OPOSICIONES DOCENTES 2018 EN EXTREMADURA Resolución de la : http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2018/580o/18060730.pdf Del 23 de marzo al 16 de abril ambos inclusive. PLAZO DE SOLICITUD: NÚMERO DE PLAZAS CONVOCADAS Las plazas convocadas se recogen en el Anexo I.1 y Anexo I.2 Se convocan 1267 plazas para secundaria y otros cuerpos. De estas se reservan 88 para accesos 3 y 4. Los turnos de acceso son: Acceso 1= Turno libre Acceso 2 = Reserva para discapacidad de acceso libre Acceso 3 = Acceso a cuerpos docentes de grupo superior. Acceso 4 = Acceso a cuerpos docentes de grupo superior por la reserva de discapacidad. Todas las plazas de acceso 2 (turno por discapacidad) y todas las plazas de acceso 3 y 4 (excepto 21) en caso de no ser ocupadas pasarán a turno libre. Al acceso 3 y 4, solo pueden presentarse aquellos funcionarios de carrera del grupo A2. REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LOS ASPIRANTES CUERPO PROFESORES ENSEÑANZA SECUNDARIA DE TITULACIÓN Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia. FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA PROFESORES TÉCNICOS DE FP Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.. Titulaciones de Técnico Especialista o Técnico Superior cuando se acredite una experiencia docente en la especialidad a que se pretende acceder de, al menos, dos años en centros educativos públicos dependientes de la Administración educativa convocante cumplidos a 31 de agosto de 2007. PROFESORES DE EOI Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia. PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS CUERPOS DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO MAESTROS DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia. Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia. Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia. Opciones para acreditar la formación pedagógica y didáctica: Máster universitario de Profesor de Educación Secundaria. CAP Tener el título de Maestro, Diplomado en profesorado de Educación General Básica, Maestro de Enseñanza Primaria, Licenciado en Pedagogía y Psicopedagogía o quienes estén en posesión de licenciatura o titulación
equivalente que incluya formación pedagógica y didáctica, o hubiesen cursado 180 créditos de estas titulaciones, obtenidos antes del 1 de octubre de 2009. Haber impartido docencia antes del término del curso 2008/2009 durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, doce meses en periodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre. Solo para Profesores de FP si no pueden acceder al Máster de Profesor de secundaria: certificación oficial de la formación pedagógica y didáctica que habilite para el ejercicio de la docencia. Enlace a la solicitud: Solicitud SOLICITUDES: Hay que presentar dos solicitudes (Anexo III). Una para participar en el proceso selectivo y otra para solicitar destino para la realización de la fase de prácticas durante el curso escolar 2018/19, en caso de resultar seleccionado. (Se genera todo en el mismo documento). Los que participen por Acceso 5, no deben hacer petición de centros. Es recomendable elegir por orden de prioridad el mayor número de centros. Los que no selecciones en caso de ser necesario se asignarán de oficio, puesto que la realización de las prácticas es obligatoria. Si se opta por elegir plazas bilingües se debe estar en posesión del nivel de lengua B2 del Marco Común Europeo de referencia en el idioma correspondiente. Las solicitudes deben ir dirigidas a la Delegación Provincial correspondiente a la provincia en la que se van a realizar las pruebas de oposición (Recogidas en el Anexo II). Una vez generado el documento, debe imprimirse, firmarse, y pagar las tasas correspondientes. Después se entrega la solicitud junto a toda la documentación en las oficinas del Registro Único de la Administración de la Comunidad de la Delegación Provincial de Educación a la que corresponda la especialidad, ubicada en: Delegación Provincial de Educación de Badajoz. Avda. de Europa, 2. Delegación Provincial de Educación de Cáceres. Avda Miguel Primo de Rivera, 2. Asimismo, podrán presentarse en: Centros de Atención Administrativa o registro único que regulan las funciones administrativas. En una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada. Las solicitudes suscritas en el extranjero a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares españolas correspondientes. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR JUNTO A LA SOLICITUD Se entregarán copias simples tanto de requisitos como de méritos, ordenadas conforme a baremo. Documentación que debe acompañar a la solicitud en caso de no marcar la casilla correspondiente en la misma: DNI/NIE/Pasaporte. Documentación acreditativa para exención de tasas Certificado de no estar inscrito en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. En caso de participar por turno de acceso 2 o 4, documentación acreditativa donde se recoja el grado de discapacidad. DOCUMENTACIÓN REFERENTE A REQUISITOS DE ACCESO Titulación alegada para ingreso en el cuerpo. Titulación o documentación acreditativa de la Formación Pedagógica y Didáctica. DOCUMENTACIÓN PARA LA BAREMACIÓN DE MÉRITOS EN LA FASE DE CONCURSO Fotocopias de todos los méritos valorables y recogidos en el Anexo VII (para turno de Acceso 1 y 2) y Anexo VIII (para turno de Acceso 3 y 4). La experiencia docente en centros públicos en Extremadura se valorará de oficio. No es necesario acreditarla.
