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Transcripción:

ti MINJUSTICIA SMI 511FIR POEN DENCIA DE DO d. REGISTRO TODOS POR UN NUEVO PAÍS A t,p-p1al RESOLUCIÓN No. 7 2 3 E 2018 2 6 Juivi r Por la cual se valida el procedimient d e acceso, consulta y utilización de la base de datos de la información que produce y administra la Registraduria Nacional del Estado Civil, para la autenticación e identificación biométrica en línea y se autoriza la prestación de tal servicio, en algunas notarias del país, para la adecuada y oportuna prestación del servicio notarial, en los términos dispuestos en el Decreto Ley 019 de 2012. EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EL DO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 19 del artículo 11: numeral 7 del artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, y CONSIDERANDO: Que al tener que de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014, expedido a través de la Ley 1450 de 2011, se establece que para el ejercicio de funciones públicas, las entidades públicas y particulares que ejerzan funciones públicas podrán poner a disposición de las demás entidades, bases de datos de acceso permanente y gratuito, con la información que producen y administran, éstas sólo tendrán derecho a cobrar por el acceso a los datos y base de datos que administren, los costos asociados a su reproducción y los servicios de quien lo administra, en el evento de requerir procesamientos o filtros especiales adicionales a la información duplicada en la base de datos. Que mediante Decreto Ley 019 de 2012, el Gobierno Nacional, estableció en su artículo 18: "En los trámites y actuaciones que Se cumplan ante las entidades públicas y los particulares que ejerzan funciones administrativas en los que se exija la obtención de la huella dactilar como medio de identificación inmediato de la persona, ésta se hará por medios electrónicos. Las referidas entidades y particulares contarán con los medios tecnológicos de intbroperabilidad necesarios para cotejar la identidad del titular de la huella con la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado CiviL (...) Cuando sea necesario, y con el fin de obtener la huella dactilar en sitios distintos a su sede operativa, las autoridades públicas o los particulares en ejercicio de funciones administrativas podrán incorporar mecanismos móviles de obtención electrónica remota de la huella dactilar. Las notarias del país están obligadas a contar con sistemas de obtención electrónica remota de la huella dactilar (.4" Corresponde conforme con el parágrafo 2 del mencionado articulo 18 del Decreto Ley 019 de 2012, que los notarios como particulares que ejercen funciones públicas, estén obligados a contar con medios tecnológicos de interoperabilidad para cotejar la huella dactilar - como medio de identificación de la persona - con la base de datos de la Registraduría Nacional de Estado Civil. 150 SPO' calla 26 No. 13-49 Int. 201- P8X (132a-21. 21 Rapta 0.0 Colombia Ilpftwww suereolaoado gov-(x)

MINJUSTICIA Still C SUPENINfleNDENCIA DE DO 1. REGISTRO TODOS POR UN NUEVO PAÍS RESOLUCIÓNNi. DE 2018 N. 2 3 9 26 JUN 2018 Que en tal orden y al tener que dicho gremio se organizó para adelantar el proceso de evaluación y habilitación para acceder a la base de datos biométrica de RNEC en los términos del anexo técnico que se refiere la Resolución 3341 de 2013, y que la RNEC certificó a la Unión Colegiada del Notariado con su aliado en Tecnología, la empresa ID3 TECHNOLOGIES, para brindar el servicio de autenticación biométrica, que lo habilita para continuar con la siguiente etapa del proceso para obtener el acceso a la base de datos de la RNEC en cuanto a la información biométrica, corresponde a esta, a fin de ejercer la inspección, vigilancia y control sobre el servicio público notarial en los términos establecidos en las normas vigentes, expedir los actos administrativos que se requieran para orientar la prestación del servicio de identificación y autenticación biométrica, asi como implementar sistemas administrativos y operativos para lograr la eficiente prestación del servicio procurando su racionalización y modernización, dentro de un esquema de confiabilidad y seguridad, para combatir el flagelo de suplantaciones o fraudes en los trámites notariales dispuestos en la ley, en tanto el sistema de identificación biométrica en línea constituye garantía de transparencia y seguridad en los trámites que requieran los usuarios del servicio notarial. Que conforme a lo anterior, corresponde a la, validar el procedimiento de acceso, consulta y utilización de la base de datos de la información que produce y administra la Registraduría Nacional del Estado Civil, para la autenticación e identificación biométrica en línea y proceder a autorizar la prestación de tal servido a los Notarios que a continuación se relaciona NOMBRE DEL Nilson Darío Parra Hernández Carlos Alberto Villada Elpinosa Nydia Bohórquez Lara Única del Circulo de Toribio Cauca Única del Circulo de Bolivar -Cauca Unica del Circulo de Palmito - Sucre En mérito de lo expuesto, el Superintendente Delegado para el Notariado. RESUELVE: Artículo 1.- Conforme lo establecido en el Decreto 019 de 2012, los notarios, deberán reemplazar la imposición de la huella dactilar por su captura mediante la utilización de medios electrónicos, a efectos de cotejar la misma con la base de datos de la Registraduria Nacional del Estado Civil, en todos los tramites notariales dispuestos en la normatividad vigente, conforme a los lineamientos dispuestos en la Resolución 14681 del 31 de diciembre de 2015. e,,s0 4001 avi~i Caile 26 Nc. 13-49 int 201 - PBX 111328-21- 21 Bogotá D C Colombia hccr1491-4 si.pemotariado.cov.o9

