PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EL SERVICIO DE TRASLADO A LA NUEVA SEDE DE LA AGENCIA ANTIDROGA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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Ref: 07/286464.9/13 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EL SERVICIO DE TRASLADO A LA NUEVA SEDE DE LA AGENCIA ANTIDROGA DE LA COMUNIDAD DE MADRID Cláusula Primera.- Objeto del contrato El presente Pliego tiene por objeto la contratación del servicio de mudanzas por el traslado de la sede de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid. El traslado será desde la sede de la Agencia Antidroga, situada en la C/ Julián Camarillo, 4B de Madrid, a la nueva sede en Madrid, situada en la C/ O Donnell, 55 como dirección de traslado principal, así como a la calle Gamonal 79, para la documentación de archivo y a la calle Lenceros 11 para el mobiliario que no sea preciso utilizar. Cláusula Segunda.- Descripción del servicio El servicio comprenderá tanto el traslado de la documentación, como el mobiliario, equipos informáticos y enseres en general desde la sede de la Agencia Antidroga sita en la calle Julián Camarillo, 4B de Madrid, a la nueva sede sita en la C/ O Donnell, 55, 4ª y 5ª plantas, de Madrid, así como a la calle Gamonal 79, para la documentación de archivo y a la calle Lenceros 11 para el mobiliario que no sea preciso utilizar. El servicio comprenderá las siguientes prestaciones: a) Desmontaje y montaje del mobiliario sujeto a tornillo. b) Embalaje ordenado y clasificado, según el orden establecido, de la documentación que se encuentra organizada y depositada en armarios y estanterías. c) Embalaje de los equipos informáticos, mobiliario y otro material inventariable utilizado por el personal dependiente de la Agencia Antidroga. d) Recogida de material sin clasificar, en cajas perfectamente identificadas, que se encuentra en los puestos de trabajo, armarios y cajoneras pertenecientes al personal de la Agencia Antidroga. e) Traslado y embalaje especial de cuadros, maceteros y complementos de decoración. f) Traslado físico desde la sede de origen a la de destino, citada anteriormente, en vehículos adecuados a las características del diverso tipo de material a transportar y de las sedes entre las que se va a realizar dicho traslado.

g) Entrega, distribución y desembalaje tanto de la documentación como del material restante, así como montaje y colocación del mobiliario y el resto de enseres, en la sede de C/ O Donnell, 55, 4ª y 5ª plantas, de Madrid. h) Colocación ordenada de la documentación que se encontraba organizada y depositada en armarios y estanterías. i) Por parte de la Agencia Antidroga se procederá al marcado de la documentación que deba trasladarse a la calle Gamonal nº 79, que deberá ser colocada ordenadamente en las estanterías pertinentes. j) Por parte de la Agencia Antidroga se procederá al marcado del mobiliario que no se precise en la nueva sede y deba ser desmontado y almacenado en la calle Lenceros 11. El transporte de todo el equipo, mobiliario y enseres se llevará a cabo utilizando cualquier medio que evite a éstos rozaduras y mermas, como papel burbuja, mantas de embalaje, cajas y precinto, carretillas, etc. Estos elementos serán por cuenta del contratista para la realización del servicio. La prestación del servicio se realizará preferentemente en días laborables de lunes a viernes, salvo que la Agencia Antidroga, por necesidad del plan de ejecución del servicio, incluya festivos. El horario de prestación del servicio será de 8:30 a 18:00 horas. Los trabajos serán realizados por personal cualificado de la empresa adjudicataria, debiendo contar ésta con un coordinador y por cuadrilla, con un jefe de equipo, como mínimo. Dicho personal deberá cumplir las normas sobre Prevención de Riesgos Laborales. Dentro de los dos días hábiles siguientes a la formalización del contrato, la empresa realizará, conforme a las indicaciones de la Agencia Antidroga, un calendario de traslados, así como un Plan de trabajo. Cláusula Tercera.- Dependencias La documentación, los equipos informáticos, el mobiliario y cualquier otro material inventariable al que se refiere la cláusula anterior se distribuyen en los siguientes metros cuadrados, diferenciados por plantas en las distintas sedes: EDIFICIO DE JULIÁN CAMARILLO 4B (PLANTAS 3ª y 4ª) m² útiles PLANTA TERCERA 2.078 PLANTA CUARTA 1.099 3.177 A estas dos plantas debe añadirse el espacio físico que ocupa el aula PPT: SERVICIO DE TRASLADO A LA NUEVA SEDE DE LA AGENCIA ANTIDROGA Página 2 de 5

