El Consejo de Administración Pesquera del Caribe

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Transcripción:

El Consejo de Administración Pesquera del Caribe Parte 1: Alternativas propuestas para las vistas públicas para el 15 y 17 de agosto, 2016. 1

Lo siguiente son las alternativas que se van a considerar durante las próximas vistas públicas. Para el documento completo sobre las alternativas propuestas, los datos utilizados y el análisis completo de los puntos a favor o en contra de las alternativas, vayan a la página web del Consejo al: http://caribbeanfmc.com/fmp%20amendment%20to%20accountability%20measures%202016/damti ming60216v3malop.pdf Para más información sobre los límites de captura anual y medidas de responsabilidad, favor de referirse a la segunda parte de este documento. Definiciones. Límite de Captura Anual ACL, por sus siglas en ingles. Es una estrategia de manejo utilizada por los Consejos de Pesca para asegurar la estabilidad poblacional, salud reproductiva y proteger contra la sobre pesca de las especies marinas. Así como dice el nombre, el límite anual de captura es el máximo establecido de pesca para una especie o grupos de especies marinas que se puede extraer del mar al año. Medidas de Responsabilidad AMs, por sus siglas en ingles. Es una estrategia de manejo utilizada para evitar que se alcance un ACL o, en el caso de que ya se haya alcanzado, minimizar los impactos causados por haberlo excedido. Alternativa 1 No acción. Si se excede un ACL los cierres de temporada se establecen comenzando desde el 31 de diciembre contando hacia atrás durante el año por el número de días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. para evitar que se exceda el ACL nuevamente. Esto aplicará a la pesca comercial y la pesca recreativa para Puerto Rico, St. Thomas/St. John y St. Croix. 2

Alternativa 2 Preferida (por el Consejo y según las entrevistas). Si se excede un ACL los cierres de temporada se establecen comenzando desde el 30 de septiembre contando hacia atrás durante el año por el número de días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. para evitar que se exceda el ACL nuevamente. Esto aplicará a la pesca comercial y la pesca recreativa para Puerto Rico, St. Thomas/St. John y St. Croix. Alternativa 3. Si se excede un ACL los cierres de temporada se establecen comenzando desde el 1 de enero contando hacia al frente durante el año por el número de días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. Esto aplicará a la pesca comercial y la pesca recreativa para Puerto Rico, St. Thomas/St. John y St. Croix. Alternativa 4. Si se excede un ACL, establecer una fecha para los cierres de temporada durante (a) los meses de mayores desembarcos pesqueros, o (b) los meses de menos desembarcos pesqueros para cada unidad de peces manejadas por el Consejo (FMU, por sus siglas en ingles). Para la lista de peces manejadas por el consejo, ver Tabla 1 al final. La ventaja de escoger una fecha durante altos desembarcos pesqueros es que la duración del cierre sería más corta, ya que tomaría menos días para recuperar las libras de pesca que sobrepasaron el ACL. La desventaja de escoger una fecha durante un tiempo de alto desembarcos es que podrían estar cortando los días disponibles para pescar durante momentos de alta demanda. La ventaja de escoger una fecha durante los meses de menos desembarcos pesqueros es que sería durante una temporada donde ya casi los pescadores no salen a pescar o la demanda es baja. La 3

desventaja es que va requerir más días para recuperar las libras de pesca por las que se sobrepasó el ACL, extendiendo la duración de la cierre temporera. Otro detalle de esta alternativa es que podrían estar asignando fechas diferentes para cada unidad de peces manejado por el Consejo, lo cual puede resultar en complicaciones a la hora de implementar la vigilancia. En todo caso, esta alternativa se puede trabajar todo por igual para todas las islas o trabajar cada grupo de islas por separado (ver las sub-alternativas abajo): A. Puerto Rico 1. Pesca Comercial 2. Pesca Recreativa Sub-Alternativa 4a - Si se excede un ACL, establecer una fecha para el cierre temporero comenzando el último día del mes de mayores desembarcos pesqueros, contando hacia atrás los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. Sub-Alternativa 4b - Si se excede un ACL, establecer una fecha para el cierre temporero comenzando el último día del mes de menos desembarcos pesqueros, contando hacia atrás los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. Sub-Alternativa 4c - Si se excede un ACL, establecer una fecha para el cierre temporero comenzando el último día del mes de mayores desembarcos pesqueros, contando hacia atrás los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. Sub-Alternativa 4d - Si se excede un ACL, establecer una fecha para el cierre temporero comenzando el último día del mes de menos desembarcos pesqueros, contando hacia atrás los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. 4