I. ACTO DE PRESENTACIÓN PROCESO SELECTIVO: Se celebrará el 23 de junio. Tendrá carácter personalísimo, por lo que será de asistencia obligatoria, no admitiéndose acreditaciones ni poderes de representación. Quienes no asistan efectivamente al acto de presentación decaerán en sus derechos y serán excluidos del procedimiento. El concurso-oposición tiene dos fases: Fase de oposición (se pondera un 60% para la puntuación global) y la Fase de Concurso (se pondera un 40% para la puntuación global). II. FASE DE OPOSICIÓN (60%) Consta de 2 pruebas, cada una de ellas con 2 partes. Cada una de ellas se puntúa de 0 a 10. Todas las pruebas de las especialidades de idiomas modernos se desarrollarán en ese idioma. En aquellas pruebas que no consistan en una exposición oral por el aspirante ante el tribunal, los candidatos leerán los ejercicios en sesión pública ante el tribunal, excepto en aquellos casos en los que, por la naturaleza de los ejercicios, los tribunales dispongan otra cosa. La calificación correspondiente a la fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones de las pruebas (cuando todas hayan sido superadas). Son pruebas eliminatorias. En las pruebas es necesaria una puntuación de 5 para pasar a la prueba siguiente o, en caso de la última, para acceder a la Fase de Concurso. 1. PRIMERA PRUEBA: (1.A y 1.B): - Demostración de conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta. - Consta de 2 partes: 1.A y 1.B. Para pasar a la siguiente prueba: Debe alcanzarse un mínimo de 5 puntos, sumando las puntuaciones correspondientes a las dos partes y siempre que se alcance un mínimo del 25% de la puntuación asignada a cada una de ellas. La puntuación asignada a cada parte de la prueba depende del cuerpo al que se opte: Cuerpo Parte 1.A) 40% Secundaria 60% Especialidades FP Secundaria y resto de cuerpos Parte 1.B) 60% Secundaria 40% Especialidades FP Secundaria y resto de cuerpos Puntuación mínima (25%) para sumar puntuación de ambas partes Parte 1.A Parte 1.B) Profesores de Enseñanza Secundaria (590) 4 6 1 1,5 FP Específica Profesores de Enseñanza Secundaria (590) y resto de Cuerpos (591, 592, 594,595, 596) PARTE 1.A) PRUEBA PRÁCTICA 6 4 1,5 1 En el anexo V se describe en qué consistirá la prueba para cada especialidad. En dicho anexo aparece además la siguiente DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA: En todos los cuerpos y especialidades los Tribunales posibilitarán que los aspirantes tengan la opción de elegir entre cuatro opciones en, al menos, alguna de las pruebas, cuestiones, supuestos prácticos, técnicas, procedimientos, anteriormente enumerados. Tiempo máximo de realización 2 horas PARTE 1.B) PRUEBA ESCRITA Desarrollo escrito de 1 tema de la especialidad extraído al azar por el tribunal. La elección se realizará conforme al siguiente criterio: a) En especialidades con número no superior a 25 temas, se tendrá que escoger entre tres temas. b) En especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51 temas, se tendrá que escoger entre cuatro temas. c) En especialidades con más de 50 temas, se tendrá que escoger entre cinco temas.
