Preguntas Frecuentes Sobre Los Derechos de Autor



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Transcripción:

Sistema Universitario Ana G. Méndez Vicepresidencia de Planificación y Asuntos Académicos Vicepresidencia Asociada de Propiedad Intelectual y Comercialización Preguntas Frecuentes Sobre Los Derechos de Autor Lcda. Patricia Ramírez Gelpí, Directora de Derechos de Autor Luis García Feliú, Vicepresidente Asociado Rev. febrero 2013 2013. Sistema Universitario Ana G. Méndez. Derechos Reservados. Nada del contenido de ésta publicación puede ser reproducido, total o parcialmente, sin el permiso o autorización del Sistema Universitario Ana G. Méndez.

I. Introducción En el Sistema Universitario Ana G. Méndez (el SUAGM ) estamos comprometidos en velar por el fiel cumplimiento de las leyes de derechos de autor. Los derechos de autor impactan diversos y múltiples aspectos de la vida académica. En guías anteriores hemos discutido el tema de los derechos de autor, el uso justo, plagio, medios digitales y otros. El propósito de ésta guía es proveerle a la comunidad universitaria del SUAGM ejemplos de la vida cotidiana en relación a los derechos autor. II. Un profesor puede hacer copias para uso de sus estudiantes en el salón de clases? Como regla general un profesor: (i) (ii) (iii) (iv) (v) (vi) (vii) podrá hacer una copia por estudiante para repartir en el salón de clases; no podrá cobrar por las copias; la copia no puede excederse de los parámetros de uso justo (según discutidos en guías anteriores); no podrá copiar para los estudiantes un libro completo; el uso debe de ser uno espontaneo; no podrá usar el material de forma planificada y repetida de semestre en semestre; y la copia realizada por el profesor debe de contener el aviso de derechos de autor del documento original. III. La biblioteca puede hacer copias de trabajos para ubicar las mismas en el área de reserva? No. La biblioteca no puede hacer copias de libros, artículos, etc. para ubicar las mismas en el área de reserva. La biblioteca únicamente puede poner en el área de reserva el trabajo que físicamente posee (el libro o la revista la cual posee). Si la biblioteca interesa hacer copias adicionales del trabajo para así tener disponible más de una copia en el área de reserva, la biblioteca tiene que obtener una licencia y/o autorización del dueño de los derechos de autor. 2

IV. El profesor puede solicitar de la biblioteca que digitalice (scan) extractos de un trabajo y ubique los mismo en el área de reserva electrónica de la biblioteca? Por cada extracto que se interese digitalizar y ubicar en el área de reserva electrónica de la biblioteca será necesario incurrir en un análisis de uso justo. La mejor práctica sobre el uso de extractos para fines educativos sin fines de lucro es: De un libro de 10 capítulos o menos, se podrá utilizar el 10% del libro. De un libro de 11 capítulos o más, se podrá utilizar 1 capítulo. Los extractos utilizados tienen que cumplir con un propósito legítimo dentro del curso y estar estrechamente entrelazados con la materia para cumplir con dicho propósito. Acceso a los documentos esté limitado a los estudiantes matriculados en el curso. V. La biblioteca puede hacer copias a solicitud de un usuario? Sí. La biblioteca puede reproducir materiales para sus usuarios (estudiantes, facultad, asociado) bajo los siguientes parámetros: Hacer una copia de un artículo de una revista, o una porción pequeña de una obra y/o libro. La copia tiene que pasar a ser propiedad del usuario. La biblioteca razonablemente entiende que la copia será utilizada para fines educativos y/o de investigación. No se cobre por dicha copia. La biblioteca despliegue un aviso sobre el uso de copias y reproducciones de materiales protegidos por derechos de autor en el área donde los usuarios hacen su solicitud de dicha copia. VI. Los estudiantes pueden hacer sus propias copias? Sí. Cada vez que el estudiante realice una copia de un libro, revista, etc., se debe de entrar en un análisis de uso justo. La copia de una porción pequeña de un libro o la copia de un artículo de revista, como regla general será considerada uso justo. 3

