b) Para derogar el complemento, del Complemento 3, de la clave CR. Clave del recinto fiscalizado conforme al Apéndice 6.

Documentos relacionados
Boletín Núm. P052 México, D.F., a 07 de julio 2015 VOCE - BENEFICIOS EMPRESAS CON PROGRAMA IMMEX (RGCE )

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

VOCE - BENEFICIOS EMPRESAS CON PROGRAMA IMMEX (RGCE )

VISKASE. Avisos Electronicos de Importacion y Exportacion. Propuesta Operativa

H. Veracruz, Ver., a 20 de Abril de Boletín número: B Asunto:

ANEXO 5 DEL 2017 ANEXO 5 DEL 2018

REGLA Obligaciones en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas

REGLA Obligaciones en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas

Por otro lado mencionamos algunas modificaciones relevantes:

BULLETIN #72 09 de mayo de 2016

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR

AGENCIA ADUANAL OBREGON, S. C.

BOLETÍN INFORMATIVO.

Avisos a que se refiere la regla , relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas

ANEXO 1 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA Declaraciones, avisos y formatos. Contenido

A. Disposiciones generales y actos previos al despacho (Título 1)

Avisos a que se refiere la regla , relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

REGLA Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado

CAUSALES DE CANCELACIÓN

A TODOS NUESTROS CLIENTES:

Septiembre 097/2014 Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014, publicadas el 29 de agosto de 2014

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL 18 DE ABRIL DE 2008 ENTRADA EN VIGOR 21 DE ABRIL DE 2008

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

PRINCIPALES BENEFICIOS PARA LAS EMPRESAS CON REGISTRO EN LA MODALIDAD DE OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO (OEA)

NOTA INFORMATIVA. Noviembre 99/2018

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

NOTA INFORMATIVA. Mayo 052/2016

Les informo que el día 28 de abril del 2017 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

COMUNIDAD VIRTUAL ADUANERA. Recinto Fiscalizado Estratégico

Jueves 27 de febrero de 2014 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2013

22/01/2009. Precios Estimados

H. Veracruz, Ver., a 08 de Diciembre de Boletín número: B Asunto:

CONSORCIO ADUANAL CASTAÑEDA RIVERO S.C. Fuente 103 OTE. C.P tel , Piedras Negras Coah CIRCULAR

TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2014 Y SUS ANEXOS 1, 4, 11, 22, 29 Y 31

NOTA INFORMATIVA N.I. 064/ 2016

Septiembre 104/2013 Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013, publicadas el 30 de agosto de 2013

ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2010 INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL PEDIMENTO...

REGLA Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado

Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado , Sección I, Inciso a).

REGLAS de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011

Aduanales. No encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012, publicadas el 29 de agosto de 2012

Lunes 8 de julio de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

N.I. 051/ 2017 NOTA INFORMATIVA. ANEXOS 1-A, 10 y 21 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018.

B. Pedimentos y Anexos. Nombre del pedimento o anexo

Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 Aspectos relevantes y resumen de la Primer RMRGCE

A continuación, detallamos los cambios más relevantes de la publicación a través de la siguiente síntesis.

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

COMUNIDAD VIRTUAL ADUANERA. Certificaciones en materia Aduanera

Bienvenidos! Operaciones Virtuales de IMMEX. Sesión Extraordinaria 2. Eduardo Reyes Díaz (Ante la Reforma Hacendaria) 4 de Marzo de 2014

Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2009 y sus anexos 1, 4, 13, y 22

II. Haber efectuado operaciones de comercio exterior, durante los últimos 2 años anteriores a su solicitud.

REGLAS DE CERTIFICACIÓN EN MATERIA DE IVA E IEPS

CIRCULAR INFORMATIVA No. 039

Circular. Se adiciona el Capítulo Consejo de Clasificación Arancelaria, y derivado de esto se adicionan tres reglas.

Lunes 9 de mayo de 2016 DIARIO OFICIAL (Novena Sección)

REFORMA HACENDARIA IMPORTACIONES TEMPORALES

Tratamiento fiscal aplicable a los regímenes aduaneros de importación temporal para efectos del IVA

Nota Aduanera. 30 DICIEMBRE del 2014

TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017 Y SUS ANEXOS 1, 1-A, 10, 12, 14, 17, 21, 22, 27, 28 Y 30.

Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior para Aspectos relevantes.

Estimados Clientes: Boletín: Publicación de RCGMCE 2011

LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR LAS EMPRESAS CON REGISTRO EN EL ESQUEMA DE CERTIFICACIÓN DE EMPRESAS DE LA MODALIDAD OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO

COMUNIDAD VIRTUAL ADUANERA. 2a resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2016

N.I. 039 NOTA INFORMATIVA ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2014, PUBLICADAS EL 29 DE AGOSTO DE 2014.

NUEVO ESQUEMA DE EMPRESA CERTIFICADA

RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2018.

