Agencia de Actividades Subdirección General de Actividades Económicas c/ Bustamante, Madrid. madrid.es. RESOLUCIÓN Fecha: 14/7/2017

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Transcripción:

Agencia de Actividades Subdirección General de Actividades Económicas c/ Bustamante, 16 28045 Madrid madrid.es RESOLUCIÓN Fecha: 14/7/2017 Interesado COALIMENT CASTILLA, S.A.U. Tipo de expediente Licencia Urbanística Emplazamiento CALLE ALMAZAN NUM 20, C.P. 28011 MADRID Nº de Registro Nº de Expediente 20170412345 500/2017/04469 A la vista de las actuaciones seguidas en el presente expediente y, consultados los antecedentes obrantes en esta Agencia de Actividades, se informa lo siguiente: 1. COALIMENT CASTILLA, S.A.U. ha contratado los servicios de EUROPEAN QUALITY ASSURANCE SPAIN, S.L., entidad colaboradora urbanística, debidamente homologada y que cuenta con la preceptiva autorización municipal, para la realización de las funciones de verificación, inspección y control del cumplimiento de la normativa urbanística en el marco de la implantación y/o modificación de actividades económicas. 2. Con fecha 27/04/2017 y número de anotación de registro 20170412345, ha tenido entrada solicitud de licencia, a la que se acompaña certificado de conformidad favorable número 1161517001170, emitido por la entidad colaboradora, junto con el resto de documentación obrante en el expediente, para GARAJE-APARCAMIENTO PRIVADO, en el inmueble sito en CALLE ALMAZAN NUM 20, C.P. 28011 MADRID. 3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas, aprobada el 28 de febrero de 2014 por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid (OAAEE), las actuaciones de verificación, inspección y control del cumplimiento de la normativa urbanística podrán ser desempeñadas por entidades privadas debidamente homologadas que cuenten con la preceptiva autorización municipal, pudiendo los interesados optar por dirigirse al Ayuntamiento de Madrid para la tramitación de sus solicitudes de licencias, o bien acudir a la colaboración privada de estas entidades en los términos establecidos en la Ordenanza. Dichas entidades desarrollan sus funciones de acuerdo con el régimen de obligaciones y responsabilidades recogido en el Título III de la Ordenanza, debiendo responder por sí mismas de todas sus actuaciones. 4. El procedimiento de solicitud de licencia tramitada ante una entidad colaboradora se recoge en el Capítulo III del Título II de la OAAEE, en los artículos 36 y 37. En lo que se refiere al presente expediente, se han seguido todos los trámites previstos en la citada Ordenanza. 5. El certificado de conformidad favorable emitido por la entidad colaboradora tiene efectos equiparables al informe técnico municipal establecido por la legislación urbanística, al que sustituye, y es suficiente para la concesión de la licencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37.2 de la citada Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas. Por todo cuanto antecede, se eleva a la aprobación de la Gerente de la Agencia de Actividades, de acuerdo con las atribuciones conferidas por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de fecha 30 de octubre de 2014, la siguiente propuesta de Resolución: CONCEDER a COALIMENT CASTILLA, S.A.U., licencia urbanística de conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, de 28 de febrero de 2014 (OAAEE), para las actuaciones que se indican a continuación, en el inmueble sito en CALLE ALMAZAN NUM 20, C.P. 28011 MADRID, con los datos que constan en el certificado de conformidad número 1161517001170, así como de acuerdo con los informes emitidos por los órganos competentes. 500/2017/04469 Página 1 de 3 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 1 of 9

