LIBRO BLANCO DEL COMITÉ DE LAS REGIONES SOBRE LA GOBERNANZA MULTINIVEL

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Transcripción:

LIBRO BLANCO DEL COMITÉ DE LAS REGIONES SOBRE LA GOBERNANZA MULTINIVEL PRELIMINAR: Este documento analiza el libro Blanco como documento de análisis del desarrollo del entorno regional y local de la Unión Europea, bajo la sistematicidad siguiente: Analizar a grandes rasgos cuál es en la actualidad la situación del Comité de las Regiones, y el detalle de las políticas y instrumentos que se describen en el Libro Blanco a fin de facilitar su comprensión y el paralelismo entre las políticas y el desarrollo de las mismas mediante acción concretas que permiten percibir el potencial de la institución regional europea. 1. INSTITUCION: COMITÉ DE LAS REGIONES 1.1. RASGOS ESENCIALES.- Según el artículo 13.4 del Tratado de la Unión Europea el Comité de las Regiones es un órgano de naturaleza consultiva cuya función es asistir al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión. Su trabajo está regido bajo tres principios: el de subsidiariedad, el de proximidad y el de asociación. Está compuesto según establece el artículo 300.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por representantes de los entes regionales y locales que sean titulares de un mandato electoral en un ente regional o local o que ostenten responsabilidad política ante una asamblea legislativa. El Comité se compone de un número de miembros no puede exceder de 350. El protocolo 36 sobre disposiciones transitorias reparte los miembros del Comité. 1.2. COMPETENCIAS.- Al ser un órgano consultivo, cabe distinguir dos tipos de consulta: La consulta obligatoria, aquella que establece el artículo 307 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. El Comité desea ampliar su campo de actuación a otros ámbitos que no le reconoce el Tratado como son el turismo, agricultura, y protección de los consumidores, ámbitos en los que ejerces competencias normativas y ejecutivas. 1.3. NOVEDAD RELATIVA AL TRATADO DE LISBOA.- El gran avance para el Comité ha supuesto, la legitimación activa para recurrir ante el Tribunal de Justicia de la unión Europea, tal y como establece el artículo 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con el fin de salvaguardar sus prerrogativas. Esta circunstancia refuerza el papel político del Comité en la defensa de los entes regionales con competencias legislativas.

1.4. DATOS ESTADISTICOS RELEVANTES.- En la actualidad la Unión Europea agrupa alrededor de 95.000 entidades territoriales que representan el 16% de su Producto Interior Bruto. Representa un tercio del gasto público, dos tercios del gasto en inversiones públicas y el 56% del empleo público. 2. GOBERNANZA MULTINIVEL 2.1. PRELIMINAR.- La Unión Europea, debe definir, revisar y ajustar sus estrategias comunitarias sobre los grandes desafíos globales y establecer nuevos instrumentos para garantizar su aplicación. Pero este ajuste debe realizarse desde la perspectiva propia, por todos conocida, que es la mezcla de dos principios como la diversidad y solidaridad de todos sus componentes. Esto es así, desde los orígenes de la historia de nuestra cultura. La Unión Europea tras el último avance en su identidad, con el Tratado de Lisboa, ha visto como se cerraba una nueva etapa de autogobierno y atribución de competencias que afecta a todos los niveles de gobernanza.la reforma ha afectado a las instituciones, ha dotado de más competencias a la Unión, ha cambiado el modo de gobierno favoreciendo la toma de decisiones y ha insinuado tímidamente un avance para la Administración que se halla más cercana a la ciudadanía. Es decir, más cerca del pueblo. Del espacio desde el que emana todo el poder para organizar una colectividad. Es desde la ciudadanía desde donde se producirá el avance hacia un equilibrada gobernanza multinivel. El modo en que se ha resuelto la crisis relativa a la nonata Constitución Europea de 2004, ejemplifica el inmenso poder de los Estados y el papel insustituible que juegan en el gobierno de la Unión Europea, en la composición de sus Instituciones, y los mecanismos para alterar el ordenamiento jurídico comunitario. No es una novedad afirmar que existen intenciones de invertir esta tendencia y aumentar el rol de instituciones como el Comité de las Regiones para recuperar el nivel de confianza de los ciudadanos en sus instituciones y sus dirigentes. El camino hacia una reforma en profundidad pasa por generar un nuevo modo de entender la gobernanza que debe partir desde la convicción de los ciudadanos europeos en la idea de dotarse de un ordenamiento jurídico común y unas instituciones comunes. Aunque para ello, es necesario, que se abra un proceso de decisión desde abajo, desde el nivel de gobernanza más elemental, desde el pueblo europeo. Ya que la ciudadanía europea se construye y la gobernanza europea se organiza, en torno a la participación. Así desde ese nivel podría revisarse el modelo europeo de nuevo y dotar a instituciones como el Comité de las Regiones del nivel de competencias que realmente le corresponde. Con el Tratado de Lisboa únicamente se ha producido un tímido avance, aunque previsible, dado que los impulsores de este cambio, ha sido otro nivel de gobernanza, que es el estatal. Así la legitimación democrática de los procesos de reforma del derecho originario, no corresponde a un reparto de funciones, real. Los Estados siguen teniendo un papel demasiado relevante en la política europea y eso, es lo que no encaja con una lógica constitucional y democrática. A pesar de ello, el proceso de codecisión, ha

