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Transcripción:

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2017-2018 ANTEPROYECTO DE LEY: 171 PROYECTO DE LEY: 621 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: QUE MODIFICA ARTÍCULOS DE LA LEY 51 DE 27 DE DICIEMBRE DE 2005. FECHA DE PRESENTACIÓN: 26 DE FEBRERO DE 2018 PROPONENTE: POR LA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADADA INICIATIVA DEL SR. FRANKLIN ORTÍZ COMISIÓN: TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL Apartado 0815-01603 Panamá 4, Panamá

Panamá, de de 2018 Honorable Diputada y ANIBEL ÁBREGO SMITH Presidenta Asamblea Nacional Señora Presidenta: En uso de la iniciativa legislativa que me confiere la Constitución de la República y el artículo 108 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, tengo a bien presentar en mi condición de Diputado de la República el Anteproyecto de Ley "Que modifica artículos de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005" el cual merece la siguiente. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Por todo es sabido que el costo de la vida aumenta día con día, porque las jubilaciones y pensiones que se reciben en la actualidad no están acordes con la canasta básica, ya que están calculadas de acuerdo, a salario que en aquellos años de 1960 eran aproximadamente de B/. 250. a 300 balboas en el sector privado y para el sector Público; eran de B/.150 a 200 balboas. Por este medio le solicitamos a los 71 Diputados de la Asamblea Nacional que se haga Justicia a esta población que ha hecho grandes aportes a la sociedad. Este anteproyecto de Ley esperamos se convierta en Ley de la República. Ingeniero JUAN CARLOS VARELA, Presidente de la República de Panamá, esperamos que usted cumpla con su eslogan tl El Pueblo Primero", Los panameños durante generaciones lucharon para que la Zona del Canal fuera nuestra hoy el canal de Panamá, paso a manos panameñas y el pueblo que derramo sangre un día Jueves 9 de Enero de 1964, no ha recibido ni siquiera un terreno en la áreas revertida y muchos menos un centavo en su bolsillo, tanto de la empresa pública como de la empresa privada, y como se asegura que el Canal es de los panameños le solicitamos que este anteproyecto de ley sea aprobado para que se aumente a los jubilados y pensionados y que usted lo sancione cuando el Asamblea Nacional le dé el tercer debate.

ANTEPROYECTO DE LEY N De de de 2018 "Que modifica artículos de la Ley 51 de de diciembre de 2005" LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Artículo l. Que se modifique el artículo 192 de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005. Quedará así: Artículo] 92. A partir de ENERO de 2018 Y cada tres años (3), las pensiones de vejez e invalidez que se encuentren vigente, serán aumentadas automáticamente en una suma de B/. 140.00, con excepción de las pensiones de B/. 1500.01 en adelante. Con relación a las pensiones de sobrevivientes estas se verán favorecidas por este aumento que será distribuido proporcionalmente entre cada uno del derecho habiente de un mismo causante. Artículo 2. Que se modifique el Artículo 193 quedara así: Artículo] 93. A partir del mes de diciembre de 2018, los pensionados por invalidez y vejez de la Caja de Seguro Social recibirán una bonificación anual uniforme de cien Balboa (B/.I00.00). Con relación a los beneficiarios de pensiones de sobreviviente, estos se verán favorecidos por este bono que será distribuido proporcionalmente entre cada uno de los derechohabientes de un mismo causante. Articulo 3. Los fondos serán proporcionados por el gobierno central a la Caja de Seguro Social de los excedentes que entrega el canal de Panamá al Gobierno Central todo el año. Artículo 4. La presente Ley modifica los artículos 192.193 de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005. Articulo 5. Esta Ley empezara a regir a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

PROYECTO OE LEY ""621 COMISION DE TRABAJO. SALUD Y DESARROLLO SOCIAL 0 :-.,. ASAMBLEA NACIONAL Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social H.D. JosÉ LUIS CASTILLO GÓMEZ Presidente Teléfono: 512 8300, ert. 8831/8102 Panamá, 27 de marzo de 2018 Honorable Diputada y ANIBEL ABREGO SMITH Presidenta Asamblea Nacional E. S. D. Respetada seflora Presidenta: Debidamente analizado y prohijado por la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social en reunión efectuada el 27 de marzo de 2018, en el Auditorio del cuarto piso del edificio nuevo de la Asamblea Nacional, le remitimos para los trámites correspondientes el Proyecto de Ley "Que modifica artículos de la ley 51 de 27 de diciembre de 2005", que corresponde al Anteproyecto de Ley 171, originalmente presentado por la Dirección de Promoción para la Participación Ciudadana, iniciativa del Sr. Franklin Ortíz. En virtud de lo dispuesto en el Artículo 109 del Reglamento Interno, le solicito se sirva impartir las instrucciones de rigor, con el objeto de que el citado Proyecto sea sometido próximamente a Primer Debate. Atentamente, 8.D. JOSÉ LUIS ello GóMEZ Presidente de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social Apartado 0815-01603 Panamá, Rep. de Panamá Palacio Justo Arosemena

