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ÓRGANO OFICIAL REGULATORIO EDICIÓN ORDINARIA, LA HABANA, 24/12/09 AÑO IX NÚMERO 00-99 SUSCRIPCIÓN: ambitor@cecmed.sld.cu ISSN 1684-1832 RESOLUCIÓN No. 8 / 09 la Calidad de los Medicamentos, en lo adelante. Pública y director en funciones del. del, entre las que se encuentran, otorgar certificados, POR CUANTO: El en cumplimiento de lo que producen ingredientes farmacéuticos activos y medicamentos para hacer cumplir los requisitos sanitarios establecidos. realizada los días 14,15 y 16 de Enero de 2009 a la Empresa Laboratorios AICA, se comprobó el cumplimiento de los aspectos establecidos en las Directrices sobre Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Farmacéuticos y en otros documentos aplicables vigentes en la República de Cuba, según se argumenta en el informe conclusivo correspondiente. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están PRIMERO: Renovar la Licencia Sanitaria de Operaciones Farmacéuticas 001-04-1M a la Empresa Laboratorios AICA para la fabricación de inyectables líquidos en ampolletas de 1, 2, 3, 5,10 y 20 ml SEGUNDO: La licencia es válida por cinco años a partir de la fecha de emisión. NOTIFÍQUESE a la Empresa Laboratorios AICA. para su general conocimiento. Asesoría Jurídica del. DADA en La Habana a los 02 días del mes de febrero de 2009. Año del 50 Aniversario del Triunfo de la Revolución

Fecha: 24/12/09 ÓRGANO OFICIAL REGULATORIO Pág. 1 RESOLUCIÓN No. 9 / 09 la Calidad de los Medicamentos, en lo adelante. Pública y director en funciones del. del, entre las que se encuentran, otorgar certificados, POR CUANTO: El en cumplimiento de lo que distribuyen medicamentos para hacer cumplir los requisitos sanitarios establecidos. POR CUANTO: En la Inspección Farmacéutica Estatal realizada al Frigorífico, perteneciente a la Unidad Empresarial Básica de Medicamentos Importados (UEBMI), con fecha 21, 22 y 23 de enero de 2009, se comprobó el cumplimiento de los aspectos establecidos en la Resolución No. 29/06, dispuesta por el del, poniendo en vigor las Directrices sobre Buenas Prácticas de Distribución de Productos Farmacéuticos y Materiales y en otros documentos aplicables vigentes en la República de Cuba, según se argumenta en el informe conclusivo correspondiente. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están PRIMERO: Otorgar la Licencia Sanitaria de Operaciones Farmacéuticas al Frigorífico, perteneciente a la Unidad Empresarial Básica de Medicamentos Importados (UEBMI), para todas las operaciones de distribución de medicamentos y vacunas con condiciones especiales de temperatura. SEGUNDO: La licencia que se otorga le corresponde el No. 001-09-2B y es válida por 36 meses a partir de la fecha de emisión. QUINTO. El solicitante inconforme con la presente Resolución NOTIFÍQUESE a la Unidad Empresarial Básica de Medicamentos Importados (UEBMI). para su general conocimiento. Asesoría Jurídica del. DADA en La Habana a los 02 días del mes de enero de 2009. "Año del 50 Aniversario del Triunfo de la Revolución RESOLUCIÓN No. 80 / 09 la Calidad de los Medicamentos, en lo adelante. Pública y director en funciones del. del, entre las que se encuentran, otorgar certificados,