Análisis e interpretación del Pedimento Aduanal

Segunda Modificación a las Reglas de carácter general en materia de Comercio Exterior

ANEXO 1-A DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2018 Trámites de Comercio Exterior FICHAS DE TRÁMITE

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Para qué sirve? El objetivo es disipar las dudas e inquietudes del público, así como sugerir soluciones a la medida.

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LA IMPRESION SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

TERCERA SECCION SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

TERCERA SECCION SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Preguntas Frecuentes de Certificación en materia de IVA e IEPS

Preguntas. Esquema Integral de Certificación

Cómo implementar NEEC (OEA) en la empresa y sus beneficios

ASOCIACIÓN DE AGENTES ADUANALES DE NUEVO LAREDO, A.C. Martes de Consulta. 05 de Febrero de Identificador ST.

CALZADO MEXICANO

Primera y Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

DECLARACIONES, AVISOS, FORMATOS E INSTRUCTIVOS DE TRÁMITE PARA COMERCIO EXTERIOR (ANEXO 1 RCE 2011)

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN SE DEBERÁN OBSERVAR AL LLEVAR A CABO LA IMPRESIÓN SIMPLIFICADA DE PEDIMENTOS AL REALIZAR OPERACIONES AL AMPARO DE LAS REGLAS:

INFORMACIÓN URGENTE. SÉPTIMA Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007

Enero 016/2017 Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 y sus anexos 1- A, 2 y 10

Tipo de Cambio para el día de hoy 16/02/2015 es de: $ MN y para el día 17/02/2015 es de: $ MN

Transcripción:

I. Para modificar el Apéndice 8 IDENTIFICADORES : a) Para derogar la clave AA. DEROGADA. AA- AGENTES ADUANALES. G Identificar que la operación de comercio exterior, es promovida por cuenta de un Agente Aduanal certificado. autorización de Socio Certificado del Agente Aduanal. (El número de autorización se debe declarar a 4 dígitos, Circular G- 311/17 ) datos (Vacío). datos (Vacío). b) Para derogar el complemento, del Complemento 3, de la clave CR. CR- RECINTO FISCALIZADO. (Boletines P69/05, P94/07 ) (Actualización VOCE, validación en pedimentos de rectificación, Boletín P89/11 en Circular G-144/11 ) G Identificar el recinto en el que se encuentre la mercancía en depósito ante la aduana o para su introducción al mismo. Clave del recinto fiscalizado conforme al Apéndice 6. Clave del recinto fiscalizado conforme al Apéndice 6, identificar el recinto de salida, cuando se realice la transferencia entre recintos, en operaciones de exportación, en términos de la regla 2.3.5., fracción V Derogado. En caso de estar inscrito en el Registro de Esquema de Certificación de Empresas señalar el número de autorización de Socio Certificado del Recinto Fiscalizado c) Para modificar el numeral 30, del Complemento 1, de la clave EX. EX-EXENCIÓN DE CUENTA ADUANERA DE P Indicar excepción de la presentación de la cuenta aduanera de 1. Valor igual o superior al precio estimado conforme al datos. (Vacío). datos. (Vacío). 1

GARANTÍA. (Art. 86-A I L. A.) (Se liberó a nivel nacional la nueva versión del validador que corrige la validación en rectificación para el caso de excepción utilizando este identificador, considerando la fecha de pago del pedimento original cuando ya pasó al mecanismo de selección automatizada, Circular G-291/08, Boletín P78 en G- 327/08 ) garantía de mercancías sujetas a precio estimado. segundo párrafo de la regla 1.6.29. 2. No aplica 3. No aplica 4. No aplica 5. No aplica 6. No aplica 7. No aplica 8. No aplica 9. No aplica 10. No aplica 11. No aplica Para efectos del numeral 28 del complemento 1, asentar la clave del registro de identificación que corresponde al proveedor en el extranjero que hubiera efectuado la enajenación del vehículo de que se trate. 12. No aplica 13. No aplica 14. No aplica 15. No aplica 16. No aplica 17. No aplica 18. No aplica 19. No aplica 2

20. No aplica 21. No aplica 22. Vehículo no descrito en el Anexo 2 de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados, por no estar incluida la fracción arancelaria o no encontrarse dentro de los años modelo sujetos a dicho anexo. 23. Importación de vehículos realizada al amparo de una franquicia diplomática de conformidad con el artículo 62, fracc. I de la Ley. (RGCE 1.6.29. U.P ) 24. Importación de vehículos especiales o adaptados que sean para su uso personal a que se refiere el artículo 61, fracc. XV de la Ley. (RGCE 1.6.29. 6to. P. fracc. I ) 25. No aplica 3

