PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATO DE SERVICIO DE AGENCIA DE MEDIOS PARA EL AYUNTAMIENTO DE BASAURI

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Transcripción:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATO DE SERVICIO DE AGENCIA DE MEDIOS PARA EL AYUNTAMIENTO DE BASAURI

DEPARTAMENTO DE PRENSA Y COMUNICACIÓN ASUNTO. CONTRATO PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO DE SERVICIO DE AGENCIA DE MEDIOS PARA EL AYUNTAMIENTO DE BASAURI 1. OBJETO DEL CONTRATO La presente contratación tiene por objeto el servicio de agencia de medios intermediadora para encauzar a través de los medios de comunicación social y soportes publicitarios las diferentes intervenciones de publicidad impulsadas desde el Departamento de Prensa y Comunicación del Ayuntamiento de Basauri y que se consideran de interés para informar a la ciudadanía. Este contrato pretende cubrir la necesidad de intermediación con los medios, mediante empresas expertas que, además de realizar esta gestión, asesoren, en su caso, sobre los anuncios y diferentes campañas publicitarias e intervenciones de marketing, con todas las acciones que pueden valorarse como necesarias para ello, para velar así por una mayor difusión de los actos impulsados desde el Ayuntamiento de Basauri. El contrato se refiere exclusivamente al servicio para la gestión de las inserciones de publicidad del Departamento de Prensa y Comunicación del Ayuntamiento de Basauri. No se incluyen en este contrato las campañas publicitarias dependientes de los Organismos Autónomos Municipales y Sociedades Públicas Municipales ni los anuncios oficiales exigidos por las normas legales, ni la inserción de anuncios en boletines oficiales. 2. ALCANCE Y CONTENIDO DEL SERVICIO El objeto viene constituido por la contratación de un servicio de agencia de medios para la gestión de la inserción de publicidad en distintos medios y soportes de comunicación (prensa, radio, televisión, internet) que se impulse desde el Ayuntamiento de Basauri.

Para ello, el Ayuntamiento de Basauri cursará las órdenes de inserción con indicación de los medios y soportes a contratar, fechas y espacios, con el fin de que la adjudicataria proceda a su contratación. La adjudicataria negociará con los medios los costes de inserción y la selección de los espacios más idóneos, se encargará de la adaptación y el envío a su cargo de los diferentes originales a los soportes seleccionados, así como de la petición de los avales y permisos necesarios para todo ello. Asimismo, controlará que la inserción de anuncios contratados se realiza conforme a las instrucciones impartidas desde el Ayuntamiento de Basauri y verificará el cumplimiento de las órdenes cursadas. La contratación de espacios publicitarios en los distintos soportes de comunicación se realizará en criterios de igualdad respecto a las tarifas ofrecidas por éstos a su clientela general, rechazando, en todo caso, los recargos especiales. En el supuesto de que algún soporte de comunicación rechazase insertar anuncios del Ayuntamiento de Basauri en las mencionadas condiciones, manteniendo los recargos excepcionales para dichos espacios, el Consistorio se reserva el derecho a excluir sus inserciones en dicho soporte publicitario. En caso excepcional de inexistencia de tarifas de referencia, el precio se negociará por la adjudicataria con el soporte, condicionándose en todo caso la compra de espacios a la conformidad previa del Ayuntamiento de Basauri. El Ayuntamiento se reserva el derecho a negociar directamente con los diferentes medios de comunicación mejoras en el precio de sus tarifas pudiendo ordenar a través de la adjudicataria la publicidad resultante del eventual acuerdo. En estos casos, la agencia adjudicataria tendrá derecho a percibir la comisión de agencia (establecida en este contrato) de cada uno de esos trabajos externos por gastos de gestión. Asimismo, el Ayuntamiento se reserva el derecho de poder contratar directamente con los diversos medios la inserción de anuncios cuando el interés público así lo requiera. Cuando se estime necesario, el Ayuntamiento podrá requerir además de la adjudicataria la elaboración de planes concretos de medios en función del presupuesto, de los objetivos de comunicación y de su público objetivo, proponiendo los soportes más adecuados en función de criterios de audiencia, coste, adecuación al producto a anunciar, penetración y rentabilidad, etcétera.