Fecha: 24/12/09 ÓRGANO OFICIAL REGULATORIO Pág. 2 POR CUANTO: Se ha comprobado el cumplimiento de los aspectos estipulados en la Resolución No. 01/06 dispuesta por el Buró Regulatorio para la Protección de la Salud Pública, poniendo en vigor las Directrices sobre Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Farmacéuticos, y en otros documentos aplicables, mediante la evaluación de la documentación relacionada con la solicitud de la Licencia Sanitaria de Operaciones Farmacéuticas de Fabricación Temporal para la preparación de materiales, formulación, llenado, inspección visual y etiquetado de 7 lotes de vax-tet (9008-4, 9008-5, 9010-1, 9010-2, 9010-3, 9010-4 y 9010-5). POR CUANTO: El Centro Nacional de Biopreparados ha cumplimentado los requerimientos establecidos en la Resolución 02 del 3 de agosto de 2007 del Buró Regulatorio para la Protección de la Salud Pública Reglamento sobre el Sistema de Licencias Sanitarias de Operaciones Farmacéuticas y la Certificación de las Buenas Prácticas de Fabricación, en lo concerniente al procedimiento y requisitos para solicitar la autorización de la Licencia Sanitaria de Operaciones Farmacéuticas para la Fabricación Temporal de la especialidad farmacéutica referida en el por cuanto anterior. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están PRIMERO: Otorgar la Licencia Sanitaria de Operaciones Farmacéuticas de Fabricación Temporal al Centro Nacional de Biopreparados para la fabricación de los lotes 9008-4, 9008-5, 9010-1, 9010-2, 9010-3, 9010-4 y 9010-5 de vax-tet, realizando las siguientes operaciones farmacéuticas: Planta de Productos Parenterales 1: preparación de materiales, formulación y llenado. Planta de Productos Parenterales 2: inspección visual y etiquetado. SEGUNDO: La licencia que se otorga le corresponde el No. 012-09-1B y ampara la fabricación efectuada entre el 13 de julio y el 15 de agosto de 2009. CUARTO: El solicitante inconforme con la presente Resolución podrá interponer recurso de apelación ante la entidad superior, el Buró Regulatorio para la Protección de la Salud Pública, en el término de veinte (20) días naturales a partir de la fecha de su NOTIFÍQUESE al Centro Nacional de Biopreparados. para su general conocimiento. Asesoría Jurídica del. DADA en La Habana a los 21 días del mes de septiembre de 2009. "Año 50 Aniversario del Triunfo de la Revolución RESOLUCIÓN No. 85 / 09 la Calidad de los Medicamentos, en lo adelante. Pública y director en funciones del. del, entre las que se encuentran, otorgar certificados, POR CUANTO: El en cumplimiento de lo que producen medicamentos para hacer cumplir los requisitos sanitarios establecidos. realizada en agosto de 2009 al Establecimiento Farmacéutico Reyval, de la Empresa Laboratorio Farmacéutico Reinaldo Gutiérrez, se comprobó el cumplimiento de los aspectos establecidos en las Directrices sobre Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Farmacéuticos y en otros documentos aplicables vigentes en la República de Cuba, según se argumenta en el informe conclusivo correspondiente. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están PRIMERO: Renovar la Licencia Sanitaria de Operaciones Farmacéuticas 010-04-1M de la Empresa Laboratorio Farmacéutico Reinaldo Gutiérrez, específicamente al

Fecha: 24/12/09 ÓRGANO OFICIAL REGULATORIO Pág. 3 Establecimiento Farmacéutico Reyval para la fabricación de tabletas. SEGUNDO: La licencia es válida por 3 años a partir de la fecha de emisión. NOTIFÍQUESE a la Empresa Laboratorio Farmacéutico Reinaldo Gutiérrez. para su general conocimiento. Asesoría Jurídica del. DADA en La Habana a los 01días del mes de septiembre de 2009. Año del 50 Aniversario del Triunfo de la Revolución RESOLUCIÓN No. 89 / 09 la Calidad de los Medicamentos, en lo adelante. Pública y director en funciones del. del, entre las que se encuentran, otorgar certificados, POR CUANTO: El en cumplimiento de lo que producen medicamentos para hacer cumplir los requisitos sanitarios establecidos. realizada en septiembre de 2009 a la Unidad Empresarial de Base Mayorista de Medicamentos Matanzas (UEBMM Matanzas), se comprobó el cumplimiento de los aspectos establecidos en la Resolución No. 29/06, dispuesta por el del, poniendo en vigor las Directrices sobre Buenas Prácticas de Distribución de Productos Farmacéuticos y Materiales y en otros documentos aplicables vigentes en la República de Cuba, según se argumenta en el informe conclusivo correspondiente. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están PRIMERO: Otorgar la Licencia Sanitaria de Operaciones Farmacéuticas a la Unidad Empresarial de Base Mayorista de Medicamentos Matanzas (UEBMM Matanzas), para todas las operaciones de distribución de medicamentos de uso humano. SEGUNDO: La licencia que se otorga le corresponde el No. 010-09-2M y es válida por 36 meses a partir de la fecha de emisión. NOTIFÍQUESE a la Unidad Empresarial de Base Mayorista de Medicamentos Matanzas (UEBMM Matanzas). para su general conocimiento. Asesoría Jurídica del.