Agencia de Actividades Subdirección General de Actividades Económicas c/ Bustamante, 16 28045 Madrid madrid.es Actuaciones concedidas: IMPLANTACIÓN DE ACTIVIDAD: GARAJE-APARCAMIENTO PRIVADO. OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO PUNTUAL. OBRAS EXTERIORES. Firmado Digitalmente por: RICARDO GALEOTE LAGO JEFE DE SERVICIO DE GESTIÓN DE LICENCIAS Firmado Digitalmente por: MYRIAM INMACULADA PEON GONZALEZ SUBDIRECTORA GENERAL DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS En uso de las facultades y atribuciones que me han sido conferidas, vengo a prestar mi conformidad con la propuesta precedente, ordenando su cumplimiento del modo que en ella se indica, y a aprobar el documento de licencia conforme se detalla a continuación. Firmado Digitalmente por: ANA REGUERO NAREDO GERENTE DE LA AGENCIA DE ACTIVIDADES 500/2017/04469 Página 2 de 3 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 2 of 9

Agencia de Actividades Subdirección General de Actividades Económicas c/ Bustamante, 16 28045 Madrid madrid.es LICENCIA URBANÍSTICA Número de expediente 500/2017/04469 Datos del/de la interesado/a Nombre o razón social COALIMENT CASTILLA, S.A.U. DNI, NIE, CIF A45039617 Datos generales de la actuación Emplazamiento Número de local CALLE ALMAZAN NUM 20 10 Tipo de actuación GARAJE-APARCAMIENTO PRIVADO Descripción actividad APARCAMIENTOS PRIVADOS Mediante resolución de la Gerente de la Agencia de Actividades de la fecha que se indica, se ha otorgado al titular la licencia para las obras y/o actividad recogidas en el Certificado de Conformidad número 1161517001170, cuya copia se adjunta al presente documento como parte de la misma. La Entidad Colaboradora Urbanística EUROPEAN QUALITY ASSURANCE SPAIN, S.L., debidamente acreditada e inscrita en el Registro de la Comunidad de Madrid y autorizada por el Ayuntamiento de Madrid, ha emitido el Certificado de Conformidad en virtud de lo establecido en el artículo 36.3 de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, de 28 de febrero de 2014, haciendo constar la adecuación del proyecto presentado a las normas generales, sectoriales y técnicas que sean de aplicación a su ejecución. Dicho Certificado de Conformidad favorable tiene efectos equiparables al informe técnico municipal establecido por la legislación urbanística, al que sustituye, y es suficiente para la concesión de la licencia de acuerdo con el artículo 37.2 de la citada Ordenanza, siendo responsabilidad de la Entidad Colaboradora la realización de todas las actuaciones de verificación y control necesarias para emitirlo. La presente licencia no autoriza el funcionamiento de la actividad. Es necesaria la tramitación de la licencia de primera ocupación y funcionamiento a través de la misma Entidad Colaboradora, en función de lo señalado en el artículo 49.1 de la mencionada Ordenanza. La presente licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. No podrá ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en que hubieran incurrido los titulares en el ejercicio de las actuaciones autorizadas. Firmado Digitalmente por: ANA REGUERO NAREDO GERENTE DE LA AGENCIA DE ACTIVIDADES 500/2017/04469 Página 3 de 3 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 3 of 9

