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Transcripción:

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 06 de Junio del año 2015; Núm. 30, pág. 1058. INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA ACUERDO No. IEE/CG/A084/2015 DE FECHA 31 DE MAYO DEL 2015, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO DEL VOTO ELECTRÓNICO DE LOS COLIMENSES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO EN LA ELECCIÓN DE GOBERNADOR DEL ESTADO EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2014-2015, ASÍ COMO DE LOS DOCUMENTOS QUE SE UTILIZARÁN EN EL MISMO POR LOS FUNCIONARIOS QUE FUERON APROBADOS PARA TAL EFECTO. IEE/CG/A084/2015 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO DEL VOTO ELECTRÓNICO DE LOS COLIMENSES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO EN LA ELECCIÓN DE GOBERNADOR DEL ESTADO EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2014-2015, ASÍ COMO DE LOS DOCUMENTOS QUE SE UTILIZARÁN EN EL MISMO POR LOS FUNCIONARIOS QUE FUERON APROBADOS PARA TAL EFECTO. A N T E C E D E N T E S: I.- Con fecha 24 de enero del año que transcurre, se aprobó el Acuerdo número IEE/CG/A034/2015, mediante el cual el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima autorizó generar las condiciones necesarias para garantizar la emisión del voto de los ciudadanos colimenses que residen en el extranjero, en la elección de Gobernador Constitucional del Estado en el Proceso Electoral Local 2014-2015. II.- El día 31 de enero del presente año, mediante acuerdo número IEE/CG/A045/2015, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima aprobó los "Lineamientos para garantizar el ejercicio del derecho al voto de los ciudadanos colimenses residentes en el extranjero en el Proceso Electoral Local 2014-2015". III.- Mediante Acuerdo IEE/CG/A055/2015, el día 28 de febrero de 2015 el Consejo General de este Instituto aprobó la conformación de un Comité Técnico Asesor para la creación e implementación de un sistema informático para la emisión del voto electrónico de los ciudadanos colimenses residentes en el extranjero en la elección de Gobernador del Estado dentro del Proceso Electoral Local 2014-2015. IV.- Con fecha 11 de abril del presente año, se firmó el Anexo Técnico número dos al Convenio General de Coordinación entre el Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral del Estado de Colima, en relación al desarrollo del proceso electoral local ordinario en el que las y los ciudadanos colimenses residentes en el extranjero podrán elegir Gobernador del Estado de Colima. V.- En la Décima Sexta Sesión Extraordinaria del Consejo General de este Instituto, celebrada el 15 de mayo de 2015, se aprobó el Acuerdo número IEE/CG/A079/2015, relativo al procedimiento de apertura y cierre del sistema para la emisión del voto electrónico de los colimenses residentes en el extranjero en la elección de Gobernador del Estado en el Proceso Electoral Local 2014-2015, así como el correspondiente al que se utilizará por dichos ciudadanos para tal efecto.

VI.- En Sesión celebrada el 21 de mayo de 2015, el Consejo General aprobó el Acuerdo IEE/CG/A083/2015, relativo al nombramiento de los ciudadanos que serán designados como funcionarios de la mesa de escrutinio y cómputo del voto de los colimenses residentes en el extranjero en el Proceso Electoral Local 2014-2015. Con base a los antecedentes expuestos, se emiten las siguientes: C O N S I D E R A C I O N E S: 1ª.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 Bis, base III, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y 97 del Código Electoral del Estado de Colima, el Instituto Electoral del Estado es el organismo público autónomo, de carácter permanente, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, depositario y responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones en la entidad, así como de encargarse de su desarrollo, vigilancia y calificación, en su caso. Igualmente el Instituto será autoridad en la materia, profesional en su desempeño, autónomo e independiente en sus decisiones y funcionamiento. 2ª.- Según lo dispuesto en el artículo 99 del Código Comicial Local, en sus fracciones I, III, V y VI, establecen que son fines del Instituto Electoral del Estado, preservar, fortalecer, promover y fomentar el desarrollo de la democracia en la Entidad; garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura cívica, política democrática. 