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R E S U E L V E. Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Transcripción:

B.O.C. y L. - N.º 227 Lunes, 24 de noviembre 2008 23067 ORDEN FOM/2004/2008, de 10 de noviembre, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de ayudas a jóvenes arrendatarios de vivienda y ayudas complementarias de la renta básica de emancipación de los jóvenes para el año 2008. Por Orden FOM/384/2008, de 5 de marzo, se efectuó convocatoria pública para subvencionar alquileres a jóvenes arrendatarios de vivienda y ayudas complementarias de la renta básica de emancipación de los jóvenes para el año 2008, actuación incluida en el convenio de colaboración suscrito el 26 de diciembre de 2007 entre la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y el Ministerio de Vivienda para mejorar las condiciones inicialmente previstas en el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 y 48 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, las subvenciones a arrendatarios de vivienda se concederán dentro del límite acordado por la Junta de Castilla y León. Dicho límite ha sido aprobado con fecha 21 de febrero de 2008, estableciéndose en quince millones cuatrocientos cuarenta mil trescientos veinte euros (15.440.320 ). Examinadas las solicitudes y comprobado el cumplimiento por parte de los beneficiarios propuestos de todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención de conformidad con las bases reguladoras, procede la resolución de las mismas. Corresponde a la Consejería de Fomento, a propuesta de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, dictar la Orden correspondiente, según lo dispuesto en el apartado sexto de la Orden de convocatoria. En virtud de lo expuesto DISPONGO: Resolver parcialmente la convocatoria de ayudas económicas destinadas a subvencionar alquileres a jóvenes arrendatarios de vivienda y ayudas complementarias de la renta básica de emancipación de los jóvenes para el año 2008, concediendo subvenciones a los beneficiarios que, por orden de expediente respecto de cada provincia, se relacionan en el Anexo de la presente Orden por un importe de SETECIENTOS OCHEN- TA Y UN MIL TRECE EUROS CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (781.013.29 ), distribuidos según se especifica en dicho Anexo adjunto, con cargo a la aplicación presupuestaria 04.02.261A02.48018 y dentro del límite aprobado por la Junta de Castilla y León con fecha 21 de febrero de 2008. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes tal y como se establece en los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Valladolid, en el plazo de dos meses, tal y como establecen los artículos 1, 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, ambos plazos a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión o cualquier otro que los interesados puedan considerar pertinente para la defensa de sus intereses. El Consejero de Fomento, Fdo.: ANTONIO SILVÁN RODRÍGUEZ

23068 Lunes, 24 de noviembre 2008 B.O.C. y L. - N.º 227 ANEXO

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23090 Lunes, 24 de noviembre 2008 B.O.C. y L. - N.º 227

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23092 Lunes, 24 de noviembre 2008 B.O.C. y L. - N.º 227 (Continúa en Fascículo Segundo)