RESEÑA DE LA ACLARACIÓN DE JURISPRUDENCIA 1/2011 SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN LA CALIFICACIÓN DE LA OFERTA DE TRABAJO DEPENDE DE QUE EL PATRÓN ACREDITE LA JORNADA LABORAL, CUANDO MODIFIQUE EL HORARIO DE ENTRADA O SALIDA DE LA FUENTE DE TRABAJO, PERMITIENDO QUE AQUÉLLA DEJE DE SER CONTINUA
RESEÑA DE LA ACLARACIÓN DE JURISPRUDENCIA 1/2011 SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN LA CALIFICACIÓN DE LA OFERTA DE TRABAJO DEPENDE DE QUE EL PATRÓN ACREDITE LA JORNADA LABORAL, CUANDO MODIFIQUE EL HORARIO DE ENTRADA O SALIDA DE LA FUENTE DE TRABAJO, PERMITIENDO QUE AQUÉLLA DEJE DE SER CONTINUA Cronista: Lic. Saúl García Corona Elaboró: Roberto Zerón Arochi Ministro ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario de Estudio y Cuenta: Sofía Verónica Ávalos Díaz. En la sesión celebrada el miércoles 30 de marzo de 2011, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación formó y registró el expediente de aclaración de Jurisprudencia 1/2011, que fue turnado a la ponencia del señor Ministro José Fernando Franco González Salas para formular el proyecto de resolución correspondiente. La solicitud de aclaración fue respecto de la Jurisprudencia con los datos de identificación 2ª./J. 180/2010, bajo el rubro: OFERTA DE TRABAJO. SU CALIFICACIÓN DEPENDE DE QUE EL PATRÓN ACREDITE LA JORNADA LABORAL, CUANDO MODIFIQUE EL HORARIO DE ENTRADA Y/O SALIDA DE LA FUENTE DE TRABAJO O PERMITA QUE AQUÉLLA DEJE DE SER CONTINUA, y si bien fue realizada por los Magistrados integrantes del Primer Tribunal Colegiado Auxiliar, con residencia en Guadalajara, Jalisco, la Segunda Sala del Máximo Tribunal del País, fue la que advirtió de manera oficiosa, la expresión que generaría confusión en cuanto al contenido de la jurisprudencia mencionada. Funcionario adscrito a la Unidad de Crónicas de la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica. - 1 -
La Sala, advirtió que existía una expresión que creaba desconcierto en cuanto al contenido de la jurisprudencia mencionada; y ante esto consideraron oportuno el análisis de las razones expuestas por los Magistrados de Circuito que solicitaron la aclaración de la jurisprudencia, en el sentido de que debía eliminarse la conjunción o del rubro y texto de la tesis, ya que de lo contrario implicaría que la carga de la prueba de la modificación del horario y jornada laboral, le correspondería al patrón, lo que era contrario a la jurisprudencia establecida por la anterior Cuarta Sala 1 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Del examen de la jurisprudencia anteriormente mencionada, se precisó que la Cuarta Sala, estableció que no hay mala fe en una oferta de trabajo cuando el patrón controvierte la duración de la jornada, siempre que esta condición laboral beneficie al trabajador, con la condición de que dicho ofrecimiento se realice dentro de los parámetros que marca la ley, y por lo tanto en este supuesto el patrón no tendría que rendir pruebas sobre tal controversia, porque la oferta sería con menos horas de las que el trabajador probaría que laboró, así como resultado, en la secuela procesal se llegó a demostrar que aquél prestó servicios en una jornada mayor de la legal y la consecuencia jurídica que acarrearía es que el tiempo laborado en exceso debería pagarse como extraordinario. Ahora bien, la Segunda Sala sin abandonar el criterio sostenido por la anterior Cuarta Sala sobre el tema de la calificación de la oferta del trabajo cuando se controvierte la jornada del mismo, sostuvo que el patrón debería probar su dicho cuando cambie la hora de entrada y/o salida de la fuente de trabajo, o permita que la jornada deje de ser continua para convertirse en discontinua, ya que a pesar de que el trabajo se ofrece con los derechos mínimos establecidos por la Ley Federal del Trabajo, esto sería insuficiente para considerarlo de buena fe, ya que la aludida propuesta, aunque constituye una disminución en el 1 Véase Tesis de Jurisprudencia 4ª/J 43/1993, de rubro OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. EL CONTROVERTIRSE LA DURACIÓN DE LA JORNADA, EN BENEFICIO DEL TRABAJADOR, NO IMPLICA MALA FE EN EL consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Octava Época, Tomo 71, noviembre de 1993, página 22. IUS 207748. - 2 -
horario, podría generar perjuicio porque previsiblemente repercutiría en las actividades que el trabajador realizara en su vida cotidiana. Conforme a lo analizado, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, advirtió que la conjunción y que aparece en el rubro y texto de la tesis, es la que genera confusión en la aplicación del criterio, porque aparenta ser contradictorio con el de la anterior Cuarta Sala, y de esta manera se estimó conveniente aclararlo debiendo también eliminar de su texto la disyunción propuesta respecto de la modificación que provocaba el que de ser una jornada continua se trasformará en discontinua, porque en realidad no eran dos hipótesis diferentes sino una sola que generaba imponer la carga procesal al patrón derivada del hecho de que se consideraba que previsiblemente causará perjuicio el que se modificara tanto la hora de entrada como la de salida del trabajo, y por esa razón, la jornada dejaría de ser continua para transformarse en discontinua. Consecuentemente, por unanimidad de cinco votos de la señora Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos y de los señores Ministros Sergio A. Valls Hernández, José Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar Morales y Presidente Sergio Salvador Aguirre Anguiano, se procedió a aclarar la jurisprudencia, para quedar con el rubro y texto siguientes: OFERTA DE TRABAJO. SU CALIFICACIÓN DEPENDE DE QUE EL PATRÓN ACREDITE LA JORNADA LABORAL, CUANDO MODIFIQUE EL HORARIO DE ENTRADA O SALIDA DE LA FUENTE DE TRABAJO PERMITIENDO QUE AQUÉLLA DEJE DE SER CONTINUA. 2 La calificación del ofrecimiento de trabajo depende, entre otros factores, de los términos en que se efectúe, atendiendo a las condiciones fundamentales con que se preste el servicio como lo son el salario, el puesto o la categoría, así como la 2 Véase Tesis de Jurisprudencia 2ª/J180/2010, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Novena Época, Tomo XXXIV, julio de 2011, página 691. IUS 161541-3 -
jornada y el horario de labores, ya que al no modificarse en perjuicio del trabajador y ser acordes con la Ley Federal del Trabajo, determinan la buena fe del ofrecimiento. Por otra parte, el patrón conserva su derecho a controvertir tales condiciones y a realizar la oferta en términos diferentes a los señalados por el trabajador en su demanda, situación que no provoca, por sí misma, mala fe en la oferta, sino que la calificación en este caso, depende de que el patrón demuestre la veracidad de su dicho respecto del horario de trabajo, cuando cambie la hora de entrada o salida de la fuente de trabajo permitiendo que la jornada deje de ser continua para convertirse en discontinua, pues a pesar de que el trabajo se ofrece con los derechos mínimos establecidos por la Ley Federal del Trabajo, esto es insuficiente para considerarlo de buena fe, ya que la aludida propuesta, aunque constituye una disminución en el horario, puede generar perjuicio porque previsiblemente repercutirá en las actividades que el trabajador realiza en su vida cotidiana. - 4 -