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Transcripción:

Antecedentes fiscales Para poder hablar de temas fiscales patrimoniales, no debemos omitir los antecedentes históricos suscitados en los últimos ejercicios y su repercusión en el entorno económico y fiscal de nuestro país, así como la forma de tributación, entre los cuales enlistamos los siguientes: 1. La reforma fiscal de 2014. 2. La reforma fiscal de 2016. 3. Criterios Generales de Política Económica para la Iniciativa de Ley de Ingresos el Proyecto de Presupuesto de Egresos e la Federación Correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017 http://www.diputados.gob.mx/pef_2017/2017/work/models/ppef2017/paquete/po litica_hacendaria/cgpe_2017.pdf

Reforma Fiscal 2014 A finales de diciembre de 2013, el Congreso de la Unión aprobó y publicó en el diario oficial de la federación diversas modificaciones en materia fiscal, que entraron en vigor a partir del 1º de enero de 2014.

Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) A partir del 1º de enero de 2014 se abroga la Ley del IETU. Cabe señalar que las obligaciones y derechos que hubieran nacido durante su vigencia, deberán cumplirse conforme a los montos, formas y plazos establecidos en dicha Ley o sus disposiciones transitorias.

Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) También a partir del 1º de enero de 2014 se abroga la Ley del IDE, sin embargo, las instituciones del sistema financiero deberán informar una vez al año sobre los depósitos en efectivo que reciban los contribuyentes en cuentas abiertas a su nombre cuando el monto acumulado supere los $15,000 pesos mensuales.

Disposiciones generales: ISR Personas Morales La tasa del ÍSR se mantiene en 30% de acuerdo con la nueva Ley del ISR. En personas físicas incrementa al 35%

ISR Personas Morales Participación de los trabajadores en la utilidad (PTU): El cálculo de la PTU se realizará de acuerdo con el mismo procedimiento para determinar el resultado fiscal excepto por: 1.Disminución de pérdidas fiscales. 2.Disminución de la PTU pagada.

ISR Personas Morales Disposiciones generales La nueva Ley contempla un impuesto adicional del 10% aplicado sobre el monto de los dividendos o utilidades distribuidos (Título IV Ley del ISR). Las personas morales deberán retener este impuesto que tendrá carácter de definitivo. Las sociedades deberán contar con un nuevo saldo de CUFIN (Antes y después de 2013).

ISR Personas Morales Deducciones fiscales: Las cuotas al IMSS a cargo de los trabajadores absorbidas por el patrón no serán deducibles. Como requisitos adicionales para la deducción de Sueldos y Salarios se establece que: Esté cubierto el impuesto local por salarios. Se expidan comprobantes fiscales digitales por internet. Se pague mediante el sistema financiero arriba de $2,000.

ISR Personas Morales Disposiciones generales: Será deducible el 53% de los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador y de las aportaciones al fondo de pensiones. La deducción será del 47% de los pagos anteriores, cuando se disminuyan las prestaciones exentas a los trabajadores respecto al año anterior.

ISR Personas Morales Disposiciones generales: Para los equipos de transporte, se modifica el límite para la deducción de automóviles de $175,000 a $130,000. Adicionalmente, se elimina el estímulo fiscal de la deducción inmediata de activos fijos. En 2016 nuevamente se regresa al esquema anterior a $175,000.

Reforma Fiscal 2016 La Reforma Fiscal de 2016 conlleva principalmente algunos beneficios, sin embargo, también señala nuevas obligaciones, principalmente relativas a aspectos tecnológicos, tales como nuevas normas para CFDI s, contabilidad electrónica, entre otros.

Reforma Fiscal 2016 Deducción inmediata de inversiones Aplica a inversiones de bienes nuevos adquiridos en 2016 y 2017, que realicen las empresas siguientes: Las de menor escala (100 millones de pesos). Inviertan en infraestructura de transporte (carreteras, caminos y puentes). Realicen actividades en el sector energético (petróleo, gas natural, petrolíferos y ductos). No aplica para la adquisición de mobiliario y equipo de oficina, automóviles, aviones distintos a los dedicados a la aerofumigación agrícola o cualquier bien de activo fijo no identificable. (1) Se entiende por bienes nuevos los que se utilicen por primera vez en México. (2) Para el ejercicio 2015 se podrá aplicar la deducción por las inversiones adquiridas del 1 de septiembre al 31 de diciembre.

Reforma Fiscal 2016 Deducciones Incremento de 4 a 8 SMG en ingresos respecto a la limitante a pequeños productores del campo. Se incrementa a 175 mil el monto deducible para la adquisición de automóviles.

Reforma Fiscal 2016 Reglamento de la LISR Se emite un nuevo reglamento de la LISR que incorpora diversas reglas que complementan la Reforma de 2016, considerando que no coincidían las disposiciones con lo anteriormente señalado.

