Ministerio de Educación Secretaría de Políticas Universitarias

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Transcripción:

Anexo I APOYO A LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO Bases 1. Fundamentación La SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS (SPU), en el marco de sus objetivos generales, desarrolla políticas de promoción, apoyo y seguimiento al diseño, implementación y evaluación de planes y proyectos para la integración del Sistema de Educación Superior, que aseguren la articulación intra e inter institucional, el tránsito y la movilidad de los estudiantes, así como la construcción de trayectorias de formación que favorezcan el acceso, la permanencia y la graduación, así como la innovación curricular. En ese marco, el Sistema Nacional de Reconocimiento Académico (SNRA) es creado por la Resolución Ministerial 1870/16, y está conformado por las Instituciones de Educación Superior que han adherido voluntariamente a formar parte, comprometiéndose al reconocimiento de estudios, con el fin de mejorar las capacidades de articulación inter-sistema y de potenciar recursos y capacidades institucionales mediante la articulación. De esta manera, se facilita la movilidad estudiantil, la innovación curricular y el diálogo interinstitucional, asegurando el sostenimiento de la calidad académica y la igualdad de oportunidades en todo el proceso educativo hasta el logro de la titulación. El SNRA, dentro de todo su accionar, coloca como principal protagonista al estudiante. Así como la unidad de valor que constituye la base de los acuerdos (el RTF) contempla las horas de trabajo del estudiante como base de los reconocimientos de los trayectos, también tiene como principal propósito que sean los estudiantes quienes aprovechen todas las oportunidades que brinda el sistema de educación superior, en su gran diversidad, para construir sus trayectorias de formación.

La presente convocatoria surge a partir de la decisión de acompañar la implementación de esta política. Consecuente con este enfoque centrado en los estudiantes, esta iniciativa colabora con la puesta en marcha de la utilización de los trayectos acordados del SNRA, entendiendo que, en esta diversidad, el principal destinatario es el estudiante quien, a través del acompañamiento de su institución, verá enriquecida su formación de acuerdo con sus intereses y vocaciones. 2. Objetivo Realizar desde la SPU una experiencia piloto del funcionamiento de los acuerdos de reconocimiento de trayectos formativos firmados, a partir del financiamiento de Proyectos Institucionales de Movilidades en el marco del SNRA. 3. Destinatarios Estudiantes de instituciones universitarias integrantes del SNRA (Res. 1870/16) que hayan firmado alguno/s de los convenios de reconocimiento de trayectos formativos específicos de las familias de carreras concretados hasta el mes de diciembre del año 2017 (Ingenierías, Informáticas, y Arquitecturas y Diseños). Por su parte, para participar de la presente convocatoria, las instituciones debieron haber notificado a la SPU, a través de los mecanismos previstos a estos fines 1, la composición de los trayectos formativos según los planes de estudio vigentes para la oferta académica comprendida en el/los convenios firmados. 4. Características generales de la convocatoria Se financiará la movilidad de hasta 548 estudiantes, durante un período lectivo regular (un semestre académico) ya sea en el segundo semestre de 2018 o en el primer semestre de 2019. Se asignará un cupo de movilidades para cada institución universitaria destinataria de esta convocatoria de acuerdo con la cantidad de potenciales estudiantes beneficiarios 1 El mecanismo previsto consiste en la declaración de la integración de los trayectos formativos acordados en la plataforma web snraregistro.siu.edu.ar y la consecuente formalización institucional ante la SPU.

de los convenios de reconocimiento académico que haya suscripto (se detalla en el apartado 4.1.). Consecuentemente, las instituciones recibirán fondos de la SPU con el objetivo de financiar a los estudiantes que envíen y reciban (según el detalle previsto en el apartado 4.3.). Se buscará garantizará el equilibrio recíproco en los flujos de movilidad de las instituciones universitarias participantes, es decir que se procurará que las mismas reciban hasta la misma cantidad de estudiantes de movilidad que les fuera asignada como cupo. De esta manera, se buscará asegurar la cobertura geográfica nacional de estudiantes de movilidad de este proyecto piloto. 4.1. Asignación de cupos de movilidades En base a la información correspondiente al año 2016 sobre la cantidad de estudiantes de las carreras involucradas, y la cantidad de convenios de reconocimiento de trayectos formativos suscriptos por cada institución universitaria, se elaboró la siguiente tabla para la asignación de cupos de movilidades 2 : Cantidad de estudiantes en carreras involucradas 3 (año 2016) Menos de 500 alumnos Entre 500-1.500 alumnos Entre 1.500-4.500 alumnos Más de 4.500 alumnos Categoría A B C D Cantidad de convenios suscriptos Cupos de movilidades 1 2 2 4 3 6 1 3 2 6 3 9 1 5 2 10 3 15 1 6 2 12 3 18 2 La asignación de cupos a la Universidad Tecnológica Nacional adoptó un criterio específico vinculado con la cantidad de carreras de Ingeniería, la cantidad de alumnos involucrada y el carácter federal de las unidades académicas. 3 Se contabiliza la cantidad de estudiantes involucrada en toda la oferta académica de cada institución comprendida en los convenios de reconocimiento académico que haya suscripto.