La copia de todos los capítulos de un libro asignado, múltiples copias de un artículo o capítulos para la distribución a compañeros de clase, o copias de un libro de ejercicios (workbook), entre otras, no será uso justo y requieren la autorización del dueño de los derechos de autor. VII. Los estudiantes pueden hacer sus propias copias utilizando las fotocopiadoras de la biblioteca? Sí. La biblioteca tiene la responsabilidad y obligación de desplegar un aviso sobre el uso de copias y reproducciones de materiales protegidos por derechos de autor en el área de las fotocopiadoras utilizadas por los estudiantes. La copia de una porción pequeña de un libro o la copia de un artículo de revista, como regla general será considerada uso justo. La copia de todos los capítulos de un libro asignado, múltiples copias de un artículo o capítulos para la distribución a compañeros de clase, o copias de un libro de ejercicios (workbook), entre otras, no será uso justo y requieren la autorización del dueño de los derechos de autor. VIII. Puedo utilizar material que está en el internet? Se debe de presumir que toda la información que vemos en las diversas páginas web es material protegido bajo derechos de autor. El mero hecho de que la información, material, trabajo y/o imagen está en el internet no significa ni equivale a que la misma sea pública. Por lo cual no se puede usar, copiar, o descargar el material sin antes verificar si en efecto el material está protegido o no bajo derechos de autor. En el internet, alguna información puede ser objeto de licencias específicas y particulares, como las licencias de Creative Commons. Para más información sobre este tipo de licencias y sus usos pueden acceder a www.creativecommons.org. IX. Qué cantidad de un trabajo puedo utilizar? Una vez realizado el debido análisis de uso justo, se pudiera usar: De un libro de 10 capítulos o menos, se podrá utilizar el 10% del libro. 4

De un libro de 11 capítulos o más, se podrá utilizar 1 capítulo. Los extractos utilizados tienen que cumplir con un propósito legítimo dentro del curso y estar estrechamente entrelazados con la materia para cumplir con dicho propósito. X. Puedo hacer copias o compartir por internet trabajos protegidos por derechos de autor? No. Es ilegal y legalmente sancionable el bajar o compartir por el internet trabajos protegidos por derechos de autor sin la previa autorización y/o licencia correspondiente del dueño de dichos derechos. Esto incluye, el bajar (download), publicar (upload) y/o compartir por medio del internet copias no autorizadas de películas, videos, fotografías, presentaciones, juegos, música, libros electrónicos, y programas de computadora, entre otros. De igual forma, el incluir y/o hacer disponible, sin autorización del dueño de los derechos de autor, material protegido en programas y/o redes de intercambio de archivos entre pares (peerto-peer file sharing and/or software) es ilegal y considerado una violación a los derechos de autor y las políticas del SUAGM. XI. Puedo publicar en el internet la presentación de un estudiante o de un profesor? No. Es ilegal y legalmente sancionable el publicar, subir y/o compartir por el internet trabajos protegidos por derechos de autor sin la previa autorización y/o licencia correspondiente del dueño de dichos derechos. Esto incluye, el publicar, subir y/o compartir por medio del internet copias no autorizadas de textos, presentaciones, películas, juegos, música, libros electrónicos, y programas de computadora, entre otros. XII. Puedo copiar un programa de computadora? La ley autoriza a todo aquel que ha adquirido legalmente un programa de computadora (software) a: (i) instalar el mismo en una sola computadora, o según disponga la licencia concedida, y (ii) hacer una copia del programa para propósitos de backup (archival purposes only). 1 1 El número de copias permisibles puede variar dependiendo del tipo de licencia adquirida. 5