Fecha: 24/12/09 ÓRGANO OFICIAL REGULATORIO Pág. 4 DADA en La Habana a los 15 días del mes de octubre de 2009. Año del 50 Aniversario del Triunfo de la Revolución RESOLUCIÓN No. 91 / 09 la Calidad de los Medicamentos, en lo adelante. de diciembre de 1999, el que resuelve fue designado como Pública y director en funciones del. del, entre las que se encuentran, otorgar certificados, POR CUANTO: El en cumplimiento de lo que producen medicamentos de uso humano para hacer cumplir los requisitos sanitarios establecidos. realizada en octubre de 2009 a la Planta de Productos Parenterales 2 del Centro Nacional de Biopreparados (BIOCEN) se comprobó el cumplimiento de los aspectos establecidos en las Directrices sobre Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Farmacéuticos y en otros documentos aplicables vigentes en la República de Cuba, según se argumenta en el informe conclusivo correspondiente. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están PRIMERO: Renovar la Licencia Sanitaria de Operaciones Farmacéuticas 007-04-1B del Centro Nacional de Biopreparados, quedando la entidad autorizada para realizar las siguientes operaciones en la Planta de Productos Parenterales 2: Preparación de materiales, inspección visual, etiquetado y envase de los productos biofarmacéuticos formulados y llenados en la Planta de Productos Parenterales 2. Formulación en: Sistema STERIDOSE: HEBERBIOVAC HB, HEBERBIOVAC HB sin tiomersal; Sistema STERIDOSE y bolsas plásticas agitadas HYCLONE o tanques móviles T6 y T7: Trivac-HB ; Bolsas plásticas STEDIM: Quimi-Hib, Quimi-Hib concentrada. Llenado aséptico a partir de: Botellones, sistema STERIDOSE y bolsas plásticas agitadas HYCLONE: HEBERBIOVAC HB y HEBERBIOVAC HB sin tiomersal; Bolsas plásticas agitadas HYCLONE y tanques móviles T6 y T7: vacuna Trivac-HB ; Bolsas plásticas STEDIM: Quimi-Hib, Quimi-Hib concentrada, ior EPOCIM 2 000 e ior EPOCIM 4 000. Inspección visual semiautomática, etiquetado y envase de los productos biofarmacéuticos formulados, llenados y liofilizados en la Planta de Productos Parenterales 1, así como del Heberprot proveniente de la Planta No. 4 del Centro de Ingeniería Genética y Biotecnología. Envase de Heberviron y de HEBERPENTA. SEGUNDO: La licencia renovada mantiene el No. 007-04-1B y es válida por 5 años a partir de la fecha de emisión. NOTIFÍQUESE, al Centro Nacional de Biopreparados. para su general conocimiento. Asesoría Jurídica del. DADA en la Ciudad de La Habana a los 30 días del mes de octubre de 2009. "Año del 50 Aniversario del Triunfo de la Revolución

Fecha: 24/12/09 ÓRGANO OFICIAL REGULATORIO Pág. 5 Comité Editorial DrC. Rafael Pérez Cristiá Dr. Jesús Saíz Sánchez MSc. Lisette Pérez Ojeda Lic. Herminia Díaz Terry Teléfono: 271 4023, 271 8767 e-mail: cecmed@cecmed.sld.cu Centro para el Control Estatal de la Calidad de los Medicamentos.