ADMISION TEMPORAL DE VEHICULOS PARTICULARES CON FINES DE TURISMO PROCEDENTES DE LA REPUBLICA DE CHILE

Documentos relacionados
SALIDA TEMPORAL DE VEHICULOS PARTICULARES CON FINES DE TURISMO HACIA LA REPUBLICA DE CHILE

ANEXO III. (Artículo 1º) ADMISIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS DE ALQUILER PROCEDENTES DE LA REPÚBLICA DE CHILE

ANEXO II. (Artículo 1º) SALIDA TEMPORAL DE VEHÍCULOS DE ALQUILER HACIA LA REPÚBLICA DE CHILE

Ref. Admisión y salida temporal de vehículos particulares utilizados en viajes de turismo desde y hacia Bolivia. 26/3/2013 (BO 10/04/2013)

INGRESO Y EGRESO AL PAÍS

ANEXO II 1. DESTINACION SUSPENSIVA DE IMPORTACIÓN TEMPORAL. a) La Destinación Suspensiva de Importación Temporal de las obras de arte

Régimen de Importación para Argentinos que regresen al País a radicarse en forma permanente:

Certificado de Uso Certificado de Uso - VEHÍCULO

RESOLUCION N VALPARAÍSO,


CIRCULAR N 11 SANTIAGO, 23 DE ABRIL DE

Proceso de Tratamiento de Vehículos Turistas

PROCESO DE ACONDICIONAMIENTO O RECONSTRUCCION QUE SE REALICE EN LA REPUBLICA ARGENTINA

C O M I S I O N N A C I O N A L D E R E G U L A C I O N D E L T R A N S P O R T E

Que sin perjuicio de lo antedicho la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES continuó receptando las inquietudes que formularon las entidades educativas.

República Oriental del Uruguay Ministerio de Economía y Finanzas

Tramitación Solicitud de Residencia Temporaria.-

Anexo I Instructivo de consulta de datos de radicación e ingreso al país

Ref. Importación/Exportación Temporaria - Rally Dakar Argentina- Bolivia /12/2015 (BO 21/12/2015)

CHILE RESOLUCION EXENTA N 3051 / SANTIAGO, 1 5 OCT 2010

1. Planilla de solicitud de Certificado de Uso, debidamente completada (DESCARGAR)

MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA RENTAS Y PATENTES E INSPECCIÓN

1. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE IMPORTACIÓN (documentación a presentar):

1. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE IMPORTACIÓN (documentación a presentar):

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS. Resolución 35/

CIRCULAR N Autorización para la transferencia de acciones de la sociedad operadora.

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

DECRETO SUPREMO Nº JUS R. DEL SUPERT. NAC. DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº SUNARP-SN

APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY DE EXTRANJERÍA

DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA GOBERNACION PROVINCIAL DE ELQUI

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE:

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

ANEXO I. (Artículo 1º) DISPOSICIONES GENERALES. A efectos de la interpretación de esta resolución general se entenderá por:

ANEXO I DISPOSICION RENAR 883/11 INSTRUCTIVO PARA LA INTRODUCCIÓN DEFINITIVA O TEMPORARIA DEL TERRITORIO NACIONAL

FORMULARIO Nº 2. Se utiliza para realizar tramites de: 1) ACREDITACION, 2) TRANSFERENCIA Y 3) GUIAS DE TRANSITO.

Migraciones 2018 MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. Rodrigo Ubilla M. Subsecretario del Interior. 07 de mayo de 2018

MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES DELEGACION CORDOBA

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS. Apruébense los nuevos niveles tarifarios. Déjase sin efecto la Resolución Nº 1870/09.