MINJUSTICIA SNN SUPERINTENDENCIA DE DO praid. REGISTRO deia Iipubm TODOS POR UN NUEVO PAÍS RESOLUCIÓN No. DE 2018 2 6 JUN 2018 110 Artículo 2.- Para efect de. co va ar j a iniciación y ejercer los controles pertinentes, se procede a autorizar la prestación de tal servicio a los Notarios que a continuación se relacionan, por cumplir con los requisitos necesarios para la adecuada y oportuna prestación del servicio, entre ellos la instrucción administrativa No. 03 del 08 de Marzo de 2017, conforme a la certificación remitida por el doctor Alvaro Rojas Charry, Presidente de la Unión Colegiada del Notariado Colombiano, con radicado SNR2018ER047271,/en los términos dispuestos en la Resolución 14681 del 31 de diciembre de 2015 y adelantar el respectivo cobro de la tarifa, a partir del 28 de junio de 2018. NOMBRE DEL Nilson Darío Parra Hernández Carlos Alberto Villada Espinosa Nydia Bohórquez Lara Única del Circulo de Toribio Cauca Única del Circulo de Bolívar -Cauca Única del Circulo de Palmito - Sucre En mérito de lo expuesto, el Superintendente Delegado para el Notariado Artículo 3.- Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C. a COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 26 JUN 2018 Proyectó: Re C al Capillo / Superintendencia Delega a para ti %planazo Galio 28 No. 13-49 Int 201- PBX 1)328-21-21 Bogotá O C. - Colombia htlpiiikunxbimeinotanago,m1v CQ

Toribío - Cauca 18 de Junio de 2018 Oficio No. 064/18 Superintendente Delegado para el Notariado Bogotá D.C., Respetado Señor Superintendente Por medio de la presente, me permito solicitar la expedición de la Resolución de autorización para realizar identificación y autenticación biométrica en línea con la "U.C.N.C", lo anterior teniendo en cuenta que he cumplido con los requisitos técnicos y normativos para la autenticación biométrica en línea de trámites notariales. El detalle de la solicitud es la siguiente: NOTARÍA INGRESO DEL Única de Toribío - Cauca NILSON DARIO PARRA HERNANDEZ Nuevo NILSON JARIO P RRA HER Notario

Bolívar Cauca 05 de Junio de 2018 Oficio No. 059/18 Superintendente Delegado para el Notariado Bogotá D.C., Respetado Señor Superintendente Por medio de la presente, me permito solicitar la expedición de la Resolución de autorización para realizar identificación y autenticación biométrica en línea con la "U.C.N.C, lo anterior teniendo en cuenta que he cumplido con los requisitos técnicos y normativos para la autenticación biométrica en línea de trámites notariales. El detalle de la solicitud es la siguiente: NOTARÍA INGRESO DEL Única de Bolívar Cauca CARLOS ALBERTO VILLADA ESPINOSA Nuevo

Palmito Sucre 29 de Mayo de 2018 Oficio No. 058/18 Superintendente Delegado para el Notariado Bogotá D.C., Respetado Señor Superintendente Por medio de la presente, me permito solicitar la expedición de la Resolución de autorización para realizar identificación y autenticación biométrica en línea con la "U.C.N.C", lo anterior teniendo en cuenta que he cumplido con los requisitos técnicos y normativos para la autenticación biométrica en línea de trámites notariales. El detalle de la solicitud es la siguiente: NOTARÍA -INGRESO DEL Notaría Única de Palmito - Sucre NYDIA BOHORQUEZ LARA Nueva oauer RQU EZ LARA otaria

(-)Verlicieneict Bogotá D.C., 21 de junio de 2018 Oficio N 403P/18 Superintendente Delegado para el Notariado - SNF techa Ciudad tolros Respetado Señor Superintendente: 220E2018 1 20 44 p m ilill 1111 11111111111 j Itifirlifilliii InG.5.719.5 Anexos C SNN2018ER0472-1 Origen U C.N C ALVARO ROjAS.0,- -P.? LOCA ' Destino SDN / SUPERINTENDENCIA _t_egada ac, int^ mol I mirann Adjunto al presente, me permito enviar las Notarías adicionales de los Departamentos de Cauca y Sucre, que a la fecha, han cumplido con los requisitos y están en condiciones de tener conectividad y acceso al sistema de Identificación y Autenticación Biométrica en Línea, además del uso de la firma digital del notario, como la firma digital del sistema del operador en los términos dispuestos en la Instrucción Administrativa N 03 de 8 de marzo de 2017, expedida por esa Superintendencia. Lo anterior, con el fin de obtener el aval y autorización de esa Superintendencia para efectos de iniciar la prestación del servicio y el cobro de la tarifa autorizada por el Gobierno Nacional, a partir de la fecha que defina la Entidad, para lo cual sugerimos el día viernes 22 de junio del presente año. Por lo anterior, informó que los siguientes Notarios, están autorizados para prestar el servicio de Identificación y Autenticación Biométrica en Línea. No No Única de Toribío - Cauca Única Única de Bolívar Cauca i Única Única de Palmito - Sucre Única NILSON DARIO PARRA HERNÁNDEZ CARLOS ALBERTO VILLADA ESPINOSA NYDIA BOHORQUEZ LARA Elaboró RCS 9wsidencia, Miembro Funefarfor Le & Unten Internacional' cú! notariado. I. 9d..0 Carrera 9 no. 97-20 BOOM D.C.,CoGmfoia P.B.9C (97-1)746 4040 / 018000180 245 vemeamionce&giaanotariadoeoforakano.e0or mnrmotariaserdineatom