SECCIÓN DE POSGRADO REGLAMENTO PARA LA TITULACIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS POR LA MODALIDAD DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS

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Transcripción:

SECCIÓN DE POSGRADO REGLAMENTO PARA LA TITULACIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS POR LA MODALIDAD DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS 2016

REGLAMENTO PARA LA TITULACIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS POR LA MODALIDAD DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS ARTICULO 1.- FINALIDAD Establecer los requisitos y el procedimiento para la evaluación y calificación de aptitudes destinada a la Titulación de Médicos Especialistas por la modalidad de Evaluación de Competencias, en la Facultad de Medicina Humana de la Universidad de San Martín de Porres. ARTICULO 2.- BASE LEGAL Constituye la base legal del presente reglamento: - Ley Universitaria, artículo 13 y 96. - Normas Básicas del Sistema Nacional de Residentado Médico aprobadas por Decreto Supremo N 008-88-SA, artículos 2,13 y 14. - Reglamento del Sistema Nacional de Residentado Médico, aprobado por Resolución Suprema N 002-2006-SA, artículo 28. - Estándares Mínimos de Formación para los Programas de Segunda Especialización en Medicina aprobados por el Comité Nacional de Residentado Médico. - Estatuto de ASPEFAM, artículos 5,12 y 22. - Reglamento vigente de la Asamblea Nacional de Rectores. - Reglamento General de la Universidad de San Martín de Porres en vigencia. ARTÍCULO 3: REQUISITOS El profesional que solicite la Titulación como Médico Especialista mediante la Modalidad de Competencias, deberá presentar: 1. Solicitud en especie valorada dirigida al Decano de la Facultad de Medicina Humana. 2. Copia legalizada del Título de Médico Cirujano, otorgado por una Universidad Peruana autorizada por Ley, ó revalidado conforme a las disposiciones legales vigentes. 3. Curriculum vitae documentado en relación a la especialidad que postula, y que deberá incluir: 3.1: Médicos con formación no escolarizada en alguna especialidad: para este caso, los solicitantes deberán presentar certificación emitida por la Oficina de RRHH ó equivalente de Hospital Nacional, Regional o Institución privada, la cual debe ser Sede Docente de Residentado Médico con convenio con la FMH-USMP; del trabajo realizado demostrable (adjuntando Resolución respectiva) por un tiempo no menor al doble de años de entrenamiento en la especialidad por la forma escolarizada en nuestra Facultad. 3.2: En el caso de médicos que tengan título o certificado de especialista obtenido en otro país por la modalidad escolarizada, además de requerir la traducción, de ser el caso y la legalización consular respectiva, el entrenamiento en la especialidad debe haber sido realizado durante un tiempo similar o mayor al mismo programa de nuestra Facultad de Medicina. De cumplir con ello pasarán directamente a evaluación de competencias por el Jurado sin necesidad de evaluación del expediente curricular. 3.3: Médicos que realizaron en forma escolarizada la especialidad habiendo aprobado todas las calificaciones, según Certificado de Estudios (y constancia de tesorería para los alumnos USMP) pero por alguna razón no obtuvieron el Título de Especialista: podrán postular a obtenerlo por competencias si certificaran que han continuado trabajando en la especialidad, a partir de por lo menos SEIS años del término de su Residentado, de ser así pasarán a jurado evaluador de competencias. 3.4: Médicos que hubieren realizado su formación escolarizada de especialidad en el extranjero y no contaran con el título correspondiente: deberán acreditar malla curricular y créditos de la especialidad realizada, así como por las notas obtenidas y con certificación del consulado peruano, y si estuvieran aprobadas se les trataría de acuerdo a lo considerado en 3.3.