dado por fin, un papel al parlamento europeo y también a los parlamentos nacionales de los estados miembros y para el caso de los países federales y autonómicos como es el caso España a los parlamentos regionales. Es en este punto donde entra a desarrollar su eficacia el principio de subsidiariedad y el mecanismo de la alerta precoz. Se ha dado, por tanto un papel a los distintos niveles de gobernanza aunque no al Comité de Regiones, por lo menos no en el sentido que cualquier ente democrático hubiera ideado desde un inicio. Es necesario por tanto, rediseñar, repensar el papel de estas entidades de gobierno para fijar una hoja de ruta dentro de la compleja organización de la Unión Europea, única en el mundo. Por ello y con el fin de contrarrestar este tendencia, el Libro Blanco pretende es dar a los entes regionales y locales un papel de verdaderos socios de la Unión Europea. Así, tal y como dice el propio Libro Blanco, la gobernanza multinivel sirve para los objetivos políticos esenciales de la Unión Europea: la Europa de los ciudadanos, el crecimiento económico y el progreso social, el desarrollo sostenible y el papel de la Unión Europea como actor global. Para ello el Comité pretender legislar mejor a través de plataformas interactivas, coadyuvando en el acuerdo interinstitucional celebrado entre Parlamento europeo, Consejo y Comisión. Consolidar sus relaciones interinstitucionales, desarrollar con los parlamentos nacionales y las asambleas legislativas un modus operandi y desarrollar los trabajos del Grupo Alto nivel para la reducción de cargas administrativas. También resulta necesario para alcanzar los objetivos de la cohesión social, económica y territorial, reforzar la cohesión territorial. 2.2. POLITICAS.- La atribución de competencias que aprueba el derecho originario son los que dan a los diferentes niveles de gobernanza su margen de maniobra política. El libro Blanco alude a una serie de políticas.

