Creciendo junto al mediador ASISA DECESOS. Asisa 2016

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Transcripción:

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Índice HISTORIA DEL SEGURO DE DECESOS DETALLE DE COBERTURAS CAPITALES Y PRIMAS NORMAS DE CONTRATACIÓN DOCUMENTACIÓN GESTIÓN DE SINIESTROS

Historia del seguro de decesos en España El seguro de decesos ha sufrido importantes variaciones desde sus inicios hasta los productos que comercializan hoy las compañías de seguros, pero en esencia el riesgo garantizado, objeto de la cobertura, ha permanecido inalterable. En sus inicios, principios del siglo XX, las operaciones de seguro consistentes en la prestación de un servicio fúnebre no tenían la consideración de seguro si no llevaban aparejada la posibilidad de indemnizar a los beneficiarios en metálico y hubo que esperar hasta la Ley de 18 de marzo de 1944 para que tal posibilidad desapareciera y no se obligara a la inclusión de prestaciones dinerarias. En 1995 con la LOSSP, se constituye como el ramo 19 de No Vida, gozando de garantías financieras propias y personalidad distinta a las de los seguros de vida, definiéndose como: Un seguro no vida, relacionado con la vida, calculado con bases técnicas análogas al seguro de vida

Historia del seguro de decesos en España En los comienzos del siglo XX las personas tenían miedo a que sus familiares no recibieran un entierro digno. Fue entonces cuando los propietarios de empresas funerarias crearon un sistema de igualas mediante las cuales los ciudadanos vieron disipados sus temores iniciales para garantizarse a si mismos y a los suyos un entierro adecuado. Este sistema se basaba en el cobro de una cantidad fija en función del estado de salud aparente del asegurado, pero careciendo de rigor técnico. Posteriormente, estas funerarias se tuvieron que adaptar a la Ley de seguros pues su actividad cobro de una prima constante por un riesgo aleatorio es una actividad aseguradora. Por tanto, el seguro de decesos nace como transformación de aquellas funerarias en aseguradoras de decesos. En la actualidad, nos encontramos ante un mercado muy concentrado, donde las tres primeras compañías copan el 70% de la cuota del mismo. Existen 7,5 M de pólizas en España con media de tres personas aseguradas en casa póliza, lo que supone 23 M de asegurados, siendo el seguro de carácter voluntario con mayor implantación en nuestro país.

El Seguro de Decesos Tendrán consideración de seguro de decesos tanto aquellas operaciones que se materialicen en la prestación de un servicio fúnebre, como aquellas que supongan la entrega a los beneficiarios del importe que figure como suma asegurada en la póliza de seguro. En la mayoría de los casos se opta por la primera opción, reservando la posibilidad de entregar el importe de la suma asegurada solo en casos de fuerza mayor o por concurrir varias pólizas de seguro. Por tanto, el seguro de decesos debe considerarse de prestación de servicios. La mejor definición: Un seguro de prestación de servicios, mediante el que el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, y para el caso de que se produzca el fallecimiento del asegurado, a prestar los servicios de enterramiento previstos en la póliza, o bien subsidiariamente su coste

El Seguro de Decesos de Asisa GARANTÍA PRINCIPAL DECESO GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS ASISTENCIA EN VIAJES ASISTENCIA LEGAL GARANTÍA OPCIONAL ASISTENCIA EN VIAJES RESIDENTES EXTRANJERO

Gracias DETALLE DE COBERTURAS CAPÍ PORTADA

La garantía de Deceso Mediante esta cobertura se garantiza la prestación de un servicio fúnebre, hasta el límite de la suma asegurada, de acuerdo con las costumbres vigentes en cada localidad. La póliza incluye, en el condicionado particular, una valoración económica del mismo, así como una descripción del servicio. Incluye el traslado nacional del cadáver. ELEMENTOS STANDARD DEL SERVICIO FÚNEBRE Arca fúnebre para enterramiento o incineración Montaje del servicio y capilla ardiente Acondicionamiento del cadáver (bolsa, sudario, etc.) Certificados oficiales Gastos de enterramiento o incineración Coche fúnebre Coches de acompañamiento Corona de flores Servicios religiosos Sala de tanatorio o velatorio Sepultura o nicho temporal, lápida e inscripción

