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Vista preliminar: "Trámite Emisión de Visto Bueno del Sistema de Seguridad de los Establecimientos Mercantiles de Impacto Zonal" Documento sin valor oficial. Dependencia que norma: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO Dependencia que registra: SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA-DGSPCI Información General Materia: Establecimientos Mercantiles Descripción: Trámite mediante el cual los interesados solicitan se expida el visto bueno al Sistema de Seguridad con que cuente su establecimiento mercantil, mismo que somete a la consideración de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal Descripción de usuario: Persona fisica o moral. Persona física o Moral con capacidad jurídica a nombre de quien se otorga Visto Bueno y es responsable del Establecimiento Mercantil, de conformidad con la Ley. Vía en que se presenta la solicitud: Presencial. Documento(s) a obtener: -Visto Bueno. Vigencia: De (Numero) de Horas,Días,Semanas,Meses o Años 2 año(s). Información Necesaria Para Mejora Regulatoria Cuál es el objetivo y la justificación?: Otorgar visto bueno al Sistema de Seguridad que sometan a la consideración de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, los Titulares siendo estas personas físicas o morales a nombre de quien se otorga Visto Bueno y es responsable del Establecimiento Mercantil de conformidad con la Ley de Establecimientos Mercantiles, conforme a lo dispuesto en la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y el Reglamento en Materia de Aforo y de Seguridad en Establecimientos de Impacto Zonal. Qué efectos tendría su eliminación?: Incumplir con lo dispuesto por la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y el Reglamento en Materia de Aforo y de Seguridad en Establecimientos de Impacto Zonal, así mismo el establecimiento mercantil no podría brindar seguridad integral a sus clientes, usuarios y personal. Áreas de atención -Área de Atención Ciudadana Centro de Atención y Registro de Seguridad Privada (CARESEP). Dirección: calle Liverpool No. 136, col. Juárez, C.P.06600, del. CUAUHTÉMOC. Tel: 52425100, ext: 5635. Ubicación de Google Maps:mapa:19.4239446090236,-99.16372953121339. Pasos a seguir para realizar el trámite u obtener el servicio 1.- Ciudadano: Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación indicada en el Área de Atención Ciudadana. 2.- Servidor Público: Recibe el formato de solicitud y documentación completa, coteja original con copia, asigna folio de recepción, sella y entrega el Acuse e inicia expediente administrativo. 3.- Ciudadano: Se presenta en el Área de Atención Ciudadana (Centro de Atención y Registro de Seguridad Privada), acreditando personalidad para conocer el estado de su solicitud. 4.- Servidor Público: Identifica la respuesta para su entrega al solicitante. 5.- Ciudadano: Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido. Información Juridica Plazo máximo de respuesta: 40 día(s) hábiles Consecuencias del Silencio de la Autoridad

Afirmativa ficta: No procede. Negativa ficta: Procede. Grado de automatización Únicamente informativo: Sólo se tiene disponible la información general del trámite o servicio en algún sitio o herramienta electrónica. REQUISITOS GENERALES Documentos de identificación oficial - Cédula Profesional. Original y copia(s): 1. - o Pasaporte. Original y copia(s): 1. - Credencial para Votar. Original y copia(s): 1. Documentos para acreditar el carácter de representante o apoderado - Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado.. Original y copia(s): 1. - o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado.. Original y copia(s): 1. Comprobantes de domicilio - No se requiere. Original. Requisitos Específicos -Permiso, licencia de funcionamiento o trámite correspondiente emitido por la Delegación -Dependiendo de la modalidad elegida de las que se describen a continuación, se deben de proporcionar los siguientes datos del personal de seguridad: I. Cuando los servicios le sean prestados al establecimiento por una empresa de servicios de seguridad privada, deberá acompañar, lo siguiente: - Contrato de prestación de servicios celebrado con la empresa mercantil de seguridad privada, con cláusula de compromiso para asignar únicamente, elementos capacitados para el sistema de seguridad en establecimientos mercantiles, incluyendo copia del permiso vigente expedido por la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; II. Cuando el propio establecimiento mercantil realice actividades de seguridad privada, deberá presentar la AUTORIZACIÓN correspondiente en términos del artículo 15 de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal, expedida por la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal III. Cuando los servicios de seguridad del establecimiento mercantil sean prestados por personas físicas independientes, deberá acompañarse lo siguiente: - Contrato de prestación de servicios personales de seguridad privada, con el establecimiento mercantil; - Copia de la Licencia Tipo?B? de cada elemento operativo, expedida por la Secretaría de Seguridad Pública