B. Caribe Estadounidense (Puerto Rico y las Islas Vírgenes Estadounidense) Sub-Alternativa 4i - Si se excede un ACL, establecer una fecha para el cierre temporero comenzando el último día del mes de mayores desembarcos pesqueros, contando hacia atrás los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. Sub-Alternativa 4j - Si se excede un ACL, establecer una fecha para el cierre temporero comenzando el último día del mes de menos desembarcos pesqueros, contando hacia atrás los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. Alternativa 5 Nueva Alternativa Recomendada Esta alternativa puede ser combinada con las alternativas 2 o 3. La alternativa 5 se enfoca en aquellas especies manejadas por el Consejo (FMUs, por sus siglas en ingles), las cuales tienen vedas anuales establecidas para proteger la temporada de desove. En este caso, al exceder un ACL, la fecha para el cierre temporero seria continuo con la fecha de la veda. El cierre temporero podría extenderse hacia atrás desde el 1er día del comienzo de la veda, o extenderse hacia el frente desde el último día de la veda. A. Puerto Rico 1. Meros i. Pesca Comercial Sub-Alternativa 5a - Para el grupo de los meros, al exceder un ACL el cierre temporera comenzara a partir del 1ero de mayo, y se extenderá por los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. Sub-Alternativa 5b -. Para el grupo de los meros, al exceder un ACL el cierre temporera comenzara a partir del 30 de noviembre, y se extenderá por los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. 5

ii. Pesca Recreativa Sub-Alternativa 5c - Para el grupo de los meros, al exceder un ACL el cierre temporera comenzara a partir del 1ero de mayo, y se extenderá por los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. Sub-Alternativa 5d -. Para el grupo de los meros, al exceder un ACL el cierre temporera comenzara a partir del 30 de noviembre, y se extenderá por los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. 6

2. Pargos iii. Pesca Comercial iv. Pesca Recreativa Sub-Alternativa 5g - Para los pargos de la unidad 3 (SU3), al exceder un ACL el cierre temporera comenzara a partir del 1ero de julio, y se extenderá por los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. Sub-Alternativa 5h - Para los pargos de la unidad 1 (SU1), al exceder un ACL el cierre temporera comenzara a partir del 30 de septiembre, y se extenderá hacia atrás para los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. Sub-Alternativa 5i - Para los pargos de la unidad 3 (SU3), al exceder un ACL el cierre temporera comenzara a partir del 1ero de julio, y se extenderá por los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. 7

Sub-Alternativa 5j - Para los pargos de la unidad 1 (SU1), al exceder un ACL el cierre temporera comenzara a partir del 30 de septiembre, y se extenderá hacia atrás para los días necesarios hasta completar el número de días que hay que cerrar la pesquería para obtener una reducción en los desembarcos de pesca. 8

Tabla 1. Unidad de manejo en la pesquería (FMUs, por sus siglas en ingles) y su respectivo límite de captura anual. 9

Fecha, lugar y hora de las vistas públicas. Lunes, 15 de agosto, 2016 Doubletree Hotel, Avenida de Diego, Condado, San Juan. 7:00 p.m. 9:00 p.m. Miércoles, 17 de agosto, 2016 Mayagüez Holiday Inn Hotel and Casino, 2701 Avenida de Hostos, Mayagüez. 7:00 p.m. 9:00 p.m. Fecha límite para someter comentarios por escrito: 22 de agosto de 2016. Favor de enviar los comentarios a: Graciela García-Moliner a graciela_cfmc@yahoo.com O vía correo postal a Caribbean Fishery Management Council 270 Munoz Rivera Avenue, Suite 401 San Juan, PR 00918 10

El Consejo de Administración Pesquera del Caribe Parte 2: Limite de captura anual, medidas de responsabilidad e información sobre las entrevistas que se llevaron a cabo para desarrollar las alternativas propuestas para la vista pública. 11

Límite de captura anual (ACL, por sus siglas en ingles) Una manera sencilla de explicar el crecimiento poblacional de cualquier especie es de la siguiente manera: en un sistema natural, sin efectos ni impactos del ser humano u otros factores artificiales, las poblaciones crecen hasta llegar a su estado máximo donde los recursos (ej., comida, hábitat) ya no pueden sostener el crecimiento. En este momento, la población se mantiene constante y hay un balance entre nacimiento y mortandad (ver figura 10). Fig. 10 Diagrama de crecimiento poblacional en un sistema natural, sin ningún impacto artificial causado por la actividad humana. Cuando la población enfrenta impactos negativos de varias fuentes, comienza a sufrir un decaimiento. Si los impactos son más de lo que la población puede aguantar, el decaimiento poblacional puede llegar a un nivel crítico (ver figura 11 y 12). 12

Fig. 11 Ejemplo de varios impactos que afectan la estabilidad poblacional de una especie Fig. 12 Diagrama demostrando el impacto negativo que puede tener varias fuentes adversas a la estabilidad poblacional de una especie. En este ejemplo, la población no aguanta los impactos negativos y como consecuencia, sufre un decaimiento poblacional. 13