A partir de la categorización especificada previamente, la SPU realizó la asignación de cupos de movilidades estudiantiles que se incluye en el Anexo II. 4.2. Distribución de movilidades Entre los objetivos de la presente convocatoria, la SPU busca asegurar la cobertura equitativa y geográfica de estudiantes entre todas las instituciones participantes en esta experiencia piloto. Por lo tanto, se establece un mecanismo para la distribución de las movilidades por el cual en primera instancia las instituciones realizan las propuestas de destino y, posteriormente, la SPU realiza la asignación definitiva. En consecuencia, las instituciones universitarias deberán proponer para cada cupo de movilidad estudiantil asignada (ver punto 4.1 y Anexo II) la familia de carreras en la cual prevé utilizarlo y tres opciones de instituciones de destino con el fin de dar margen a la SPU para la asignación definitiva. Además, deberá indicar el período lectivo en el que prevé realizar cada movilidad. En la asignación definitiva de las movilidades, la SPU priorizará mantener en primer término la familia de carreras seleccionada y luego la institución de destino. No obstante, cabe mencionar que en esta operación podrían asignarse cupos por fuera de las opciones propuestas por la institución. Las propuestas de destino para las movilidades estudiantiles asignadas deberán cumplir las siguientes condiciones: a) En la propuesta, al menos la mitad de las movilidades recibidas por la institución deberá realizarse en instituciones que estén fuera de su CPRES y/o sean de otro tipo de gestión (dentro del mismo CPRES o fuera). b) Deberá asegurarse al menos una movilidad estudiantil por convenio firmado. Cabe mencionar que en esta instancia de presentación del proyecto no se requiere el envío de la nómina de beneficiarios de las movilidades. Se sugiere realizar la convocatoria a los estudiantes una vez confirmadas por la SPU las movilidades por universidad y familia de carreras.

4.3. Financiamiento En el marco de esta convocatoria, se ha estimado el monto de $60.000 como costo promedio de una movilidad estudiantil por un semestre académico, monto que deberá incluir: a) Un pasaje de ida y un pasaje de vuelta; b) Seguro de salud y vida; c) Manutención (alojamiento y alimento). En base a esta estimación del costo promedio de una movilidad estudiantil por un semestre, se establece el compromiso de la SPU de transferir a cada institución universitaria fondos equivalentes a $50.000 por cada movilidad asignada y, a su vez, el compromiso de cada institución, como contraparte, de financiar los $10.000 restantes. Esta contraparte podrá estar destinada a cubrir, en parte, el concepto de manutención, considerando que las instituciones disponen de comedores y/o residencias estudiantiles, como forma de solventar dicha contraparte. Con los fondos recibidos de la SPU y teniendo en cuenta que el cupo de movilidades estudiantiles es equivalente a la cantidad de estudiantes que recibirá, las instituciones se comprometen a financiar: - Para los estudiantes que envía, los costos de los pasajes y seguros. - Para los estudiantes que recibe, los costos de manutención (fondos SPU y contraparte institucional). En caso de que una institución, en la asignación final, envíe más alumnos que los que recibe, la contraparte institucional por cada uno de los estudiantes que envíe sin recibir se elevará a $30.000. Esto significa que la SPU financiará el 50% del costo total de dicha movilidad. Por último, en el marco de esta convocatoria se establece que ninguna institución receptora de estudiantes de movilidad cobrará ningún tipo de aranceles (tasas, cuotas, matrícula, trámites, derechos a exámenes, entre otros) a los estudiantes que se trasladan a ella en concepto de movilidad.

4.4. Beneficiarios En el marco de esta convocatoria, se establece que los estudiantes beneficiarios deberán cumplir con las siguientes condiciones: a) Ser estudiantes de alguna de las carreras incluidas en los convenios de reconocimiento de trayectos formativos firmados por la institución. b) Tener regularizadas, al menos, todas las actividades curriculares previstas en el primer y segundo año del plan de estudios. c) Regresar a la institución al finalizar la movilidad financiada (no se financian pases de universidad). d) Cualquier otro requisito que establezca la institución de origen y no sean contradictorios con la presente convocatoria. 5. Características de los proyectos a presentar por las instituciones Cada institución universitaria destinataria de esta convocatoria deberá presentar un proyecto con carácter institucional, es decir, se aceptará un único proyecto por institución. Estos proyectos deberán contemplar dos aspectos: a) Plan de movilidades: en este apartado deberán definirse las políticas institucionales y las estrategias de movilidad estudiantil que incluyan, al menos: I. Los mecanismos previstos para la orientación, el acompañamiento y el II. seguimiento del estudiante tanto en la etapa de definición como en la de cursado de los trayectos formativos (brindar la mayor información posible sobre el SNRA así como sobre calendarios académicos, planes, programas, sistemas de calificación, organización académica y administrativa, de manera de facilitar la organización de la movilidad y el reconocimiento final). Los criterios de selección de los estudiantes (para esta convocatoria se deberán respetar, además, las pautas que se establecen en el punto 4.4.).