HOJA INFORMATIVA Nº 35

Información General. 1. Certificados de Uso para Enseres:

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DE EXTRANJERO MENOR DE EDAD NO NACIDO EN ESPAÑA. HOJA INFORMATIVA Nº 59 Fecha de actualización: julio 2011

Visa de Turista REQUISITOS

SOLICITUD DE VISAS DE RESIDENTES

- DOCUMENTACION PARA EGRESAR DEL PAIS CATEGORIAS MIGRATORIAS - EGRESO E INGRESO DE MENORES

ACREDITARSE COMO COOPERANTE

D. Oficial: 36 Tomo: 322 Publicación DO: 21/02/1994 Reformas: S/R Comentarios: REGLAMENTO DE LA LEY DE EQUIPAJES DE VIAJEROS PROCEDENTES DEL EXTERIOR

HOJA INFORMATIVA Nº 50

PRÓRROGAS APROBADAS PARA SER RETIRADAS - SECCIÓN CONSULAR. Para acceder a la lista de prórrogas de pasaportes clic sobre la imagen:

Consulado General de México en Miami Secretaria de Relaciones Exteriores

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES RESOLUCIÓN DEL 15 DE MARZO DE por la cual se modifica parcialmente la Resolución 4240 de 2000.

AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR MOVILIDAD DE ALUMNOS

PROYECTO: PROCEDIMIENTO PARA EL INGRESO Y SALIDA DE VEHÍCULOS DE TURISMO

GUÍA PARA ARGENTINOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR ELECCIONES 2017

" Año de la Exportación" COMUNICACION " A " /03/99

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES INSTRUCCIONES PROVISIONALES SOBRE ARRAIGO LABORAL

PERMISO ORIGINARIO DE PRESTACION DE SERVICIOS (POPS)

INSTRUCTIVO 2 INSCRIPCIÓN DE BENEFICIARIOS DEL GOBIERNO CENTRAL DESDE EL INTERIOR DEL PAÍS

TRAMITES Y REQUISITOS LICENCIAS DE CONDUCIR EN DIRECCION DE TRANSITO MUNICIPALIDAD DE LOTA

1. El Consulado legaliza títulos o constancias de estudios emitidos en el país?

Visa de Residencia Temporal

ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA SOBRE CONTROLES INTEGRADOS DE FRONTERA

Nº PERMISOS DE CIRCULACION 13 PRIMER PERMISO DE CIRCULACIÓN DE AUTOMÓVILES

LA EXPERIENCIA DESDE LAS MIGRACIONES

Ley Nº Registro de Actos de Última Voluntad de la Provincia de Jujuy

TRÁMITES Y SERVICIOS TRÁMITE. Qué necesito saber acerca del trámite? Registro extemporáneo de nacimiento

INSTRUCTIVO SOLICITUD DE CERTIFICADO DE RESIDENCIA FISCAL FORMULARIO 5202 V.3

Convenio de Colaboración Ministerio de Seguridad y Ministerio de Transporte

REQUISITOS PARA LOS VALORES A SER DEPOSITADOS EN INDEVAL GUÍA 2 CERTIFICADOS BURSÁTILES

El artículo 11 de la ley , que establece un impuesto único a la importación de mercancías extranjeras a las zonas francas de extensión.

Nombre del trámite. En qué consiste. Documentación Requerida. Importante VOLVER

REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE VISA - PARAGUAY - Información año 2010

Proceso de Tratamiento de acuerdo a la Destinación (Trasbordo, reembarque y reexportación)

1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES

Cesión de Derechos con Mismo Vehículo o con Cambio de Vehículo o Modalidad o Prórroga de Vigencia para el Transporte Público y Mercantil

Escuela Superior de Ciencias de la Salud

la autorización inicial y el resguardo de solicitud de la renovación de la misma OTROS TRÁMITES A REALIZAR EN LAS OFICINAS DE EXTRANJEROS.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:

RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Informe: I- Procedimiento para obtener el Código de Autorización de Compra (CAC)

PRÓRROGAS APROBADAS PARA SER RETIRADAS - SECCIÓN CONSULAR. Para acceder a la lista de prórrogas de pasaportes clic sobre la imagen:

Créase el Registro de Vehículos Automotores con Principios de Funcionamiento Tendientes a Reducir la Contaminación Ambiental.