Artículo 36. Ordenanza Apertura Actividades Económicas Fecha 27/04/2017 Datos de la Entidad Colaboradora Urbanística Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) 116 - EUROPEAN QUALITY ASSURANCE SPAIN S. L. Número de solicitud ECU 1161017001455 1161517001170 Número de certificado de conformidad Datos del/de la interesado/a Nombre o Razón social COALIMENT CASTILLA, S.A.U. DNI, NIE, CIF A45039617 Datos generales de la actuación Tipo de actuación IMPLANTACIÓN DE ACTIVIDAD Emplazamiento Número de local CALLE ALMAZAN NUM 20, 28011 MADRID, MADRID ESPAÑA 285018467 Norma zonal / Figura de ordenación Nivel de protección NZ.04 ZONA 4 Descripción actividad APARCAMIENTOS PRIVADOS Horario de Funcionamiento Desde: Hasta: SIN CATALOGAR Duración prevista de las obras (meses) 4 MESES Superficie de la parcela 630 M2 Tipo de obra Superficie afectada (m2) CAMBIOS DE DISTRIBUCIÓN Y ACABADOS, SIN AFECTAR A ESTRUCTURA EXTERIORES (INCLUYE MUESTRAS, TOLDOS, ETC) 278 M2 15 M2 Actividad sometida a evaluación ambiental conforme la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid y Ordenanza sobre Evaluación Ambiental de actividades, de 27 enero de 2005. Requiere informe ambiental de actividades Requiere declaración de impacto ambiental Fecha del informe favorable Fecha de la declaración favorable Actividad sujeta a la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid (LEPAR) Actividad afectada por el articulo 16 de la LEPAR Informes preceptivos En materia de protección contra incendios En materia de de protección de patrimonio CHPPHAN CLPH OTROS: Datos del local Nº planta Tipo de planta Uso de planta Altura libre Superficie útil -1 PLANTA INFERIOR A LA BAJA GARAJE-APARCAMIENTO 3,1 M 278 M2 Dimensiones Luminoso Iluminado Opaco Alto (cm) Ancho Espesor Datos de la obra Página 1 de 6 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 4 of 9

Superficie afectada Número de plantas Duración de la obra Volumen del escombro 278 M2 1 4 MESES 19.80 M3 Parámetros de la edificación BAJA Parcial Total Número de edificios Número de plantas Numero de edificio Dirección Tipo de planta S. Construida Número de edificios Descripción ALTA / MODIFICACION Número de edificio Dirección Datos del edificio Nº Planta Tipo de planta Uso de planta Nº Unidades S. Construida S. computa. S. No computa Garaje aparcamiento Usos Total del Conjunto de Edificación Total plazas aparcamiento Nº Plazas dotación obligatoria Nº Plazas libre disposición Nº Locales En edificación En superficie Nº de plantas Superficie construida Superficie computable Superficie no computable S.R. S.R. S.R. S.R. B.R. B.R. B.R. B.R. Total Total Total Total Datos de la instalación Potencia Total (KW) Equipos o Instalaciones Radioactivas Equipos e Instalaciones Relevantes Equipos con Rayo UVA Equipos Rayo Láser Potencia (KW) Equipos Audiovisuales Num. Hornos Eléctricos Potencia (KW) Condensadores de vapor Caudal (m3/s) Ventilación Forzada Evacuación del Aire Por fachada Por cubierta 1,75M3/S Generadores térmicos Agua Caliente Sanitaria Calefacción Tipo Combustible Potencia (KW) Tipo Combustible Potencia (KW) Instalaciones generales del edificio Climatización / Aire acondicionado Equipo centralizado en el local Equipos autónomos Nº Enfriadores evaporativos Nº Condensación por aire con salida fachada Caudal (m3/s) Condensacion por aire con salida chimenea a cubierta Caudal (m3/s) Página 2 de 6 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 5 of 9

