NORMAS COMPLEMENTARIAS DE ACTUACION DE LOS JUECES EN PRUEBAS DE AGILITY

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Transcripción:

NORMAS COMPLEMENTARIAS DE ACTUACION DE LOS JUECES EN PRUEBAS DE AGILITY REAL SOCIEDAD CANINA DE ESPAÑA C/Lagasca, 16 Bajo Dcha. 28001 Madrid Tfno: 91 426 49 60 Fax: 91 435 11 13 www.rsce.es administracion@rsce.es

Como resultado de la experiencia en el desarrollo de pruebas de agility en nuestro país, se edita este documento, de carácter complementario al reglamento, con el fin de concretar, unificar y aclarar las posibles dudas en su aplicación, procurando evitar diferentes interpretaciones ante un mismo hecho. Estas normas, serán aplicadas en todas las pruebas de agility autorizadas u organizadas por la R.S.C.E. A) CONSIDERACIONES SOBRE LOS OBSTACULOS Los obstáculos de agility deben cumplir las medidas reglamentarias y las normas cursadas a tal efecto por la R.S.C.E. La mesa constituye un obstáculo recomendable en todos los recorridos de grado I debido al carácter de control que conlleva su realización. Las distancias deben medirse siguiendo la trayectoria habitual de los perros e idealmente a partir del centro de cada obstáculo. Debe evitarse la colocación de obstáculos pegados entre sí, por ejemplo: túnel junto a la pasarela o empalizada. Debe haber una separación entre ambos que permita que el perro pueda rehusar cada obstáculo por ambos lados. Se recomienda no colocar una sucesión de varios saltos en línea recta, ni accesos oblicuos a la empalizada con objeto de evitar encuentros violentos o resbalones que pudieran dañar al perro. Se recomienda utilizar el mismo criterio en la determinación de la altura de las barras de salto: mínima, media o máxima para las tres categorías durante una competición. B) PENALIZACIONES SOBRE LOS OBSTACULOS Slalom: En caso de falta por salirse en uno de los postes, el perro deberá retomar el obstáculo en la puerta que ha omitido, una anterior o desde el inicio del obstáculo. Si decide reiniciar el obstáculo deberá tomarlo correctamente y cada entrada incorrecta se penalizará con un rehúse. Si al rectificar o por cualquier motivo el perro realiza tres o más puertas en sentido contrario al previsto será eliminado. Si al rectificar se confunde la puerta y, como consecuencia, el perro sale del slalom por el lado contrario al previsto, el perro podrá completar el obstáculo rehaciendo correctamente tan sólo la última puerta siempre que no haya dejado ninguna puerta por hacer. Si el perro se ha dejado alguna puerta del slalom o sale incorrectamente y aborda el siguiente obstáculo sin corregirlo, será eliminado. Túnel de lona: Si el perro queda enrollado en la lona del túnel, el conductor podrá ayudarlo a salir tras la indicación del juez, quien descontará el tiempo perdido. Provocará una falta si el guía actúa sin 2

dicha autorización. Provocará un rehúse si, como consecuencia de lo anterior, el perro sale por la entrada del túnel. Salto de longitud: Apoyar una o dos patas sobre el mismo elemento o hueco, así como derribar alguno de los elementos, constituye una falta. El hecho de apoyar más de una pata sobre diferentes elementos o huecos, deberá entenderse como caminar, en cuyo caso se penalizará con un rehúse, debiendo rehacer nuevamente el obstáculo. Mesa: Pese a que acceder a la mesa por el lado opuesto al sentido marcado en el recorrido el perro se penaliza con un rehúse, en este caso el perro no debe rehacerla nuevamente. Balancín: El balancín debe tocar, necesariamente, el suelo antes de que el perro lo abandone, en caso contrario, penalizará con una falta. El perro puede acumular dos faltas si además, no pisa la zona de contacto final. C) PENALIZACIONES DE CARACTER GENERAL 1. Faltas y rehúses: Cuando actúe un segundo juez sobre la pasarela, ambos deben ponerse de acuerdo sobre quién de ellos se encarga de su área de influencia. Ejemplo: acometer un obstáculo cercano, entrada al túnel o rehúse al inicio de la propia pasarela, así como el modo de señalizarlo. Se considera falta si el perro derriba un poste, de manera que ya no conserve su posición original (la barra no tiene que caer necesariamente al suelo para cometer penalización). Un tocado, consiste en un ligero contacto del guía sobre el perro, con miras a obtener una cierta ventaja (descartada la obstrucción). El juez lo indicará apoyando su mano sobre una pierna y se anotará con una T en el apartado de faltas de la hoja de juicios. Si como consecuencia de un encuentro fortuito, el guía derriba el obstáculo que el perro está acometiendo o ha acometido, incurrirá en una falta. En el caso de que el obstáculo estuviera aún por realizar o tuviera que repetirse, sería eliminado. Si una vez enfilado un obstáculo, el perro se detiene, da la vuelta o lo sobrepasa lateralmente a la distancia crítica de abordarlo, bien por una llamada, caída del guía o falta de control, cometerá un rehúse. A título orientativo, se considera distancia crítica de un obstáculo la inferior a 1 m. en todo su contorno. El perro que se detiene sobre algún punto del recorrido (fuera del obstáculo) penalizará con un rehúse, no debiendo marcarse otro por este motivo hasta que el perro haya dado al menos un 3