del D.F. -Constancias relativas a la capacitación para prestar servicios en materia de Establecimientos Mercantiles de Impacto Zonal, de cada elemento operativo (de seguridad), expedidas por las instituciones públicas o privadas autorizadas y registradas e inscritas en el Padrón de Evaluadores y Capacitadores para los Servicios de Seguridad Privada de la Dirección General de Seguridad Privada y Procedimientos Sistemáticos de Operación, de la Secretaría de Seguridad Privada del Distrito Federal. -Acreditar la propiedad o posesión de cada uno de los equipos y sistemas de videocámaras, sistemas tecnológicos de tratamiento de imagen, detectores de metales fijos o portátiles y equipo de medición de alcoholemia a través de alguno de los documentos siguientes: -Facturas -Contrato de compraventa - Arrendamiento -Comodato -Convenios -Otros (especificar) -Presentar manual o instructivo de operación u otro documento similar, de cada uno de los equipos y sistemas de videocámaras, sistemas tecnológicos de tratamiento de imagen, detectores de metales fijos o

portátiles y equipo de medición de alcoholemia -Las Videocámaras para tener visión en el exterior del establecimiento deben cumplir cuando menos: - Compresión de red en H.264 y/o MPEG-4. -Puerto de red LAN interface física RJ-45. -Velocidad del puerto de red LAN: 10/100 Mbps. -Soporte a los protocolos: IPv4, TCP/IP, HTTP, FTP, DHCP, DNS y PPPoE. -Pixeles de cámara 768(H) x 494(V) NTSC / 752(H) x 582(V) PAL. -Luminosidad 0.1 Lu. - Lentes 4.0 mm. -Alcance de visión 15 mts. -Angulo de visión: 48º -Leds infrarrojos: los necesarios para cubrir el alcance de visión. -Función noche y día. -Alimentación eléctrica de forma independiente. -Para uso en exterior IP66. -Manejo de imágenes de 15 cps. -Las Videocámaras para tener visión en el interior del establecimiento deben cumplir cuando menos: - Compresión de red en H.264 y/o MPEG-4. -Puerto de red LAN interface física RJ-45. -Velocidad del puerto de red LAN: 10/100 Mbps. -Soporte a los protocolos: IPv4, TCP/IP, HTTP, FTP, DHCP, DNS y PPPoE. -Pixeles de cámara 768(H) x 494(V) NTSC / 752(H) x 582(V) PAL. -Luminosidad 0.1 Lu. - Lentes 4.0 mm. -Alcance de visión 5 mts. -Leds infrarrojos: los necesarios para cubrir el alcance de visión. -Angulo de visión: 45º -Función noche y día. -Alimentación eléctrica de forma independiente. - Manejo de imágenes de 15 cps. -EL SISTEMAS TECNOLÓGICOS DE TRATAMIENTO DE IMAGEN DEBE CUMPLIR CON: Premisas mínimas para almacenamiento: Tener la capacidad de almacenar al menos 30 días, todo el video que se genere del sistema de videocámaras instaladas en el establecimiento mercantil. El sistema debe estar concebido en hardware y software y no solo en software. El sistema debe almacenar video en 2 CIF. El sistema debe almacenar video en 15 cps. El sistema debe considerar el espacio en disco duro suficiente para el almacenamiento por al menos 30 días del total de cámaras instaladas en el establecimiento. De ser necesario, por el número de cámaras instaladas debe considerarse un arreglo de almacenamiento adicional (interno o externo), para dar cumplimiento al almacenamiento requerido El sistema debe estar preparado para almacenar video de videocámaras a través de protocolo IP. El equipo de grabación debe tener al menos un puerto de red LAN 10/100 Mbps con interface física RJ-45 o si fuera el caso, contar con un número de puertos de red LAN 10/100 Mbps igual al número de videocámaras instaladas en el establecimiento. El equipo de grabación debe soportar los formatos de compresión más comunes, entre ellos: H.264 y MPEG-4. El sistema de grabación debe almacenar video y audio en los formatos más comunes: AAC/G.711/G.729/G.722, entre otros. Soporte a los protocolos: IPv4, TCP/IP, HTTP, FTP, DHCP, DNS y PPPoE. Contar con al menos un equipo de cómputo para tener visualización de las imágenes que almacenan -En caso del Equipo periférico adicional Todo el sistema de videocámaras debe estar interconectado a través de un switch de datos, el cual debe considerar el número de puertos de red LAN necesario para la conectividad del total de los elementos tecnológicos involucrados: videocámaras, DVR(s) y equipo(s) de cómputo. Se debe garantizar el suministro de energía eléctrica para cada uno de los elementos tecnológicos descritos con anterioridad. -Como Requisitos adicionales El número total de videocámaras que estarán instaladas en cada establecimiento dependerá de los espacios con los que cuente el mismo. La capacidad de almacenamiento del sistema de grabación dependerá en entera medida del punto anteriormente mencionado -DETECTORES DE METALES, FIJOS O PORTÁTILES: Los establecimientos debe contar por lo menos con dos detectores de metal portátiles o instalarse un arco detector de metal en cada acceso. -En caso de contar con Arco detector de metal se requiere: Denominación técnica. Zonas de escaneo: 6 zonas. Configuración de las zonas: el detector debe tener la capacidad para configurar la sensibilidad de cada zona. Escaneo en tiempo real: el detector debe escanear diferentes elementos metálicos ferrosos y no ferroso simultáneamente en tiempo real objetos de un peso mayor a 70 gramos., contar con alarma sonora y capacidad de escaneo de 0 a 150 mm. El Tipo: portátil, debe poderse transportar y ubicar de forma fácil en cualquier sitio. -En el caso de Detector manual de metales. Detector de metales debe escanear diferentes elementos metálicos ferrosos y no ferrosos simultáneamente en tiempo real objetos de un peso mayor a 40 gramos., contar con alarma sonora Zona de escaneo: Longitud de la bobina 14?? Indicadores: Alarma Luz LED Y Advertencia de batería baja y entrada de audífonos Señal de alarma: Audible, sonora y vibrante Controles: Switch de 3 pasos ON (Bocina/luz) OFF ON (Vibración/luz) Frecuencia de

