Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal Jamaica



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Transcripción:

Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 11 de marzo de 2011 Español Original: inglés A/HRC/16/14/Add.1 Consejo de Derechos Humanos 16º período de sesiones Tema 6 de la agenda Examen periódico universal Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal Jamaica Adición Opiniones sobre las conclusiones y/o recomendaciones, los compromisos voluntarios y las respuestas presentadas por el Estado examinado* * El presente documento no fue objeto de revisión editorial antes de ser enviado a los servicios de traducción de las Naciones Unidas. GE.11-11745 (S) 210311 230311

El 8 de noviembre de 2010 Jamaica presentó su informe en el marco del examen periódico universal al Grupo de Trabajo del Consejo de Derechos Humanos en su noveno período de sesiones. Durante el diálogo interactivo se formularon varias recomendaciones, muchas de las cuales fueron aceptadas por el Gobierno de Jamaica, incluidas las que considera que ya se han aplicado o que están en vías de aplicarse. El Gobierno de Jamaica presenta su respuesta a las recomendaciones que, según indicó, exigirían examen ulterior antes de la aprobación oficial del informe por el Consejo de Derechos Humanos. Las recomendaciones de que se trata figuran en los párrafos 100.1 a 100.23 del documento A/HRC/16/14. Jamaica subraya que el hecho de no ser parte en un tratado internacional de derechos humanos no reduce la importancia del compromiso del país con la promoción y protección de los derechos humanos. a) Firmar y ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales tan pronto como sea posible, a fin de permitir la presentación de denuncias individuales de presuntas violaciones de esos derechos ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Jamaica reconoce las aspiraciones contenidas en el Protocolo Facultativo y está empeñada en suministrar el marco para el logro de los derechos económicos, sociales y culturales consagrados en el Pacto. Sin embargo, en este momento Jamaica no está en condiciones de firmar ni de ratificar el Protocolo. b) Firmar y ratificar la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; adaptar en consecuencia su legislación penal nacional; incorporar esa Convención en su legislación interna a fin de tratar el delito de tortura; ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura; revisar sus leyes nacionales a fin de incluir las disposiciones de la Convención contra la Tortura Jamaica está examinando la Convención contra la Tortura con miras a adoptar una decisión sobre su ratificación. No obstante, reitera que la Constitución de Jamaica prohíbe expresamente la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Por consiguiente, hay un recurso constitucional específico contra la tortura. Además, hay disposiciones relativas a delitos como agresión que causa lesiones corporales, agresión con intención de causar lesiones y agresión ilegal, que figuran en la Ley de delitos contra la persona. c) Cumplir progresivamente los objetivos voluntarios de derechos humanos, según lo establecido en la resolución 9/12 del Consejo de Derechos Humanos, incluida la ratificación de la Convención contra la Tortura El Gobierno de Jamaica reconoce que los objetivos voluntarios que figuran en la resolución 9/12 del Consejo de Derechos Humanos se ajustan al compromiso con los derechos humanos de Jamaica y a sus obligaciones como parte en siete de los nueve instrumentos internacionales básicos de derechos humanos. En los casos en que no es parte en un instrumento determinado, se dispone de leyes nacionales apropiadas, fundamentadas en la Constitución de Jamaica, para garantizar la protección efectiva de los derechos de todos los ciudadanos. No obstante, el Gobierno continuará examinando los instrumentos que aún no ha ratificado. 2 GE.11-11745

d) Considerar la posibilidad de ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y establecer una estrategia global para eliminar todas las prácticas nocivas que constituyan discriminación contra la mujer El Gobierno de Jamaica toma muy en serio las obligaciones que le impone la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y está empeñado en aprobar una estrategia global para eliminar todas las prácticas nocivas que constituyan discriminación contra la mujer. Prueba de ello son las numerosas leyes nacionales que se han promulgado a tal fin. El Gobierno de Jamaica también mantiene en examen permanente las leyes e iniciativas de política destinadas a eliminar todas las formas de discriminación por motivos de género, como lo demuestra la puesta en marcha reciente de la Política nacional de igualdad de género. La cuestión de la ratificación del Protocolo Facultativo es actualmente objeto de deliberaciones en el marco del examen más amplio de las obligaciones internacionales de derechos humanos de Jamaica. e) Firmar y ratificar la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas Jamaica asigna importancia al objetivo en que se basa esta Convención y ha prestado apoyo en reiteradas ocasiones a la resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la Convención. En este contexto se está examinando la cuestión con miras a adoptar una decisión relativa a la ratificación. f) Adherirse a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954, y a la Convención para reducir los casos de apatridia, de 1961 Jamaica asigna importancia a los objetivos en que se basan estas Convenciones y las mantendrá en examen con miras a adoptar una decisión relativa a la ratificación. g) Adherirse al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional Jamaica apoya los principios en que se basa el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, especialmente en lo que se refiere a la cuestión de la impunidad y de llevar ante la justicia a los autores de los delitos más graves. En tal sentido, Jamaica está analizando activamente las consecuencias jurídicas y constitucionales del Estatuto, del cual es signatario desde 2000. h) Considerar la posibilidad de adaptar su legislación nacional a las normas e instrumentos internacionales en materia de refugio y asilo; establecer normas adecuadas con respecto a los solicitantes de asilo y los refugiados, a fin de promover y proteger sus derechos y de hallar soluciones duraderas, según lo establecido en el derecho internacional Como se señala en el informe nacional de Jamaica presentado al Grupo de Trabajo, en 2009 el Gobierno de Jamaica aprobó una política de refugiados. Esta Política establece los procedimientos para la determinación de la condición de refugiado y la gestión del proceso de apelación. Se han emprendido iniciativas para establecer una base legislativa. En lo que se refiere a las soluciones duraderas, con arreglo a la Política de refugiados, una vez que se concede estatuto de refugiado a un solicitante de asilo, este tiene derecho a vivir y trabajar en Jamaica. GE.11-11745 3