El límite de captura anual (ACL) es el límite de captura total establecido para las especies manejadas por el Consejo de Pesca en las aguas Federales Estadounidense del Caribe (EEZ, de 9mn hasta las 200mn). EL ACL establece el máximo que se puede cosechar anualmente desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre para estas especies marinas. Es requerido por la Ley Magnuson-Stevens y tiene como propósito asegurar: la estabilidad poblacional, salud reproductiva y proteger contra la sobre pesca de las especies marinas. 14

Como se calcula el ACL. Los abastos pesqueros se determinan utilizando varios fuentes de información, el cual se utiliza en modelos matemáticos que permiten predecir el comportamiento de las poblaciones. Para Puerto Rico, la información principal viene de las estadísticas pesqueras reportadas bimensualmente por los pescadores comerciales junto con la información recopilada del Laboratorio de Investigación Pesquera del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) cuando entrevistan los pescadores y realizan factores de corrección. Fig. 13 Tomado de la presentación de Adyan Rios, Introducción a la Dinámica de Poblaciones y a la Evaluacion de Stocks. Presentado durante el Taller de Ciencias Pesqueras, Manejo y Aplicaciones de Leyes y Reglamentos, el 29 de enero de 2015 en La Villa Parguera, Lajas, PR. El Laboratorio de Investigaciones Pesqueras del DRNA envía la información de las estadísticas a la Oficina Nacional de Pesquerías Marinas Sureste (NMFS, por sus siglas en ingles), donde se analiza la información, corren los modelos y establecen el límite de sobre pesca (OFL, por sus siglas en ingles) y la captura biológica aceptable (ABC, por sus siglas en ingles). 15

Fig. 14 Imagen demostrando el nivel del límite de sobrepesca, la captura biológicamente aceptable y el límite anual de captura. Fig. 15 Ejemplo de cómo se traduce los límites del OFL, ABC y ACL en la dinámica poblacional de las especies. 16

Medidas de Responsabilidad Una medida de responsabilidad (AMs, por sus siglas en inglés) es un protocolo que se utiliza en el caso de que se haya sobrepasado un ACL y minimizar los impactos causados. Ejemplos de medidas de responsabilidad son: Inicialmente los AMs se aplican en las aguas federales. Son implementadas por el Servicio Nacional de Pesquerías Marinas (NMFS) solo si se sobrepasa un ACL. y No debe tomarse como algo permanente. Por cuánto tiempo dura el cierre? La duración depende del caso, pero como ejemplo, puede durar par de días o varios meses en un año en particular. Actualmente, si se excede un ACL los cierres de temporada (AMs) se establecen comenzando desde el 31 de diciembre contando hacia atrás durante el año por el número de días necesarios para evitar que se exceda el ACL nuevamente. AMs cierran los días disponibles para la pesca, desde diciembre 31 hacia atrás. Días disponibles es igual a todos los días del año menos los días cerrado por vedas (si aplica) para proteger los desoves (ej. 350 días 90 días de veda = 260 días disponibles) 17

Que se hace luego de cumplir con la medida de responsabilidad? La temporada de pesca se abre el siguiente año siempre y cuando no haya condiciones que ameriten continuar con los cierres. Cuál es la Situación? De haber una necesidad de implementar una medida de responsabilidad y cerrar o reducir la temporada de pesca, el cierre que comienza el 31 de diciembre contando hacia atrás puede tener efectos adversos a la economía local ya que cae en temporada de alta demanda. Propuesta para vistas públicas Enmendar este protocolo de fechas de cierre temporera de tal manera que cualquier cierre necesario sea: Durante épocas en donde los impactos económicos y culturales sean lo menos severos posible. 17 20 Noviembre 2014: 4 días, 14 entrevistas Kate Quigly, economista del Consejo de Pesca del Caribe, Miguel Lugo y Bill Arnold del Servicio Nacional de Pesquerías de NOAA (NMFS-NOAA) estuvieron cuatro días, del 17 20 de noviembre del 2014, entrevistando pescadores comerciales alrededor de la isla. Llevaron a cabo un total de 14 entrevista. 18

Bill Propósito de las Entrevistas Recoger información sobre períodos de alta y baja demanda de especies marinas manejadas por el Consejo. Para desarrollar la enmienda de los cierres de temporada a consecuencia de las medidas de responsabilidad por sobrepasar el límite anual de captura. Determinar épocas donde los impactos económicos y culturales de un cierre temporal sean lo menos severos posible. Según las entrevistas, la gran mayoría de los pescadores en Puerto Rico y las Islas Vírgenes están de acuerdo que, de ser necesario, el mejor momento para implementar un cierre temporero seria comenzando desde septiembre contando hacia atrás. 19

Para más información pueden comunicarse con: 20