Reforma Fiscal 2016 Fortalecimiento del RIF que propone: Ampliar universo de participantes. Precisar el plazo de 60 días para pago de PTU. Actualización de la tarifa cuando la inflación acumulada exceda del 10%. Pagos por erogaciones superiores a 5 mil pesos mediante transferencia electrónica de fondos o mediante monederos electrónicos. Se precisa el periodo de aplicación del RIF de 10 años, en concordancia con el artículo 111. Las personas físicas que perciben ingresos por arrendamiento, podrán tributar en el RIF, siempre que sus ingresos no excedan de dos millones de pesos.

Criterios Generales de Política Económica 2017 1.- Entorno Externo. 2.- Evolución de la economía Mexicana. 3.- Perspectiva económica y lineamientos de política fiscal 2017.

Estados Unidos

Europa y Japón

Economías emergentes

América Latina

Expectativas

Evolución de la economía mexicana

Evolución de la economía mexicana

Evolución de la economía mexicana - Situación laboral

Evolución de la economía mexicana - Inflación

Finanzas públicas

Finanzas públicas Cifras económicas esperadas para 2017 Precio del barril del petróleo: El referencial Brent 2017 promediará 56,90 dólares por barril, de acuerdo con 29 analistas y economistas consultados por Reuters. Inflación según Banxico: 2% al 4% (Promedio 4.08%) Se espera que en 2018 regrese al 3%.

Ley de Ingresos de la Federación El 8 de septiembre de 2016 el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, presentó ante el Congreso de la Unión la propuesta de Paquete Económico para 2017, que contiene: los Criterios Generales de Política Económica, la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (LIF); el Decreto por el que se reforman, adicionan o derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos (LIH), del Código Fiscal de la Federación (CFF) y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos (LFD). La LIF se publica el 15 de noviembre de 2016

Ley de Ingresos de la Federación Resultados a 2015 Recaudación Ingresos tributarios del Gobierno Federal Ingresos por impuesto (Millones de pesos) Año ISR IVA IESPS Importación ISAN Impuesto por la Actividad de Exploración y Extracción de Hidrocarburos Otros ingresos tributarios Total de Ingresos tributarios 2010 626,530.4 504,509.3 4,463.8 24,531.1 4,670.8 0.0 95,719.6 1,260,425.0 2011 720,445.3 537,142.5-76,433.5 26,881.2 5,078.9 0.0 80,939.7 1,294,054.1 2012 758,912.5 579,987.5-130,131.4 27,906.1 5,869.5 0.0 71,895.5 1,314,439.6 2013 905,523.5 556,793.9-7,423.8 29,259.5 6,251.7 0.0 71,346.8 1,561,751.6 2014 985,866.1 667,085.1 111,646.8 33,927.8 6,427.0 0.0 2,861.0 1,807,813.8 2015 1,034,391.6 593,463.9 288,145.8 36,704.9 5,888.1 3,062.2 9,909.2 1,971,565.7 Nota: La columna de "Otros ingresos tributarios", incluye los conceptos: Impuesto empresarial a tasa única (IETU), Impuesto a los depósitos en efectivo (IDE), Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos (ISTUV), Exportaciones y Accesorios. Fuente: SHCP Dirección General de Estadística de la Hacienda Pública. Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública. 2015 con cifras a Octubre

Concepto 2017 Millones de pesos 2016 Cantidad Porcentaje Ingresos totales $4,888,892.50 4,763874.00 125,018.50 2.60 % ISR 1,425,802.00 1,249,299.50 176,502.20 14 % IVA 797,653.90 741,988.70 55,665.20 7.50 % IESPS 433,890.40 348,945.20 84,945.20 2.40 % Cuotas y aportaciones de seguridad social Contribuciones a mejoras 283,241.70 260,281.10 22,960.60 8 % 33.6 31.7 1.90 6 % Derechos 44,757.30 41,761.60 2,995.70 7.15 % Productos 5983.80 5651.30 332.50 5.90 %

Aprovechamientos 86,712.90 161,743.00-75,030.10 (-5 %) Ingresos por ventas de bienes y servicios Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas Ingresos derivados de financiamientos 813915.9 791,912.00 22,003.90 2.70 % 386,901.80 485,536.00-98,634.20 (-20.31 &) 527,978.70 609,240.60-81,261.90 (-13.33 &)

Ley de Ingresos de la Federación Criterios Generales de Política Económica Para la preparación de esta iniciativa, el Ejecutivo consideró los siguientes presupuestos económicos para 2017: Crecimiento económico del 2 al 3%. Recorte al gasto de $239,700 millones (1.7% en relación con 2016). Tipo de cambio promedio: $18.20 por dólar****. En este momento ronda los 21.6 Ingresos públicos: 4,309,500 millones de pesos, lo que representa un crecimiento de 0.4% en términos reales respecto a 2016. Superávit del 0.1% del PIB.