26. Las realizadas por empresas que se dedican al desmantelamiento de vehículos automotores usados, al amparo del Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados. (RGCE 1.6.29. U.P ) 27. Vehículos con peso bruto vehicular inferior o igual a 8,864 kilogramos, cuyo número de serie o añomodelo tiene una antigüedad igual o mayor a 30 años respecto al añomodelo vigente. 28. Importación de vehículos usados de conformidad con el Art. Décimo Primero de la Resolución que modifica a la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones de mercancías sujetas a precios estimados por la SHCP, publicado en el DOF el 20/VII/2010 (RGCE 3.5.10 ) 29. Valor igual o superior al precio estimado, conforme al 4

anexo 3 de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la SHCP (Circular G- 257/14 ) 30. Las exentas del pago del IGI conforme a la TIGIE o con los acuerdos comerciales o tratados de libre comercio suscritos por México (regla 1.6.29., fracción V). 31. Valor igual o superior al precio estimado, conforme al anexo 4 de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la SHCP. d) Para derogar la clave F3. F3- TRANSPORTISTA FERROVIARIO (RGCE 7.1.5. III ) G Identificar al transportista ferroviario certificado en Socio autorización de Socio Certificado del Declarar el tramo certificado por el que se transportó la mercancía: datos (Vacío). 5

Certificado y el tramo de la red ferroviaria certificado para transporte de mercancías de comercio exterior. Transportista Ferroviario T1. Tramo comprendido entre las aduanas de Lázaro Cárdenas-Nuevo Laredo, operado por la empresa Kansas City Southern de México, S.A. de C.V. e) Para derogar el complemento, del Complemento 3, de la Clave IR. IR- RECINTO FISCALIZADO ESTRATÉGICO. (Art. 14-D L. A.) G Declarar la clave del RFE del inmueble habilitado. (RGCE 4.8.4 ; 4.8.6 ) Clave de RFE. Indicar la ubicación del recinto fiscalizado estratégico. 1. En colindancia con la Aduana. 2. En la circunscripción de la Aduana. Derogada. En caso de estar inscrito en el Registro de Esquema de Certificación de Empresas señalar el número de autorización de Operador Económico Autorizado del Recinto Fiscalizado Estratégico f) Para modificar la clave PO. PO- PROVEEDOR DE ORÍGEN. P Declarar los datos de las mercancías a las que se Valor en aduana de la mercancía Nombre del proveedor que certifica a la Número completo de la factura. 6

(RGCE 3.1.37. ) aplique una preferencia arancelaria al amparo de acuerdos y tratados comerciales suscritos por México, en operaciones de importación, por partida. mercancía como originaria (declarar los primeros 50 caracteres) (Criterio de la Administración Central de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior, respecto a la aplicación de este complemento, en caso de que la factura sea expedida por un tercero conforme a la RGCE 3.1.8. Circular T-052/18 ) g) Para derogar la clave P4. DEROGADA. P4- PARQUES INDUSTRIALES (RGCE 7.1.5. IV ) G Identificar que la mercancía objeto de comercio exterior tiene como origen o proviene de un Parque Industrial Certificado. autorización de Socio Certificado del Parque Industrial datos (Vacío). datos (Vacío). h) Para adicionar la clave SO. 7

SO- SOCIO COMERCIAL CERTIFICADO G Identificar a los contribuyentes que participan en el manejo, almacenaje, custodia y/o traslado de las mercancías de comercio exterior inscritos en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresa bajo la modalidad de Socio Certificado. Declarar la clave que corresponda, conforme a lo siguiente: TT. Socio rubro Auto Transportista Terrestre. AA. Socio rubro Agente Aduanal. datos. (Vacío). datos. (Vacío) TF. Socio rubro Transportista Ferroviario. PI. Socio rubro Parque Industrial. RF. Socio rubro Recinto Fiscalizado. MP. Socio 8

rubro Mensajería y Paquetería. i) Para adicionar, un complemento, al Complemento 2, de la Clave V1. V1- TRANSFERENCIAS DE MERCANCÍAS (Arts. 105, 108 P. P., 135-D L.A. y 29 fracc. I LIVA) (RGCE 1.6.10., 1.6.13., 1.6.17., 5.2.4., 5.2.8., 7.2.1. 2 P. V) (Circular T-206/05 ) G Indicar conforme a los supuestos de la clave de documento V1 del apéndice 2 del Anexo 22, regla 4.3.19. y artículo 86 de la Ley. Declarar el número o RFC, según corresponda al supuesto aplicable: autorización IMMEX. autorización de Empresa de Comercio Exterior. autorización de depósito fiscal para la industria automotriz. RFC de Proveedor Nacional. RFC de la empresa que recibe o transfiera las mercancías en Recinto Fiscalizado Estratégico. RFC de la empresa que transfiere o recibe las Declara la clave que corresponda de acuerdo al complemento 1: IM en caso del número de autorización IMMEX. AE en caso del número de autorización de Empresa de Comercio Exterior RFE en caso de que las mercancías se encuentren o se destinen a Recinto Fiscalizado Estratégico V2 en caso de declarar datos. (Vacío). 9

mercancías con cuenta aduanera. el RFC del quien transfiere o recibe con cuenta aduanera. (Circular T-222/07, Boletín P- 83/07 ) CN en caso de enajenación de mercancías que realicen los proveedores nacionales a residentes en el extranjero, de mercancías nacionales o importadas en forma definitiva, en términos de regla 5.2.6., fracción II. 10