La garantía de Asistencia en Viajes Solo surtirá efecto mientras se encuentre en vigor la póliza, los integrantes de la misma residan habitualmente en territorio español y la duración del viaje fuera de España no exceda de 90 días. Opcionalmente se puede contratar la residencia en el extranjero (Más de 90 días) Coberturas en caso de fallecimiento: 1. Traslado internacional En caso de fallecimiento en el extranjero, sin límite. 2. Acompañante en caso de traslado desde el extranjero Ida y vuelta de acompañante y en el caso de necesidad de permanecer en el lugar de fallecimiento por los trámites del traslado hasta 95 / día con límite de 902 Coberturas en caso de accidente y/o enfermedad grave: 1. Desplazamiento y estancia de familiar Ida y vuelta del familiar y estancia hasta 150 /día, máximo 10 días. 2. Gastos médicos de urgencia como consecuencia de accidente o grave enfermedad en el extranjero Hasta 15.000 por asegurado. 3. Prolongación de estancia cuando, por prescripción médica, deba permanecer hasta 150 /día y máximo de 10 días.

La garantía de Asistencia en Viajes Coberturas en caso de accidente y/o enfermedad grave: (Continuación) 5. Envío de médico En caso de no existir servicio adecuado y ante la imposibilidad de traslado por el estado de salud del asegurado. 6. Consulta médica a distancia 7. Envío de medicamentos Ante la imposibilidad de obtenerlos en el destino. 8. Gastos de tratamientos odontológicos de urgencia en el extranjero Hasta 500. 9. Asistencia a menores de edad en el extranjero En caso de estar desatendidos en destino, se organizará su regreso a España, incluso acompañados. 10. Depósito de fianza por hospitalización en el extranjero En caso de ser solicitado por el centro hospitalario donde se ingrese el asegurado y hasta 15.000. 11. Regreso anticipado de asegurados acompañantes Cuando el asegurado haya sido trasladado, se trasladará también a los acompañantes hasta domicilio o centro sanitario. 12. Asistencia domiciliaria a la familia En caso de hijos menores de 17 años o personas mayores de 65 y cuando la pareja del asegurado se haya desplazado para acompañarle. 13. Interprete En caso de necesidad estando hospitalizado el asegurado, 60 /día con un máximo de 10 días.

La garantía de Asistencia en Viajes Otras coberturas adicionales 1. Defensa jurídica automovilística en el extranjero Como consecuencia de accidente de circulación y hasta un máximo de 7.500. 2. Adelanto de fianzas penales en el extranjero Como consecuencia de accidente de circulación, para garantizar las costas hasta 902 y como fianza penal hasta 15.000. Se trata de un adelanto, hay que devolverlo. 3. Transmisión de mensajes 4. Servicio de información al viajero Vacunación y petición de visados, embajadas y medios de contacto. 5. Regreso anticipado de asegurados que se encuentren en el extranjero En caso de fallecimiento del cónyuge, hijos, padres y hermanos o por incendio, robo o inundación del domicilio habitual.

La garantía de Asistencia en Viajes Otras coberturas adicionales 6. Búsqueda y localización de equipajes 7. Demora de equipaje Hasta 300 /asegurado y máximo 1.200, tras 24 horas de demora. 8. Demora de viaje, cancelación o pérdida de conexión Tras 12 horas y con un máximo de 200. 9. Gastos de anulación de viaje Hasta 600 y solo por hospitalización o fallecimiento del asegurado o familiar directo, o por deber público de inexcusable cumplimiento. 10. Adelanto de fondos hasta 1.000 a devolver antes de 30 días. 11. Envío de documentos y objetos personales Por olvido o robo y máximo 10 kg.

La garantía de Asistencia legal por Fallecimiento En caso de siniestro Asisa garantiza la prestación de este servicio, que comprende exclusivamente las consultas y actuaciones referidas a las siguientes cuestiones: SUCESIONES Localización de disposiciones testamentarias para tramitar la declaración de herederos o aceptación, adjudicación o renuncia de herencia, inventario de bienes, operaciones patrimoniales, liquidación de obligaciones fiscales e inscripciones registrales resultantes de todo ello. La cobertura alcanza al domicilio habitual, segunda vivienda y vehículos y hasta un máximo de 60.000 en lo referente a saldos, depósitos y valores. PENSIONES Tramitación de las prestaciones por viudedad y/u orfandad, según proceda ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social u Organismo de la Comunidad Autónoma que corresponda. Incluye asistencia jurídica telefónica

CAPITALES Y PRIMAS

Descripción del producto Duración anual (no ajustado a año natural) Póliza familiar (media estimada 3 asegurados por póliza) No asegurables > 70 años + enfermedad grave (declaración) Prima: Tasa natural hasta 65 años. Tasa nivelada a partir de 65 años Suma asegurada: coste de los servicios (por Código Postal domicilio del tomador) Tarifa DECESOS ASISA respecto a media elegida Suma as. Máxima 5.245 Suma as. Mínima 2.325

