.270.720 4.270.720 2.752.014 1.5 I8.706 32.063.500 32.063.500 36.334.220 36.334.220 36.334.220 17.342.185 11.494.921 3.970.3 3.352.449 174.562

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA SILVOAGROPECUARIA Capítulo 01 Programa : 02 ItemAsig. w regional,así como del cumplimiento de los objetivos fijados en los mismos. La secretaría de Agricultura deberá publicar en su página web el convenio, y el organismo receptor deberá incorporar en su página web información trimestral sobre sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo su balance. 03 Los estudios e investigaciones serán de acceso público a través de medios digitales. Se informará semestralmente a la Quinta comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de la implementación de estudios y proyectos que ejecuten estas instituciones. Se exceptúa de esta norma aquella información que revista carácter reservado según define la ley, o que deba respetar el principio de confidencialidad contractual, o cuya difusión gratuita pudiere afectar los intereses comerciales o derechos a percibir un ingreso por su concepto de la institución encargada de producir esa información al colocarla a disposición de particulares, a juicio de ésta. 04 Con cargo a esta asignación se podrán celebrar convenios de transferencia con entidades públicas o privadas con experiencia en el sector silvoagropecuario para financiar la realización de estudios y actividades que busquen aumentar la competitividad del sector. En dichos convenios se fijarán los objetivos y metas de las actividades a financiar, así como los formatos de rendición y auditoría.

OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS (O 1,02) Capítulo 02 Programa : O 1 ltemasig. 05 08 09 21 22 23 24 29 GLOSAS : INGRESOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Del Sector Privado 003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro OTROS INGRESOS CORRIENTES 01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas 99 Otros APORTE FISCAL 01 Libre GASTOS GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 03 Prestaciones Sociales del Empleador TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Al Sector Privado 011 Centro de Información de Recursos Naturales 02 Al Gobierno Central 003 INE - Estadísticas Continuas Intercensales 004 INE - VIII Censo Agropecuario ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 06 Equipos Informáticos 07 Programas Informáticos 01 Dotación Máxima de Vehículos 02 Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a las Comisiones de Agricultura del Senado y de la Cámara de Diputados, respecto de las actividades agrícolas referidas a frutos y especies silvestres, tales corno el maqui, el calafate, el chilco y otros. 03 Incluye : a) Dotación máxima de personal El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 5 funcionarios. b) Horas extraordinarias año 11 03 04 05 06 6.950.779 31.735 31.725 6.919.034 6.919.034 6.950.779 4.035.400 927.493 1.726.855 554.344 554.344 1.172.511 352.797 819.714 261.021 87.21 o 173.811 4 118

OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS (O 1,02) Capitulo 02 Programa : O 1 ItemAsig. - M2les de $ e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d} Convenios con personas naturales - de personas Del total del personal que se contrate, tres de ellos podrá tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N 799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones. e} Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley 19.882, Asignación por Funciones Críticas: - N de personas 04 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N 18.575 05 Se deberá enviar trimestralmente a la Comisión de Agricultura,Silvicultura y Desarrollo Rural un informe con la ejecuclon presupuestaria correspondiente, indicando los proyectos financiados. 06 Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos recursos. 40.474 30.87 9 57.471 50 713.066 11 208.674 19.995 12

INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04) Partida I 3 Capítulo 03 Programa : O 1 ItemAsig. w 05 06 08 09 IO I2 I3 2I 22 23 24 INGRESOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES OI Del Sector Privado 003 Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro 02 Del Gobierno Central 008 Corporación Nacional de Desarrollo Indígena 999 CORFO - Aplicación Fondo de Cobertura de Riesgos RENTAS DE LA PROPIEDAD OTROS INGRESOS CORRIENTES OI Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas 99 Otros APORTE FISCAL OI Libre VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 03 Vehículos RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS 04 De Fomento TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL 02 Del Gobierno Central 008 Corporación Nacional de Desarrollo Indígena 009 Comisión Nacional de Riego GASTOS GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 03 Prestaciones Sociales del Empleador TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Al Sector Privado 386 Apoyo a la Contratación del Seguro Agrícola 389 Sistema de Incentivos Ley N 20.412 404 Emergencias 278.205.548 4.095.008 IO 4.094.998 3.999.888 95.1 IO 3.938.757 1.437. I 79 718.685 718.494 190.350.179 190.350.179 20.081 20.08 I 73.621.6I2 73.621.6I2 4.742.732 4.742.732 3.6!2.886 l. I29.846 278.205.548 05 39.941.458 06 7.318.506 80.346.221 07,08 80.342.892 915.767 21.029.339 09 1.539.000

INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04) Capítulo 03 Programa : O 1 ItemAsig. 25 26 29 31 32 33 407 Servicios Desarrollo de Capacidades Productivas y Empresariales 415 Servicios de Asesoría Técnica 416 Programa de Desarrollo de Acción Local 417 Convenio INDAP-PRODEMU 418 Programa de Desarrollo Territorial Indígena 4I9 Desarrollo Integral de Pequeños Productores Campesinos del Secano-PADIS 420 Alianzas Productivas 421 Asesoría para Comercialización 07 A Organismos Internacionales 001 Asociación Latinoamericana de Instituciones Financieras para el Desarrollo - ALIDE INTEGROS AL FISCO 01 Impuestos OTROS GASTOS CORRIENTES 02 Compensaciones por Daños a Terceros y/o a la Propiedad ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 03 Vehículos 06 Equipos Informáticos 07 Programas Informáticos 02 Proyectos INICIATIVAS DE INVERSIÓN PRÉSTAMOS 04 De Fomento 004 Corto Plazo 005 Largo Plazo 006 Fondo Rotatorio- Ley 18.450 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 01 Al Sector Privado 001 Riego 002 Programa Desarrollo Inversiones 006 Programa de Desarrollo de Acción Local 2.207.684 11.529.226 11 18.449.302 1.736.495,11 18.203.600 11 644.225 3.048.358 1.039.896 3.329 3.329 922.538 120.485 335.395 466.658 819.855 819.855 80.474.924 80.474.924 55.135.809 23.504.811 1.834.304 68.382.016 08 68.382.016 14.156.876,12.329.640 21.671.920 14

INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04) Capitulo 03 Programa : O 1 ltemasig. GLOSAS 007 Programa de Desarrollo Territorial Indígena 008 Praderas Suplementarias 009 Alianzas Productivas 0 Convenio!NDAP-PRODEMU 011 Desarrollo Integral de Pequeños Productores Campesinos del Secano-PADIS 012 Inversiones para Comercialización 01 Dotación Máxima de Vehículos 02 Respecto de los programas efectuados o que efectúe el Instituto de Desarrollo Agropecuario en los términos establecidos en el N 4 del Artículo 3, del Artículo primero, de la Ley N 18.9, declárase que la mención que el artículo 78 de la Ley N 19.253 hace a dicha disposición ha debido y debe entenderse referida al N 6 del mismo precepto. 03 Se publicará trimestralmente, en la página web de INDAP una nornlna que contenga nombre del prograrna,objetivo,consultor,asignación presupuestaria, ejecución,beneficiario,región,comuna y monto, referida a las asignaciones de los subtítulos 24, 32 y 33. Los Convenios suscritos con Instituciones Públicas o Privadas deberán publicarse en el mismo medio electrónico semestralmente. Una copia digitalizada de la información señalada precedentemente, deberá ser remitida, con la misma periodicidad, a las comisiones de Agricultura de cada Cámara del Congreso Nacional, Quinta comisión Especial Mixta de Presupuestos y Comisión Especial Mixta de Presupuestos. 04 En el evento de que existan planes de manejo o antecedentes sobre manejo integrado de cuencas a nivel predial, se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de la correlación de los programas del INDAP con las mejores opciones de uso del suelo que se hubieren planteado. 05 Incluye : a) Dotación máxima de personal El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 2 funcionarios. b) Horas extraordinarias año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Convenios con personas naturales - de personas Incluye los recursos para contratar consultores de apoyo operativo, técnicos y/o profesional, de los cuales 7 podrán tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N 799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones. e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero 15 14.275.767 4.535.350 1.425.619 1.179.409 643.634 163.801 303 1.667 427.467 1.1. 637 27.476 47 508.317

INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (01,02,03,04) Capítulo 03 Programa : O 1 ItemAsig. de la Ley N 19.882, Asignación por Funciones Criticas: - N de personas 06 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N 18.575 07 Con cargo a los programas individualizados en este ítem, se podrá contratar personal de apoyo estacional a honorarios hasta 54 cupos, por un plazo maxlmo para cada persona natural de hasta 8 meses, y con un gasto total por hasta $ 232.971 miles. 08 Previo a la ejecuc2on del gasto, mediante Resolución del Instituto de Desarrollo Agropecuario, visada por la Dirección de Presupuestos, deberán desglosarse las asignaciones presupuestarias de transferencias en cada uno de los programas y/o instrumentos que las conforman, especificando montos y coberturas para cada uno de ellos. Por igual mecanismo, durante el año presupuestario podrán modificarse las distribuciones establecidas. 09 Los gastos asociados a esta asignación podrán excederse hasta el mes de Octubre, con el objeto de otorgar continuidad al pago de las acciones que las emergencias demanden. Los excesos correspondientes deberán regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan, y para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de viembre, pudiendo reasignar recursos desde cualquier subtítulo de la Partida, excluidos Préstamos y Servicio de la Deuda. Se podrá considerar hasta un 4% del gasto total, identificado en cada decreto presupuestario, para financiar todos los gastos de operac1on, incluidos gastos en personal y bienes y servicios de consumo, que demande su ejecución. Para la ejecución de estos Programas se podrá efectuar convenios con instituciones públicas o privadas. Los recursos que se transfieran a instituciones públicas incluidas en la presente Ley, no ingresarán a sus presupuestos, no obstante deberán rendir cuenta de estos fondos a la Contraloría General de la República. 11 En la aplicación de estos fondos se considerarán los equipos de profesionales, técnicos y administrativos contratados para dar cumplimiento a los convenios/contratos firmados entre INDAP y las Municipalidades o Entidades Ejecutoras. Se deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, la ejecución de recursos y el número de convenios suscritos, su contenido y el número de personas profesionales, técnicos y administrativos contratados. 12 Los recursos que de este programa se destinen a apoyar las actividades relacionadas con el maíz, trigo y otros granos, deberán ser trimestralmente informados a las Comisiones de Agricultura de la Cámara de Diputados y del Senado. 6 114.705 344.408 16

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (01,02,03) Partida!3 Capítulo 04 Programa : O 1 ltemasig. 05 06 07 08 09 12 21 22 23 24 25 26 29 INGRESOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES 02 Del Gobierno Central 023 De secretaría de Economía FIE - Certificación Electrónica RENTAS DE LA PROPIEDAD INGRESOS DE OPERACIÓN OTROS INGRESOS CORRIENTES 01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas 02 Multas y Sanciones Pecuniarias 99 Otros APORTE FISCAL 01 Libre RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir GASTOS GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 03 Prestaciones Sociales del Empleador TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Al Sector Privado 601 Emergencias Sanitarias INTEGROS AL FISCO 01 Impuestos OTROS GASTOS CORRIENTES 02 Compensaciones por Daftos a Terceros y/o a la Propiedad ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 03 Vehículos 05 Máquinas y Equipos 06 Equipos Informáticos 07 Programas Informáticos 28.330.281 567.786 567.786 567.786 92.032 5.977.823 I.339.604!.339.584 20.353.026 20.353.026 lo 28.330.281 04 2!.382.940 05 2.994.181 06 138.690 138.690 3.814.440 1.35!.386 824 601.749 07 1.860.481 1_7