2.2.1. Medio ambiente: Es prioridad comprometerse y luchar contra el cambio climático, razón por la que se destaca el papel de los Alcaldes que en un pacto fijan las bases para la mejora de las emisiones de gases de efecto invernadero, mejorar la eficiencia energética y aumentar las energías renovables. 2.2.2. Política Exterior: A través de distintos organismos como la Asamblea Regional y Local Euromediterránea, y otros, las regiones, participan en la política exterior de la comunidad como agentes de la mundialización. También es necesario preveer las futuras ampliaciones de la Unión Europea razón por la que se considera necesario participar en el proceso de preadhesión. 2.2.3. Política de Cohesión: Ha supuesto el gran icono de las políticas europeas, aunque en un principio era el complemento al desarrollo del mercado interior. La cohesión para atenuar las desigualdades socioeconómicas en Europa, es una política indiscutida y de gran arraigo en la geopolítica mundial, y ha supuesto un modelo único a imitar por otras entidades supranacionales del mundo. La política de cohesión tiene una gran incidencia en la confección de los presupuestos comunitarios durante el transcurso del período 2007-2013. 2.2.4. Política económica: Respuesta a la crisis económica, y de coordinación del proceso europeo, impulsando desde este nivel de gobernanza la recuperación económica, desde políticas equilibradas de desarrollo y de cohesión territorial y a la utilización de la asociación público-privada. La gobernanza urbana debe abordar los tres pilares del desarrollo sostenible que son; el medio ambiente, la economía y las cuestiones sociales a fin de garantizar una verdadera cohesión social y territorial. 2.2.5. Política marítima: La elaboración de esta política integrada para la Unión Europea, es uno de los casos que existen de un a tentativa de enfoque común. El proceso se inició con el Libro Verde de 2006 y prosiguió con el Libro azul con el fin de llegar a un enfoque integrado en la gestión de las cuencas marítimas. 2.2.6. Política de cooperación territorial: La cooperación transnacional debe permitir la colaboración entre varios territorios de distintos Estados europeos. La cooperación permite a las administraciones lograr resultados positivos en torno a la salud, protección civil, promoción y protección de los recursos naturales, investigación e innovación Esta iniciativa tiene tanto una vertiente interna enfocada hacia la articulación de macroregiones como a la planes de cohesión para el desarrollo de regiones ultra periféricas. El desarrollo más adelantado de la primera de las funciones ha sido la Agrupación Europea de Cooperación Territorial que ha sido elevada a categoría legal, mediante su desarrollo en el Reglamento 108272006 del Parlamento y del Consejote 5 de Julio de 2006 que ha tenido un desarrollo posterior mediante un grupo de

expertos procedentes de entes territoriales y de institutos de investigación de 23 países diferentes a fin de analizar el desarrollo de sus potencialidades. 2.3. INSTRUMENTOS.- Los instrumentos que a continuación se detallan, suponen, el mejor método para instaurar los métodos de gobernanza ideales para un buen gobierno de la Unión Europea. 2.3.1. En Política general relativa al Comité de las Regiones: 2.3.1.1. Carta de la Unión Europea sobre la gobernanza multinivel. Con el objetivo de servir para respetar la autonomía entes regionales y locales y avanzar en el proceso de descentralización respetando el principio de subsidiariedad. 2.3.1.2. Creación de la Agencia de los derechos fundamentales de la Unión Europea, para difundir las mejoras prácticas desarrolladas a nivel regional y local. 2.3.1.3. Intervenir en el debate comunitario para defender un presupuesto comunitario ambicioso, no como el que tenemos ahora que supone el 1% del producto interior bruto de la Unión Europea. 2.3.1.4. Red de seguimiento de la subsidiariedad y la proporcionalidad. 2.3.2. En Política de medio ambiente: 2.3.2.1. Pacto de los alcaldes para evitar el cambio climático. En marzo de 2009 470 municipios han firmado el mismo. 2.3.3. En Políticas Exterior: 2.3.3.1. Creación de la Asamblea Regional y Local Euromediterránea. 2.3.4. En Política de cohesión social: 2.3.4.1. Desarrollar una red de a nivel local y regional, donde destaca ahora la semana europea de las regiones y ciudades (Open days). 2.3.4.2. Desarrollo de la e-gobernanza y el impulso de estrategias de comunicación del tipo web 2.0. 2.3.4.3. Practicar la asociación, tanto en sentido vertical entidades territoriales, gobierno nacional y Unión Europea- como horizontal entidades territoriales sociedad civil. 2.3.5. En Políticas económicas: 2.3.5.1. Plataforma de seguimiento de le Estrategia de Lisboa. En concreto para la estrategia del crecimiento y el empleo.

2.3.5.2. Premio innovador: Región europea emprendedora. 2.3.5.3. Desarrollar el lanzamiento de la nueva estrategia, los diez principios de la Small Business Act. 2.3.5.4. Proyecto Eurocities para el intercambio de buenas prácticas, las competencias y la aplicación en el desarrollo sostenible urbano. 2.3.6. En políticas relativas a la cohesión territorial: 2.3.6.1. Un nuevo instrumento, la agrupación europea de cooperación territorial, que tiene por objeto estabilizar la cooperación territorial entre los distintos niveles de gobierno y a través de las fronteras. 2.3.6.2. Estrategia para la región del Mar Báltico. 2.3.6.3. Futura estrategia para el Danubio 2.3.6.4. Plan de gran vecindad para las regiones ultraperiféricas. Barcelona 20 de diciembre de 2009 Max Vives