nuevo paso. Sin embargo, las detenciones marcadas intencionadamente por el guía, son objeto de eliminación. Se considera que un perro ha abandonado el obstáculo, una vez que apoye sus cuatro patas sobre el suelo y no antes, pudiendo, por tanto, detenerse sobre la zona de contacto o parcialmente colocado entre ella y el suelo, sin ser penalizado por ello. El rehúse al abordar un obstáculo (pasar bajo la empalizada o pasarela, saltar transversalmente el salto de longitud, apoyar y retirar una pata en una zona de contacto, introducir la cabeza en el túnel) se marcarán como tales cuando ese sea el siguiente obstáculo dentro del orden previsto. Si el obstáculo no es el que correspondía abordar se produce su eliminación. Atravesar por debajo de la barra de un salto, constituye rehúse, aunque además llevara consigo la caída de la misma, debiendo rehacerlo nuevamente con independencia de que dicho elemento se encuentre o no restituido. El derribo de las torres del viaducto se considera falta, al entenderse que forman parte del obstáculo, a diferencia de las estacas laterales del salto de longitud que únicamente ayudan a comprobar la correcta realización del salto. Las faltas, rehúses e incluso la eliminación, provocada por el perro como consecuencia de la caída accidental de su guía, será marcada como tal, sin entrar en más consideraciones, a fin de evitar las diferencias y dificultades que pudieran plantearse. 2. Inicio del recorrido El juez, tras una rápida comprobación al término de cada actuación, dará paso al siguiente participante. Éste situará al perro ante la primera valla y le despojará del collar si no lo ha hecho con anterioridad. Cuando el perro esté ante el primer salto, sin collar y en una posición estática (sentado, tumbado o de pie), el juez tocará el silbato o dará la señal de inicio. Entonces el participante puede dar comienzo a su actuación a la mayor brevedad posible. No se puede iniciar el recorrido llevando al perro en brazos, ni sujetándole de ningún modo. El hecho de sujetar al perro en la salida o proyectarle en alguna dirección comportará su eliminación. Existirán dos postes, a modo de puertas, que marcan la entrada y salida de la pista. Tras la señal por el juez, el perro debe atravesar esta línea por su interior, si lo hace por fuera de ellos, penalizará con un rehúse y se da por comenzada su actuación. Si el perro pasa entre cualquiera de ellos y el primer salto, también constituye rehúse, estando obligado en ambos casos a volver a comenzar correctamente, no pudiendo tocar al perro para situarle bajo riesgo de penalización. El tiempo empezará a contar (manualmente) en el instante en que el perro atraviese la línea que determinan los postes (aunque sea por fuera). Si tras la señal de comienzo del juez, el perro cruza la línea de forma incorrecta y llega a realizar un obstáculo, queda automáticamente eliminado. En caso de pasar el guía entre los postes colocados por delante del primer obstáculo, se provocará una Falta, además de comenzar el recuento del tiempo a partir de ese momento. 4