III. Los criterios de asignación de recursos (considerando los componentes a financiar en las movilidades y las características institucionales). IV. La definición de metas de corto, mediano y largo plazo orientadas a la continuidad de las políticas de movilidad establecidas. V. La consideración de los criterios por los que se seleccionarán o priorizarán (si así fuera) determinados trayectos formativos acordados en los convenios, de acuerdo con la política de la institución y de sus estudiantes, de modo de fomentar el aprovechamiento de la diversidad existente en las instituciones y en los perfiles de las carreras. b) Propuesta de implementación de las movilidades estudiantiles asignadas: en este apartado se deberán incluir las propuestas para distribuir el cupo de movilidades asignado, respetando lo establecido en el punto 4.2. En esta instancia no se requiere la nómina de estudiantes beneficiarios, y la universidad podrá realizar dicha convocatoria interna una vez confirmadas las instituciones de destino de cada una de las movilidades confirmadas. 6. Presentación Forma de presentación: El proyecto deberá cargarse on line en el siguiente enlace https://snraregistro.siu.edu.ar/ Una vez completado deberá ser enviado a través del sistema, y se deberá imprimir una versión en papel brindada por el propio sistema. Envío: Enviar por correo postal en soporte papel la versión impresa en UNA (1) copia del proyecto, firmado e inicialado en todas sus carillas por el Rector y remitido mediante nota de elevación firmada por el Rector con sello aclaratorio. Dirección postal: MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS, PROGRAMA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, Pizzurno 935, 2º Piso, Of. 204 C1020ACA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (con la fecha de envío correspondiente dentro de la fecha tope del plazo estipulado).

En caso de entregarlo personalmente, remitirse a la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación, sito en Marcelo T. de Alvear 1690 PB, en el horario de 9.00 a 17.00 hs. Fecha de presentación: La fecha límite de presentación de los proyectos es el 16 de abril de 2018. 7. Evaluación y aprobación Aunque no se trata de una selección competitiva por fondos, los proyectos serán evaluados por la SPU a partir de los siguientes criterios: a) Pertinencia: la relación del proyecto con la implementación de esta experiencia piloto y la definición de un plan de movilidades sostenido alineado con el proyecto institucional; b) Calidad: la capacidad de potenciar a la institución para lograr los objetivos propuestos en relación con los estudiantes beneficiados, y la coherencia interna del proyecto. Con la comunicación del resultado de la evaluación de los proyectos, la SPU informará a las instituciones universitarias la distribución definitiva de las movilidades estudiantiles. Una vez realizada la asignación y distribución definitiva de los cupos por parte de la SPU, la universidad deberá elevar la nómina de estudiantes beneficiarios según los criterios de convocatoria establecidos en cada proyecto institucional, tal como se prevé en el cronograma que se detalla a continuación. 8. Cronograma Se establece el siguiente cronograma para el desarrollo de las actividades previstas en la convocatoria: a) Lanzamiento de la convocatoria: 23 de marzo de 2018. b) Fecha límite para la presentación de los proyectos de movilidad (el Plan de movilidades y la propuesta de implementación de las movilidades estudiantiles

asignadas): 2 de mayo de 2018. No se establecerán prórrogas por una cuestión de calendario. c) Evaluación, aprobación y distribución definitiva de las movilidades: 30 de mayo de 2018. (Las instituciones podrán realizar las convocatorias a los interesados) d) Envío de nómina de estudiantes beneficiarios de las movilidades para el segundo semestre 2018: 15 de julio de 2018. e) Envío de nómina de estudiantes beneficiarios de las movilidades para el primer semestre 2019: 30 de noviembre de 2018. 9. Rendición y seguimiento La SPU, a través del Programa de Calidad Universitaria, asignará personal técnico del Programa para el seguimiento y acompañamiento de la ejecución de los proyectos aprobados en conjunto con las instituciones beneficiarias. La universidad deberá designar un responsable general del proyecto que tendrá como principales funciones: la tramitación, administración financiera y el control de los recursos asignados. la coordinación institucional del seguimiento de la actividad y el vínculo con los participantes. el contacto con el equipo técnico de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS (SPU). La SPU solicitará, cumplido el año de la transferencia de los fondos, la presentación de una rendición contable en base a la normativa de rendiciones vigentes al momento de la transferencia. También solicitará informes académicos de avance y un informe académico final que deberán dar cuenta de la ejecución de las actividades proyectadas y de los resultados obtenidos a nivel de la institución.

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico Número: Referencia: ANEXO I El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 9 pagina/s.