i) Mejorar su cooperación con los órganos creados en virtud de tratados de las Naciones Unidas, dando prioridad a la presentación oportuna de sus informes futuros Jamaica acepta esta recomendación y ha demostrado reiteradas veces su voluntad de cooperar con los mecanismos del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas, incluidos los órganos creados en virtud de tratados de las Naciones Unidas. La importancia que asigna al proceso se refleja no solo en los esfuerzos realizados por presentar los informes conforme a lo solicitado, sino también en el hecho de que varios jamaiquinos se han desempeñado con distinción en algunos de estos órganos a lo largo de los años. También es importante reconocer que muchos países en desarrollo tienen limitaciones humanas y de recursos que obstaculizan la presentación oportuna de los informes. Esto no es una señal de la falta de auténtico interés o voluntad del Gobierno de cumplir con los plazos de presentación de informes sino un reflejo de los verdaderos problemas con que se enfrentan los pequeños países en desarrollo como Jamaica. A pesar de estos problemas, el Gobierno sigue empeñado en mejorar su cumplimiento de los plazos de presentación de informes y se esforzará por resolver esta cuestión oportunamente. Este proceso ya se ha traducido en la presentación, desde 2009, de los informes pendientes con arreglo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. El Comité de Derechos Humanos examinará en julio de 2011 el informe presentado por Jamaica en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en tanto que el examen del informe relativo a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer está previsto en el tercer trimestre de este año. Ya ha comenzado la tarea de preparación, que en algunos casos está muy avanzada, de otros informes de derechos humanos en virtud de otros tratados, cuya presentación está pendiente. Entre ellos cabe mencionar los correspondientes a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. j) Adoptar y aplicar a corto plazo el proyecto de modificación constitucional de la Carta de Derechos y Libertades, teniendo en cuenta la amplia labor legislativa que ya se ha llevado a cabo a este respecto Jamaica sigue empeñada en impulsar el proceso de aprobación del proyecto de ley sobre la Carta de Derechos y Libertades (enmienda constitucional) que tiene por objeto suministrar una protección más completa y eficaz de los derechos y libertades fundamentales de todas las personas en Jamaica. A tal fin, el Gobierno se esforzará por garantizar la aplicación oportuna de esta recomendación. k) Considerar la posibilidad de establecer, de conformidad con los Principios de París y basada en las buenas prácticas de otros países, una institución nacional de derechos humanos acreditada por el Comité Internacional de Coordinación de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos Aunque en Jamaica no hay una institución que se ocupe exclusivamente de la cuestión de los derechos humanos, se han establecido varias entidades cuyo mandato dispone y afianza considerablemente la promoción y protección de los derechos humanos. Estas incluyen, como se expone en el informe presentado en el marco del examen periódico universal, la Defensoría del Pueblo y la Comisión Investigadora Independiente. 4 GE.11-11745

