Proceso de presentación de Libro Ley por parte de los Empleadores mediante la aplicación web de RÚBRICA DIGITAL

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Transcripción:

Proceso de presentación de Libro Ley por parte de los Empleadores mediante la aplicación web de RÚBRICA DIGITAL

1.1. Autenticación de los Empleadores. En la pantalla de inicio de la aplicación web de RÚBRICA DIGITAL regulada por la Resolución Nº 2623/SSTIYC/2017, los empleadores deberán ingresar su número de CUIT previamente registrado en el "REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE" establecido por la Resolución Nº 1894/SSTIYC/2017, requisito sin el cual no podrá utilizarse la aplicación web de RÚBRICA DIGITAL. Una vez ingresado el CUIT, el sistema verificará que el empleador se encuentre registrado en el "REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE" y si es su primer ingreso. En caso de tratarse del primer ingreso, el sistema desplegará el siguiente mensaje:

Una vez aceptado el mensaje, deberá hacer clic en el botón "Generar Clave" Al seleccionar "Generar Clave", el sistema enviará una clave automática al correo registrado por el empleador en el "REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE" y volverá a la pantalla de inicio. Allí se deberá reingresar el CUIT del empleador y la clave de ingreso enviada al mail registrado.

1.2. Bandeja de Entradas de los Empleadores. Una vez que el proceso de autenticación se realiza con éxito, el empleador accederá a la bandeja de documentos donde visualizará todos los documentos presentados y podrá acceder a las siguientes funcionalidades: Para iniciar una solicitud de rúbrica digital, deberá hacer clic en el botón "Subir documentos" (que se encuentra en el extremo superior derecho). Así, se iniciará el asistente de carga de documentos que tiene por finalidad realizar la presentación de un documento, de acuerdo a los siguientes pasos: Ingresar datos y subir documento Generación de la boleta de pago Firma Anexar documentos Presentación Finalizar

Paso 1: Ingresar datos y subir documento En esta pantalla, el empleador deberá ingresar la información de la rúbrica digital que solicita. A tal efecto, será necesario que ingrese la siguiente información: (i) AÑO. El año del registro mensual cuya rúbrica digital se solicita. (ii) MES. El mes correspondiente al registro cuya rúbrica se solicita. (iii) DOMICILIO LIBRO SUELDO. Es el domicilio donde se encuentra el registro de los empleados. En caso de centralización, será dicho domicilio. (iv) DELEGACIÓN A PRESENTAR: Esta opción se encuentra precargada a "CABA". (v) SELECCIONAR DOCUMENTO A ENVIAR: Aquí el empleador deberá informar de qué documento se trata conforme las opciones existentes en el menú desplegable. (vi) TIPO DE LIQUIDACIÓN. Aquí el empleador deberá informar de qué documento se trata conforme las opciones existentes en el menú desplegable. Por el momento, el sistema únicamente habilitará la opción "Mensual". (vii) CAMPO OBSERVACIONES: Campo no obligatorio, de texto libre para cualquier aclaración adicional no contemplada en los campos anteriores. (viii) BOTÓN SELECCIONAR ARCHIVO: Mediante este botón, se podrá cargar el registro mensual cuya rúbrica digital se solicita. IMPORTANTE: Este es el documento que será firmado con firma digital en el paso siguiente.

Paso 2: Firma Luego de cargar la información, se procederá a la firma del documento subido., en la ventana verá el detalle del documento, con un botón para poder visualizarlo "VER DOCUMENTO". Se abrirá el software para firmar online, debe seleccionar el certificado a firmar.

Firmar el documento "Firmar y Enviar".

Paso 3: Firma En este paso, se verifican los datos principales guardados y mediante el botón "PRESENTAR" se procede a la presentación oficial del registro mensual cuya rúbrica se solicita. Una vez presentado, deberá seleccionarse "Siguiente" para el próximo paso.

Paso 4: Generación de la boleta de pago Luego de efectuada la presentación, el sistema expondrá el botón para generar la Boleta Única Inteligente ("BUI"), mediante la cual debe abonarse el arancel de rúbrica (conforme ley tarifaria vigente). Al hacer clic en ese botón, se desplegará el siguiente menú, en donde deberán ingresarse los datos para la generación de la BUI. (i) CONCEPTO. En este campo deberá seleccionarse el concepto "58.01.03. RÚBRICA DE LIBRO ESPECIAL DE SUELDOS Y JORNALES, por folio utilizado" (ii) CANTIDAD DE HOJAS. Este campo vendrá fijo dado que el sistema calcula la cantidad de fojas subidas para rubricar. (iii) COSTO. Este campo vendrá fijo dado que el sistema calcula la cantidad de fojas subidas para rubricar y lo multiplica por el valor tarifario establecido. (iv) ESTADO PAGO. Este campo viene precargado. Luego de seleccionado el concepto del punto (i) anterior, se deberá hacer clic en el botón "GENERAR COMPROBANTE"

Luego de ello, se desplegará un menú con el documento pdf generado con la BUI. Esta BUI deberá ser abonada en los medios disponibles (para mayor información ver información de la propia boleta o ingresar en la página web: www.sir.buenosaires.gob.ar) IMPORTANTE: Sin el pago de la BUI no se iniciará ni dará curso al procedimiento administrativo de solicitud de rúbrica digital.

Paso 5: Anexar documentos En este paso, deberán cargarse los documentos obligatorios adicionales al registro mensual cuya rúbrica digital se solicita. A tal fin, deberá seleccionarse el documento en el menú desplegable disponible y seleccionar el archivo a subir según cada caso. IMPORTANTE: Deberán subirse todos los documentos obligatorios según normativa vigente para rúbrica digital de registros mensuales: - Constancia de Inscripción en AFIP. - F931 vigente. - Informe Especial Precalificatorio. - Otros.

Paso 6: Finalizar En este último paso se deberá seleccionar el botón Finalizar para cerrar la presentación y que se visualice en la Bandeja de Documentos. Vale aclarar que hasta no finalizar la presentación, se pueden modificar los datos ingresados. 2. Recepción y análisis del registro mensual por parte de SSTIYC Una vez finalizada la presentación digital, la Gerencia Operativa de Rúbrica de la Dirección General de Empleo de la SSTIYC procederá a su evaluación y en caso de encontrarse aprobado, lo firmará digitalmente mediante la misma aplicación web, concluyendo el trámite de rúbrica por ese mes. En los casos en los que la autoridad de control constate algún tipo de error en la documentación elevada a la aplicación web por parte del empleador, procederá a rechazar el tramite, aclarando el motivo del rechazo y que se debe subsanar. A los fines de subsanar el rechazo deberá generarse una nueva solicitud rectificatoria pero ingresando como opción en el menú desplegable del Paso 1 "TIPO DE LIQUIDACIÓN", "OTROS" y completando los restantes requisitos bajo el mismo procedimiento. Estos cambios de "estado" del trámite ("Pendiente";"Observado"; "Aprobado"), se visualizarán para el empleador en su Bandeja de Documentos de la aplicación web. Para mayor información, el empleador cuenta con los siguientes canales de comunicación: - Mesa de Ayuda SSTIYC, Dirección General de Empleo, Gerencia Operativa de Rubrica de Documentación Laboral, sita en Bartolomé Mitre 575, CABA. // Tel: 2822-7200 Interno 1221