Asimismo, elaborará las memorias que el Ayuntamiento considere necesarias en relación con la ejecución del contrato, con detalle de tareas y una evaluación de la prestación de los servicios, identificando oportunidades de mejora, si las hubiera. 3. LOTES El contrato se divide en dos lotes: LOTE1: Prensa, Suplementos y Revistas: Gestión de la inserción de publicidad en soporte papel (Prensa, Suplementos de diarios, Revista Dominicales y similares). LOTE2: Otros soportes: Gestión de la inserción de publicidad en otros soportes (Radio, Internet, Televisión, soportes de Publicidad exterior y similares) 4. PLAZO El plazo de duración de contrato es de dos años, comenzando el 1 de septiembre de 2018, con posibilidad de dos prórrogas anuales. 5. PRECIO El precio del contrato para dos años es de 209.000 euros más 43.890 euros de IVA, desglosados de la siguiente forma: LOTE 1-Prensa, Suplementos y Revistas Año 2018 26.145,00 euros (IVA INCLUIDO) Año 2019 72.245,00 euros (IVA INCLUIDO) Año 2020 46.100,00 (IVA INCLUIDO) Año 2018 Año 2019 Año 2020 LOTE 2-Otros Soportes 21.000,00 (IVA INCLUIDO) 54.200,00 euros (IVA INCLUIDO) 33.200,00 euros (IVA INCLUIDO)

Este presupuesto se configura como un límite de gasto, en virtud el cual se fija un gasto máximo global con cargo al cual se habrá de realizar la contratación de espacios publicitarios y la correspondiente inserción de anuncios. Una vez alcanzado tal límite de gasto tendrá lugar la finalización del contrato, aun cuando no hubiera transcurrido el plazo de vigencia establecido. El Ayuntamiento de Basauri no está obligado a agotar la cantidad máxima fijada como límite por lo cual no se genera un derecho a favor de la empresa adjudicataria en virtud el cual pueda exigir el agotamiento de tal límite. 6. CRITERIOS DE VALORACIÓN LOTE 1 1. Plan de trabajo y mejoras en el servicio.... 20 puntos -Plan de trabajo: recursos asignados al servicio, plazos de ejecución de órdenes de inserción, tratamiento de anuncios urgentes. 10 puntos -Mejoras: Sobreprestaciones ofertadas por el licitador que no supongan contraprestación económica alguna para el Ayuntamiento y redunden en una mejor ejecución del servicio..... 10 puntos 2. Descuento sobre tarifa (en %)..... 50 puntos Se entiende por descuento el porcentaje ofertado sobre las tarifas oficiales de los diversos soportes publicitarios que oferten. La oferta se deberá referir a cada uno de los medios publicitarios indicados a continuación, explicitando, dentro de cada medio, el descuento aplicado a los soportes que se detallan. A los efectos de cubrir todos los soportes existentes, se establece una cláusula residual, denominada Otros, para la que se detallará también el descuento, que será único: Prensa/Suplementos/Revistas: 1-El Correo 2-Deia 3-Medios Locales 4-Qué Nervión 5-Otros 14 puntos 14 puntos 14 puntos 4 puntos 4 puntos