3ª.- De acuerdo a lo establecido en la fracción XXXIII del artículo 114 del Código Electoral del Estado, el Consejo General tiene la atribución de dictar todo tipo de acuerdos y previsiones para hacer efectivas las disposiciones del Código de la materia. Aunado a lo anterior, el segundo párrafo de artículo 3 de los "Lineamientos para garantizar el ejercicio del derecho al voto de los ciudadanos colimenses residentes en el extranjero en el Proceso Electoral Local 2014-2015", descritos en el segundo antecedente de este instrumento, dispone que los casos no previstos en él, serán resueltos por el Consejo General; asimismo, el numeral 35 de los propios lineamientos estipula que "todas las actividades de Escrutinio y Cómputo del voto de los colimenses se aprobarán en un Acuerdo específico que determine la Comisión para el Voto de los Colimenses en el Extranjero". Finalmente, y para reforzar el argumento vertido en esta consideración, en el inciso d) correspondiente al punto 1, del Apartado "B", del Anexo Técnico descrito en el IV antecedente de este instrumento, se estipula lo siguiente "EL IEEC determinará el procedimiento del escrutinio y cómputo electrónico y las medidas pertinentes para la elaboración de actas e informes relativos al voto de los colimenses residentes en el extranjero." 4ª.- De conformidad a lo aprobado en el Acuerdo a que se hace referencia en el V antecedente de este documento, el sistema informático para el voto electrónico vía internet de los ciudadanos colimenses radicados en el extranjero, inició su operación el domingo 17 de Mayo de 2015 a las 8:00 am (tiempo del centro) y cerrará el domingo 31 de mayo de 2015 a las 11:59 pm (tiempo del centro). A partir del 1 de junio y hasta la instalación de la mesa de escrutinio y cómputo el día de la jornada electoral, el sistema será cerrado y se realizará un respaldo técnico, el cual será entregado en un medio de almacenamiento masivo encriptado y se entregará a la presidencia de este Consejo General. 5ª.- A fin de garantizar y proteger la inviolabilidad del Sistema Informático a que se hace referencia en la consideración anterior, se ha previsto generar tres "contraseñas electrónicas de acceso", entendidas éstas como una serie secreta de caracteres que permite a un usuario acceder a un archivo, ordenador, o programa. La contraseña ayuda a garantizar

que los usuarios no autorizados no acceden a la computadora o aplicación y obtengan información oculta o que se quiera resguardar. Para ello, se solicitará al Comité Técnico Asesor que genere las referidas contraseñas y las entregue por separado a este Órgano Superior de Dirección, en un sobre sellado y firmado por los integrantes de dicho Comité, a más tardar el día tres de junio del presente año. Cabe señalar que dichos sobres deberán permanecer cerrados y resguardados en la presidencia del Consejo General hasta el día de la apertura del Sistema, durante la instalación de la Mesa de Escrutinio y Cómputo del voto de los colimenses residentes en el extranjero, y que serán entregados a los tres ciudadanos que fueron aprobados como funcionarios de la referida Mesa, en los términos del Acuerdo citado en el VI antecedente de este escrito; quienes los abrirán y procederán a ingresarlas. Cada una de esas contraseñas serán necesarias, utilizándolas consecutivamente, para aperturar y cerrar el Sistema el día de la jornada electoral, exclusivamente para el procedimiento señalado en el párrafo anterior, ante los representantes acreditados para ello por los partidos políticos, o en su caso, ante sus comisionados ya acreditados ante este Consejo General. Siendo el único momento en que podrá accederse al mismo. 6ª.