El Comité de Convalidación y Evaluación por Competencias designará a un docente Evaluador del expediente quien debe ser miembro del equipo del Programa de Residentado Médico y/o Comité de Especialidad y/o Comité de Convalidación y Evaluación por Competencias, quien formará miembro del Jurado Evaluador por Competencias; para que al cabo de 2 semanas como máximo emita el informe respectivo; en caso que no cumpla con lo requerido se devolverá el expediente. ARTÍCULO 4: DEL JURADO EVALUADOR El Decano de la Facultad de Medicina, a propuesta del Comité de Convalidación y Evaluación por Competencias, con el visto bueno del Director de la Sección de Posgrado, designará mediante Resolución Decanal, a un Jurado Evaluador de Competencias, el cual estará conformado por tres docentes del Comité de Especialidad y/o de la Facultad que cuenten con el título de la especialidad a evaluar. El Jurado Evaluador es responsable de la programación y evaluación de las competencias en Servicios de la especialidad o afines, conforme a los criterios de calificación establecidos en el presente Reglamento. La competencia del postulante será determinada por el Jurado evaluador dentro de las primeras doce semanas de recibido el expediente. Finalizado el procedimiento de evaluación, el Jurado Evaluador por Competencias deberá emitir en un plazo no mayor de siete días un informe dirigido al Comité de Evaluación por Competencias con el visto bueno del Director de la Sección de Posgrado, quien elevará la documentación correspondiente al Decano de la Facultad de Medicina. ARTÍCULO 5: CRITERIOS DE CALIFICACIÓN La calificación comprende dos etapas: 5.1: La calificación del Expediente Responsable: 1 docente designado como Evaluador del expediente 5.2: La calificación de las Competencias Cognitivas, Actitudinales y Procedimentales. Responsable: 3 docentes designados como Jurado Evaluador de Competencias, La desaprobación de una competencia descalificará inmediatamente al postulante durante el proceso. ETAPA A: CALIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE Calificación del expediente: Pasará a la fase de evaluación de competencias el profesional médico cuyo expediente curricular califique 40 puntos o más, excepto aquel incurso en el Artículo 3 inciso 3.2 o 3.3 que pasará directamente a la siguiente etapa. Para aprobar la etapa A, el postulante deberá tener al menos dos de las cuatro dimensiones que se evaluarán a continuación: A.1 Experiencia asistencial (Máximo 30 puntos): Tres (3) puntos por año de trabajo realizado en la especialidad que postula, acreditado por la Oficina correspondiente. A.2 Experiencia docente en la especialidad de una Facultad o Escuela de Medicina Humana acreditada: Por cada año se otorgará tres (3) puntos a categoría de Profesor de la especialidad al que postula, dos (2) puntos por Profesor en Medicina y un (1) punto por Profesores en ciencias de la salud. Deberá adjuntarse en todos los casos copias certificadas de los nombramientos o de los contratos. A.3 Experiencia en Investigación: Publicación de Trabajos Científicos, Guías o Manuales de la especialidad: 0.5 punto por abstracto/poster, un punto (1) por trabajo publicado en revistas nacionales o internacionales (impresas o virtuales), un punto (1) por guía o manual, cuatro (4) puntos por ser autor/coautor de libro y cinco puntos (5) por ser editor.

Los grados de Maestro tendrán un valor de cinco (5) puntos y el de Doctor seis (6) puntos, siempre que la tesis para su obtención estuviera relacionada directamente con la especialidad a evaluar. A.4 Participación en Congresos o cursos de la especialidad (máximo 15 puntos): puntaje de 0.5 por asistencia, 1 punto por ponencia y 1.5 puntos por organización de evento; la Diplomatura en la especialidad: 2 puntos; Diplomatura de la especialidad desarrollados por la USMP: 4 puntos. Para los postulantes a la titulación en Medicina Legal, se pedirá como Pre-requisito el Diplomado de Medicina Legal y Ciencias Forenses realizado en la FMH-USMP (36 créditos). ETAPA B: EVALUACIÓN DE LAS COMPETENCIAS Incluye la evaluación que hará el Jurado, de las competencias en los aspectos cognitivos, procedimentales y actitudinales de la especialidad. Competencias Cognitivas: Será determinada por el Jurado Evaluador mediante un examen de conocimientos escrito, calificado sobre la escala de 0 a 20 o su equivalente. La nota aprobatoria será igual ó mayor a trece (13). Competencias Actitudinales: Será determinada mediante una entrevista por el Jurado Evaluador, teniendo en consideración el grado de motivación, participación, creatividad, interés, compromiso y disposición, calificándola en la escala de 0 a 20 puntos. La nota aprobatoria será igual ó mayor a trece (13). Competencias Procedimentales: Según el tipo de la especialidad, se solicitará una demostración de la eficiencia mediante la discusión de casos, exposición de temas, el uso de equipos, simuladores o práctica en pacientes, como resultado de lo cual el Jurado calificará el grado de suficiente o no del postulante. En el caso que sea una Especialidad Quirúrgica, la evaluación de competencias será en el lugar de trabajo del solicitante. Si el solicitante fuese de un lugar del interior del País, el desplazamiento de uno de los miembros del jurado y los honorarios estaría a cargo del solicitante. Terminado el proceso, el Jurado elaborará un Acta cuyo formato se encuentra anexo al presente Reglamento, donde se anotará: El puntaje obtenido en la etapa de revisión del expediente (mínimo 40 puntos). Esto se omitirá en casos incursos en el artículo 3 inciso 3.2 o 3.3. La calificación de la evaluación cognitiva. La calificación de la entrevista. La calificación Procedimental será calificada como suficiente o insuficiente. Sólo si el postulante alcanzara calificaciones mayores al mínimo requerido y es evaluado como suficiente, se procederá declararlo APTO para que se le otorgue el título de médico especialista. DISPOSICIONES FINALES. Primera.- En el caso el postulante no hubiese alcanzado la calificación de APTO, podrá solicitar una nueva evaluación sólo por única vez, luego de trascurrido un año de la fecha del acta desaprobatoria. Segunda.- La Sección de Posgrado de la Facultad de Medicina Humana llevará un registro de las solicitudes denegadas y los títulos de especialistas otorgados por la modalidad de Evaluación de Competencias. Tercera.- La documentación que deberá remitirse a la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad de Medicina Humana deberá incluir: 1.- Solicitud en especie valorada dirigida al Decano de la Facultad de Medicina Humana.