l) Establecer una comisión nacional para las cuestiones relativas a las mujeres y los niños Ya existen mecanismos institucionales encargados de promover las preocupaciones especiales de las mujeres y los niños. Son la Oficina de Asuntos de la Mujer y el Organismo de Desarrollo Infantil, cuyos mandatos disponen la protección y promoción de los derechos humanos de las mujeres y los niños, respectivamente. La Oficina de Asuntos de la Mujer, que se estableció en 1974, es responsable de garantizar el empoderamiento de las mujeres para que alcancen su potencial pleno como personas y contribuyan al desarrollo nacional. La Oficina está en vías de establecer una Comisión asesora nacional en materia de género y ha instituido la Política nacional de igualdad de género que, según se prevé, incorporará más resueltamente la perspectiva de género en las políticas, programas y planes públicos, a la vez que creará nuevas oportunidades de reparación de los delitos cometidos contra las mujeres y las niñas. La Oficina mantiene en permanente examen las leyes y las iniciativas de política destinadas a eliminar todas las formas de discriminación por motivos de género. La Ley de atención y protección infantil (2004) estableció el Organismo de Desarrollo Infantil como proveedor de servicios para el desarrollo infantil y para los niños que necesitan atención y protección. El Organismo se encarga de la elaboración de estrategias amplias para la aplicación, coordinación y reglamentación de las políticas y programas nacionales que promueven los derechos y el bienestar de todos los niños. Además, el Organismo vela por que Jamaica cumpla sus obligaciones internacionales relativas a la infancia. El establecimiento del Organismo ha reducido el nivel de fragmentación y permitido un planteamiento más sistemático centrado en los niños para tratar las cuestiones que les afectan. La ley también dispone el establecimiento de la Defensoría del Niño como una comisión del Parlamento con el cometido de "proteger los derechos de los niños y exigir su aplicación". La Defensoría funciona como un órgano independiente encargado de la evaluación y adopción de medidas en los casos en que los organismos estatales, incluido el Organismo de Desarrollo Infantil, no cumplen debidamente sus obligaciones en el interés superior del niño. La labor del Organismo de Desarrollo Infantil y de la Oficina de Asuntos de la Mujer se complementa y sustenta mediante una red de organizaciones no gubernamentales y grupos de la sociedad civil que atienden a las preocupaciones específicas de los niños y las mujeres. El Gobierno está empeñado en suministrar el apoyo necesario a estas instituciones a fin de que dispongan de los recursos necesarios para satisfacer las necesidades de sus destinatarios. m) Averiguar las necesidades en lo que se refiere a fortalecer la capacidad necesaria para superar las actuales deficiencias del marco normativo e institucional para la promoción y protección de los derechos humanos, y pedir la asistencia técnica apropiada, en particular para el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos Jamaica acepta esta recomendación y sigue prestando atención prioritaria al marco normativo e institucional para la promoción y protección de los derechos humanos. Ya se han puesto en marcha iniciativas para promover la reforma del sector de la justicia y examinar las leyes internas a fin de que se ajusten a las obligaciones internacionales de derechos humanos. GE.11-11745 5

Pese a estas iniciativas, se requerirá la cooperación externa en apoyo de las actividades nacionales. Como se indicó anteriormente, las esferas concretas que requieren asistencia técnica y cooperación internacional son las de las consultas estructuradas multisectoriales, la capacitación en materia de derechos humanos, en particular la educación en derechos humanos, así como el fortalecimiento de las entidades locales. n) Establecer una comisión independiente para investigar los hechos acontecidos durante el incidente de Tivoli Gardens en mayo de 2010 El Gobierno de Jamaica reconoce la importancia de ocuparse de esta cuestión de forma que garantice la estricta rendición de cuentas de todos los agentes del Estado que hayan violado la ley. Como se informó anteriormente, el Defensor del Pueblo ha iniciado una investigación de los hechos acontecidos en mayo de 2010. Se adoptará una decisión definitiva sobre el establecimiento de una comisión de investigación una vez que el Defensor del Pueblo haya ultimado su investigación y presentado el informe correspondiente. o) Cumplir sus compromisos de construir mejores centros de detención e intensificar los esfuerzos encaminados a mejorar las condiciones de vida en las cárceles, poniendo fin a la detención de niños en comisarías de policía y acelerando la adopción de medidas destinadas a proteger a los niños en los establecimientos correccionales de menores Jamaica acepta esta recomendación. El Gobierno se está ocupando activamente de construir nuevas cárceles, así como de la posibilidad de privatizar los establecimientos correccionales. No obstante, cabe señalar que la capacidad del Gobierno para llevar a cabo estas iniciativas tal vez se vea limitada a corto plazo por las graves condiciones económicas y financieras que atraviesa el país. Mientras tanto, se han reparado algunas celdas, dormitorios y cárceles a fin de mejorar las condiciones de vida de los reclusos. El Gobierno también está en vías de elaborar un nuevo régimen para los niños sometidos a la custodia del Estado. Se está renovando un establecimiento existente que pasará a ser el nuevo Centro de internamiento preventivo de niños de la calle Metcalfe. El proyecto está prácticamente terminado y tendrá capacidad para alojar a 208 menores varones, lo cual a su vez mitigará el problema de alojar a menores en centros de detención policial. Para mejorar las condiciones de vida en las cárceles, se lleva a cabo un saneamiento periódico de las instalaciones a fin de reducir el riesgo de infección. También se realizan registros periódicos a fin de reducir al mínimo la posesión y el uso de armas ofensivas por parte de los menores delincuentes. Además, en todas las instalaciones correccionales tanto para adultos como para menores, se están ejecutando nuevos planes y simulacros de evacuación para casos de incendio. El Gobierno seguirá haciendo cuanto esté a su alcance para mejorar la situación en las cárceles y centros de detención. Se trata de un ámbito en que se requerirá apoyo y asistencia internacional. 6 GE.11-11745

p) Reforzar la protección legal contra la discriminación, sobre todo por razones de orientación sexual e identidad de género, a fin de que queden prohibidos como motivos de discriminación; iniciar campañas públicas o sumarse a ellas, a fin de alentar la tolerancia hacia las personas homosexuales, bisexuales y transexuales e iniciar una campaña de información pública para luchar contra la discriminación basada en la orientación sexual La orientación sexual sigue siendo una cuestión delicada. No obstante, el Gobierno procurará adoptar las medidas necesarias para responder a las preocupaciones de todas las personas. GE.11-11745 7