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Transcripción:

Informe 2/2011, de 12 de enero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón. Asunto: Nuevo modelo de Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de suministros en la modalidad de arrendamiento con opción de compra, adjudicados mediante procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, adaptado a la modificación de la Ley de Contratos del Sector Público operada por la Ley 34/2010, de 5 de agosto. I. ANTECEDENTES El Secretario General Técnico del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón se dirige a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante oficio de fecha 29 de noviembre de 2010, en el que solicita informe del nuevo modelo tipo de Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para adjudicar contratos de suministros en la modalidad de arrendamiento con opción de compra, adjudicados mediante procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, para su adaptación a las prescripciones de la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de las Leyes 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP en adelante), 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales (LCSE en adelante) y 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA en adelante), para adaptación a la normativa comunitaria de las dos primeras. Se acompaña al oficio del Secretario General Técnico el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y el informe favorable de la Asesoría Jurídica de la Diputación General de Aragón de fecha 24 de noviembre de 1

2010, preceptivo de acuerdo con lo previsto en el Decreto 167/1985, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón por el que se regula la organización y funcionamiento de la Asesoría Jurídica de la Diputación General de Aragón. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, en sesión celebrada el 12 de enero de 2010, acuerda Informar lo siguiente: II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS I. Competencia de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón y necesidad de adaptación de los Pliegos de Cláusulas a la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de la LCSP, LCSE y LJCA. De conformidad con el artículo 3.1. f) del Decreto 81/2006, de 4 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón y se aprueba el Reglamento que regula su organización y funcionamiento, a esta Junta Consultiva de Contratación le corresponde informar con carácter preceptivo los modelos tipo de pliegos particulares de general aplicación. Durante los años de vigencia de la LCSP, esta Junta Consultiva ha informado favorablemente los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares de los contratos y procedimientos utilizados habitualmente por los diversos órganos de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En concreto, en Informes 11/2008, de 26 de junio, y 17/2009, de 15 de julio, se analizó por esta Junta la naturaleza y características del suministro en la modalidad de arrendamiento con opción de compra, y se realizaron diversas 2

recomendaciones, que todas ellas han sido recogidas en el pliego que se somete al presente informe. Como se puso de manifiesto en el Informe 11/2010, de 22 de septiembre, de esta Junta Consultiva, la reciente aprobación de la Ley 34/2010, de 5 de agosto, (en vigor desde el 9 de septiembre de 2010), ha supuesto la introducción de importantes modificaciones, tanto en la legislación de contratos del sector público (LCSP) como en la legislación de entes contratantes en los sectores especiales (LCSE), con el fin de realizar una adecuada incorporación del contenido de la Directiva 2007/66/CE, de 11 de diciembre, reguladora de los procedimientos de recurso en materia de contratación, a las citadas legislaciones, lo cual obliga a adaptar los actuales Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares a la mencionada norma. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa informó favorablemente en el mencionado informe los Pliegos tipo de Cláusulas Administrativas Particulares aplicables a los contratos administrativos de obras, servicios y suministros adjudicados mediante procedimiento abierto (único y varios criterios de valoración) y procedimiento negociado, con y sin publicidad. Dichos pliegos han sido redactados aceptando las sugerencias aportadas por la Junta en el Informe citado y aprobados por los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Se somete ahora al preceptivo informe de esta Junta el nuevo modelo tipo de Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para adjudicar contratos de suministros en la modalidad de arrendamiento con opción de compra, adjudicados mediante procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, en el que se recogen las sugerencias contenidas en el Informe 11/2010, de 22 de septiembre, de esta Junta. 3

II. Estructura y contenido del Pliego. Observaciones La estructura del Pliego es idéntica a los ya informados; es decir, consta de un cuadro resumen del contrato (CARATULA), una relación de Anexos y un índice del clausulado, incorporándose al mismo un nuevo anexo, nuevos subapartados en cláusulas existentes y se ha procedido a dar nueva redacción a determinadas cláusulas. en: Las novedades incorporadas en el presente pliego, se pueden resumir 1) Excepcionalidad de la garantía provisional 2) Modificaciones en la práctica de la notificación de los actos de exclusión de licitadores 3) Supresión de la dualidad adjudicación provisional-adjudicación definitiva y la consiguiente regulación de una única adjudicación. 4) Modificación de la formalización del contrato, cuyo acto perfecciona el contrato. 5) Notificaciones electrónicas. Como únicas observaciones señalar que las referencias que a lo largo del clausulado se realizan al apartado del cuadro resumen relativo a la posibilidad de cursar notificaciones telemáticas (apartado S del cuadro resumen) se realizan por error al apartado Q, y que el precepto al que se remite la cláusula 2.2.4.1.15º debe ser el artículo 130.1. e) LCSP. Por otra parte, es improcedente el contenido del apartado M del cuadro resumen, relativo a la revisión de precios, con la estructura habitual de los pliegos tipo vigentes para los contratos de suministros; ya que tal y como correctamente se indica en la cláusula 2.5.4. de conformidad con el artículo 4

77.2 LCSP - no procede la revisión de precios en este tipo de contratos. Si se mantiene el apartado M, únicamente debe destinarse a indicar que no procede la revisión de precios; si se suprime, deben reajustarse las referencias a los apartados del cuadro resumen contenidas en todo el clausulado del pliego. III. CONCLUSIONES I. El modelo tipo de Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de suministros en la modalidad de arrendamiento con opción de compra, adjudicados mediante procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, con las modificaciones realizadas, incluye, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, los pactos y condiciones definidoras de los derechos y obligaciones que asumirán las partes de los contratos, y recogen el régimen jurídico, económico y administrativo, al que se ajustarán los contratos que celebre la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y se ajustan a la LCSP y normativa de desarrollo. II. Informar favorablemente, con las observaciones manifestadas en el presente informe, las modificaciones introducidas en el modelo tipo de Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aplicable a los contratos de suministros en la modalidad de arrendamiento con opción de compra, adjudicados mediante procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, adaptado a las prescripciones de la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de las Leyes 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para adaptación a la 5

normativa comunitaria de las dos primeras, para su aprobación por el órgano de contratación, pudiendo ser extensivos, previa aprobación del órgano competente, al resto de Departamentos del Gobierno de Aragón. Informe 2/2011, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, adoptado en su sesión del día 12 de enero de 2010. 6