- Según lo establecido en la fracción II del artículo 11 de los Lineamientos de referencia, corresponde a la Comisión Especial para el voto de los Colimenses en el Extranjero, "proponer al Consejo General los mecanismos para promover y recabar el voto de los ciudadanos colimenses residentes en el extranjero, los proyectos de normatividad, procedimientos, documentación, materiales y demás insumos a emplear para tal efecto". En virtud de lo anterior, a través de este proyecto de acuerdo se pone a consideración de este Órgano Superior de Dirección la documentación electoral que de forma exclusiva se utilizará para la "Casilla Electrónica", siendo la siguiente: el Acta de Escrutinio y Cómputo, el recibo de copias legibles a los representantes de los partidos políticos, constancia de clausura de casilla, cartel de resultados de la elección, hoja para hacer operaciones de cómputo, sobre para votos válidos, sobre para votos nulos, sobre para armar expediente de esta modalidad de elección, sobre PREP, sobre para lista nominal de electores colimenses residentes en el extranjero, y sobre para el expediente que se entrega a la presidencia del Consejo General; dicha documentación se anexa al presente acuerdo como parte integral del mismo. 7ª.- Respecto al procedimiento de escrutinio y cómputo de la elección de Gobernador Constitucional del Estado para el conteo de los votos de los colimenses residentes en el extranjero con derecho a ello, éste comenzará a las 18:00 horas (zona centro) del 7 de Junio de 2015, siendo la "urna virtual" Voto Colimense en el Extranjero, identificada como 0VCE, contabilizada en el PREP (Programa de Resultados Electorales Preliminares) del Instituto Electoral del Estado de Colima. Para ello, en la sede del Consejo General de este Instituto, se instalará a las 17:00 horas la mesa de escrutinio y cómputo del voto de los ciudadanos colimenses residentes en el extranjero, quedando integrada por tres ciudadanos, en los términos previstos en el Acuerdo IEE/CG/083/2015, así como los representantes de los partidos políticos que para tal efecto sean acreditados por los mismos, o en su caso, los comisionados propietarios o suplentes ya acreditados ante el Consejo General, quienes actuarán como representantes de partido político ante dicha mesa. En esa tesitura, los ciudadanos que fungirán como funcionarios de la Mesa de Escrutinio y Cómputo en esta modalidad de elección, serán capacitados por la Dirección de Capacitación Electoral de este Instituto, en los términos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Código Electoral del Estado y los "Lineamientos para garantizar el ejercicio del derecho al voto de los ciudadanos colimenses residentes en el extranjero en el Proceso Electoral Local 2014-2015" aprobados por este Consejo General, y demás acuerdos emitidos por dicho Órgano Superior de Dirección. Destacando las funciones que le competen a cada uno de los mismos y que se describen a continuación: Presidente, secretario y escrutador ingresarán las contraseñas proporcionadas por el Comité Técnico Asesor. Funciones relativas al presidente. Dar clic al botón "apertura del sistema", así como dar clic en el botón "siguiente" para visualizar y clic en "imprimir boleta"; Integrará el paquete electoral y lo entregará a la presidencia

del Consejo General de este Instituto. Colocará en lugar visible al exterior de estas instalaciones el cartel con los resultados obtenidos. Funciones relativas al secretario: Llenará la hoja para hacer operaciones de cómputo de Gobernador, para posteriormente asentar en el acta de escrutinio y cómputo los votos que obtuvieron los candidatos, partidos o coalición, así como los votos nulos, de igual forma las incidencias que pudieran suscitarse al momento del escrutinio y cómputo del voto de los ciudadanos colimenses residentes en el extranjero. Será también el encargado de llenar el recibo de copias legibles a los partidos políticos, la constancia de clausura de la mesa de escrutinio y cómputo, y finalmente el cartel de resultados. Funciones relativas al escrutador: Mencionará en voz alta el nombre del candidato, partido o coalición marcado en cada boleta, y en su caso, junto con el presidente de la mesa analizarán la nulidad del voto. Presidente, secretario y escrutador: El procedimiento de escrutinio y cómputo se dará por concluido ingresando de nuevo las tres contraseñas y dando clic al botón "cerrar sesión". El acta de escrutinio y cómputo será firmada por los tres funcionarios de la referida mesa, así como los representantes de partidos políticos presentes, entregándoseles copia legible de ésta a cada uno de ellos; asimismo, la primer copia de la citada acta se destinará para su captura en el PREP. El Secretario integrará el expediente de la mesa escrutinio y cómputo, el cual se compone por: original del acta de escrutinio y cómputo, original del recibo de copias legibles entregadas a los partidos políticos, constancia de clausura de la casilla, hoja de operaciones, hoja de incidentes y escritos de protesta en caso de haberse presentado. Dicho expediente quedará en resguardo de la Presidenta del Consejo General de este Instituto. 