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (01,02,03) Capítulo 04 Programa : O 1 ltemasig. GLOSAS 01 Dotación Máxima de Vehículos 02 Semestralmente, el Servicio Agrícola y Ganadero informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de las acciones desarrolladas o en desarrollo para prevenir los daños provocados por la plaga del visón, especialmente en las regiones de Los Ríos y de Los Lagos, incluyendo gastos en personal, bienes y servicios de consumo, así como convenios con personas naturales y jurídicas que genere la ejecución de estas acciones. Asimismo, trimestralmente informará, con copia a la Quinta comisión Especial Mixta de Presupuestos, acerca de predios y proyectos que trabajen con transgénicos a fin de garantizar sello de origen de los productos naturales, y la producción de semilla y ensayos transgénicos sometidos a la normativa vigente que regula la internación e introducción al medio ambiente de semilla transgénica. 03 En el evento de que existan planes de manejo o antecedentes sobre manejo integrado de cuencas a nivel predial, se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de la correlación de los programas del SAG con las mejores opciones de uso del suelo que se hubieren planteado. 04 Incluye : a) Dotación máxima de personal 9SO b) Horas extraordinarias año 272.097 e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ l. 015. sos - En el Exterior en Miles de $ 16.999 d) Personal Código del Trabajo - N de personas 30 29S.936 e) Personal estacional de apoyo, a honorarios - N de personas 56 116.0 f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley 19.882, Asignación por Funciones Críticas: - de personas 116.902 g) Para cumplimiento Resolución N 7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones - 39.7S9 05 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N 18.575 191.634 06 Se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluidos personal y bienes y servicios de consumo que genere la ejecución de este programa, incluidos convenios con personas naturales y jurídicas. Las personas naturales podrán tener la calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. 799 de 1974, para desempeñar labores de fiscalización y certificación, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de sus funciones. Los gastos asociados a esta asignación podrán excederse hasta el mes de Octubre, con el objeto de otorgar continuidad al pago de las acciones que las emergencias demanden. Los excesos correspondientes deberán regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan, 18 389

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (01,02,03) Capítulo 04 Programa : O 1 ltem Asig, y para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de viembre, pudiendo reasignar recursos desde cualquier subtítulo de la Partida, excluidos Préstamos y Servicio de la Deuda. Las reasignaciones que se efectúen y las actividades que se realicen con recursos para emergencias sanitarias se informarán trimestralmente, con desagregación regional, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, treinta días después del término del trimestre respectivo. 07 Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos recursos. 19

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO INSPECCIONES EXPORTACIONES SIL VOAGROPECUARIAS Capítulo.04 Programa : 04 ltemasig. INGRESOS 21.495.747 07 INGRESOS DE OPERACIÓN 14.80 l.l66 09 APORTE FISCAL 6.694.571 01 Libre 12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir GASTOS 21.495.747 21 GASTOS EN PERSONAL 22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 02 29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 07 Programas Informáticos GLOSAS : 01 Incluye a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Personal Código del Trabajo - de personas e) Personal estacional, a honorarios, certificación 01 6.694.571 JO 18.168.503 3.079.711 247.533 247.533 480 466.216 671.735 8.836 556 6.603.348 - N de personas 351 -Miles de $ 1.656.141 f) Para cumplimiento Resolución N 7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, 02 Incluye : y sus modificaciones 478.219 Capacitación y perfeccionamiento, Ley 18.575 4.432 20

