Eficiencia energética en el hogar

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Transcripción:

Eficiencia energética en el hogar 1

Qué es la eficiencia energética? La eficiencia energética es el uso eficiente que hacemos de la energía. Decimos que un aparato o proceso es eficiente cuando consume una cantidad de energía inferior a la media de energía que necesitan el resto de aparatos para realizar esa actividad. Los productos o procesos que buscan mejorar su eficiencia energética no solo buscan reducir su consumo de energía si no abastecerse de la mayor cantidad posible de energías renovables. Con la normativa de nuestro país, el compromiso con la eficiencia energética en los productos es aún una cuestión de compromiso del comprador ya que no todos los productos en el mercado son eficientes, aunque la mayoría de electrodomésticos que hacen un uso importante de la energía si tienen ya marcada su categoría en ese aspecto. La eficiencia energética de una vivienda El consumo de energía de nuestro hogar es una cuestión que preocupa a todas las familias, cada vez más por un tema de conciencia medioambiental, pero siempre también por reducir las facturas. Según un estudio de Gas Natural Fenosa, de media podríamos ahorrar más de un 23% de energía en nuestros hogares siguiendo una serie de sencillos consejos al alcance de cualquier familia. Sin embargo, a día de hoy para esto falta concienciación. 2

10 consejos para mejorar la eficiencia en nuestro hogar 1. Revisa las ventanas y las puertas. Son una de las mayores fuentes de pérdida de calor por lo que comprobar los marcos e incluso colocar doble cristal reducirá considerablemente el gasto de calefacción y aire acondicionado. Entre puertas y ventanas puede perderse entre el 25 y el 30 por ciento del calor y del frío. 2. Usa bombillas de bajo consumo 3. Revisa la caldera, sobre todo si es antigua e incluso te plantees cambiarla por un modelo más moderno que será mucho más eficiente. 4. Reduce el uso de la calefacción, para ello aprovecha al máximo la luz del día. En verano al contrario, no dejes que entre el calor y así reducirás el uso del aire acondicionado. 5. Para reducir el uso del aire acondicionado una buena opción es instalar ventiladores de techo que multiplicarán el efecto de la máquina reduciendo su uso. 6. No pierdas de vista el termostato. No hace falta que dejes de usar la calefacción o el aire acondicionado cuando haga falta pero en enero no es necesario ir en manga corta en casa. Controla la temperatura de manera racional fijando la temperatura entre los 17ºC y 25ºC 7. No malgastes. Los pequeños descuidos como dejarnos luces encendidas o dejar todos los aparatos en el modo standby consumen una energía que aunque pequeña es totalmente innecesaria. 8. Pon siempre el lavavajillas y la lavadora a plena carga y si es posible, cómpralos con la mejor calificación energética, pueden ahorrarte hasta el 30%. 9. Revisa la temperatura de la nevera. Como el resto de la casa, no necesita enfriar igual en invierno que en verano debido a la temperatura exterior, revísala para adecuarla y no malgastar. 10. Cuida la ventilación. La ventilación en la casa es imprescindible para garantizar la calidad del aire pero con diez minutos de ventilación cruzada es más que suficiente, aumentar ese tiempo, es solo aumentar el frío que entra en la casa. 3

El certificado de eficiencia energética Desde 2013, es obligatorio que todas las viviendas que se pongan en el mercado tanto en venta como en alquiler, incluyan en su publicidad la calificación de Certificación energética que muestra la información sobre las características energéticas de la vivienda o edificio y las recomendaciones para la mejora de los niveles de la eficiencia energética o de una parte de éste, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios. Aunque el documento incluye propuestas de mejora no hay obligación de llevarlas a cabo. El certificado energético es parte de una directiva europea de obligado complimiento para todos los países miembros. La normativa que se aplica en España es la recogida en el Real Decreto 235/2013 del 5 de abril de 2013 con publicación en el BOE de 13 de abril de 2013. DESCARGA EL DOCUMENTO El documento contiene alrededor de 10 hojas en su modelo simplificado al que se puede aportar voluntariamente toda aquella información complementaria que el Técnico certificador considere oportuna. El certificado debe presentarse por el propietario (o promotor) en el órgano competente de la Comunidad Autónoma para su registro y por tanto, para su validación que tendrá una duración máxima de 10 años. El objetivo clave de este certificado es valorar mejora la hora de la compra o alquiler puesto que la calificación mostrará el gasto energético de la vivienda, también indagar en las propuestas de mejora para que poco a poco el parque de viviendas de nuestro país vaya mejorando. Qué inmuebles están obligados a obtener el Certificado Energético? Inmuebles privados: Será exigible para todos los inmuebles privados en los contratos de compraventa o arrendamiento a partir del 1 de Junio de 2013. Tanto en Edificios o partes del mismo, nuevos o ya existentes. Inmuebles públicos: Los edificios o unidades de edificios existentes ocupados por una autoridad pública a los que se refiere el Artículo 2.1.d = (Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor) -Para Edificios Públicos: 4

