FACULTAD DE DERECHO SEMINARIO DE DERECHO INTERNACIONAL CIRCULAR 1 Distinguidos alumnos: A fin de homogeneizar el trabajo que se lleva a cabo en este Seminario y con el objeto de optimizar sus resultados, les agradeceré tomen en cuenta los siguientes requisitos que debe cumplir todo estudiante cuya tesis sea inscrita en este Seminario. Los requisitos señalados son de tres clases: 1. Requisitos de inscripción. 2. Requisitos formales de elaboración de tesis. 3. Requisitos de aprobación. 1.- REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN 1.1.- Todos los trámites de registro, inscripción y apertura del expediente respectivo del alumno deberán ser solicitados por el interesado, en el TURNO MATUTINO del Seminario 1.2.- Podrán realizarse los trámites provisionales una vez cubierto el 80% de créditos o haber cursado los ocho primeros semestres. 1.3.- Para el trámite de inscripción deberá presentarse la siguiente documentación: Carátula con datos del alumno: nombre, edad, domicilio, teléfono y lugar de nacimiento. Carta de aceptación de asesoría de tesis de profesor que actualmente imparta clases de Derecho Internacional, dirigida al Director del Seminario. 1
Carta de terminación de estudios o constancia de haber cubierto el 80% de los créditos Dos fotografías recientes tamaño infantil Protocolo de Investigación formato proporcionado por el Seminario Exposición de motivos del alumno sobre el tema de investigación; el escrito deberá contener: ü El título del tema: ü El planteamiento del problema ü Los objetivos ü Las hipótesis que se planean comprobar ü La especificación de los métodos que se utilizarán ü Un cronograma con los tiempos previstos para el desarrollo de la investigación Proyecto de capitulado Bibliografía con un mínimo de veinte títulos, actuales o de la última edición publicada, todos relacionados con el tema de tesis El protocolo, la exposición de motivos, la bibliografía y el proyecto de capitulado deberán ser firmados por el asesor en cada página y presentados a la Dirección del Seminario para su aprobación. 1.4.- Es indispensable tomar el Curso que se imparte cada quince días en el Seminario, sobre los requisitos formales de la tesis. 1.5.- El título de la tesis tendrá carácter definitivo. 1.6.- La vigencia de inscripción al Seminario es de dos años. Concluido, plazo, se dará de baja al tesista, ya que no hay prórroga en el Reglamento de Seminarios vigente. 2.- REQUISITOS FORMALES DE ELABORACIÓN DE TESIS 2.1.- En cada sesión que el alumno tenga con el asesor de tesis, el estudiante deberá presentar su tarjetón verde, a fin de que el maestro firme y registre en él los avances de la investigación. 2
cuartillas. 2.2.- Los trabajos de investigación deberán tener un máximo de 125 2.3.- El texto deberá estar escrito a doble espacio y con los respectivos márgenes 2.5 cm. parte superior e inferior; 3 cm. derecha; 3 cm. izquierda. Con letra Arial 12. Deberá dejarse un renglón entre los párrafos. 2.4.- El alumno cuidará que las oraciones contengan sujeto, verbo y complemento; de la misma forma deberá evitar el uso de gerundios y de oraciones en sentido negativo. 2.5.- Se deberá tener cuidado en redactar siempre en la misma persona; que puede ser la primera, o la tercera se puede también utilizar la forma impersonal. 2.6.- En el desarrollo de la tesis, debe tenerse mucho cuidado con la redacción, de tal forma que haya coincidencia en los tiempos verbales, los géneros y los números. ir en cursiva. 2.7.- Las palabras o expresiones extranjeras utilizadas en la tesis deberán 2.8.- Cuando se utilicen conceptos técnicos distintos a los jurídicos, se deberá poner su significado en una nota a pie de página. 2.9.- Se deben usar los signos de puntuación adecuados, y evitar la construcción de oraciones demasiado extensas. 2.10.- No deben usarse siglas, abreviaturas ni etc. 2.11.- Deben entrecomillarse los títulos de las convenciones, leyes, códigos o libros mencionados. 3
2.12.- En los capítulos e incisos se deberá usar siempre la numeración arábiga, por lo tanto no deben incluirse letras, mayúsculas, minúsculas o números romanos, se utilizaran viñetas o guiones. 2.13.- Las páginas se deben numerar con arábigos, a partir de la introducción; carátula, agradecimientos o dedicatorias, e índice se enumeran con romanos. 2.14.- Los anexos se enumeran con romanos se incluyen al final y deben constar en el índice. interpretrativa. 2.15.- Las notas a pie de página deben diferenciarse, la textual de la 2.15.1.- La textual debe estar entrecomillada, a pie de página y contener los siguientes datos: nombre del autor empezando por los apellidos, título de la obra, número de edición, sí no lo tiene se pone: S.N.E., editorial o S.E., lugar, año y página 2.15.2.- La nota interpretativa no va entrecomillada, se pone a pie de página y debe contener los siguientes datos: Cfr. Autor, título, edición, o S.N.E., editorial o S.E., lugar, año y página. 2.15.3.- Deberá cuidarse que las notas no se desplacen a otra página diferente de la que contiene la cita. 2.15.4.- Cuando se detecte un error en la cita textual, debe ponerse enseguida: (sic). 2.15.5.- Si la obra se cita dos o más veces consecutivas en la misma página, bastará con que se utilice: Ibidem, pág. # 2.15.6.- En el supuesto, de hacer varias citas del mismo autor en la misma cuartilla de la tesis sólo se pondrá idem. 4