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA DESARROLLO GANADERO Capítulo 04 Programa : 05 ItemAsig. INGRESOS 07 INGRESOS DE OPERACIÓN 09 APORTE FISCAL 01 Libre 12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir GASTOS 21 GASTOS EN PERSONAL 22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Al Sector Privado 001 Programa Tuberculosis Bovina 07 A Organismos Internacionales 005 Comité Veterinario Permanente del Cono Sur 29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS GLOSAS : 01 Incluye 07 Programas Informáticos a) Dotación máxima de personal b} Horas extraordinarias año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Personal Código del Trabajo - N de personas e) Personal estacional, a honorarios, actividades pecuarias y trazabilidad 01 02 03 04 14.881.038 2.088.783 12.792.245 12.792.245 14.881.038.612.546 4.022.968 118.072 5.858 5.858 12.214 12.214 127.452 127.452 331 168.654 560.288 41.934 181 2.180.481 - N de personas 37 -Miles de $ 1.429 f) Para cumplimiento Resolución N 7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, 02 Incluye : y sus modificaciones - 24.012 Capacitación y perfeccionamiento, Ley 18.575 03 Considera los recursos para ser utilizados en investigación y otras acciones tendientes a generar instancias de innovaclon y cooperaclón público-privada, que contribuyan a la ejecución y difusión del Programa Oficial de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina. Con cargo a esta asignaclon se podrán transferir recursos a entidades públicas o privadas,los que no ingresarán a sus presupuestos tratándose de 21 41.067

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA DESARROLLO GANADERO Capitulo 04 Programa : 05 ltemasig. Instituciones incluidas en esta ley. 04 Deberá enviarse un informe trimestral a las Comisiones de Agricultura de ambas Cámaras, respecto de los avances que se registren en el Comité Veterinario Permanente. 22

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO VIGILANCIA Y CONTROL SILVOAGRÍCOLA (OI) Capítulo 04 Programa : 06 ItemAsig. INGRESOS 07 INGRESOS DE OPERACIÓN 09 APORTE FISCAL O! Libre!2 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir GASTOS 21 GASTOS EN PERSONAL 22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 07 A Organismos Internacionales 603 Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur 29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS GLOSAS : 05 Máquinas y Equipos 01 Dotación Máxima de Vehículos 02 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Personal Código del Trabajo - de personas e) Personal estacional, a honorarios, vigilancia y control 03 Incluye : - N de personas Capacitación y perfeccionamiento, Ley N 18.575 02 03 31.!65.835 1.!89.069 29.976.756 29.976.756 lo 31.165.835 18.920.815 12.2.158 38.369 38.369 38.369 l 04.493 l 04.493 1 676 334.625 l. 030.555 29.634 355 3.917.753 499 1.409.354 15.077 23

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA DE CONTROLES FRONTERIZOS (01) Capítulo 04 Programa : 07 ltemasig. w INGRESOS 07 INGRESOS DE OPERACIÓN 09 APORTE FISCAL 01 Libre 12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir GASTOS 21 GASTOS EN PERSONAL 22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS GLOSAS : 05 Máquinas y Equipos 06 Equipos Informáticos 07 Programas Informáticos 01 Dotación Máxima de Vehículos 02 Incluye : a} Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Personal Código del Trabajo - N de personas e) Personal estacional de apoyo, a honorarios, para labores de inspección - N de personas 02 03 15.745.830 3.185.075 12.560.745 12.560.745 15.745.830 12.600.043 2.365.696 780.091 493.609 23.598 262.884 3 395 l. 765.277 l. 987.274 182.167 147 1.979.139 56 203.394 f) Para cumplimiento Resolución N 7 de 1997, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones 281.880 03 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley 18.575 112.254 24