operación: 90 khz Dimensiones: Peso: 17 onzas. Ancho: 3. Grosor: 1.50. Longitud total: 20. Batería: 9 volts. -El equipo de alcoholemia debe contar: Detector:Celda de combustible electroquímica. Especificidad:El sensor de celda de combustible no se ve afectado por acetona, pintura, gases del pegamento, alimentos, golosinas, metano y prácticamente ninguna otra sustancia no alcohólica presente en el aliento humano. Muestreo:Automático, una vez que el individuo sopla durante un periodo de cuatro a seis segundos.precisión: De +/-.005 BrAC hasta 0.100 BrAC, y +/- 5% por encima de 0.100 BrAC; lo cual cumple con las especificaciones de US DOT.Tiempo de Re estabilización:inmediato, si la lectura de alcohol ha sido de cero, hasta dos minutos después de la última prueba positiva. Interferencia RF(OPCIONAL): Una cubierta negra impregnada por un revestimiento de material para protección RFI.Pantalla:LCD de cuatro dígitos. Indicador Audible:El tono audible señala errores y cambios en el estado del instrumento.indicador Visual: Cuatro luces tipo LED que indiquen los estados de espera, listo, flujo y analizando.?calibración segura usando gas seco o el simulador de baño húmedo.?puerto de Comunicaciones:Interface Serial RS-232 de dos canales para impresora o PC. Funciones de Memoria: Guardar 500 resultados de pruebas, incluyendo fecha y hora.el resultado de la última prueba puede ser consultado aunque el instrumento haya sido apagado y encendido nuevamente. Las prbas guardadas pueden ser transmitidas a la impresora o a una PC. Temp. de Op. Reco. De -5º a 40ºC (23º a 104ºF) Energía corriente alt 110V -Agregar planos o croquis del establecimiento mercantil: Señalando la ubicación de videocámaras, equipos y sistemas tecnológicos de tratamiento de imagen, que cubrirán al menos los accesos y salidas de emergencia, el estacionamiento, los accesos a los sanitarios, las áreas de circulación y el área de atención a clientes. -Deberá presentar un programa de vigilancia con la descripción de las actividades a desarrollar por los elementos de seguridad, incluyendo el número de rondines en el interior y exterior del establecimiento mercantil y la rotación necesaria para la cobertura en todo momento de accesos y salidas, la utilización de lámparas de luz negra para la constatación de identificaciones exhibidas por los usuarios y el procedimiento de revisión de bolsas de mano. -Formato TSSP-DGSPPSO_EVB_1 debidamente requisitado. -Exhibir constancias de prevención del delito y primeros auxilios de cada unos de los dependientes del establecimiento mercantil de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles del D.F. en Materia de Aforo y de Seguridad en Establecimientos de Impacto Zonal -Presentar el programa de consumo responsable de bebidas alcohólicas, señalando el personal designado para el manejo del equipo de alcoholemia. Documento(s) o beneficio(s) a obtener Visto Bueno. Vigencia: De (Numero) de Horas,Días,Semanas,Meses o Años 2 año(s). Formato(s): -TSSP-DGSPPSO_EVB_1 Otros documentos(s): No se registraron otros documentos Fundamento legal del costo Sin costo Concepto de costos No se registraron conceptos de costo.

Fundamento(s) jurídico(s) -Fundamento jurídico que le da origen: Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal. Artículos de la ley o reglamento: Artículos 1, 3 fracciones I, XXVII Y XXVIII, 10 fracción I y IV, 15, 18 y 19. -Fundamento jurídico que le da origen: Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal. Artículos de la ley o reglamento: Artículos 10, Apartado B, fracción VI, 13, 26 y 32. -Fundamento jurídico que le da origen: Reglamento de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal. Artículos de la ley o reglamento: Artículos 6 y 7 fracción II. -Fundamento jurídico que le da origen: Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal en Materia de Aforo y de Seguridad en Establecimientos de Impacto Zonal. Artículos de la ley o reglamento: Artículos 1, 2, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 16. -Fundamento jurídico que le da origen: Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. Artículos de la ley o reglamento: Artículo 40 fracción XX. -Fundamento jurídico que le da origen: Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Artículos de la ley o reglamento: Artículo 89 Área(s) de pago No se registraron áreas de pago. Observaciones En contra del acuerdo que deseche el trámite de referencia procede el Recurso de Inconformidad, ante la Subsecretaría de Información e Inteligencia Policial.