Tiempo máximo de realización 2 horas. Los aspirantes que superen la primera prueba entregarán al tribunal la programación didáctica entre las 9:00 y las 14:00 horas del siguiente día hábil al de publicación de las puntuaciones obtenidas en dicha prueba!! 2. SEGUNDA PRUEBA: (2.A y 2.B): - Comprobación de la aptitud pedagógica y técnicas necesarias para el ejercicio docente. - Consta de 2 partes: 2.A y 2.B. - Se valora globalmente de 0 a 10. Se debe alcanzar un mínimo de 5 puntos para pasar a la fase de concurso PARTE 2.A) PRESENTACIÓN DE UNA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA. Debe contener un mínimo de 15 Unidades Didácticas. Máximo 60 páginas a una sola cara. Nombre y apellidos del aspirante en todas las hojas y firma en la última. Formato: DIN-A4, letra Arial, 12 puntos sin comprimir, a doble espacio por una cara. Tiempo máximo de exposición 30 minutos. PARTE 2.B) PREPARACIÓN Y EXPOSICIÓN DE UNA UNIDAD DIDÁCTICA Se elige 1 unidad entre 3 extraídas al azar por el aspirante de entre las Unidades Didácticas de su propia programación o de un tema del temario oficial de la especialidad. Tiempo de preparación de 1 hora. El material electrónico no debe tener posibilidad de conexión con el exterior. Podrá utilizarse material auxiliar, sin contenido curricular, que sirva de apoyo para la exposición, que deberá aportar el aspirante, así como un guion o equivalente que no excederá de un folio por una sola cara y que deberá entregar al tribunal al término de su exposición. Tiempo máximo de exposición 30 minutos. III. FASE DE CONCURSO (40%) BAREMO DE MÉRITOS PARA ACCESO 1 Y 2 (máximo 10 puntos) 1) EXPERIENCIA DOCENTE (máx. 7 ptos) PUNTUACIÓN 1.1. Experiencia en especialidades del mismo Cuerpo al que se opta, en centros públicos. 0,700 ptos x año (0,058 x mes) 1.2. Experiencia en especialidades de distintos Cuerpos al que se opta, en centros públicos. 0,350 ptos x año (0,029 x mes) 1.3. Experiencia en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta, en otros centros. 0,150 ptos x año (0,012 x mes) 1.4. Experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros. 0,100 ptos x año (0,008 x mes) 2) FORMACIÓN ACADÉMICA (máx. 5 ptos) 2.1. Expediente académico (máx. 1,5 ptos) (nota media -5) x 0,3 2.2. Postgrados, Doctorado y premios extraordinarios: 2.2.1. Máster oficial (no títulos propios), suficiencia investigadora, (DEA) Estudios avanzados 1 punto 2.2.2. Doctorado 1 punto 2.2.3. Premio extraordinario de doctorado 0,5 puntos 2.3. Titulaciones oficiales 2.3.1. De Primer ciclo 1 pto x título 2.3.2. De segundo ciclo 1 pto x título 2.4. Titulaciones de régimen especial y FP, por cada título a) Título profesional Música o Danza 0,5 ptos b) Nivel avanzado (B2) o equivalente de EOI 0,5 ptos c) Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño 0,2 ptos d) Técnico Superior de Formación Profesional 0,2 ptos e) Técnico Deportivo Superior 0,2 ptos 3) OTROS MÉRITOS (Máx. 2 ptos) 3.1. Formación permanente 3.1.1. Cursos, superados o impartidos, relacionados con plataformas web de gestión escolar o sistemas operativos no propietarios: 0,05 x crédito (máx 1 pto) 3.1.2. Cursos no valorables en el anterior 0,03 x crédito (máx 1,5 ptos) 3.2. Solo Música: premios en certámenes musicales 0,3 ptos 3.3. Solo Educación Física: Deportista de Alto nivel 0,4 ptos
El baremo se publicará en la página web http://profex.educarex.es. A partir de su exposición se abrirá un plazo de 5 días para subsanación de errores y reclamación. Presentación de documentos en caso de ser seleccionado y obtener plaza: En un plazo de 15 días hábiles desde que se hagan públicas las listas de aspirantes que han sido seleccionados por accesos 1 y 2 deberán entregar en la Delegación Provincial de Educación de la provincia de examen la siguiente documentación: Originales o fotocopias compulsadas de todos los méritos que presentaron junto a la solicitud. Fotocopia compulsada del título alegado como requisito. Copia compulsada la acreditación la formación pedagógica y didáctica en caso que sea necesaria. Declaración jurada de no hallarse en causa de incompatibilidad. Declaración jurada de no haber sido separado por expediente disciplinario (Anexo IX ) Certificado médico oficial de capacidad para desempeñar funciones docentes. Quienes hayan participado por el turno de discapacidad deberán presentar certificación que acredite tal condición y certificado acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de la función docente. IV. FASE DE PRÁCTICAS Una vez ordenados según la puntuación global de las fase de oposición y concurso, resultarán seleccionados para pasar a la fase de prácticas los aspirantes que tengan un número de orden igual o menor que el número de orden igual o menor que el número de plazas. Tendrá una duración de 6 meses. Aunque empieza el inicio de curso, se puede solicitar aplazamiento bajo ciertas condiciones. Si no se supera esta fase, se podrá realizar el curso siguiente. Solo se repite una vez. El candidato será tutelado, en esta fase, por un funcionario de carrera designado por la comisión calificadora correspondiente. Asimismo, estas comisiones serán las encargadas, con arreglo a los criterios establecidos en la presente resolución, de la evaluación final, que se expresará en los términos apto o no apto.