Condensador situado en cubierta Caudal (m3/s) Torres de refrigeración Nº Tipo Tipo Sistemas de captación de energía solar Equipos para Usos Térmicos Nº Supercifie de captación (m2) Fotovoltaica Nº Supercifie de captación (m2) Parametros Altura (m) Infraestructura de Telecomunicaciones Superficie destinada a parámetros adicionales Servidumbres aeronáuticas Datos de vallas / andamios / similares Vial afectado Tipo Duración (meses) Saliente (m) Longitud (m) Altura (m) Datos de contenedores Vial afectado Duración (días) Número de Contenedores > 4 m3 <= 4 m3 Sacos DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS ACONDICIONAMIENTO PUNTUAL CONSISTENTES EN LA REDISTRIBUCIÓN DE ESPACIOS MEDIANTE TABIQUERÍA, SOLADOS, ALICATADOS, PINTURA DE PARAMENTOS, VENTILACIÓN, PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, FONTANERÍA Y ELECTRICIDAD. OBRAS EXTERIORES CONSISTENTES EN LA INSTALACIÓN CARPINTERIAS EXTERIORES Y CHIMENEA A CUBIERTA PARA VENTILACIÓN FORZADA. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE SE SOLICITAN GARAJE-APARCAMIENTO PRIVADO INSTALACIONES Y ELEMENTOS DE TRABAJO DE CARÁCTER FIJO CON REPERCUSION SOBRE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD, SALUBRIDAD O CON INCIDENCIA AMBIENTAL. - 2 UDS. SISTEMA DE VENTILACIÓN FORZADA EN BY-PASS CON EXPULSIÓN CONDUCIDA A CUBIERTA POR CHIMENEA EI-60 (POTENCIA: 2 X 1,1 KW/ CAUDAL: 2 X 1,75 M3/S) - 1 UD. SISTEMA DE DETECCIÓN DE CO. (1,5 KW) - 1 UD. SISTEMA DE DETECCIÓN DE INCENDIOS. (1,5 KW) - 1 UD. PUERTA AUTOMÁTICA. (1,0 KW) - 1 UD. PLATAFORMA SALVA ESCALERAS. (0,75 KW) - 1 UD. PREVISIÓN CARGA COCHE. (5,70 KW) CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES - EL AISLAMIENTO ACÚSTICO PROYECTADO PARA TODOS LOS PARAMENTOS DEL LOCAL DEBERÁ GARANTIZAR LOS NIVELES DE TRANSMISIÓN SONORA ESTABLECIDOS EN LOS ARTS. 15 Y 16 DE LA OPCAT, EN FUNCIÓN DE LAS ÁREAS RECEPTORAS Y USOS COLINDANTES. - TODO NUEVO EMISOR GENERADOR DE VIBRACIONES, SERÁN INSTALADOS CON LAS PRECAUCIONES DE UBICACIÓN, Página 3 de 6 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 6 of 9

INSONORIZACIÓN Y AISLAMIENTO, QUE GARANTICEN UN NIVEL DE TRANSMISIÓN SONORA NO SUPERIOR A LOS LÍMITES MÁXIMOS AUTORIZADOS EN LOS ARTS. 15, 16 Y 17 DE LA OPCAT. - DEBERÁ DISPONER DE MEDIDAS CORRECTORAS CONTRA LAS VIBRACIONES PRODUCIDAS POR LOS ÓRGANOS MÓVILES DE LA MAQUINARIA PREVISTA, GARANTIZANDO EL CUMPLIMIENTO DEL ART. 30 OPCAT. - LAS INSTALACIONES DE VENTILACIÓN FORZADA DEBERÁN GARANTIZAR UN MÍNIMO DE 7 RENOVACIONES HORA DE LA ATMÓSFERA DEL LOCAL Y ESTARÁN DIRECTAMENTE CONECTADAS CON UN SISTEMA DE DETECCIÓN DE MONÓXIDO DE CARBONO QUE CUMPLA LAS CONDICIONES RECOGIDAS EN LOS ARTS. 47.6 Y 50 OGPMAU. - LA EXTRACCIÓN DEL AIRE DE VENTILACIÓN FORZADA EN GARAJES, APARCAMIENTOS Y TALLERES SE REALIZARÁ A TRAVÉS DE CHIMENEA ESTANCA Y EXCLUSIVA PARA TAL FIN, QUE CUMPLIRÁ LAS CONDICIONES ESPECIFICADAS EN LOS ARTS. 27.1. Y 51 DE LA OGPMAU. EN CASO DE QUE LA EVACUACIÓN SE REALICE EN ZONA PISABLE SE CUMPLIRÁ LO RECOGIDO EN EL ART. 7.5.15.4.G) DEL PGOUM. - TODOS LOS GARAJES, APARCAMIENTOS Y TALLERES DE REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES DEBERÁN DISPONER DE SISTEMAS DE DETECCIÓN Y MEDIDA DE CO HOMOLOGADOS, CON DISPOSITIVOS DE ALARMA, QUE ACTIVEN LA VENTILACIÓN FORZADA SIEMPRE QUE LAS CONCENTRACIONES DE DICHO GAS SUPEREN LAS 50 P.P.M. EN ALGÚN PUNTO DEL LOCAL (ART. 50 OGPMAU). - SE INSTALARÁN ELEMENTOS SENSORES CADA 200 M2 DE SUPERFICIE DEL LOCAL Y, AL MENOS, UNO POR PLANTA. LA ALTURA DE COLOCACIÓN SERÁ ENTRE 1,5 Y 2 