PENSIÓN Página 1 de 13 1.- OBJETO Objeto: Determinar la metodología para el Inicio de Pensión 2.- ALCANCE Este procedimiento comprende las actividades necesarias para iniciar un trámite de beneficio previsional - Pensión. 3.- DEFINICIONES C.S.S.P.C.E.P.B.A.: Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires C.P.C.E.P.B.A.: Consejo Profesional en Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires 4.- RESPONSABILIDADES Gerente de Servicios Administrativos Personal de Atención al Afiliado Personal Administrativo de las Delegaciones del C.P.C.E.P.B.A. Secretarios Técnicos Administrativos 5.- DESARROLLO Cuando un afiliado se presente en la Delegación, Receptoría o Sede Provincial Caja para iniciar un trámite de Pensión, el empleado que lo atienda deberá verificar el cumplimiento de las condiciones de carácter legal necesarias para acceder a dicho beneficio. Los mismos están estipulados en el artículo 48º de la Ley 12.724 que establece que el fallecimiento del profesional genera el derecho a pensión. Para ello, se deberá ingresar a la Aplicación CPBA Consulta de Informe, completar su Nombre de Usuario y Contraseña. Luego completar el Número de Legajo o Nombre y Apellido del Afiliado y generar el Informe Previsional e imprimirlo. Una vez impreso, en él se puede apreciar la historia del Afiliado como Matriculado de nuestro Consejo Profesional: Rubro 1: Datos Personales. Rubro 2: Grupo Familiar. Rubro 3: Situación Matricular. Rubro 4: Situación de Aportes. Rubro 5: Total Años de Servicios con Aportes Computados al Rubro 6: Situación de Préstamos. Rubro 7: Detalle de Deuda de Derecho de Ejercicio Profesional (DEP). Rubro 8: Cuenta Especial de Capitalización de Aportes Excedentes. Rubro 9: Cuenta Especial de Capitalización de Aportes Excedentes - Retiro Anual Excedentes. Rubro 10: Artículo 32º Ley 12.109. En primer lugar se debe verificar la corrección de los datos de los rubros 1 y 2 del Afiliado. Si los mismos son incorrectos corresponderá modificarlos desde la Aplicación CPBA Matrículas, siempre respetando las pautas establecidas en el PE-07 Modificación de Datos. De allí surgirá el cumplimiento o no del requisito legal del Afiliado a los efectos de acceder al beneficio. En segundo término se debe verificar que no exista deuda en concepto de Aportes hacia nuestra Caja de Seguridad Social (rubro 4) y que los mismos alcancen un número suficiente a los efectos de dar cumplimiento al requisito legal estipulado (rubro 5). De ser así, se deberá realizar un análisis exhaustivo de la Cuenta Corriente de Aportes del Afiliado, a los efectos de determinar la necesidad de realizar una reimputación. También hay que tener en cuenta la existencia o no de saldo en la Cuenta Especial de Capitalización (rubros 8 y 9) y/o excedentes del artículo 32 de la Ley 12.109 (rubro 10), ya que de la existencia de ellos dependerá la inclusión o no de los formularios correspondientes.
PENSIÓN Página 2 de 13 Una vez verificado y/o corregido todas estas particularidades, estamos en condiciones de, juntamente con la documentación necesaria indicada en el Check List, dar comienzo al inicio del trámite de Jubilación Ordinaria propiamente dicho. Primeramente el empleado de la Delegación, Receptoría o Sede Provincial Caja ingresará a la Aplicación CPBA Jubilaciones y completará su Nombre de usuario y Contraseña. A continuación ingresará en la solapa Gestión de Jubilaciones, seleccionará Solicitudes y elegirá el ícono Alta. Luego completará el Número de Legajo o Nombre y Apellido del Afiliado y una vez seleccionado el mismo, picará el ícono Alta Solicitud
PENSIÓN Página 3 de 13 A continuación completará el campo correspondiente al tipo de beneficio Jubilación Ordinaria (lista de valores)
