POLITICA FISCAL CORPORATIVA. 24 de octubre de 2016

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Transcripción:

POLITICA FISCAL CORPORATIVA 24 de octubre de 2016

ÍNDICE 1 2 3 4 5 1. Objetivos 2. Principios 3. Buenas prácticas tributarias 4. Seguimiento y control 5. Difusión y actualización de la Política fiscal corporativa

POLITICA FISCAL CORPORATIVA El Consejo de Administración de REALIA Business, (la Sociedad ) tiene atribuida la función de aprobar las Políticas corporativas de la Sociedad y formular su estrategia fiscal, de conformidad con lo establecido en el artículo 529 ter de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) introducido por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la LSC para la mejora del gobierno corporativo. La política fiscal corporativa forma parte de las Políticas de Gobierno Corporativo y cumplimiento normativo de la Sociedad y recoge el compromiso de la aplicación de buenas prácticas tributarias.

1.- OBJETIVOS La estrategia fiscal de la Sociedad tiene como objetivos asegurar el cumplimiento de la normativa tributaria aplicable y procurar una adecuada coordinación de la política fiscal seguida por las entidades pertenecientes a su Grupo, en el marco de la consecución del interés social y del apoyo a la estrategia empresarial a largo plazo evitando riesgos e ineficiencias fiscales en la ejecución de las decisiones de negocio. Dicho objetivo, de respeto y cumplimiento de las normas fiscales, debe conjugarse adecuadamente con la consecución del interés social y la generación de valor para el accionista.

2.- PRINCIPIOS El cumplimiento por la Sociedad y su Grupo de sus obligaciones fiscales y sus relaciones con las Administraciones Tributarias se regirá por los siguientes principios: a) El cumplimiento de las normas tributarias en los distintos países y territorios en los que opera el Grupo, satisfaciendo los tributos que resulten exigibles de acuerdo con el ordenamiento jurídico. b) La adopción de decisiones en materia tributaria sobre la base de una interpretación razonable de la normativa aplicable y en estrecha vinculación con su actividad. c) La prevención y reducción de los riesgos fiscales significativos. d) La potenciación de una relación con las autoridades en materia tributaria, basada en el respeto a la ley, la transparencia, la confianza recíproca y la buena fe, sin perjuicio de las legítimas controversias que, respetando los principios anteriores y en defensa del interés social, puedan generarse con dichas autoridades en torno a la interpretación de las normas aplicables. e) La información al Consejo de Administración sobre las principales implicaciones fiscales de las operaciones o asuntos que se sometan a su aprobación, cuando constituyan un factor relevante para formar su voluntad.

3.- BUENAS PRACTICAS TRIBUTARIAS En aplicación de los principios anteriores, la Sociedad asume las siguientes buenas prácticas tributarias: a) No utilizar estructuras de carácter artificioso ajenas a las actividades propias de la Sociedad y con la única finalidad de reducir su carga tributaria. b) Evitar las estructuras de carácter opaco con finalidades tributarias, entendiéndose por tales aquellas destinadas a impedir el conocimiento por parte de las Administraciones Tributarias competentes del responsable final de las actividades o del titular último de los bienes o derechos implicados. c) No constituir ni adquirir sociedades residentes en paraísos fiscales, salvo si viniera obligada a ello por tratarse de una adquisición indirecta en la que la sociedad residente en un paraíso fiscal sea parte de un grupo de sociedades objeto de adquisición. d) Realizar las transacciones con entidades vinculadas siempre a valor de mercado. e) Evaluar adecuadamente con carácter previo las inversiones y operaciones que a priori presenten especial riesgo fiscal.

3.- BUENAS PRACTICAS TRIBUTARIAS f) Colaborar con las Administraciones Tributarias competentes en la detección y búsqueda de soluciones respecto de las prácticas fiscales fraudulentas de las que la Sociedad tenga conocimiento que puedan desarrollarse en los mercados en los que el Grupo está presente. g) La concepción de los tributos que las sociedades del Grupo satisfacen en los países y territorios en los que operan como la principal aportación al sostenimiento de las cargas públicas y, por tanto, una de sus contribuciones a la sociedad. h) Facilitar la información y documentación con trascendencia fiscal que soliciten las Administraciones Tributarias competentes, en el menor plazo posible y con el alcance debido.

4.- SEGUIMIENTO Y CONTROL La Sociedad adoptará los mecanismos de control necesarios para asegurar, dentro de una adecuada gestión empresarial, el cumplimiento de la normativa tributaria y de los principios anteriores por parte de todas las sociedades del Grupo. Igualmente, dedicará a tales fines los recursos humanos y materiales adecuados y suficientemente cualificados. La Comisión de Auditoría y Control facilitará al Consejo de Administración información sobre las políticas y criterios fiscales aplicados por la Sociedad durante el ejercicio y, en particular, sobre el grado de cumplimiento de la Política fiscal corporativa. Igualmente, en el caso de operaciones o asuntos que deban someterse a la aprobación del Consejo de Administración, informará sobre sus consecuencias fiscales cuando constituyan un factor relevante.

5.- DIFUSION El Consejo de Administración de la Sociedad, a través de su consejero delegado y de sus altos directivos, impulsará el seguimiento de los principios y buenas prácticas tributarias que se contienen en esta Política fiscal corporativa por parte de las sociedades integradas en el Grupo cuyas actividades tengan una trascendencia significativa en el ámbito tributario. La Sociedad publicará la presente Política en la página web corporativa

Esta Política fiscal corporativa ha sido aprobada por el Consejo de Administración de REALIA Business, S.A. en su sesión de XX de XX de XX.