La ley clasifica como ilegal el, (i) instalar y/o utilizar dicho programa de computadora en más computadoras de las autorizadas; y/o (ii) distribuir copias del mismo. Acceso a programas de computadora por virtud del lugar de empleo, estudio, u otro no le concede a la persona la autorización de hacer copias de dichos programas. XIII. Puedo burlar (hack) las medidas de seguridad que traen los medios electrónicos y/o digitales? No. Es ilegal y legalmente sancionable el burlar las medidas de seguridad implementadas y contenidas dentro de medios y/o dispositivos electrónicos y/o digitales. A tenor con el Digital Millennium Copyright Act (DMCA), 2 es ilegal el acto de tratar y/o intentar de romper y/o violar la seguridad implementada por el dueño de los derechos de autor en dichos dispositivos y/o programas. En otras palabras, esta ley hace ilegal el acto de tratar o intentar burlar las medidas de seguridad implementadas, irrespectivamente de que se violen o no los derechos de autor sobre el contenido del material. El DMCA autoriza a los dueños de contenido ha integrar medidas de seguridad y/o de protección dentro de los dispositivos y/o programas de computadora en los que venden y/o hacen accesible dicho contenido al público. Ejemplos de estos son los DVD, CD, ipod y smart phones, entre otros. Estas medidas de seguridad tienen el propósito de, entre otras cosas, (i) desalentar el que el contenido sea copiado sin autorización, y (ii) mantener la integridad del material. XIV. Puedo diseminar contenido por la red del SUAGM? No. Los recursos de informática y las redes del SUAGM no podrán ser utilizados en violación a las leyes de derechos de autor, las políticas y reglamentos del SUAGM. Para información adicional, comuníquese con la Lcda. Patricia Ramírez Gelpí, Directora de Derechos de Autor, patramirez@suagm.edu, propiedadintelectual@suagm.edu 2 Digital Millennium Copyright Act of 1998, 17 U.S.C.A. 1201-et seq. 6

Tabla 1 Guía para determinar los años de protección de una obra. 3 Fecha de la obra Protegida desde Término Creada en o después del 1 de enero de 1978. Al momento de ser plasmado en un medio tangible de expresión. Publicada antes del 1923. Está en el dominio público. N/A Vida del autor + 70 años. 4 Para los trabajos hechos por encargo el término es 95 años desde la publicación, o 120 años desde su creación. 5 Publicada entre 1923-1963. Cuando publicada con aviso 28 años + renovable por 47 de derechos de autor. 6 años, y extendido por 20 años adicionales, para un total de 67 años. Si no se solicitó la renovación, la obra está en el dominio público. Publicada entre 1964-1977. Creada antes del 1 de enero de 1978 y no publicada. Cuando publicada con aviso de derechos de autor. Desde el 1 de enero de 1978. 28 años término inicial; extensión automática de 67 años para segundo término. Vida del autor + 70 años, o el 31 de diciembre de 2002, lo que sea mayor. Creada antes del 1 de enero de 1978, pero publicada entre el 1 de enero de 1978 y el 31 de diciembre de 2002. Desde el 1 de enero de 1978. Vida del autor + 70 años, o 31 de diciembre de 2047, lo que sea mayor. 3 Fuente: www.unc.edu/~unclng/public-d.htm, When Works Pass Into the Public Domain, creada por Lolly Gasaway de la Universidad de Carolina del Norte. 4 Para los trabajos creados en conjunto, el término comienza a correr desde la fecha del fallecimiento del último co-autor. 5 Este término también le aplica a los trabajos creados anónimamente y bajo pseudónimos. 6 Bajo el Copyright Act de 1909, los trabajos publicados sin aviso de derechos de autor entraban al dominio público al momento de la publicación. Los trabajos publicados sin aviso de derechos de autor entre el 1 de enero de 1978 y el 1 de marzo de 1989, retuvieron sus derechos de autor únicamente si se realizaron esfuerzos razonables para corregir la accidental omisión del aviso de derechos de autor dentro de cincos años de la publicación. 17 U.S.C. 405. 7