3. Causas de eliminación: Dentro de la pista de competición, el participante no deberá suministrar ningún objeto de premio o comida a su perro (antes del comienzo, ni al finalizar el recorrido), en caso de hacerlo sería eliminado. La prolongada pérdida de tiempo en tomar la salida, por parte del guía o su perro, puede constituir motivo de eliminación, así como la no presentación al ser llamado en tres ocasiones (siempre por orden del juez). La correa del perro se mantendrá fuera del alcance de su vista, para evitar que pueda tomarla antes de finalizar su recorrido, en cuyo caso provocaría su eliminación. El participante que realiza un obstáculo, aún de forma parcial, entendiéndose como tal: saltar por encima de algún tramo de la pasarela, lona del túnel, montantes de las vallas o atravesar el slalom u otros elementos del recorrido. El perro que realiza total o parcialmente un obstáculo, que no se encuentra en el orden marcado. Ejemplo: atravesar el slalom, sobrepasar por encima o por debajo el plano vertical de la barra de un salto, la pasarela, la empalizada, saltar o pisar el túnel o su tejido. Igual penalización comete si apoya una de sus patas sobre cualquier obstáculo en orden distinto al marcado. El derribo o desplazamiento por parte del perro de un obstáculo respecto a su posición original cuando no se encuentra en el orden fijado por el juez. El marcado descontrol del perro sobre el terreno de la competición o sobrepasar los límites del espacio establecido que deben estar claramente definidos. La manifestación de agresividad por parte del perro, con independencia de sus características, tales como la raza o el tamaño del mismo en el interior de la pista, al ponerse de manifiesto la ausencia de sociabilidad requerida en este tipo de competiciones. Obligar o forzar al perro a adoptar una posición, así como provocar una clara obstrucción para detenerle, impedir u obligarle a modificar su trayectoria, si como consecuencia de ello, se llega al choque o encuentro físico. Es preciso diferenciar este aspecto del Tocado, consistente en un ligero contacto, con miras a obtener alguna situación ventajosa. El perro que vaya mordisqueando al guía durante su actuación (al menos en 3 ocasiones). Realizar nuevamente un obstáculo, cuando el juez ha marcado falta y no rehúse, con excepción del slalom y la mesa. El maltrato del perro, entendiéndose como tal, no solo el castigo físico, sino también las humillaciones, insultos verbales o amenazas, ejercidas por el guía dentro o fuera del ring, así como los agarrones en forma de pellizco para realizar cualquier corrección, etc. Si se da el caso de un participante que, tras ser eliminado, se resista a abandonar el terreno de la competición, o bien falte al respeto al juez, formule reclamaciones de forma insultante o indecorosa, desobedezca al juez o a la organización, el juez podrá determinar la descalificación de 5

ese participante para el resto de la jornada o incluso para el día siguiente si la prueba fuera doble. Todo ello, con independencia de la adopción de posibles medidas sancionadoras por parte de la R.S.C.E. D) ASPECTOS GENERALES DE LOS JUICIOS Después de la reunión y reconocimiento del recorrido por parte de los participantes, no se permiten cambios en el mismo. El juez revisará nuevamente antes del comienzo su posición exacta sobre el terreno y de manera especial el mantenimiento de la necesaria holgura entre las barras y montantes de los saltos. Para determinar el T.R.S. de un recorrido, el juez deberá prever una velocidad media en función de diversos parámetros tales como: dificultad, naturaleza del terreno, meteorología, etc. Una vez finalizada la actuación de un participante, el juez ya no podrá rectificar su juicio, bien por iniciativa propia, de la organización o de un participante, debiendo rechazar cualquier modificación posterior, salvo que sea debida a un error técnico o de trascripción. El juez en combinación con la organización, determinará si un participante continúa o no el recorrido una vez eliminado. El juez no consentirá, en ningún caso, que actúen ejemplares en concepto de perro en blanco, si no cumplen los requisitos exigidos: a) Tener la edad mínima de 18 meses marcada por la Fédération Cynologique Internationale (F.C.I.) b) Haber superado el obligado test de sociabilidad de la R.S.C.E. El cronometrador no podrá sustituirse durante el transcurso de una misma manga. Las penalizaciones serán señalizadas por el juez, levantando el brazo claramente por encima de su cabeza y se indicarán de la siguiente forma: - Falta: Brazo en alto y palma de la mano extendida. - Rehúse: Brazo en alto y puño cerrado. - Tocado (falta): Apoyando la palma de la mano sobre una pierna. El juez hará constar en su informe cualquier anomalía o irregularidad observada, tanto en la organización como durante el desarrollo de la prueba, así como el incumplimiento del Reglamento y normativa particular de la R.S.C.E. El juez podrá llegar a suspender la prueba si los motivos fueran especialmente graves, debiendo informar a la R.S.C.E. de las irregularidades que motivaron tal decisión, tan pronto como le sea posible. Esta situación podrá implicar la inhabilitación temporal del club organizador o colaborador y la suspensión de la posibilidad de realizar pruebas selectivas durante un determinado periodo de tiempo. 6