Expediente nº 01/2012 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DEL EDIFICIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO PÚBLI- CO. 1. OBJETO De acuerdo con la legislación comunitaria, que establece la posibilidad de integrar aspectos medioambientales en la contratación pública, el presente contrato tiene por objeto la prestación de un servicio de limpieza, respetuoso con el medio ambiente. 2.- UBICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES 2.1 Ubicación: Dirección Provincial SEPE Girona 2.2 Descripción: - Parcela vallada con parking para vehículos - Edificio de 4 plantas, 1 sótano y 1 terraza, con una superficie total construida de 1920 m2 3.- COMPROBACIÓN DEL EDIFICIO Previamente a la presentación de las ofertas y para un mejor formulación de las mismas se recomienda a las empresas interesadas en la licitación efectuar un reconocimiento del edificio objeto del contrato. 4. SERVICIOS A PRESTAR Y FRECUENCIAS Se enumeran las principales tareas y las frecuencias aproximadas que son requeridas en esta contratación, sin perjuicio de los requerimientos puntuales que se consideren necesarios. Lo señalado a continuación puede en todo caso ampliarse y estará sujeto a la programación que confeccionará el Instituto en cada momento. Para la realización de esta actividad deberán aplicarse los procedimientos técnicos más adecuados. 4.1.- Diariamente: Zonas de trabajo, incluidas las salas de reuniones.
Despachos. Puertas de entrada y sus cristales. Puertas de los ascensores y sus cristales. Zonas comunes (escaleras, halls, etc.) Dependencias de servicios (aseos, sala de descanso, etc.), incluyendo la oportuna desinfección. Garita de Vigilancia. Recogida de papeles en la parcela exterior y garaje, así como recogida de grasas y aceites de vehículos en garaje. Tratamiento de las basuras (recogida, almacenamiento y colocación en contenedores). Tratamiento del papel usado y cartón (recogida y colocación en el contenedor correspondiente). Reposición de: Papel higiénico, papel de manos en los aseos, jabón de manos. Tratamiento de materiales plásticos y envases metálicos (recogida, almacenamiento y colocación en contenedores). 4.2.- Semanalmente: Limpieza, desinfección y ambientación en las dependencias de uso colectivo (aula, sala de reuniones, sala de descanso). No obstante se realizará la limpieza de estas dependencias cada vez que sean utilizadas. Limpieza de garajes, pasillos, almacenes y otras dependencias situadas en los sótanos, parcela, acera y viales. Limpieza y recogida de escombros y elementos depositados en el perímetro exterior. Limpieza de plantas y jardineras. 4.3.- Mensualmente: Limpieza de puntos de luz. Limpieza de sumideros y desagües, en terrazas, cubiertas, parking exterior y parcela. Limpieza de los alicatados de los aseos en su totalidad. Limpieza de puertas Limpieza de cristales interiores y exteriores. 4.4.- Trimestralmente: Limpieza de cortinas y desempolvado de persianas verticales. Decapado y abrillantado en suelo de mármol del hall del edificio. Limpieza en profundidad de la terraza del edificio y del área de maquinaria y ascensores.
4.5.- Semestralmente: Limpieza en profundidad de los suelos del edificio, abrillantando las áreas de linóleo y el suelo del garaje. Limpieza de solados en profundidad y aplicación de productos sellantes para evitar la acumulación de grasas en zonas porosas, desempolvado y limpieza de elementos situados en garajes, como cableados, conducciones eléctricas y de agua, barandillas, etc. Limpieza de raíles de los archivadores compactos. 4.6.- Anualmente: Las rejillas y difusores del aire acondicionado. Las pantallas de iluminación. Limpieza en profundidad de las paredes y techos de los sótanos en el mes de febrero con aparatos de presión. 4.7.-Urgencias, imprevistos y obras: Limpiar y eliminar las pintadas en el perímetro del solar, y en las fachadas del edificio o en cualquier lugar en que puedan aparecer. La empresa se responsabilizará de la recogida de aguas, en caso de inundación, se limpiarán de inmediato manchas, cuando se produzcan, como consecuencia de accidentes, obras o cualquier otra causa. En los lugares que necesariamente se deba mover el mobiliario será a cargo de la empresa adjudicataria. Así mismo la empresa adjudicataria se hará cargo de cuantas tareas auxiliares sean necesarias para la realización de estas limpiezas. 4.8.- Suministro, colocación y mantenimiento integral de contenedores higiénicos femeninos: Para la realización de este servicio se considera necesario el suministro y colocación de contenedores higiénicos en las cabinas de los baños de señoras, así como su posterior cambio cuando sea necesario a lo largo del período de contratación. 4.9.- Suministro y colocación de material consumible. Será por cuenta y cargo del contratista el suministro y colocación en los aseos correspondientes del material consumible indispensable, jabón de manos, rollo papel seca manos, rollo papel higiénico.