Tabla 2. Guía para el uso de material según el medio. 7 Medio Uso justo bajo análisis de uso justo Película, video Máximo de 10% o 3 minutos, lo que sea menor. Texto Máximo de 10%. Música, lirica, video musical Máximo de 10%, pero no más de 30 segundos. Ilustraciones, fotografías Máximo de 5 imágenes de un artista, o no más de 10% o 15 obras de un trabajo colectivo publicado. Base de datos ( Numerical data sets ) Máximo de 10%. Tabla 3. Guía para el uso justo de material. 8 Material Uso justo Uso no justo Página web con material objeto de derechos de autor. Imagen en el web ( web image ). Artículo en la base de datos de la biblioteca. Imagen objeto de derechos de autor. Escanear y/o copiar porción de un libro. Escanear y/o copiar un artículo de una revista, revista profesional, o diario. Escanear y/o copiar un poema. Crear enlace ( link ). Uso educativo; mostrado en Blackboard o e-reserve por un periodo. (Ej. semestre, trimestre, etc.). Crear enlace directo ( link ). Uso educativo; mostrado por un periodo. (Ej.: semestre, trimestre) Uso educativo; 10% del total del libro; y por un periodo. Copiar y usar ( copy/paste ) el contenido de la página. Uso repetido por varios periodos. Copiar y poner el contenido en Blackboard. Uso repetido por varios periodos. Uso repetido por varios periodos; uso mayor de los porcientos permitidos. Un artículo por un periodo. Múltiples artículos de la misma publicación, o uso repetido por varios periodos. Uso educativo; poema de 250 palabras o menos; menos de 250 palabras de un poema de más de 250 palabras; y mostrado por un periodo. Uso repetido por varios periodos; uso mayor de las palabras permitidas. 7 Fuente de información: Blackboard, Inc., Copyright, Fair Use & Educational Multimedia FAQ; http://www.ccsj.edu/blackboard/bb%20copyright_fair_use.pdf 8 Fuentes de información: George Washington University, Copyright & Blackboard; http://www.gelman.gwu.edu/collections/scholarly-communication/copyright-blackboard y Butler University Libraries, Copyright LibGuide, http://libguides.butler.edu/print_content.php?pid=32148&sid=385369&mode=g. 8

Anejo 1 Guía para el análisis de uso justo. Instrucciones: Marque todos los recuadros que apliquen. Para cada una de las secciones, determine si el uso propuesto favorece o no un uso justo bajo la doctrina de uso justo. Cuando la mayoría de los recuadros marcados caen bajo la columna de uso justo, el uso bajo la doctrina de uso justo es aceptable. Cuando menos de la mitad de los recuadros marcados caen bajo la columna de uso no justo, se debe de obtener permiso del dueño de los derechos de autor para el uso del material. Es importante verificar con la biblioteca e indagar si se posee una licencia para el uso del material propuesto. Si la biblioteca cuenta con una licencia, es posible que el uso propuesto caiga bajo los parámetros de la licencia. Nombre: Clase o Proyecto: Semestre o Trimestre: Titulo de la obra: Autor: Porción a usarse (páginas, etc.): Fecha: 1. Propósito del uso Uso justo Educacional o Enseñanza (incluyendo copias para uso en salón de clases) o Investigación o Beca o Critica o Comentario Transformativo o productivo (se modificó el trabajo para un nuevo propósito) No se genera ingreso por el uso Uso no justo Comercial, entretenimiento u otro uso Uso no transformativo, copia exacta palabra por palabra Se genera ingreso por el uso 2. Naturaleza del trabajo protegido Uso justo Trabajo publicado Verídico, no-ficción, noticia Uso no justo Trabajo no publicado Creativo (arte, música, ficción) o trabajo consumible (examen, libro de ejercicios, workbook ) 9

3. Cantidad del trabajo a ser copiado Uso justo Extracto pequeño del trabajo (un capitulo, un articulo de revista, extracto consistiendo en un 10% o menos del trabajo) Extracto utilizado no es la medula o corazón del trabajo Extracto es apropiado para fines de enseñanza Uso no justo Extracto sustancial del trabajo o totalidad del trabajo Extracto utilizado es la medula o corazón del trabajo Incluye más de lo necesario para fines de enseñanza 4. Efecto en el mercado del trabajo original Uso justo No se afecta significativamente el mercado o potencial mercado del trabajo protegido por derechos de autor Una o pocas copias hechas y/o distribuidas Trabajo ya no está en circulación, ausencia de mecanismo para obtener licencia de uso Acceso restringido y/o limitado a estudiantes tomando el curso en el semestre Uso espontáneo Uso no justo Efecto del uso y/o de la copia sería un sustituto para no adquirir el trabajo Múltiples copias hechas y/o distribuidas Mecanismo para obtener licencia de uso es fácilmente accesible Acceso no restringido y/o limitado Uso repetido, contínuo o por periodo Prolongado Rev. febrero 2013 2013. Sistema Universitario Ana G. Méndez. Derechos Reservados. 10