PROYECTO DE ley N 621 COMISiÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Por todo es sabido que el costo de la vida aumenta día con día, porque las jubilaciones y pensiones que se reciben en la actualidad no están acordes con la canasta básica, ya que están calculadas de acuerdo, a salario que en aquellos años de 1960 eran aproximadamente de B/. 250. a 300 balboas en el sector privado y para el sector Público; eran de B/.150 a 200 balboas. Por este medio le solicitamos a los 71 Diputados de la Asamblea Nacional que se haga Justicia a esta población que ha hecho grandes aportes a la sociedad. Este anteproyecto de Ley esperamos se convierta en Ley de la República. Ingeniero JUAN CARLOS VARELA, Presidente de la República de Panamá, esperamos que usted cumpla con su eslogan" El Pueblo Primero", Los panameños durante generaciones lucharon para que la Zona del Canal fuera nuestra hoy el canal de Panamá, paso a manos panameñas y el pueblo que derramo sangre un día Jueves 9 de Enero de 1964, no ha recibido ni siquiera un terreno en la áreas revertida y muchos menos un centavo en su bolsillo, tanto de la empresa pública como de la empresa privada, y como se asegura que el Canal es de los panameños le solicitamos que este anteproyecto de ley sea aprobado para que se aumente a los jubilados y pensionados y que usted lo sancione cuando el Asamblea Nacional le dé el tercer debate.

PROYECTO DE LEY N'621 COMISION DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL PROYECTO DE LEY N De de de 2018 "Que modifica artículos de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005" LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Artículo 1. Que se modifique el artículo 192 de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005. Quedará así: Artículo 192. A partir de ENERO de 2018 Y cada tres años (3), las pensiones de vejez e invalidez que se encuentren vigente, serán aumentadas automáticamente en una suma de B/. 140.00, con excepción de las pensiones de B/. 1500.0 I en adelante. Con relación a las pensiones de sobrevivientes estas se verán favorecidas por este aumento que será distribuido proporcionalmente entre cada uno del derecho habiente de un mismo causante. Artículo 2. Que se modifique el Articulo 193 quedara así: Artículo 193, A partir del mes de diciembre de 2018, los pensionados por invalidez y vejez de la Caja de Seguro Social recibirán una bonificación anual uniforme de cien Balboa (B/. I 00.00). Con relación a los beneficiarios de pensiones de sobreviviente, estos se verán favorecidos por este bono que será distribuido proporcionalmente entre cada uno de los derechohabientes de un mismo causante. Articulo 3. Los fondos serán proporcionados por el gobierno central a la Caja de Seguro Social de los excedentes que entrega el canal de Panamá al Gobierno Central todo el año. Artículo 4. La presente Ley modifica los artículos 192 y 193 de la Ley 5 I de 27 de diciembre de 2005.

Articulo 5. Esta Ley empezara a regir a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Propuesto a la consideración de la Asamblea Nacional, hoy de de 2018. POR LA COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL f\~ {JJJ" Lo- ~'-"1 UD. MARIO A. LAZARUS N. Vicepresidente GÓME'LZ~-;::::::,,_-==::::::~~ UD. JOSÉ LUIst!ILLO Presidente ~ UD.J Secret UD. GABRIEL SOTO M. Comisionado Comisionado r.., o<. 71p' 7 k/ UD. SALVADOR UD. CARLOS AFÚ DECEREGA Comisionado UD. ZULA y L. RODRÍGUEZ LU Comisionada

INFORME Que rinde la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social. con relación al Proyecto de Ley No. 621 ;'Que modifica artículos de la ley 51 de 27 de diciembre de 2005" Panamá, 7 de agosto de 2018. Honorable Diputada Yanibel Abrego Presidenta de la Asamblea Nacional i, I Señora Presidenta: La Comisión de Trabajo. Salud y Desarrollo Social. en cumplimiento de lo establecido en el artículo 139, del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, rinde el informe correspondiente al proyecto de ley 621. aprobado en primer debate en la sesión ordinaria del día 7 de agosto de 2018. "Que modifica artículos de la ley 51 de 27 de diciembre de 2005. I. INICIATIVA LEGISLATIVA: La iniciativa legislativa fue presentada como propuesta a través de la Dirección de Participación Ciudadana, donde luego de la revisión y el análisis de los requisitos constitucionales para su presentación. fue remitido a esta Comisión donde fue prohijado el día 3 de abril de 2018. 11. OBJETIVO: El presente Proyecto de Ley tiene C0l110 principal propósito. aumentar las pensiones de vejez e invalidez a aquellos ciudadanos que laboraron hasta lograr este beneficio, ya que el mismo no les alcanza para satisfacer sus necesidades elementales, teniendo presente que la mayoría de estos pensionados y jubilados reciben una pensión baja. IlI. EL PRIMER DEBATE Y SUS MODIFICACIONES: La discusión de este proyecto en primer debate se llevó a cabo en el salón Auditorio Carlos Alvarado, el día 7 de agosto de 2018, a las 10.00 de la mañana. En la misma participaron Salvatore Bac!le y Eríc MartíneL por la Autoridad del Canal de Panamá. Manuel Bermúdez y Jaime rlerrera. por la Caja de Seguro SociaL participaron como oradores por parte del Ministerio de Econiomia y finanzas el licenciado Euribiades