3. Comisión de agencia (en %).... 30 puntos Se entiende por comisión de agencia el tanto por ciento facturado en concepto de compra y distribución, englobando, asimismo, los diferentes aspectos recogidos en el objeto del contrato. Dicho porcentaje se aplicará sobre el importe resultante una vez efectuado el descuento sobre las tarifas oficiales. La comisión de agencia será única para todos los medios y soportes publicitarios. LOTE 2 1. Plan de trabajo y mejoras en el servicio.. 20 puntos -Plan de trabajo: recursos asignados al servicio, plazos de ejecución de órdenes de inserción, tratamiento de anuncios urgentes. 10 puntos -Mejoras: Sobreprestaciones ofertadas por el licitador que no supongan contraprestación económica alguna para el Ayuntamiento y redunden en una mejor ejecución del servicio..... 10 puntos 2. Descuento sobre tarifa (en %)... 50 puntos Se entiende por descuento el porcentaje ofertado sobre las tarifas oficiales de los diversos soportes publicitarios que oferten. La oferta se deberá referir a cada uno de los medios publicitarios indicados a continuación, explicitando, dentro de cada medio, el descuento aplicado a los soportes que se detallan. A los efectos de cubrir todos los soportes existentes, se establece una cláusula residual, denominada Otros, para la que se detallará también el descuento, que será único: OTROS SOPORTES: RADIO 1-Radios Locales 2-Radio Popular 3-Radio Nervión 4-Cadena Ser 5-Otras 12 puntos 6 puntos 6 puntos 4 puntos 2 puntos TELEVISIÓN 1-Telebilbao 6 puntos

2-Otras 2 puntos INTERNET Y REDES SOCIALES 1-El Correo Digital 2-DEIA Digital 3-Otros 3 puntos 3 puntos 1 punto PUBLICIDAD EXTERIOR: 1-Muppis, columnas y similares 2-Metro, autobuses 3-Otros 2 puntos 2 puntos 1 punto 3. Comisión de agencia (en %).... 30 puntos Se entiende por comisión de agencia el tanto por ciento facturado en concepto de compra y distribución, englobando, asimismo, los diferentes aspectos recogidos en el objeto del contrato. Dicho porcentaje se aplicará sobre el importe resultante una vez efectuado el descuento sobre las tarifas oficiales. La comisión de agencia será única para todos los medios y soportes publicitarios. Teniendo en cuenta el objeto del contrato, se considera que los criterios establecidos en ambos lotes son los idóneos, al entender que obtener el precio más bajo en la inserción de anuncios redundará en una mejora de la capacidad de informar a la ciudadanía y una mayor difusión de los actos impulsados desde el Ayuntamiento de Basauri. 7. SOLVENCIA TÉCNICA Experiencia en la realización de servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyan el objeto del contrato, por un importe anual ejecutado en el año de mayor ejecución en el curso de los últimos tres, igual o superior a: Lote 1.. 72.245 Lote 2.. 54.200 Lote 1+2 126.445 El requisito mínimo de solvencia exigido se acreditará, mediante la presentación de una relación de los principales servicios realizados en los últimos cinco años, que incluya

importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos, Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato será la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación, por cuanto, atendiendo a código CPV correspondiente al contrato, el servicio que constituye su objeto se halla incluido en ámbito de clasificación vigente regulada en el Anexo II del RGLCAP, modificado por el Real Decreto 773/2015 de 28 de agosto. 8. CRITERIOS DE EJECUCIÓN En la ejecución del contrato la empresa adjudicataria deberá adoptar medidas que garanticen un adecuado compromiso medioambiental y, en este sentido, en la presentación de documentación (informes, memorias, dossieres, etcétera) estará obligada a: Imprimir los documentos a dos caras. El papel deberá ser reciclado al 100% y totalmente libre de cloro (TCF). Se admitirá como medio de prueba la ecoetiqueta Angel Azul o similar. En Basauri, a 10 de abril de 2018 LA JEFA DEL DEPARTAMENTO Fdo. Nuria Álvarez

INFORME DE INSUFICIENCIA DE MEDIOS Esta contratación se justifica por la necesidad de disponer de un/unas agencias especializadas que cubran las necesidades municipales en relación con el objeto del contrato, favoreciendo la optimización de los recursos municipales, aportando un valor añadido y una mayor eficiencia en la difusión de actividades municipales y un mejor retorno de la inversión publicitaria, con la finalidad del correcto funcionamiento de la Administración Municipal, en base a lo dispuesto en pliego de prescripciones técnicas. En Basauri, a 10 de abril de 2018 LA JEFA DEL DEPARTAMENTO Fdo. Nuria Álvarez