multiusos de la Agencia Antidroga y el Centro de Documentación de la misma. Los edificios y dependencias podrán ser visitados por las empresas licitadoras previamente a la presentación de sus ofertas. Estas visitas se concertarán con el Área de Administración, 4ª planta de C/ Julián Camarillo, 4B de Madrid, teléfono 91 426 95 97 o por correo electrónico en la dirección administracion.agad@salud.madrid.org. Cláusula Cuarta.- Recursos que se destinan al servicio Para la ejecución del contrato, la empresa adjudicataria especificará los medios materiales y humanos de que dispone y cuáles asigna a la misma. La empresa adjudicataria aportará los medios técnicos y humanos suficientes para dicho servicio, que deberán ser como mínimo: - 4 camiones capitoné de 40 metros cúbicos de carga útil o similar. - Cajas suficientes (al menos, 3.000 unidades) para realizar el embalaje de la documentación y los equipos informáticos, que serán suministradas por la empresa, en el lugar que le indique la Agencia Antidroga, según se le vaya solicitando y que deberán ser retiradas una vez finalizada la mudanza. - Cinta-precinto, papel burbuja, mantas de embalaje, y cualquier otro material necesario para la mudanza. - 9 operarios. Con anterioridad a la ejecución del servicio, un representante de la empresa y otro de la Agencia Antidroga deberán comprobar el estado de todos los equipos objeto de traslado para certificar que están en perfecto estado de uso. Una vez concluido el mismo se deberá comprobar igualmente el correcto funcionamiento. El personal contratado por la empresa adjudicataria deberá prestar sus servicios uniformado. La empresa adjudicataria deberá proporcionar a su personal los equipos de protección individual (guantes, calzado apropiado, ropa de trabajo, etc.), pudiendo la Agencia Antidroga negarse a admitir personal que no esté debidamente equipado. Cláusula Quinta.- Obligaciones del contratista 1. La empresa adjudicataria está obligada a facilitar la relación de trabajadores que van a efectuar la mudanza. PPT: SERVICIO DE TRASLADO A LA NUEVA SEDE DE LA AGENCIA ANTIDROGA Página 3 de 5

2. Para responder a los desperfectos, roturas y cualquier otro daño, tanto sobre cosas como sobre personas que se puedan originar durante los traslados, la empresa adjudicataria deberá tener suscritos los siguientes seguros: - Seguro de Responsabilidad Civil cuya suma asegurada sea como mínimo 500.000. - Seguro de Transporte por vehículo pesado de 30.000 y por vehículo ligero de 12.000. 3. La empresa adjudicataria solicitará todos los permisos administrativos necesarios para efectuar el servicio objeto de este contrato. Cláusula Sexta.- Dirección y Organización del Servicio La Agencia Antidroga designará un responsable del contrato que desempeñará las funciones de dirección, supervisión y coordinación de la ejecución del mismo. La empresa adjudicataria vendrá obligada a designar un Delegado de la empresa que será la persona responsable de la prestación del servicio, y que al propio tiempo, recibirá las instrucciones pertinentes en relación con el presente contrato. Este Delegado deberá estar localizable permanentemente por vía telefónica. La Agencia Antidroga podrá impartir las instrucciones que sean pertinentes en relación con la ejecución del contrato. Estas instrucciones se facilitarán al Delegado de la empresa o bien, cuando su naturaleza o la necesidad de aplicación inmediata lo permitan o aconsejen, directamente al personal encargado de la ejecución de los trabajos, que las recibirá en nombre de la empresa adjudicataria. Una vez recibido el Plan de trabajo de la Empresa, se procederá a aceptar el mismo o realizar las modificaciones que se consideren pertinentes por la Agencia Antidroga y se llevara a cabo con las indicaciones de la misma. Cláusula Séptima.- Responsabilidades La empresa adjudicataria será la responsable única de todas las cuestiones de índole laboral relativas a salarios, cotizaciones a la Seguridad Social, permisos y seguridad y salud del personal adscrito a la realización del servicio. La empresa adjudicataria será responsable de que todos los equipos que antes de efectuar el traslado funcionaban correctamente, funcionen igual una vez realizado el mismo. El período máximo para exigir responsabilidades será de 15 días laborables una vez finalizado el servicio. PPT: SERVICIO DE TRASLADO A LA NUEVA SEDE DE LA AGENCIA ANTIDROGA Página 4 de 5

El contratista se hace responsable de los accidentes, daños, perjuicios y transgresiones que puedan ocurrir o sobrevenir, como consecuencia directa o indirecta de la prestación del servicio. Madrid, 15 de febrero de 2013 EL SUBDIRECTOR GENERAL DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Fdo.: Luis Miguel Díaz García PPT: SERVICIO DE TRASLADO A LA NUEVA SEDE DE LA AGENCIA ANTIDROGA Página 5 de 5