Cano, Carlos Rivera y César Aparicio, por la Autoridad Portuaria. el señor Franklin Ortíz. por parte de los jubilados y proponente de la iniciativa, Bladimir Broce, Amilcar VillarreaL Roberto Percz y Claudia Espinosa. Luego de escuchar a todos los participantes, se acordó modificar el artículo primero con el fin de establecer un aumento cada dos años. con los siguientes porcentajes: a. 20% para aquellos pensionados de vejez e invalidez que ganen hasta ochocientos balboas (8/.800.00). b. 15% para aquellos jubilados y pensionados que ganen ochocientos un balboa (8/.801.00) hasta mil balboas (8/.1.000.00). c. 10% Para aquellos jubilados y pensionados que ganen desde mil un balboas (8/.1001.00) hasta dos mil quinientos (81.2,500.00). El resto del proyecto no recibió modificaciones. Luego que se llegó al consenso de que las reformas incorporadas cllmplen fines del Proyecto de Ley. la comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social. APRUEBA en primer debate el Proyecto de Ley No. 621 "Que modifica artículos de la ley 51 de de diciembre de 2005 Por las consideraciones expuestas, la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social: RESUELVE: 1. Aprobar el Primer Debate el Proyecto de Ley No. 621 Que modifica artículos de la ley 51 de 27 de diciembre de 2005 2. Devolver el presentc Proyecto de ley 621 al Pleno de la Asamblea Nacional, para los trámites correspondientes. HD. DR. C S ANO ADAMES PRESIDENTE "\ \\~ -..".;,... \ \; "'l'j\ U"". W'\Q~ ~ 'v~"". '. H.D. lviaria DEL C. delgado H.D. CARLOS AFl]. VICEPRESIDENTE SECRETARIO

H.D. Y ANIBEL ABREGO COMISIONADA H.D. :viario LAZARUS H.D. JOSE LUIS CASTILLO H.D. ALFREDO PEREZ H.D. JUAN :vioy A H.D. JORGE ARROCHA rdee

TEXTO ÚNICO Que contiene resaltadas en negritas las modificaciones introducidas en Primer debate por la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social, correspondiente al Proyecto de Ley N 621, "Que modifica artículos de la ley 51 de 27 de diciembre de 2005. ASAM8LEA NACIONAL DECRETA: PROYECTO DE LEY No. De de 2018 "Que modifica artículos de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005". LA ASAM8LEA NACIONAL DECRETA: / ~ ; "").1, ) t w-...- l ~"'f ' I Articulo 1. El artículo 192 de la ley 51 de 2005 queda así: Artículo 192. Aumento de pensiones vigentes. A partir de enero de 2018, cada dos años. Las pensiones de vejez e invalidez que se encuentren vigentes serán aumentadas de la manera siguiente: 1. 20% para aquellos pensionados por vejez e invalidez que ganen hasta ochocientos balboas (8/.800.00). 2. 15% para aquellos pensionados por vejez e invalidez que ganen de ochocientos un balboas (8/. 801.00) hasta mil balboas (8/.1,000.00). 3. 10% para aquellas pensionado por vejez e invalidez que ganen desde 8/. mil un balboas (8/.1,001.00) hasta dos mil quinientos balboas (8/. 2,500.00). Articulo 2. Que se modifique el Articulo 193 quedara así: Articulo 193. A partir del mes de diciembre de 2018, los pensionados por invalidez y vejez de la Caja de Seguro Social recibirán una bonificación anual uniforme de cien Balboas ( BI. 100.00). Con relación a los beneficiarios de pensiones de sobreviviente, estos se verán favorecidos por este bono que será distribuido proporcionalmente entre cada uno de los derechohabientes de un mismo causante. Articulo 3. Los fondos serán proporcionados por el gobierno central a la Caja del Seguro Social de los excedentes que entregan el canal de Panamá al Gobierno Central todo el año. Articulo 4. La presente Ley modifica los artículos 192 y 193 de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005. Articulo 5. Esta Ley empezara a regir a partir del día siguiente de su promulgación.

COMUNICASE Y CUMPLASE Propuesta a la consideración de la Asamblea Nacional, hoy de de 2018. POR LA COMISION DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.,,' HD. DR. CRISPIANO ADAMES PRESIDENTE (\1,( (\.'," / j~,-, " { )/ Ú 1, /'/,~" \'v \.L \. v \''-'-,\..1 ',/ ::-r /:f(y/ -_' ' H..D. MARIA DEL C. ~ELGADO VICEPRESIDEl\TE -Á.D. -CARL S AFl SECRETARIO : l~/ ~:tl-"-r-/ ri.d. y ANUiEL ABREGO COMISIONADA H.D. MARIO LAZARLS H.D. JOSE LO IS CASTILLO H.D. ALFREDO PEREZ f... /"/./ /~~t --:/;l H.D.JUANMOYA H.D. JORGE ARROCHA CO:vIISIONADO