5 1. Sup. Total Superior a 500 m2. (Obligatoriedad Aplicación en venta o alquiler) 2. Sup. Total Superior útil mayor de 250 m2. (Inmuebles ocupados por una Autoridad Pública) 3. Sup. Total Superior a 250 m2. (A partir del 9 Junio de 2015 Aplicación en venta) 4. Sup. Total Superior a 250 m2. (A partir del 31 Diciembre de 2015 Aplicación en alquiler) Para Edificios frecuentados habitualmente por público 1. Sup. Total Superior útil a 500 m2. (Obligatoriedad Aplicación en venta o alquiler) En lo referente a las Naves Industriales, se procederá a realizar el Certificado Energético únicamente de la parte no destinada a industrial o taller. Qué inmuebles NO están obligados a la certificación energética? Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado por su valor arquitectónico o histórico. Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas. Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años. Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales. Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2. Edificios que se compren para reformas importantes o demolición. (A determinar por las Comunidades Autónomas) Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda. Quién puede realizar el Certificado de Eficiencia Energética? El certificado de eficiencia energética de un edificio existente será suscrito por Técnicos competentes que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, o de la certificación energética. Serán elegidos libremente por la propiedad del inmueble a Certificar. El Artº 1.3.p del Real Decreto 235/2013: Técnico competente: Los arquitectos e ingenieros en sus grados superior y medio. No se establece ningún requerimiento nuevo en cuanto a formación. (Según establece la Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de Ordenación en la Edificación) Los técnicos habilitados exclusivamente para la suscripción de certificados de eficiencia energética. Se intuye la creación de un nuevo título oficial con competencias exclusivas en certificación energética.

Los que cumplan los requisitos de la futura Disposición Adicional Cuarta (Ley que se desconoce su aprobación y borrador) Técnico ayudante, del proceso de certificación energética de edificios, que podrá realizar la toma de datos y otras actividades auxiliares del proceso de certificación energética. Colabora como ayudante del Técnico competente. Elementos de la etiqueta de certificación energética 1 Reborde de la etiqueta: para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10. 2 Esquina de la etiqueta: para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10. 3 Borde inferior de la etiqueta: trazo 4 mm en borde inferior. 4 Cabecera de la etiqueta. 5 Título de la etiqueta para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10. a. 1ª línea: CALIFICACIÓN ENERGÉTICA b. 2ª línea: DEL EDIFICIO TERMINADO o DEL PROYECTO 6 Código BIDI 7 Datos del edificio 8 Escala de la calificación energética 9 Escala de A (más eficiente) a G (menos eficiente): Clase A: 85-15-95-30. Clase B: 80-00-X-00. Clase C: 45-00-X-00. Clase D: 10-00-95-00. Clase E: 05-30-X-00. Clase F: 10-65-X-00. Clase G: 05-95-95-00. 10 Calificación energética: 11 Registro 12 Pie de etiqueta: España y directiva 13 Logotipo de la Unión Europea 6

7

Situación de las viviendas en España Tras la puesta en marcha de la normativa que obligaba a obtener el certificado energético para poner las viviendas a la venta o en alquiler, en 2015 el Ministerio de Industria resumía con estos datos la situación de la vivienda en nuestro país. Gráfico de El Faro de Vigo 8