IMPORTACION DE VEHICULO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. EXONERADOS DE IMPUESTOS

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2013, Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

Formato de solicitud de visa ante la oficina consular. Oficinas consulares de México.

Formulario L. Solicitud de inscripción de empresa nueva en el registro de empresas de transporte profesional de cargas.

1 08/01/ /01/2013

INFORMACIÓN SOBRE LA INSTALACIÓN DE CIUDADANOS ESPAÑOLES EN PARAGUAY.-

NORMAS GENERALES DE LA RECEPCION DE RECAUDOS PARA LAS REMESAS FAMILIARES

Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Aduanas sobre el Régimen Aduanero Suspensivo para el Sector Automotor

Suscripción Presencial del Acuerdo con Firma Ológrafa

REQUISITOS ESTUDIANTES EXTRANJEROS DE INTERCAMBIO

HABILITACIÓN/RENOVACIÓN PERSONAS FISICA CON PERSONAL A CARGO

- Costo de la visa: USD. 36,00 dólares, en atención a lo previsto en el art. 22 de la Ley Federal de Derechos.

Transcripción:

I.-DISPOSICIONES GENERALES A efectos de la admisión temporal de los vehículos particulares, utilizados en viajes de turismo desde la República de Chile, se deberá observar lo siguiente: 1. Los vehículos particulares comprendidos son los indicados en el Artículo 2 de la presente y deberán estar registrados -con placa identificatoria del dominio (patente)- en la República de Chile. 2. El conductor del vehículo particular deberá: 2.1. Ser su propietario o estar autorizado a utilizarlo por su titular y no tener residencia en la República Argentina. 2.2. Presentar en el paso fronterizo habilitado de ingreso al país los siguientes elementos: a) El formulario único Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno, por duplicado, extendido por la aduana de salida de la República de Chile. Si el vehículo particular se encuentra acompañado por un vehículo particular de arrastre, conforme a lo indicado en el Artículo 2 de la presente, los datos identificatorios de este último -tipo de vehículo, dominio y cualquier otro que permita su control- deberán estar consignados en el campo Observaciones del mencionado formulario único Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno. Asimismo, cuando el vehículo particular de arrastre posea placa identificatoria de dominio (patente) independiente del vehículo particular que acompaña, el conductor podrá formalizar su admisión temporal mediante la integración de otro formulario único "Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno". b) La documentación que acredite su identidad -cédula de identidad o pasaporte- y, respecto del vehículo particular, la titularidad de dominio o, en su caso, la autorización de uso otorgada por su titular.

3. Cuando el conductor del vehículo particular sea un ciudadano argentino, deberá acreditar más de UN (1) año de radicación en la República de Chile mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos: 3.1. Certificado otorgado por el Consulado Argentino en la República de Chile, acreditando más de UN (1) año de residencia. 3.2. Cambio de domicilio asentado en la Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica o Documento Nacional de Identidad. 3.3. Certificado otorgado por la autoridad migratoria de la República de Chile, donde conste que el interesado ha obtenido la residencia permanente o transitoria por un plazo superior a UN (1) año. 3.4. Certificado laboral o contrato con la correspondiente certificación consular que acredite que el interesado posee una relación laboral en la República de Chile por un plazo igual o superior a UN (1) año. 3.5. Acreditación correspondiente, cuando se trate del personal del Servicio Exterior de la Nación y de funcionarios del Estado designados para cumplir misiones oficiales en la República de Chile. 4. El formulario único Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno será extendido por la aduana de salida de la República de Chile y entregado al turista, en original y duplicado. Los ejemplares del citado formulario tendrán el siguiente destino: 4.1. Original: para la aduana argentina con jurisdicción sobre el paso fronterizo habilitado de ingreso al país. 4.2. Duplicado: para la aduana chilena de entrada al retorno a la República de Chile. El servicio aduanero argentino, en el marco del Convenio de Turismo Argentino-Chileno, reconocerá como válido el formulario único emitido por la aduana de la República de Chile y autorizará el ingreso temporal del vehículo particular. 5. La admisión temporal de los bienes que ingresen al país, en calidad de equipaje acompañado, se efectuará al amparo de la normativa vigente en materia del régimen de equipaje.