2.- Copia legalizada del título de Médico Cirujano otorgado por una Universidad Peruana, autorizada por ley o revalidado conforme a las disposiciones legales vigentes. 3.- Copia del diploma, certificado o constancia, legalizada en el consulado del Perú en el país donde realizó su capacitación por la modalidad escolarizada. 4.- Resolución de haber realizado SERUM en el caso de médicos peruanos, titulados en fecha posterior a Enero 1983. 5.- Expediente con la documentación curricular ordenada en la siguiente forma: Experiencia asistencial en el área de la especialidad a que postula. Experiencia docente. Experiencia en investigación en el área de la especialidad a que postula. Participación en congresos, cursos, etc. en el área de la especialidad a que postula 6.- Constancia de habilidad emitida por el Colegio Médico del Perú. 7.- Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) 8.- Partida de nacimiento en original. 9.- Cuatro (04) fotografías de frente, tamaño pasaporte con las siguientes características: 4 cm de ancho por 4.5 cm de largo, a color, en fondo blanco, sin anteojos, de estudio fotográfico. Caballeros: saco azul oscuro ó negro; Damas: con saco azul oscuro ó negro, blusa blanca. En el reverso colocar apellidos y nombres. 10.- Las Constancias de Tesorería y Biblioteca no son necesarias para aquellos que no han estudiado en la USMP. 11.- Recibo correspondiente al derecho de titulación (al final del trámite). FICHA DE CALIFICACIÓN PARA TITULACIÓN DE ESPECIALIDAD PUNTAJE A) REVISIÓN DEL EXPEDIENTE (Mínimo 40 puntos) Experiencia Asistencial (Máximo 30 puntos) Años de trabajo en un servicio de la especialidad. Tres (3) puntos por año de trabajo Experiencia docente en la especialidad, en una facultad o escuela de medicina humana acreditada Como profesor de la especialidad al que postula: tres (3) puntos Como profesor en Medicina HUmana: dos (2) puntos Como profesor en ciencias de la salud: un (1) punto Experiencia en Investigación Trabajo publicado en revistas nacionales o internacionales Abstracts/Posters: medio (0.5) punto Trabajos: un (1) punto Guía/Manual: un (1) punto Autor de libros: cuatro (4) puntos Editor de libros: cinco (5) puntos Grados/Tesis: Maestro cinco (5) puntos Grados/Tesis: Doctor seis (6) puntos Participación en congresos o cursos de la especialidad (Máximo 15 puntos) Como asistente: medio (0.5) punto por asistencia Como conferencista: uno (1) punto Como organizador: uno y medio (1.5) puntos Asistente a Diplomados: dos (2) puntos Asistente a Diplomados USMP: cuatro (4) puntos

ACTA DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS El Jurado, abajo firmante, nombrado por Resolución Decanal Nº.. de fecha. ha evaluado al (la) Solicitante Sr (a). (Mg. / Dr.) quien (no) cuenta con estudios completos en la modalidad escolarizada y desea obtener el Título de Especialista en., por la modalidad de Evaluación de Competencias, habiendo obtenido las siguientes calificaciones: REVISIÓN DEL EXPEDIENTE: puntos (*) COMPETENCIAS COGNITIVAS: puntos COMPETENCIAS ACTITUDINALES: puntos COMPETENCIAS PROCEDIMENTALES: El solicitante se encuentra APTO / NO APTO para que se le otorgue el Título de Especialista en. (* No considerar si tiene formación escolarizada completa en el extranjero) Dado el. de.. de 201. Presidente del Jurado Miembro del Jurado Miembro del Jurado