ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA VEINTISEIS DE AGOSTO DE DOS MIL CATORCE.

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Transcripción:

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA VEINTISEIS DE AGOSTO DE DOS MIL CATORCE. ASISTENTES: Alcalde Presidente: Concejales: Secretario: D. Jorge Amatos Rodríguez D. Ignacio Hidalgo Béjar D. Juan Carlos García Ortega Dª Mª Milagros Lara Ramos En Cobeña, con fecha ut-supra, siendo las 8,00 horas, se reunieron en la Casa Consistorial las personas que al inicio se expresan componentes de la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria para la que han sido previamente convocados al efecto. No asiste y se excusa el Concejal D. Pedro A. López Navarro A continuación, comprobada la existencia de quórum necesario para su constitución, se procede al estudio y deliberación de los asuntos incluidos en el orden del día, adoptándose los siguientes acuerdos: PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 31 DE JULIO DE 2.014. Distribuido el acta de la sesión extraordinaria celebrada el día 31 de Julio de 2.014 junto con la convocatoria de la presente, de acuerdo con lo preceptuado en el art. 80.2 del ROF, se acuerda por unanimidad de los Sres. Asistentes, aprobar el acta mencionada. SEGUNDO.- ACUERDO SOBRE ADJUDICACIÓN CONTRATO GESTION SERVICIO PUBLICO DE ESCUELA MUNICIPAL DE TENIS, MEDIANTE CONCESIÓN, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. Por mí, El Secretario, de orden de la Alcaldía Presidencia se da lectura de la siguiente propuesta de acuerdo: Visto que con fecha 24 de Junio de 2.014 por Concejal Delegado del Área de Deportes se señaló e informó la necesidad de realizar la contratación de la gestión del servicio público de ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE TENIS, mediante la modalidad de concesión, expresando su justificación, y para ello se redactó el Estudio Económico y el Pliego de Prescripciones Técnicas del servicio, que han seguido la tramitación debida.

Visto que dada la característica de la gestión del servicio público que se pretende en este Ayuntamiento, por la Alcaldía se considera como procedimiento más adecuado el procedimiento negociado sin publicidad. Visto que con fecha 26 de junio de 2.014 se emitió informe de Intervención sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente. Visto que con fecha 26 de junio de 2.014 se emitió Informe por Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir y órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato. Visto que con fecha 27 de Junio de 2.014, se redactó e incorporó al expediente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir la adjudicación del contrato, habiendo sido informado por Secretaría en fecha 30 de Junio de 2.014. Visto que con fecha 30 de Junio de 2.014, por el Interventor se emitió el correspondiente informe de fiscalización del expediente. Visto que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 4 de julio de 2.014, se acordó incoar y aprobar el expediente de contratación y los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas y el Estudio Económico, para la adjudicación de la gestión del servicio público de ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE TENIS, mediante la modalidad de concesión, por procedimiento negociado sin publicidad. Visto que con fecha 8 de Julio de 2.014 se solicitaron ofertas a las siguientes empresas: CLUB DEPORTIVO MULTIDEPORTES COBEÑA COTENIS. TIE BREAK TENIS S.L. Visto que con fecha 23 de Julio de 2.014 se certificaron las ofertas que constan en el expediente. Visto que con fecha 25 de Julio de 2.014 se constituyó la Mesa de contratación, órgano competente para la valoración de las ofertas, y realizó propuesta de adjudicación a favor de la Sociedad TIE BREAK TENNIS S.L., por ser la única oferta presentada a licitación y cumplir con los requisitos exigidos. Visto que con fecha 29 de Julio de 2.014, por la Alcaldía Presidencia, requirió a la Sociedad TIE BREAK TENIS S.L. para que presentará la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, constituyera la garantía definitiva, y además que dispone de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.

