MULTIRRIESGO HOGAR??COBERTURAS: - rotura de vitrocerámicas, loza sanitaria y encimeras de mármol - gtos de reposión de llaves y cerraduras - escapes de agua y omisión de cierre de grifos - robo en el maletero del coche - atraco fuera del hogar - la responsabilidad civil de sus animales domésticos - asistencia en el hogar con una simple llamada de teléfono - todo a valor de nuevo - mantenemos la armonía estética de su hogar en caso de siniestro - y por supuesto: incendio, rayo y explosión daños por agua robo y expoliación todo aquello que pueda afectar a la seguridad de su hogar.
??DATOS PARA COTIZAR: TOMADOR DEL SEGURO - Apellidos o razón social - Nombre - Dni / Cif: - Domicilio - C.Postal: - Población - Provincia - Telf. DESCRIPCIÓN DEL RIESGO 1. Tipo de Vivienda: - planta baja / piso alto / ático / chalet adosado / chalet unifamiliar independiente / casa rural 2. Situación: - dirección: - CPostal - Población - Provincia - núcleo urbano / urbanización / en despoblado / 3. Año de construcción: 4. Uso de la vivienda: - vivienda habitual / vivienda secundaria / alquilada / desocupada ( Cuántos días?: 0-30 días / 31-90 días / 91-180 días / más de 180 días / vivienda fin de semana) 5. Protecciones: - Puerta blindada / rejas en todos los huecos / rejas sólo en planta baja / alarma conectada a central / caja de caudales / vigilancia permanente
6. Capitales asegurados: - Continente / estructura de la vivienda.. - Contenido / enseres... - Joyas fuera de caja fuerte.. - Joyas en caja fuerte. - Objetos de especial valor DEFINICIÓN DE COBERTURAS : Qué es el Continente? y Qué capital debo asegurar para mi vivienda? 1.1.- El Continente es el edificio o estructura de la vivienda y esta constituido por: - unidades de construcción: suelos, paredes, techos, puertas, ventanas, sanitarios, etc. - Las instalaciones de calefacción y refrigeración, así como los aparatos y elementos fijos necesarios para el funcionamiento de dichas instalaciones (calderas, acumuladores, radiadores,..) - Las pinturas, parquet, moquetas, papeles pintados, maderas, persianas u otros elementos de decoración. - Los cristales, claraboyas y lucernarios fijos del edificio. - Los muros, cercas, vallas y demás elementos de cerramiento. - Piscinas, estanques, pozos y sus equipos correspondientes (depuradoras, bombas de agua y similares) - Instalaciones deportivas - En general, todos aquellos bienes que no se puedan separar del edificio. 1.2.- Algunos consejos: 1º) Es importante que contrate los capitales correctos para que la indemnización que reciba en caso de siniestro sea suficiente para compensar sus pérdidas económicas.. 2º) Si el capital asegurado es inferior al valor real de sus bienes, le pagarán en la misma proporción los objetos dañados o destruidos. 3º) Debe asegurar su casa POR LO QUE LE COSTARIA RECONSTRUIRLA. No debe considerar el valor del suelo ni tomar como referencia el importe que pudiera conseguir al venderla. 4º) Viviendas de súper lujo: La existencia de materiales sofisticados puede encarecer enormemente el coste de la construcción.
Qué es el Contenido? Cómo debo valorar el Contenido? 2..- Qué es el Contenido? Conjunto formado por: - Los muebles de la vivienda y de sus dependencias anexas, incluyendo muebles fijos. - El ajuar doméstico. - El ajuar personal (tanto propio como de terceros) - Los electrodoméstico (incluyendo aparatos de imagen y sonido, ordenadores personales y otros equipos electrónicos) - Los víveres y provisiones - Los cristales, espejos, objetos de adorno y elementos de decoración no fijos - La alarma y demás instalaciones de protección - Los muebles y otros bienes depositados en jardines 3.- Qué se consideran Joyas y Objetos especiales? 3.1.- Joyas Piezas confeccionadas en oro, plata u otros metales preciosos, con o sin perlas, piedras preciosas o gemas, que se utiliza para el adorno personal. Estas se pueden encontrar: a. Dentro de caja de caudales cerrada. b. Fuera de caja de caudales. 3.2.- Objetos Especiales Engloba a los bienes detallados a continuación y siempre y cuando su valor unitario, individual o del conjunto, sea igual o superior a 1.202,02.-euros. Suelen tener esta denominación: - Objetos de plata - Artículos de piel - Obras de arte (pinturas, dibujos y obras gráficas, esculturas, etc) - Colecciones filatélicas y numismáticas no en oro - Alfombras y tapices artesanales - Antigüedades (objetos de edad superior a 100 años) - Instrumentos musicales - Relojes
5.- Qué cubre la garantía de Responsabilidad Civil? A través de esta cobertura cubre las indemnizaciones que puedan resultar a su cargo, como consecuencia de daños materiales, personales y perjuicios económicos causados a terceros involuntariamente en virtud de las responsabilidades siguientes: - Responsabilidad Civil Privada Familiar, como consecuencia directa del desarrollo de la vida privada de todos los miembros de la unidad Familiar. - Responsabilidad Civil Inmobiliaria, como propietario de la vivienda. - Responsabilidad Civil como Propietario de Animales Domésticos, que vivan en la vivienda asegurada y que pertenezcan al propietario o a otro miembro de la Unidad Familiar. - Responsabilidad Civil como Arrendatario frente al Propietario de la Vivienda Asegurada, por los daños materiales sufridos por consecuencia de un siniestro de incendio o explosión e implosión. - Responsabilidad Civil de los Empleados del Hogar, como consecuencia de los actos del personal empleado del hogar en el ejercicio de sus funciones. Así como la Responsabilidad Civil Patronal que cubre ante los daños que pueda sufrir los empleados del hogar y las posibles reclamaciones de estos ante los miembros de la Unidad Familiar. Prestaciones de la Compañía: Dentro del limite de indemnización fijado para este Riesgo, correrán por cuenta de la compañía: - El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que diera lugar la responsabilidad civil del asegurado y los miembros de la unidad familiar. - La constitución de las fianzas judiciales exigidas por Jueces y Tribunales. - El pago de honorarios de los Abogados, Procuradores y Técnicos designados por la compañía, así como de los gastos derivados de las gestiones realizadas para el esclarecimiento del siniestro y las costas judiciales devengadas, con exclusión del pago de multas o sanciones y de las consecuencias de su impago. 6.- Qué cubre la garantía de Asistencia en el Hogar? Mediante esta garantía, usted puede recibir los servicios siguientes: - Envío de profesionales. - Búsqueda y gastos de Hotel. - Gastos de mudanza y guardamuebles. - Vigilancia de la Vivienda - Sustitución de televisión y/o video. - Retorno del anticipado por siniestro grave (en caso de que el asegurado se encuentre de viaje y deba interrumpirlo). - Trasmisión de mensajes urgentes (mensajes del asegurado a sus familiares por un siniestro cubierto por la póliza). - Servicio de envío de profesionales, información y conexión.