5.- RECURSOS MATERIALES PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO 5.1- Serán por cuenta y cargo del contratista del servicio los materiales y productos a emplear en los trabajos, así como las máquinas, aparatos y utensilios que se precisen para cumplir las tareas detalladas en este pliego. 5.2- Todo el material será de primera calidad y los productos de limpieza empleados no deberán contener sustancias que dañen el medio ambiente. 5.3- Las empresas licitantes presentarán en su oferta la relación detallada de maquinaria, herramientas y productos a utilizar identificados por marcas. 6.- RECURSOS HUMANOS NECESARIOS PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO 6.1- La plantilla asignada a la prestación del servicio, en la oferta base, es la que se detalla en el Anexo 1. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, quien será responsable de todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario, con arreglo a la legislación laboral y social vigente en cada momento, sin que en ningún caso pueda el citado personal esgrimir derecho alguno en relación el SEPE, ni exigirle responsabilidad de ninguna clase como consecuencia de las relaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores. 6.2.- La empresa adjudicataria sustituirá, por su cuenta y a su cargo, el personal que esté de baja por enfermedad, permisos o que no pueda prestar el servicio por cualquier motivo, manteniendo en todo momento completa la plantilla y el cómputo global de horas/semana. Las modificaciones y sustituciones en la platilla deberán comunicarse con una antelación mínima de 24 horas al Sepe. Se indicará la identidad del sustituto, la categoría, antigüedad y número de afiliación a la Seguridad Social. 6.3.- El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores, en las normas legales sobre Seguridad Social y en cuantas otras disposiciones complementarias de aplicación estén vigentes o puedan dictarse en lo sucesivo. 6.4.- Será de cuenta del adjudicatario el abono de los salarios y demás conceptos retributivos, así como de las cuotas y demás obligaciones relativas a la Seguridad Social. En
este sentido, la empresa estará obligada a presentar en el momento en que se le requiera el TC-2 de la cotización de la Seguridad Social. 6.5.- El SEPE acordará con la empresa adjudicataria el horario del personal incluido en el contrato, cuyas actuaciones deberán realizarse de forma que interfieran lo menos posible en la actividad ordinaria de las dependencias. 6.6.- El personal contratado por la empresa adjudicataria deberá prestar sus servicios uniformado y se someterá a las normas de control y seguridad que se establezcan en el SEPE. 6.7.- El adjudicatario deberá designar a un coordinador o persona responsable, perteneciente a la plantilla de la empresa con los debidos conocimientos de la actividad, para que imparta las órdenes e instrucciones de trabajo. Periódicamente realizará el control de calidad sobre los trabajos efectuados y extenderá el certificado correspondiente. 6.8.- El SEPE podrá exigir al adjudicatario que, sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias o no se comporte con la diligencia precisa en la realización del desempeño de su cometido 7.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La empresa adjudicataria cumplirá las disposiciones de la normativa general y autonómica, sobre riesgos laborales. De forma especial asumirá los compromisos siguientes: 7.1.- En el plazo máximo de 3 meses, procederá a la evaluación de los riesgos que pudieran afectar a sus operarios en nuestras dependencias. 7.2.- Del mismo modo procederán, respecto a los posibles riesgos que afecten al personal del SEPE, como consecuencia de las operaciones o trabajos que haya de realizar su personal en nuestras dependencias. 7.3.- Los trabajadores de la empresa adjudicataria que presten servicios en las dependencias del SEPE, tendrán la formación necesaria en la prevención de riesgos. Todo ello, independientemente de que han de entregársele por escrito las Instrucciones preventivas del puesto. 7.4.- La empresa adjudicataria dotará a los operarios de los equipos de protección colectiva y los equipos de protección individual (EPIS), debidamente homologados, exigidos o recomendados para cada puesto de trabajo.
7.5.- Los trabajadores en cuestión se integrarán en los equipos de emergencia del edificio en el que desarrollan su actividad. Equipos denominados de primera intervención. 7.6.- La empresa adjudicataria estará facultada y homologada para emitir las certificaciones e informes que sean requeridos por los organismos públicos o que solicite el SEPE, sobre el estado de las instalaciones o equipos, objeto del mantenimiento. 7.7.- Los materiales, maquinas y consumibles utilizados en la limpieza, deberán reunir los requisitos de Seguridad y Salud laboral exigidos en la legislación vigente. 7.8.- El cumplimiento de cuanto se detalla en los apartados anteriores, se documentará ante el SEPE en el plazo de tres meses a partir de la adjudicación. 9.- INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES El incumplimiento de las prescripciones establecidas en el presente pliego podría dar lugar a la incoación de expediente sancionador, con una penalización equivalente a la valoración del daño ocasionado, como inundaciones, incendios, sustracciones, etc., que se deriven de negligencia o dejación de funciones aquí especificadas. Una vez resuelto el expediente, tras las alegaciones de la empresa y del personal afectado, si procediese sanción económica, el importe de la misma se deducirá de la facturación mensual. Todo ello independientemente de otras responsabilidades, que podrían conducir a la resolución del contrato e incautación de la fianza. Girona, a 12 septiembre de 2011 EL DIRECTOR PROVINCIAL Jordi Casabó Llinàs
ANEXO Nº 1 RELACIÓN TRABAJADORES Y CONDICIONES LABORALES TIPO DE CATEGORÍA ANTIGÜEDAD JORNADA CONTRATO 200 Limpiadora 19/10/1993 35 200 Limpiadora 16/04/2002 27,5