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Transcripción:

TEMPORADA VERANO 2017 BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE SEIS PLAZAS DE MONITORES/AS DE NATACIÓN PARA LA PISCINA MUNICIPAL. PRIMERA.- Es objeto de esta convocatoria la provisión temporal de seis plazas de Monitores de Natación, mediante contrato laboral con una duración de dos meses a media jornada, 20 horas semanales. SEGUNDA.- Los requisitos de los/as aspirantes serán los siguientes: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, así como no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, que se acreditará en el caso de ser seleccionado mediante certificado médico previo a la firma del contrato. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Estar en posesión del Título de Monitor/a, Profesor/a de

Natación, Técnico superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, u otros Títulos superiores relacionados con el puesto de trabajo. f) No estar incurso en causa de incompatibilidad de las establecidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas. g) Estar desempleado/a en su totalidad, no como mejora de empleo, en la localidad de Herencia, a la fecha de firma del contrato de trabajo; acreditándose mediante la aportación de la tarjeta de desempleo. TERCERA.- Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se entregarán en el Registro General del Ayuntamiento, desde el día 8 de mayo, siendo el último día de recepción hasta las 14:00 horas del día 22 de mayo de 2017. CUARTA.- Con la instancia se acompañarán los siguientes documentos: 1) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. 2) Fotocopia compulsada del D.N.I. 3) Tarjeta de desempleo en vigor. 4) Documentación que se alegue para el concurso de méritos (Compulsado). QUINTA.- Expirado el plazo de presentación de instancias la Alcaldía dictará resolución dentro del día siguiente, publicándola en el Tablón de Edictos, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos indicando la causa de exclusión y concediendo, en su caso, un plazo de 3 días hábiles para subsanar los defectos apreciados, expresándose el lugar y fecha de valoración del concurso y constitución de la Comisión de Selección, así como la composición de dicho órgano. SEXTA.- La Comisión de selección. Estará compuesta, por

designación de la Alcaldía, en base a lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público. SÉPTIMA.- El procedimiento de selección será el de concurso de méritos. A) CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO: Máximo 2,5 puntos. Por otros títulos relacionados con el puesto de trabajo, natación, salvamento, submarinismo, etc., de una duración mínima de 20 horas; que no sea la titulación que se ha tenido en cuenta para la admisión: - Curso-Diploma-Certificados de asistencia de 20-49 horas: 0,1/curso. - Curso-Diploma-Certificados de asistencia de 50-100 horas: 0,2/curso. - Curso-Diploma-Certificados de asistencia de + de 100 horas:0,4/curso. Los diplomas o certificados de asistencia deberán haber sido expedidos u homologados expresamente por Centros Docentes dependientes del Ministerio de Educación o la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha u organismo de la Comunidad autónoma concreta, por el SEPECAM, o por una Universidad. También se valorarán los cursos impartidos por estructuras especializadas de organizaciones sindicales y empresariales y los cursos impartidos por parte de Colegios Profesionales. B) TITULACIÓN ACADÉMICA: Máximo 3 puntos. Por titulación académica distinta a la que se ha tenido en cuenta para la admisión: 1. Por tener un máster relacionado con el puesto: 1,75 puntos. 2. Por tener una Licenciatura o Grado relacionada con el puesto: 1,50 puntos. 3. Por tener una Diplomatura relacionada con el puesto: 1,40 puntos. 4. Por tener un grado superior relacionado con el puesto: 1,30 puntos. 5. Entrenador Superior S.O.S.: 1,20 puntos. 6. Entrenador Auxiliar de S.O.S.: 1,10 puntos. 7. Entrenador Superior de Natación: 1 punto.

8. Entrenador Auxiliar de Natación: 0,50 puntos. 9. Monitor de Salvamento: 1 punto. 10. Monitor de Aguas interiores, aguas abiertas y Parques acuáticos: 0,25 puntos. - Los puntos de los apartados 2 y 3 no son acumulables. - Los puntos de los apartados 5 y 6 no son acumulables. - Los puntos de los apartados 7 y 8 no son acumulables. C) DESEMPLEO: Por situación legal de desempleo, se valorará con arreglo al siguiente baremo hasta un máximo de 3 puntos, con antigüedad en el desempleo anterior a la publicación de las siguientes bases: - 1 mes en el desempleo: 0,1 puntos. - 2 meses en el desempleo: 0,2 puntos. - 3 meses en el desempleo: 0,3 puntos. - 4 meses en el desempleo: 0,4 puntos. - 5 meses en el desempleo: 0,5 puntos. - 6 meses en el desempleo: 0,6 puntos. - 7 meses en el desempleo: 0,7 puntos. - 8 meses en el desempleo: 0,8 puntos. - 9 meses en el desempleo: 0,9 puntos. - 10 meses en el desempleo: 1 puntos. - 11 meses en el desempleo: 1,10 puntos. - 12 meses en el desempleo: 1,20 puntos. - Con más de 12 meses en el desempleo a razón de 0,1 punto/mes. - Si el/la cónyuge está desempleado/a y no cobra prestación: 0,5 puntos. - Si es familia monoparental con hijos a cargo: 0,5 puntos. La situación de desempleo se acreditará mediante la aportación de la Tarjeta de Desempleo en vigor y se tendrá en cuenta la fecha de inscripción que figure en la misma. D) REALIZACIÓN DE PROYECTO DE ACTIVIDADES: Proyecto de actividades a desarrollar durante los meses de duración dentro de los cursos de natación: hasta 3 puntos. OCTAVA.- La Comisión de Selección a través de su Presidente, podrá disponer que funcionarios o asesores especialistas colaboren en el desarrollo del proceso selectivo, quienes no tendrán derecho a voto.

NOVENA.- La calificación final del concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas conforme a los méritos valorables establecidos en la base séptima. En caso de empate se estimará la mayor antigüedad en el desempleo como prioritario DÉCIMA.- El resultado del concurso se hará público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, debiendo los seleccionados personarse en las dependencias municipales al objeto de formalizar el contrato en el plazo que se indique. De no personarse en este plazo se entenderá que renuncian a tal formalización. UNDÉCIMA.- El horario de trabajo será a media jornada, 20 horas semanales, durante los meses de julio y agosto. El personal contratado deberá cumplir con rigor las siguientes funciones: - Llevar a cabo las monitorias de natación para matronatación, infantiles, adultos y discapacitados/as durante los meses de julio y agosto. - Llevar a cabo las clases de Aquagym a realizar durante 3 días a la semana en el horario de baño de la Piscina Municipal. - Custodiar y recoger el material didáctico de los cursillos. La participación en este proceso selectivo supone la aceptación íntegra de todas las cláusulas de las presentes Bases. DUODÉCIMA.- Se creará por el Excmo. Ayuntamiento una bolsa de trabajo, para la Temporada 2017, con los/as aspirantes que no resulten declarados/as aprobados/as por la Comisión de Selección, al objeto de cubrir posibles vacantes que se produzcan, con carácter temporal, en plazas objeto de la convocatoria. Todos los anuncios e incidencias de la convocatoria se publicarán exclusivamente en el Tablón de edictos para conocimiento de los interesados/as. En Herencia, a fecha al margen

Documento firmado Electronicamente