6. La admisión temporal del vehículo particular será por un plazo máximo de permanencia de CIENTO OCHENTA (180) días, contados desde la fecha de ingreso, prorrogables por única vez y por igual término. 7. La solicitud de prórroga deberá efectuarse durante la vigencia del plazo original otorgado. Su presentación podrá formalizarse ante cualquier aduana argentina, la que comunicará su otorgamiento a la aduana en cuya jurisdicción se encuentre el paso fronterizo habilitado de entrada del respectivo vehículo particular. La prórroga será otorgada siempre que, al momento de la solicitud, el titular de la admisión temporal acredite su calidad de turista y pueda permanecer como tal en el país, conforme a la documentación y normativa migratoria vigente. 8. Cuando se trate de ciudadanos argentinos con residencia permanente en la República de Chile, el plazo máximo de permanencia del vehículo particular será de NOVENTA (90) días no acumulativos ni prorrogables, otorgados para cada entrada bajo admisión temporal. 9. El egreso del vehículo particular deberá realizarse dentro del plazo de permanencia temporal otorgado a su ingreso en el formulario único Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno. habilitado. Dicho egreso podrá realizarse por cualquier paso fronterizo 10. Si al momento del retorno, el titular del vehículo particular se encuentra impedido de conducirlo, podrá optar por una de las siguientes alternativas: 10.1. Permitir su manejo a una tercera persona, siempre que su titular esté a bordo del vehículo particular, en cuyo caso no será necesario autorización escrita, o 10.2. Autorizar a un tercero a conducir su vehículo particular, previa presentación de solicitud fundada ante la aduana más próxima y con constancias de la dificultad o impedimento que alega, al solo efecto de su reexportación. El servicio aduanero evaluará el caso y otorgará o denegará la autorización solicitada.

11. En el caso de que se haya extraviado el formulario único Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno se deberá comunicar dicha situación a la aduana argentina más próxima. 12. La prórroga para la permanencia en admisión temporal del vehículo particular, cuyo titular sea un ciudadano chileno en misión oficial en la República Argentina, será otorgada bajo documentación respaldatoria que acredite la extensión de su misión oficial en el país. II.-DISPOSICIONES OPERATIVAS 1. En el paso fronterizo habilitado de entrada al país, el servicio aduanero ingresará al Sistema de Entradas y Salidas de Automóviles (ENYSA) -conforme al procedimiento definido en su manual de uso- la información necesaria para la integración del formulario único Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno y verificará la coincidencia de los datos declarados con los consignados en los documentos suministrados por el turista. Asimismo, realizará diariamente un control selectivo de los vehículos particulares. Cuando el paso fronterizo habilitado de entrada al país no posea conexión a la red Intranet de este Organismo se deberá cumplir con las instrucciones operativas dictadas a tales fines. 2. Posteriormente, autorizará la admisión temporal del vehículo particular. A tal fin, el agente interviniente consignará la fecha de entrada, su firma y sello en el sector reservado a la aduana de entrada de ambos ejemplares del formulario único Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno y entregará el duplicado al turista. 3. Cuando el vehículo particular egrese de la República Argentina, el agente interviniente: 3.1. Requerirá al turista el duplicado del formulario único Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno. 3.2. Verificará que la salida se realice dentro del plazo de permanencia otorgado. 3.3. Si el paso fronterizo habilitado posee conexión a la red Intranet de

este Organismo, cancelará la admisión temporal a través del Sistema de Entradas y Salidas de Automóviles (ENYSA). En caso contrario, deberá cumplir con las instrucciones operativas dictadas a tales fines. 3.4. Autorizará el egreso del país. A tal fin, consignará la fecha de salida, su firma y sello en el sector reservado a la aduana de salida del duplicado del formulario único Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno y lo devolverá al turista.