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO PROGRAMA GESTIÓN Y CONSERVACIÓN DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES Capítulo 04 Programa : 08 ItemAsig. INGRESOS 07 INGRESOS DE OPERACIÓN 09 APORTE FISCAL 01 Libre 12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir GASTOS 21 GASTOS EN PERSONAL 22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Al Sector Privado 404 Sistema de Incentivos Ley N 20.412 07 A Organismos Internacionales 009 Instituto Interamericano de Cooperación Agrícola (IICA) 29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS GLOSAS : 01 Incluye os Máquinas y Equipos 07 Programas Informáticos a) Dotación maxlma de personal b) Horas extraordinarias año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Personal Código del Trabajo 02 Incluye : - de personas Capacitación y perfeccionamiento, Ley N 18.575 03 a) Con cargo a estos recursos se podrán efectuar los gastos de operación que genere la ejecución de este programa, incluyendo bienes y servicios de consumo hasta por$ 330.667 miles. b) Deberá enviarse a las respectivas comisiones temáticas de la Cámara de Diputados y del Senado, a lo menos semestralmente, una lista en formato digital de los montos entregados y la identificación de los predios y las personas naturales o jurídicas beneficiadas, señalando, en el caso de estas últimas, las personas naturales que las componen. 01 02 03 I4.767.043 539.543 I4.227.490 14.227.490 14.767.043 5.776.436 535.389 8.407.247 8.403.203 8.403.203 4.044 4.044 47.971 16.266 31.705 227 32.079 234.445 11.859 12 162.287 24.621 25

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO LABORATORIOS (01) Capítulo 04 Programa : 09 ltemasig. 07 09 I2 21 22 29 GLOSAS : INGRESOS INGRESOS DE OPERACIÓN APORTE FISCAL OI Libre RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir GASTOS GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 05 Máquinas y Equipos 07 Programas Informáticos 01 Dotación Máxima de Vehículos 02 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Personal Código del Trabajo - N de personas e) Personal estacional de apoyo, a honorarios, departamentos técnicos - N de personas 03 Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N 18.575 02 03 6.744.821 1.859.422 4.885.389 4.885.389 6.744.821 4.750.554 1.712.526 281.741 209.579 72.162 4 196 18.779 591.690 11.421 16 203.730 1.924.585 26

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL (01) Partida I3 Capitulo 05 Programa : O 1 ItemAsig. N' INGRESOS 09 APORTE FISCAL 01 Libre 12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir GASTOS 21 GASTOS EN PERSONAL 02 22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 23 PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 03 Prestaciones Sociales del Empleador 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Al Sector Privado 006 Otras Transferencias 29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS GLOSAS : 06 Equipos Informáticos 07 Programas Informáticos 01 Dotación Máxima de Vehículos 02 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Convenios con personas naturales - N de personas e) Jornales Transitorios 03 Incluye : - de personas Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido. Para efectos de los Programas de Empleo que se ejecuten de acuerdo a la legislación vigente, y para los cuales sea requerida la participación de la CONAF, el personal contratado con dichos recursos no se considerara para la dotación máxima fijada precedentemente. Capacitación y perfeccionamiento, Ley N 18.575 19.494.930 19.494.920 19.494.920 19.494.930 14.559.317 4.470.748 464.845 203.833 261.012 143 689 115.413 337.703 7.183 8 85.472 39 315.783 27

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL (01) Capitulo 05 Programa : O 1 ItemAsig. 73.915 28

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL PROGRAMA DE MANEJO DEL FUEGO (O 1,02) Capítulo 05 Programa : 03 ItemAsig, 09 12 21 22 23 29 31 GLOSAS : OI Libre INGRESOS APORTE FISCAL RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir GASTOS GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 03 Prestaciones Sociales del Empleador ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 05 Máquinas y Equipos 06 Equipos Informáticos 07 Programas Informáticos INICIATIVAS DE INVERSIÓN 02 Proyectos 32.484.347 32.484.337 32.484.337 32.484.347 03 15.439.303 15,135.372 ],367.606 ],]34,289 96,724 136.593 542,056 542.056 01 Dotación Máxima de Vehículos 83 02 Se informará semestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de las acciones de prevención de incendios en zonas de interfaz de bosques con ciudades y sectores urbanos. 03 Incluye : a) Dotación máxima de personal 336 b) Horas extraordinarias año 253.342 e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Jornales Transitorios - N de personas Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no. pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido. 207.274 4.167 2.519.593.266 29