Tasas y Primas TASAS ANUALES Tramo Natural Edad Tramo nivelado Tasa x 1000 Edad Tasa x 1000 Edad Tasa x 1000 Edad Tasa x 1000 Edad Tasa x 1000 0 2,04 22 2,16 44 7,80 66 72,72 88 245,52 1 2,04 23 2,28 45 8,64 67 76,56 89 257,04 2 2,04 24 2,28 46 9,48 68 80,64 90 269,04 3 2,04 25 2,40 47 10,56 69 84,96 91 281,52 4 2,04 26 2,52 48 11,76 70 89,64 92 294,36 5 2,04 27 2,52 49 13,08 71 94,80 93 307,68 6 2,04 28 2,64 50 14,64 72 100,20 94 321,48 7 2,04 29 2,76 51 16,56 73 106,08 95 335,64 8 2,04 30 2,88 52 18,72 74 112,32 96 350,40 9 2,04 31 3,12 53 21,12 75 119,04 97 365,64 10 2,04 32 3,24 54 23,88 76 126,24 98 381,36 11 2,04 33 3,48 55 26,88 77 133,92 99 397,68 12 2,04 34 3,60 56 30,24 78 142,08 100 414,60 13 2,04 35 3,84 57 33,72 79 150,84 101 432,12 14 2,04 36 4,20 58 36,96 80 159,84 102 450,24 15 2,04 37 4,44 59 40,44 81 169,20 103 468,96 16 2,04 38 4,80 60 44,16 82 179,04 104 488,40 17 2,04 39 5,16 61 48,00 83 189,48 105 508,56 18 2,04 40 5,52 62 52,08 84 200,52-19 2,04 41 6,00 63 56,64 85 212,40-20 2,04 42 6,60 64 62,04 86 223,44-21 2,04 43 7,20 65 68,76 87 234,24 - Adicionalmente: Prima correspondiente a las garantías de Asistencia en Viajes y Asistencia Legal: 7,78 euros por póliza y año, impuestos incluidos. Prima de 1,45 euros por asegurado y año por traslado nacional. Impuestos: - Consorcio 0,15% - IPS 6%

Tarificador

NORMAS DE CONTRATACIÓN

Normas de contratación Podrán ostentar la condición de asegurado las personas que cumplan los siguientes requisitos en el momento de la contratación: Personas con edad no superior a 70 años. Con residencia en España. A efectos del presente contrato de seguro y para el cálculo de la prima aplicable a cada uno de los asegurados incluidos en la póliza, se considerará como domicilio de todos y cada uno de ellos, el identificado en la Solicitud de Seguro como DOMICILIO DEL TOMADOR, que siempre será en España. Grupo Asegurable: Estará integrado por, al menos, un asegurado mayor de edad. En consecuencia, el incumplimiento de este requisito será causa de resolución anticipada del contrato, cualquiera que sea el momento de vigencia en el que se encuentre. En caso de que un asegurado perteneciente al Grupo Asegurable desee causar baja en la póliza, deberá comunicarlo a ASISA con un mes de antelación a la conclusión de la anualidad del seguro en curso.

DOCUMENTACIÓN

Nota informativa ORTADA

Nota informativa ORTADA

Solicitud de Póliza

Condiciones particulares

OPERATIVA DE SINIESTRO

90% 10% La póliza la comercializa Asisa, con marca Asisa, y comparte prima y siniestralidad, en los porcentajes mostrados, con Almudena Seguros. Almudena nos presta el servicio de deceso, pero siempre se identifican como Asisa. NO MENCIONAR NUNCA A ALMUDENA SEGUROS, EL CLIENTE CONTRATA CON ASISA

Proceso de siniestro 901 300 010 Teléfono 24x7 Asisa. Validación póliza de alta y recibos. Derivación llamada a Almudena. Prestación Servicio. Exceso suma asegurada (art. 106 bis) corresponde al tomador/herederos. As. Viajes + Defensa jurídica : Teléfono Europ Assistance / derivación a EA

Gracias CAPÍ PORTADA MERCADO Y COMPETENCIA

Competencia OCASO SANTA LUCIA MAPFRE 70% DKV CASER SEGURCAIXA-ADESLAS FIACT CATALANA OCCIDENTE DIVINA PASTORA GENERALI METROPOLIS PREVISORA ETC. 30%

Gracias CAPÍ PORTADA GRACIAS