Ley de Ingresos de la Federación Impuestos sobre intereses Se incrementa la tasa de retención del impuesto sobre la renta (ISR) aplicable a los intereses pagados por el sistema financiero del 0.50 al 0.58% sobre el capital, cambiando la fórmula del cálculo.

Ley de Ingresos de la Federación Estímulos fiscales Prácticamente continuarán los mismos estímulos fiscales del ejercicio 2016, además, se amplía el estímulo fiscal consistente en acreditar, contra el ISR, un monto equivalente al impuesto especial sobre producción y servicios que se hubiese causado en la enajenación de diésel o biodiésel y sus mezclas, siempre y cuando los contribuyentes lo adquieran para su consumo final y se use como combustible en maquinaria en general (excepto vehículos) o se utilice para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas, de carga y turístico.

Ley de Ingresos de la Federación Recordando los estímulos fiscales La PTU pagada se podría disminuir en los pagos provisionales de mayo a diciembre (art. 16, fracc. VIII) No habría obligación de expedir la constancia de retenciones del ISR e IVA, cuando las personas físicas que presten servicios profesionales o les hayan acordado el uso o goce temporal de inmuebles hubiesen emitido el CFDI correspondiente a la persona moral que realiza el pago ( art 16, fracc. XII)

Ley de Ingresos de la Federación Recordando los estímulos fiscales Empresas que donaran bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación o salud a donatarias autorizadas, tendrían un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional por un monto equivalente al 5% del costo de lo vendido que les hubiera correspondido a dichas mercancías (art. 16, fracc. IX). Empresas podrían deducir de sus ingresos para efectos del ISR un monto adicional equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a trabajadores invidentes o que padezcan discapacidad (art. 16, fracc. X): motriz, dedicadas a la cinematografía podían aplicar contra los pagos provisionales del ISR, el crédito fiscal referido en el artículo 189 de la LISR

Ley de Ingresos de la Federación Recordando los estímulos fiscales RIF - Los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal (RIF) con ingresos de 300 mil pesos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, durante cada uno de los años en los cuales permanezcan en el esquema, y no excedan dicho monto podrían aplicar la reducción del 100 % del IVA e IESPS.***** Recargos - Se mantienen las tasas de recargos ya conocidas, esto es, de 0.75 % mensual sobre los saldos insolutos, 1 %, 1.25 % y 1.5 % tratándose de pagos a plazos en parcialidades hasta 12, 24 o más meses, respectivamente (art. 8). Precios en la gasolina - El cálculo del precio se hará conforme a la LIESPS.

Ley de Ingresos de la Federación Estímulo Fiscal al Cine XI. Aportaciones efectuadas a proyectos de inversión en la producción y distribución de películas cinematográficas nacionales, podrán aplicar el monto del crédito fiscal que les autorice el Comité Interinstitucional a que se refiere el citado articulo, contra los pagos provisionales del ISR.

Ley de Ingresos de la Federación Fracción XII XII. Se mantiene en la LIF, el estímulo previsto en el decreto compilatorio del 26 de diciembre 2013 (articulo 1.3), relativo a la posibilidad de no proporcionar constancia de retenciones de ISR e IVA a las personas físicas, honorarios y arrendamiento, que emitan el CFDI que ampara los ingresos obtenidos. Problema cuando la persona física solicita devolución requiere la constancia.

Estímulos que No se consideran ingresos acumulables, artículo 16 LIF: VIII. Disminución de la PTU pagada en pagos provisionales IX. Deducción adicional por donación de bienes básicos. X. Deducción adicional por emplear a personas con discapacidad XI. Aplicación del estimulo a proyectos de inversión cinematográfica en pagos provisionales. Los demás estímulos previstos en este articulo 16 serán considerados como ingresos acumulables.

Exenciones 2017 Se mantienen: La exención del ISAN a la enajenación e importación de automóviles propulsados por batería eléctricas recargables o motores de combustión interna o con motor accionado por hidrogeno, (operaciones con el publico en general e importaciones definitivas). La exención del derecho de tramite aduanero la importación de gas natural. Artículo 16 LIF 2017

TRANSITORIOS RELEVANTES LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2017

DÉCIMO SEGUNDO Durante 2017 y 2018 los precios al público de las gasolinas y diesel se determinaran de conformidad con lo siguiente: I. La Comisión Reguladora de Energía, tomando en cuenta la opinión que emita la Comisión Federal de Competencia Económica, emitirá los acuerdos o el cronograma de flexibilización para que durante los años de 2017 y 2018 los precios al publico se determinen bajo condiciones de mercado. Los acuerdos o el cronograma se establecerán por regiones del país. La CRE podrá modificar dichos acuerdos, con base a la evolución de las condiciones de mercado y el desarrollo de la infraestructura de suministro en el país, entre otros factores.