PENSIÓN Página 4 de 13 Se deberán marcar todas las opciones que muestra el sistema, teniendo en cuenta la situación particular del afiliado. Los campos a completar son los vinculados a la Cuenta Especial de Capitalización, tanto si aplica el saldo a la deuda (sólo podrá iniciarse un trámite si el saldo es mayor a la deuda) o la forma de cobro del mismo; se deberá solicitar al afiliado un listado de los Honorarios Pendientes de Cobro (en caso de poseerlos). También deberá indicarse, la voluntad del afiliado correspondiente a la Resol. 1188/90, de adherirse (de contado o en cuotas) o no. Pedidos de Imputación y/o Reimputación: Desde Año 1.983 hasta Año 1.988: Es importante destacar que este pedido se realizará separadamente del Inicio de Trámite de Jubilación Ordinaria pero se tratará en forma paralela. En el rubro 4 del Informe Previsional se debe verificar la existencia de Caduceos Pagados (columna 4) superiores al Mínimo Anual (columna 3). De existir, se deberá verificar la presencia de pagos por Aportes Mínimos, ya que éstos son los únicos pagos que pueden ser reimputados. Una vez identificados se debe verificar que sean suficientes para poder cancelar la totalidad de los períodos impagos. De ser así, se pedirá a la Gerencia de Delegaciones de la C.S.S.P.C.E.P.B.A. que realice la reimputación indicando qué pago/s debe/n ser corrido/s y a qué período/s debe/n aplicarse. Años 1.989 en adelante: En estos períodos se deberá solicitar la imputación de pagos faltantes (una vez verificados los mismos) con los correspondientes comprobantes y los pedidos de reimputaciones deberán ser acompañados de una copia de los pagos con la indicación de los motivos que originan la reimputación, y los períodos en los cuales se deben imputar los mismos. En caso de presentarse alguna o ambas situaciones vinculadas a imputaciones / reimputaciones o bien la falta de aplicación de una Plan de Regularización de Aportes Mínimos, tales situaciones deben
PENSIÓN Página 5 de 13 ser indicadas al momento de iniciar el trámite en el ícono Novedades de Aportes, seleccionando la opción correspondiente.
PENSIÓN Página 6 de 13 Una vez completados todos los campos, se deberá seleccionar Confirma e Imprime Formularios. Aparecerá la siguiente pantalla:
PENSIÓN Página 7 de 13 Luego se generará el PDF de formularios.
PENSIÓN Página 8 de 13 Luego se confirma la solicitud, dejando indicado por un lado, si los formularios se han generado correctamente; y por otro, indicando la recepción de las fotocopias necesarias a los efectos de iniciar el trámite.
PENSIÓN Página 9 de 13 Con posterioridad a que el Afiliado firme todos los formularios, podemos entregarle una comprobante del inicio del trámite. A continuación, se debe ingresar a la aplicación Sistema de Administración de las Relaciones con Nuestros Afiliados (CRM) para confirmar el Inicio de trámite previsional Pensión, para ello se ingresa en la aplicación en la siguiente pantalla:
PENSIÓN Página 10 de 13 Una vez ingresado el usuario y la contraseña correspondiente, se deberá identificar y seleccionar el trámite iniciado, dentro de la siguiente pantalla:
PENSIÓN Página 11 de 13 Picando sobre el trámite identificado, se deberá completar la tarea específica. Ingresaremos a la siguiente pantalla:
PENSIÓN Página 12 de 13 Se deberá seleccionar en Tarea Completa la opción SI, y en el apartado Trámite Confirmado marcar la opción SI y seleccionar el ícono para que la tarea quede finalizada. Si por un error de tipeo se genera un trámite por error, a los efectos de eliminarlo de los sistemas, en el apartado Trámite Confirmado se deberá marcar la opción NO. En tanto y en cuanto no se seleccione en Tarea Completa la opción SI, la tarea continuará pendiente en nuestro sector. Es importante destacar que en este momento se ejecuta el Flujo de Trabajo del beneficio previsional. 6.- REGISTROS Código del Registro F-PE-S-01-03 F-PE-S-01-44 Nombre del Registro Check List Pensión CRM-Trámites Responsable Responsable de Beneficios Previsionales Responsable de Beneficios Previsionales Disposición Soporte Informático Soporte Informático Lapso Mínimo Permanente Permanente 7.- ANEXOS No aplica.-
PENSIÓN Página 13 de 13 8.- DOCUMENTOS RELACIONADOS PE-A-01 Inicio de consulta y-o trámite de Beneficio Previsional 9.- MODIFICACIONES: Fecha Modificaciones 12/07/2010 Error de tipeo. Punto 5: legal en lugar de edad. 13/07/2010 Se corrigió la codificación del instructivo y se incluyeron las firmas escaneadas. 18/01/2013 Se eliminaron las revisiones de los Registros y Documentos Relacionados para mejorar la identificación de registros en los procedimientos del SGC y evitar confusión en la utilización de la documentación. Revisado por: Aprobado por: Fecha: 13/07/10 Dr. Claudio Massacesi Fecha: 13/07/10