2.15-7.- En caso de citar a un mismo autor, en diversas páginas de la tesis, en la primera cita se ponen todos los datos y en las siguientes, solamente el autor, el título y Op. Cit., pág. 2.15.8.- Cuando se cite un texto intercalado en un párrafo, éste deberá ser precedido por puntos suspensivos: el rey emitió el edicto. 2.15.9.- En caso de citas hemerográficas, se señalará el nombre del autor, el título del artículo, el nombre de la revista o periódico, la editorial, el lugar de publicación, año, volumen, número, fecha y página. El mismo método se utilizará para las obras colectivas y las compilaciones de textos legislativos. Ejemplos: KAPLAN, Marcos, Economía criminal y lavado de dinero, en Boletín Mexicano de Derecho Comparado, U.N.A.M., Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, D.F., año XXIX, N. 85, enero-abril 1996, págs. 217-241 EL ERIAN, Abdullah, Organización jurídica de la sociedad internacional, en SORENSEN, Max compilador Manual de Derecho Internacional Público, 4ª ed., fondo de Cultura Económica, México, 1985, págs. 98-148 2.15.10.- Cuando sean varios los autores de una obra, se citará solamente al primero, seguido por las palabras latinas: et al. TOUCHARD, Jean, et al., Historia de las ideas políticas, 3ª ed., Tecnos, Madrid, España, 1956, pág. 345 2.15.11.- Las notas de páginas de Internet, sólo se admitirán cuando sea absolutamente necesaria su consulta, por no existir otra fuente de información. La página debe ser confiable. Se debe citar el nombre de la institución que publica la página, la dirección de la página,, la fecha y todos los datos disponibles acerca del artículo o documento consultado. ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, OFICINA CONTRA LA DROGA Y EL DELITO, Refugios Financieros, secreto bancario y blanqueo de dinero, en Boletín de Prevención del Delito y Justicia Penal, n. 34 y 35, Viena, Austria, 1998, http:/www.imolin.org/finhaspa.htm 5
2.16.- Para las convenciones internacionales, se especificará el hombre completo con que se conoce el documento, el lugar ciudad y país, la fecha de adopción, el decreto que lo ratifica, y el D.O. de publicación se debe indicar la fuente en la cual se consultó el texto, y la especificación de las páginas. En caso de no estar ratificado, el lugar de la fecha del D.O.F. se agregará: S.R. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Viena, Austria, 23 de mayo de 1969, D.O. 14 de febrero de 1975, en CONTRERAS VACA, Francisco José, Derecho Internacional Privado. Parte Especial, 1ª ed., Oxford University Press, México, 2004, págs. 413-445. 2.17.- En la jurisprudencia, tanto nacional como internacional, deberá citarse el órgano emisor, el título completo con que se conoce la decisión u opinión consultiva, la fecha de publicación, todos los datos de la fuente que se consultó y los precedentes, si los hay. Debe especificarse, sí la jurisprudencia es nacional, si fue por contradicción de tesis o por procedimiento normal en cuyo caso deben incluirse los precedentes. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, Arbitraje, tesis aislada, Amparo Civil en Revisión 4660/31, Compañía Mexicana de Petróleo El Águila, S.A., 26 de mayo de 1933, Unanimidad de cinco votos, Quinta Época, Tercera Sala, en Semanario Judicial de la Federación, Tomo XXXVIII, pág. 801. En caso de que se cite a un autor por otro y cuya obra no se ha consultado directamente, la nota al pie deberá contener la referencia de ambos autores, con la aclaración de que se trata de una cita indirecta. JIMÉNEZ PIERNAS, Carlos, La Codificación del Derecho Internacional Consuetudinario, citado por PEÑARANDA, Antonio, La costumbre en el derecho Internacional, 2ª ed., Editado por la Universidad Complutense de Madrid, España, 1974, págs. 242-243. 6
2.18.- Las conclusiones deben ser breves, concretas, independientes una de otra y estar numeradas. 2.19.- La bibliografía debe ordenarse alfabéticamente y contener los mismos datos que las notas, con excepción de la página. 2.20.- Los eventuales Anexos se colocarán al final de la tesis (después de la Bibliografía) y se numerarán con romanos. 3. REQUISITOS DE APROBACIÓN 3.1.- Todo trabajo de tesis debe tener Carátula, Índice, Introducción, Capitulado, Conclusiones y Bibliografía. 3.2.- Para expedir el oficio aprobatorio se debe entregar la tesis concluida, la carta aprobatoria del asesor de la tesis y el tarjetón firmado por el maestro asesor. 3.3.- No se aceptarán tesis concluidas que no hayan sido autorizadas por el Seminario de Derecho Internacional y la Secretaría General. En la medida en que los alumnos conozcan y cumplan estos requisitos, se agilizará el trabajo, con los consecuentes resultados benéficos. 7