Visto que con fecha 5 de Agosto de 2.014, por parte de TIE BREAK TENIS S.L., constituyó garantía definitiva por importe de 150,05 euros y presentó los documentos justificativos exigidos. Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 151.4 y la Disposición Adicional Segunda del Texto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y a tenor de la delegación efectuada por la Alcaldía Presidencia mediante resolución de fecha 17 de Junio de 2.011, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO Adjudicar a la empresa TIE BREAK TENIS S.L. el contrato de gestión del servicio público de ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE TENIS, mediante la modalidad de concesión, aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 4 de julio de 2.014, por un canon anual de 3.001,00 Euros, y en los demás términos que constan en la oferta presentada. SEGUNDO. Notificar a TIE BREAK TENIS S.L., adjudicatario del contrato, el presente acuerdo y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar en la Casa Consistorial el día 29 de Agosto de 2.014 a las 12 horas. TERCERO. Publicar la formalización del contrato de gestión de servicio público de ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE TENIS en el Perfil de contratante. CUARTO. Comunicar los datos básicos del contrato al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 333.3 del Texto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Dicha propuesta fue aprobada por unanimidad de los Sres. Asistentes. TERCERO.- ACUERDO SOBRE ADJUDICACIÓN CONTRATO GESTION SERVICIO PUBLICO DE ESCUELA MUNICIPAL DE PADEL, MEDIANTE CONCESIÓN, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. Por mí, El Secretario, de orden de la Alcaldía Presidencia se da lectura de la siguiente propuesta de acuerdo: Visto que con fecha 25 de Junio de 2.014 por Concejal Delegado del Área de Deportes se señaló e informó la necesidad de realizar la contratación de la gestión del servicio público de ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE PADEL, mediante la modalidad de concesión, expresando su justificación, y para ello se redactó el Estudio Económico y el Pliego de Prescripciones Técnicas del servicio, que han seguido la tramitación debida.

Visto que dada la característica de la gestión del servicio público que se pretende en este Ayuntamiento, por la Alcaldía se considera como procedimiento más adecuado el procedimiento negociado sin publicidad. Visto que con fecha 26 de junio de 2.014 se emitió informe de Intervención sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente. Visto que con fecha 26 de junio de 2.014 se emitió Informe por Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir y órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato. Visto que con fecha 26 de Junio de 2.014, se redactó e incorporó al expediente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir la adjudicación del contrato, habiendo sido informado por Secretaría en fecha 30 de Junio de 2.014. Visto que con fecha 30 de Junio de 2.014, por el Interventor se emitió el correspondiente informe de fiscalización del expediente. Visto que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 4 de julio de 2.014, se acordó incoar y aprobar el expediente de contratación y los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas y el Estudio Económico, para la adjudicación de la gestión del servicio público de ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE PADEL, mediante la modalidad de concesión, por procedimiento negociado sin publicidad. Visto que con fecha 8 de Julio de 2.014 se solicitaron ofertas a las siguientes empresas: CLUB DEPORTIVO ZONA NORTE SPORT TEAM AMAZING PADEL ANLU SERVICIOS DEPORTIVOS S.L. Visto que con fecha 23 de Julio de 2.014 se certificaron las ofertas que constan en el expediente. Visto que con fecha 25 de Julio de 2.014 se constituyó la Mesa de contratación, órgano competente para la valoración de las ofertas, y realizó propuesta de adjudicación a favor de la Sociedad ANLU SERVICIOS DEPORTIVOS S.L., por ser la oferta mejor valorada en base a los criterios de adjudicación y cumplir con los requisitos exigidos. Visto que con fecha 29 de Julio de 2.014, por la Alcaldía Presidencia, se clasificaron las ofertas presentadas por los candidatos en base a la propuesta llevada a cabo por la Mesa de contratación y requirió a la Sociedad ANLU SERVICIOS DEPORTIVOS S.L. para que presentara la documentación acreditativa