METROS DE ALTURA SOBRE EL SUELO Y SE INSTALARÁ EN LOS LUGARES EN QUE LAS CONDICIONES DE VENTILACIÓN SEAN MÁS DESFAVORABLES (ARTS. 50.2 Y 50.3. OGPMAU). - LOS EFLUENTES LÍQUIDOS GENERADOS DEBERÁN ADAPTARSE A LO ESTABLECIDO EN LA L 10/1993, DE 26 DE OCTUBRE, SOBRE VERTIDOS LÍQUIDOS INDUSTRIALES AL SISTEMA INTEGRAL DE SANEAMIENTO, DE LA CAM. LOS CONTAMINANTES CONTENIDOS EN DICHOS EFLUENTES QUEDARÁN PROHIBIDOS O LIMITADOS EN SUS CONCENTRACIONES Y VALORES MÁXIMOS INSTANTÁNEOS A LOS SEÑALADOS RESPECTIVAMENTE EN LOS ANEXOS 1 Y 2 D 57/2005, DE 30 DE JUNIO, POR EL QUE SE REVISAN LOS ANEXOS DE LA L 10/1993, DE 26 DE OCTUBRE, SOBRE VERTIDOS LÍQUIDOS INDUSTRIALES AL SISTEMA INTEGRAL DE SANEAMIENTO (ARTS. 51 Y 58 OGUEA). - LA ACTIVIDAD DEBERÁ AJUSTARSE A LO ESTABLECIDO EN EL CAPÍTULO V OGUEA, RELATIVO A LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS REDES DE EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES. A TAL EFECTO SE DEBERÁ INSTALAR LA PRECEPTIVA ARQUETA DE CONTROL AGUAS ABAJO DEL ÚLTIMO VERTIDO Y PREVIAMENTE A SU EVACUACIÓN A LA RED DE SANEAMIENTO MUNICIPAL, CUMPLIENDO LO RECOGIDO EN EL ART. 66 DE LA CITADA NORMA. - SI DURANTE EL FUNCIONAMIENTO DE LA INDUSTRIA SE PRODUJERA UN VERTIDO ACCIDENTAL, LA EMPRESA TOMARÁ LAS MEDIDAS ADECUADAS PARA MINIMIZAR EL DAÑO, DARÁ COMUNICACIÓN INMEDIATA DEL SUCESO AL ÓRGANO AMBIENTAL MUNICIPAL COMPETENTE, ASÍ COMO A LA CAM, Y SE AJUSTARÁ A LO RECOGIDO EN EL ART. 63 OGUEA. - SERÍA RECOMENDABLE LA INSTALACIÓN DE VÁLVULAS, DEPÓSITOS DE RETENCIÓN O SUMIDEROS CON REJILLAS DE RETENCIÓN QUE PERMITAN EVITAR EN CADA CASO LA LLEGADA DE LOS PRODUCTOS VERTIDOS NO AUTORIZADOS A LA RED DE SANEAMIENTO MUNICIPAL. - LOS GARAJES DEBERÁN DISPONER DE UN SISTEMA DE EVACUACIÓN DE AGUAS POR GRAVEDAD O BOMBEO, FORMADO POR UNA RED DE SANEAMIENTO CON SUMIDEROS SIFÓNICOS Y SISTEMA NORMALIZADO SEPARADOR DE GRASAS Y SÓLIDOS, PREVIO A LA ACOMETIDA A LA RED DE ALCANTARILLADO, ATENDIENDO A LO RECOGIDO EN EL ART. 7.5.16 DE LAS NN.UU DEL PGOUM. PRESCRIPCIONES Y/O CONDICIONES - TODAS AQUELLAS OBRAS QUE SE REALICEN PARA EL ACONDICIONAMIENTO DE LOCALES DEBERÁN RESPETAR LO RECOGIDO EN EL ART. 42 DE LA OPCAT, PARA EVITAR LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA PRODUCIDA, ENTRE OTROS FACTORES, POR LA MAQUINARIA, EQUIPOS Y VEHÍCULOS DE TRABAJO. - LOS RESIDUOS GENERALES DEBERÁN SEPARARSE EN LAS FRACCIONES ESTABLECIDAS EN LA OLEPGR, DE 27 DE FEBRERO Página 4 de 6 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 7 of 9

DE 2009 (ENVASES LIGEROS, PAPEL-CARTÓN, VIDRIO Y RESTO DE RESIDUOS) O AQUELLAS QUE ESTABLEZCA EN CADA MOMENTO LA LEGISLACIÓN VIGENTE (ARTS. 25.2. Y 30). - LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN SE GESTIONARÁN SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ART. 40 OLEPGR, DE 27 DE FEBRERO DE 2009. LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN SE ENTREGARÁN EN UNA INSTALACIÓN DE VALORIZACIÓN O DE ELIMINACIÓN PARA SU TRATAMIENTO POR GESTOR AUTORIZADO EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL RD 105/2008, DE 1 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULA LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, Y EN LA ORDEN 2726/2009, DE 16 DE JULIO DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO. - LOS RESPONSABLES DE LAS OBRAS DEBERÁN ADOPTAR, BAJO SU RESPONSABILIDAD, LAS MEDIDAS OPORTUNAS PARA EVITAR AL MÁXIMO LAS MOLESTIAS QUE PUDIERAN ORIGINAR EN EL VECINDARIO, CON OBJETO DE GARANTIZAR UNOS NIVELES DE TRANSMISIÓN SONORA