8ª.- Respecto a la información contenida en los servidores utilizados en el sistema informático para la emisión del voto electrónico de los colimenses residentes en el extranjero en la elección de Gobernador del Estado, en el Proceso Electoral Local 2014-2015, se procederá a la ejecución del borrado lógico de la misma, una vez agotados los medios de impugnación que en su caso, se hubieran interpuesto en torno a esta casilla o a la elección relativa al cargo mencionado, o cuando habiendo transcurrido el término de ley para la interposición de los mismos no se hubiesen presentado. En razón de los fundamentos y argumentaciones expuestas, en uso de las atribuciones que para este Consejo General establece el Código Electoral del Estado, así como de lo anteriormente verificado, se emiten los siguientes puntos de A C U E R D O PRIMERO: Este Consejo General aprueba instruir al Comité Técnico Asesor, para que a más tardar el día 03 de junio de 2015 genere las "contraseñas electrónicas de acceso"; así como el procedimiento para su entrega a los ciudadanos que actuarán como funcionarios de la mesa de escrutinio y cómputo del voto de los colimenses residentes en el extranjero, en los términos previstos en la 5ª consideración de este documento. SEGUNDO: Se aprueban los modelos y formatos de la documentación electoral, que habrá de utilizarse en la mesa de escrutinio y cómputo, en los términos de los anexos al presente acuerdo, descritos en la 6ª consideración. TERCERO: Se aprueba el procedimiento de escrutinio y cómputo para el conteo de los votos de los colimenses residentes en el extranjero con derecho a ello, así como las funciones relativas a los ciudadanos que fueron aprobados para fungir como funcionarios en dicha mesa, de conformidad con lo expuesto en la 7ª consideración. CUARTO: Se instruye al Secretario Ejecutivo del Consejo General, a que gire los oficios correspondientes a los partidos políticos acreditados ante este Órgano Superior de Dirección, invitándolos a que acrediten a un representante de su

instituto político, a más tardar el tres de junio del año que trascurre, para que integren la mesa de escrutinio y cómputo del voto de los colimenses residentes en el extranjero, en los términos expuestos en la 7ª consideración. QUINTO: Una vez terminado el procedimiento en la mesa de escrutinio y cómputo del voto de los colimenses residentes en el extranjero y que estos procedan a cerrar el sistema a través de sus contraseñas, el sistema encriptará la información en él contenida de forma automática, en tanto se cumpla alguno de los supuestos previstos en la 8ª consideración. SEXTO: Notifíquese a través de la secretaría ejecutiva a los integrantes del Comité Técnico Asesor, a los consejos municipales electorales, así como a todos los partidos políticos acreditados ante este Órgano Superior de Dirección, con la finalidad de que surtan los efectos legales a que haya lugar. SÉPTIMO: Con fundamento en el artículo 113 del Código de la materia, publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" y en la página de internet del Instituto Electoral del Estado. El presente Acuerdo fue aprobado en la Décima Octava Sesión Extraordinaria del Consejo General celebrada el 31 (treinta y uno) de mayo de 2015 (dos mil quince), por siete votos a favor de los Consejeros Electorales: Consejera Presidenta Maestra Felícitas Alejandra Valladares Anguiano, la consejera proyectista Maestra Noemí Sofía Herrera Núñez, Licenciada Ayizde Anguiano Polanco, Licenciado Raúl Maldonado Ramírez, Licenciado José Luis Fonseca Evangelista, Maestra Isela Guadalupe Uribe Alvarado y Doctora Verónica Alejandra González Cárdenas. CONSEJERA PRESIDENTA, MTRA. FELÍCITAS ALEJANDRA VALLADARES ANGUIANO. Rúbrica. SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. MIGUEL ÁNGEL NÚÑEZ MARTÍNEZ. Rúbrica. CONSEJEROS ELECTORALES, MTRA. NOEMÍ SOFÍA HERRERA NÚÑEZ. Rúbrica. LICDA. AYIZDE ANGUIANO POLANCO. Rúbrica. LIC. RAÚL MALDONADO RAMÍREZ. Rúbrica. LIC. JOSÉ LUIS FONSECA EVANGELISTA. Rúbrica. MTRA. ISELA GUADALUPE URIBE ALVARADO. Rúbrica. DRA. VERÓNICA ALEJANDRA GONZÁLEZ CÁRDENAS. Rúbrica.