de la posesión y validez de los documentos exigidos en el apartado primero del art. 146 del TRLCSP y de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, constituyera la garantía definitiva, y además que dispone de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. Visto que con fecha 1 de Agosto de 2.014, por parte de ANLU SERVICIOS DEPORTIVOS S.L., se constituyó garantía definitiva por importe de 250 euros y presentó los documentos justificativos exigidos. Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 151.4 y la Disposición Adicional Segunda del Texto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y a tenor de la delegación efectuada por la Alcaldía Presidencia mediante resolución de fecha 17 de Junio de 2.011, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO Adjudicar a la empresa ANLU SERVICIOS DEPORTIVOS S.L. el contrato de gestión del servicio público de ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE PADEL, mediante la modalidad de concesión, aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 4 de julio de 2.014, por un canon anual de 5.000,00 Euros, y en los demás términos que constan en la oferta presentada. SEGUNDO. Notificar la adjudicación a los candidatos que no han resultado adjudicatarios. TERCERO. Notificar a ANLU SERVICIOS DEPORTIVOS S.L., adjudicatario del contrato, el presente acuerdo y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar en la Casa Consistorial el día 29 de Agosto de 2.014 a las 12,30 horas. CUARTO. Publicar la formalización del contrato de gestión de servicio público de ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE PADEL en el Perfil de contratante. QUINTO. Comunicar los datos básicos del contrato al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 333.3 del Texto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Dicha propuesta fue aprobada por unanimidad de los Sres. Asistentes. CUARTO. ACUERDO SOBRE ADJUDICACIÓN CONTRATO SERVICIO DE ESCUELA MUNICIPAL DE INGLES, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, OFERTA ECONOMICAMENTE MÁS VENTAJOSA, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

Por mí, El Secretario, de orden de la Alcaldía Presidencia se da lectura de la siguiente propuesta de acuerdo: Visto que con fecha 7 de Mayo de 2.014 por la Alcaldía se detectó la necesidad de realizar la contratación de la ESCUELA MUNICIPAL DE INGLES, debido al gran interés y participación de los vecinos de Cobeña, durante su anterior desarrollo y dadas las características del servicio se considera como procedimiento más adecuado el procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa varios criterios de adjudicación. Visto que con fecha 8 de Mayo de 2.014 se emitió informe de Intervención sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente. Visto que con fecha 8 de Mayo de 2.014 se emitió Informe por Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir y órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato. Visto que con fecha 12 de Mayo de 2.014, se redactaron e incorporaron al expediente los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas, que han de regir la adjudicación del contrato. Visto el informe de Secretaría de fecha 15 de Mayo de 2.014. Visto que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de mayo de 2.014, se acordó iniciar y aprobar el expediente de contratación y los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas, que regirán el contrato del servicio de ESCUELA MUNICIPAL DE INGLES, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación. Visto que con fecha 16 de junio de 2.014 se publicó anuncio de licitación por plazo de quince días hábiles en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Perfil de contratante del órgano de contratación, a fin de que los interesados presentaran sus proposiciones. Visto que durante la licitación se presentaron las proposiciones que constan en el expediente. Visto que con fecha 28 de Julio de 2.014, se reunió la Mesa de contratación, y tras realizar la valoración de las ofertas presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares, ésta realizó propuesta de adjudicación a favor de INSTITUTO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES CAMBRIDGE S.A., por ser la oferta económicamente más ventajosa, mejor valorada y cumplir con los requisitos establecidos.