AL EXTERIOR INFERIORES A LOS LÍMITES ESTABLECIDOS EN EL ART. 15 OPCAT, PARA UN ÁREA DE RECEPCIÓN ACÚSTICA DEL TIPO QUE CORRESPONDA. - NO SE PODRÁN REALIZAR OBRAS, DE LUNES A VIERNES, ENTRE LAS 22.00 Y LAS 7.00 HORAS O EN SÁBADOS Y FESTIVOS ENTRE LAS 22.00 Y LAS 9.00 HORAS. - LOS SISTEMAS O EQUIPOS COMPLEMENTARIOS UTILIZADOS EN CUALQUIER TIPO DE OBRA, INCLUIDOS GRUPOS ELECTRÓGENOS, DEBERÁN SER LOS TÉCNICAMENTE MENOS RUIDOSOS Y SU MANIPULACIÓN SERÁ LA MÁS CORRECTA PARA EVITAR LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA (ART. 42.3 OPCAT). DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA AL PRESENTE CERTIFICADO: - 1161017001455_Solicitud_Normalizada_Licencia_firmado.pdf - Acreditacion titular_firmado.pdf - Antecedentes_firmado.pdf - Calculos ventilacion_firmado.pdf - Certificado Colegiado.pdf_firmado.pdf - Certificado viabilidad geometrica.pdf_firmado.pdf - Conformidad ord urbanistica.pdf_firmado.pdf - Contrato_firmado.pdf - Declaracion cartel_firmado.pdf - EBSS.pdf_firmado.pdf - EGRCD.pdf_firmado.pdf - Factura 456_ECU_2016_firmado.pdf - Hoja direccion obra.pdf_firmado.pdf - HojaCaracteristicasActividades_firmado.pdf - Id industrial_firmado.pdf - Manual uso mantenimiento_firmado.pdf - Memoria.pdf_firmado.pdf - Normas emergencia.pdf_firmado.pdf - Pago aval residuos_firmado.pdf - Pago ICIO_firmado.pdf - Plan de control.pdf_firmado.pdf - Planos_firmado.pdf - Pliego.pdf_firmado.pdf - Presupuesto.pdf_firmado.pdf - PROTOCOLO GENERAL_427_2016.Firmado.pdf - Proyecto Electrico_firmado.pdf - Solicitud inicial.pdf_firmado.pdf Página 5 de 6 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 8 of 9

Firmado digitalmente por: La entidad colaboradora urbanistica EUROPEAN QUALITY ASSURANCE SPAIN S. L. está inscrita en el Registro de Entidades Colaboradoras Urbanísticas de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la Orden 639/2014 de 10 de abril, con el núm. de inscripción 12, está acreditada por ENAC con acreditación núm. 214/EI389 y está por el Ayuntamiento de Madrid para desarrollar las funciones de verificación y control establecidas en el Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, aprobada por Acuerdo del Pleno de 28 de febrero de 2014 (BOCM núm. 67, de 20 de marzo de 2014). El presente certificado de conformidad se emite al amparo de lo establecido en el articulo 36.3 de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas de la Ciudad de Madrid, y CERTIFICA la adecuación del proyecto presentado a las normas generales, sectoriales y técnicas que sean de aplicación a la ejecución del mismo. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.3 y 37.2 de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, el presente certificado de conformidad tiene efectos equiparables al informe técnico municipal establecido por la legislación urbanística. En caso de actividades sometidas a la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 39.5 de la Ordenanza para la apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, serán los servicios municipales los que, exclusicamente, practicarán la inspección final desde la comunicación de finalizacion de las obras. El certificado de conformidad tendrá vigencia mientras no cambie la normativa aplicable en el momento de su emisión, o cuando los cambios no hubieran impedido la emision del mismo (Disposición Adicional Segunda de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid). Página 6 de 6 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 9 of 9