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS (O 1,02) Capítulo 05 Programa : 04 ltemasig. INGRESOS 07 INGRESOS DE OPERACIÓN 09 APORTE FISCAL 01 Libre 12 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir 13 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL 02 Del Gobierno Central 129 secretaria de Turismo GASTOS 21 GASTOS EN PERSONAL 03 22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 23 PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 03 Prestaciones Sociales del Empleador 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Al Sector Privado 411 Jardín Botánico 04 533 Convenio Asociatividad Comunidad Ma'u Henua 05 29 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 05 Máquinas y Equipos 06 Equipos Informáticos 31 INICIAT1V AS DE INVERSIÓN GLOSAS : 02 Proyectos 01 Dotación Máxima de Vehículos 02 Se informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, trimestralmente, respecto a la habilitación de senderos ecoturísticos y de redes de servicios en los SNASPE, ya sea con gastos públicos o con aportes. Con la misma periodicidad, se informará a las Comisiones de Medio Ambiente de ambas Cámaras respecto de los concursos, licitaciones, concesiones o proyectos con recursos privados que se contemple ejecutar en algunas de tales Áreas en el transcurso del semestre venidero, explicitando su justificación y su objetivo. 03 Incluye : a) Dotación máxima de personal 17.438.429 9.7.953 7.920.066 7.920.066 4.400 4.400 4.400 17.438.429 11.569.202 3.199.223 1.366.207 1.366.207 190.411 1.175.796 115.389 4.719.670 1.188.398 1.188.398 266 550 30

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS (01,02) Capítulo 05 Programa : 04 ItemAsig. b) Horas extraord1nar1as año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Jornales Transitorios - N de personas Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido. 04 Estos recursos serán transferidos conforme al convenio suscrito entre la institución y el organismo receptor, en el cual deberá estipularse, a lo menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y forma de rendir cuenta de su uso. La institución deberá publicar en su página web el convenio y el organismo receptor deberá incorporar en su página web información trimestral, sobre sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo su balance. 05 Estos recursos serán transferidos a la Comunidad conforme al convenio suscrito el año 2016 y sus modificaciones, y estarán sujetas a la recaudación efectiva por ingresos al Parque Nacional Rapa Nui. CONAF deberá rendir cuenta del uso de los recursos a la Contraloría General de la República. 43.124 263.061 3.264 472 2.139.637 31

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL GESTIÓN FORESTAL (01,02) Capítulo 05 Programa : 05 ltemasig. 07 09 12 21 22 23 24 GLOSAS : INGRESOS INGRESOS DE OPERACIÓN APORTE FISCAL 01 Libre RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS Ingresos por Percibir GASTOS GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 03 Prestaciones Sociales del Empleador TRANSFERENCIAS CORRIENTES 01 Al Sector Privado 001 Fondo para Investigación Ley Bosque Nativo 01 Dotación Máxima de Vehículos 02 Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos respecto de las hectáreas forestales existentes, por año y región, y sobre la situación de los viveros. 03 Incluye : a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año e) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacfonal en Miles de $ - En el Exterior en Miles de $ d) Jornales Transitorios - N de personas Estos recursos se destinarán exclusivamente a la contratación de trabajadores/as a plazo determinado, o hasta la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato, no pudiendo en ningún caso destinarse a financiar o imputarse contratos de trabajo de carácter indefinido. 04 Con cargo a este Fondo se podrán comprometer hasta$ 964.851 miles, para financiar proyectos de investigación. Los proyectos que se realicen con cargo a esta transferencia deberán asignarse de acuerdo a la normativa vigente en la materia. La institución podrá ejecutar gas~os en bienes y servlclos de consumo relacionados con la ejecución de esta transferencia hasta por $ 70.277 miles. 03 04 18.786.252 2.645.117 16.141.125 16.141.125 18.786.252 12.603.607 5.212.419 970.216 970.216 970.216 66 463 115. 980 831.285 8. 973 200 l. 359.706 32