Visto que con fecha 4 de Agosto de 2.014, por la Alcaldía Presidencia, se clasificaron las proposiciones presentadas en base a la propuesta llevada a cabo por la Mesa de contratación, y se requirió al licitador que presentó la oferta económicamente más ventajosa para que presentara la documentación acreditativa de la posesión y validez de los documentos exigidos en el apartado primero del art. 146 del TRLCSP y de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, constituyera la garantía definitiva, y además que dispone de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. Visto que con fecha 5 de Agosto de 2.014, el licitador INSTITUTO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES CAMBRIDGE S.A., constituyó garantía definitiva por importe de 1.500 euros y presentó los documentos justificativos exigidos. Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 151.4 y la Disposición Adicional Segunda del Texto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y a tenor de la delegación efectuada por la Alcaldía Presidencia mediante resolución de fecha 17 de Junio de 2.011, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO. Adjudicar a la empresa INSTITUTO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES CAMBRIDGE S.A. el contrato de servicios de ESCUELA MUNICIPAL DE INGLES, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de mayo de 2.014 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 141 de fecha 16 de Junio de 2.014 y en el Perfil de contratante, en base a la oferta presentada. SEGUNDO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios. TERCERO. Notificar a INSTITUTO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES CAMBRIDGE S.A., adjudicatario del contrato, el presente acuerdo y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar en la Casa Consistorial el día 9 de Septiembre de 2.014 a las 12 horas. CUARTO. Publicar la adjudicación del contrato de ESCUELA MUNICIPAL DE INGLÉS en el Perfil de Contratante y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en el plazo de cuarenta y ocho días a contar desde la fecha del presente acuerdo. QUINTO. Comunicar los datos básicos del contrato al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 333 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Dicha propuesta fue aprobada por unanimidad de los Sres. Asistentes. QUINTO. ACUERDO SOBRE ADJUDICACIÓN CONTRATO SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN COBEÑA, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, OFERTA ECONOMICAMENTE MÁS VENTAJOSA, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Por mí, El Secretario, de orden de la Alcaldía Presidencia se da lectura de la siguiente propuesta de acuerdo Visto que con fecha 26/05/2014, por el Alcalde se detectó la necesidad de realizar la contratación del servicio de RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS debido a la finalización del contrato vigente suscrito con CESPA SA. Visto que dadas las características del servicio por el Alcalde se considera que el procedimiento más adecuado es el procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación. Visto que con fecha 27/05/2014, se emitió informe de Intervención sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente. Visto que con fecha 27/05/2014, se emitió Informe por Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir y órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato. Visto que con fecha 28/05/2014, por providencia de la Alcaldía se ordena la redacción de os correspondientes pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. Visto que con fecha 3/06/2014, se realizó por el Interventor la retención de crédito oportuna y se emitió Informe de fiscalización del expediente en sentido favorable. Visto que con fecha 16/06/2014 por el Pleno se acordó el inicio de la contratación según providencia de la Alcaldía dictada en fecha de 28/05/2014, se aprobó el expediente de contratación junto con los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas para la adjudicación del servicio de RECOGIDA Y TRANPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN EL MUNICIPIO DE COBEÑA, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación. Asimismo se autorizó el gasto que supone la adjudicación. Visto que con fecha 23/06/2014, se publicó anuncio de licitación por plazo de quince en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Perfil de

contratante del órgano de contratación, a fin de que los interesados presentaran sus proposiciones. Visto que durante la licitación se presentaron las proposiciones que constan en el expediente. Visto que con fecha 30/07/2014, se constituyó la Mesa de contratación, y realizó propuesta de adjudicación a favor de SEULA SL. Visto que con fecha 1/08/2014, se requirió al licitador que presentó la oferta económicamente más ventajosa, para que presentara la documentación justificativa [a que hacen referencia los artículos 146.1 y 151.2 a que hace referencia el artículo 151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como justificación de la constitución de la garantía definitiva y, además, que dispone de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 151.4 y la Disposición Adicional Segunda del Texto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, SE PROPONE a la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de las facultades delegadas por el Pleno de la Corporación en fecha de 30 de junio de 2011 (BOCM nº 178 de 29 de julio de 2011) la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO.- Ratificar la inclusión del presente asunto en el orden del día, dando cuenta a la Comisión Informativa Permanente del Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. SEGUNDO. Adjudicar a la empresa SEULA SL el contrato de servicios de RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS DE COBEÑA, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, aprobado por el Pleno en fecha de 16 de junio de 2014 y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 147 de fecha 23 de junio de 2014 y en el Perfil de contratante. TERCERO. Disponer el gasto correspondiente al ejercicio 2014 con cargo a la partida 1621.22700 del vigente presupuesto de gastos. CUARTO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios y autorizar la devolución de la garantía provisional por ellos prestada. QUINTO. Notificar a SEULA SL, adjudicatario del contrato, la presente Resolución y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar el 30 de septiembre de 2014 a las 10,00 horas.

SEXTO. Publicar la formalización del contrato de servicios de RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS DE COBEÑA en el Perfil de contratante, y publicar anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en el plazo de cuarenta y ocho días a contar desde la fecha del presente acuerdo. SEPTIMO. Comunicar los datos básicos del contrato al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 333.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. OCTAVO. Remitir a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid copia certificada del documento en el que se hubiere formalizado el contrato, acompañada de un extracto del expediente en que se derive, siempre que la cuantía del contrato exceda de 150.000 euros. Todo ello, dentro de los tres meses siguientes a la formalización del contrato. Dicha propuesta fue aprobada por unanimidad de los Sres. Asistentes. Finalmente no habiendo más asuntos pendientes sobre la mesa, se cerró la sesión a las nueve horas cincuenta minutos, levantándose la presente acta de todo lo cual como Secretario certifico.