HOMOLOGACIÓN DE SUMINISTRADORES DE MATERIAL ELÉCTRICO PARA LA EXCMA. DIPUTACIÓN FORAL DE ALAVA. Exp.: 01/13 Pág I PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS. OBJETO...1 II DURACIÓN DEL CONTRATO...1 III. FUNCIONAMIENTO Y EFECTOS DE LA HOMOLOGACIÓN..1 IV CONDICIONES PARTICULARES 2 V CRITERIOS DE VALORACIÓN. 3
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE SUMINISTRADORES DE MATERIAL ELÉCTRICO PARA LA EXCMA. DIPUTACION FORAL DE ALAVA I.- PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS. OBJETO. 1.- El objeto del presente contrato será el establecimiento de un Acuerdo Marco de homologación de empresas suministradoras de material eléctrico. Para salvaguardar la salud laboral, así como reducir los impactos sobre el medio ambiente, los elementos suministrados tendrán que ser nuevos y garantizar unos criterios mínimos de calidad ambiental. Además, el suministro también tendrá que realizarse de manera respetuosa con el medio ambiente. 2.- El material eléctrico para el que se pretende llegar a la homologación de suministradores se recoge en el Anexo I. 3.- Se homologará un máximo de tres suministradores, que deberán tener capacidad para suministrar todos los elementos contenidos en el mismo. 4.- Todos los suministros que se oferten para llegar a la homologación, y lo que se suministren en los sucesivos procedimientos de adquisición derivados de la misma deberán ser nuevos. II.- DURACIÓN DEL CONTRATO 1.- La homologación como suministrador de los elementos integrados en el Anexo I tendrá una vigencia inicial de dos años desde el momento de su formalización del contrato y podrá ser objeto de un máximo de dos prórrogas anuales. III.- FUNCIONAMIENTO Y EFECTOS DE LA HOMOLOGACIÓN 1.- Las empresas deberán detallar todos los precios unitarios contenidos e el anexo I. 2.- Las empresas catalogadas deberán incluir en sus ofertas los gastos derivados de transportes, reciclaje, mano de obras para la manipulación de material, medias materiales de carga y descarga, seguros hasta la recepción y entrega de los materiales además de aquellos gastos generales y financieros derivados de la propia naturaleza de la contratación. No está autorizada la subcontratación por parte de terceros. 3.- La homologación supone, durante su periodo de vigencia, la obligación de la Diputación Foral de Álava de no adquirir a ningún suministrador no homologado ninguno de los elementos comprendidos en el lote descrito 4.- La homologación no produce la conversión automática de los licitadores homologados en suministradores efectivos de los materiales mencionados. Tal carácter del suministrador sólo se alcanzará tras los oportunos procedimiento de contratación que se
tramiten durante la vigencia de la homologación para la adquisición de determinado número de materiales comprendidos en el lote descrito, número que se fijará en función de las necesidades puntuales de la Diputación Foral de Álava, sin que la homologación comporte para la misma obligación alguna de adquirir una cantidad mínima de los citados materiales. 5.- La homologación a nivel de suministrador se hará extensiva al suministro de repuestos y componentes asociados habitualmente a los elementos contenidos en el lote del presente concurso. 6.- La homologación conlleva la obligación de los suministradores homologados de presentar oferta a todos los precios de contratación derivados de la misma que la Diputación Foral de Álava promueva entre ellos. 7.- Los precios se determinarán en cada procedimiento de licitación que se convoque entre los suministradores homologados en aplicación del acuerdo marco, siendo el precio máximo el ofertado en la homologación. IV.- CONDICIONES PARTICULARES 1.- Los licitadores deberán incluir en su documentación del sobre C un compromiso, firmado por quien suscriba la oferta, de suministrar a la DFA los elementos que la misma le solicite de la marca que resulte homologada en el lote en los que el licitador resulte igualmente homologado. 2.- ALMACENAJE Y ENTREGA El suministro abarcará la distribución, entrega del material y su puesta a disposición del Servicio de Mantenimiento de la DFA actuando como responsable del contrato el Jefe de dicho Servicio de Mantenimiento o persona debidamente autorizada en quien delegue. El adjudicatario tendrá un lugar definido para almacenaje del material con las debidas autorizaciones, licencias de actividad y pólizas de responsabilidad civil. El punto de suministro será en Plaza de la Provincia nº 5 de Vitoria-Gasteiz salvo que se indique expresamente la entrega del material en un edificio o punto determinado de la Provincia. Como requisito previo a la entrega de los materiales se aportará la documentación técnica correspondiente al material objeto del suministro, pudiendo proceder a la inspección de dichos materiales y a las comprobaciones que se estimen necesarias en función de los requisitos técnicos por parte del Jefe Servicio de Mantenimiento o persona en quien delegue. 3.- DISPONIBILIDAD Y PENALIZACIONES Se establecerá un horario de atención para entrega de material, con horario mínimo de 8:00h a 18:00h de Lunes a Viernes según calendario laboral de la Comunidad Autónoma Vasca, debiendo establecerse también un servicio de atención personalizado (24h - 365 días/año) para circunstancias especiales. El plazo máximo para entrega de los materiales establecidos en el Anexo 1 será de 48h no incluyendo días festivos. El plazo contará desde la confirmación vía telefónica o email al adjudicatario. En caso de incumplimiento se notificará por escrito las
circunstancias que hubieran ocasionado el retraso por ni no fueran imputables al contratista proponiendo para su aceptación una nueva fecha de entrega. Cuando el adjudicatario incumpla las condiciones técnicas o los plazos en el suministro recibirá un apercibimiento, pudiéndose optar por la imposición de penalidades o por la resolución del contrato sin mediar ninguna devolución de materiales y abonos de pagos realizados. El incumplimiento por suministro de material defectuoso o en los plazos de entrega dará lugar a la imposición al adjudicatario de una penalización en función de la cuantía del material y/o de los perjuicios derivados por dicho incumplimiento pudiendo alcanzar hasta un máximo de 10% del presupuesto del contrato. 4.- GESTIÓN DE RESIDUOS Se tendrán en cuenta por parte del adjudicatario los protocolos de protección y calidad medioambiental exigibles según legislación vigente debiendo acreditarse la gestión de los residuos objeto del contrato mediante el correspondiente certificado por empresa autorizada. 5.- ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA La solvencia económica se acreditará mediante informe apropiado de una Entidad Financiera y la solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales suministros efectuados en los tres últimos años, indicando destinatario e importe. Se considerará que la solvencia técnica es suficiente cuando el conjunto anual de los suministros acreditados los materiales objeto de contrato o equivalentes no sea inferior a 1.000.000 euros. No existe clasificación empresarial para empresas almacenistas de material eléctrico. V.- MODIFICACIONES Posibilidad de modificación del contrato: SÍ 1.- En el caso de que, dentro de la vigencia del contrato, las necesidades reales fuesen superiores a las estimadas inicialmente se tramitará la correspondiente modificación. Esta modificación se tramitará antes de que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado, reservándose a tal fin el crédito necesario para cubrir el importe máximo de las nuevas necesidades. 2.- Ampliación de los elementos de material eléctrico homologado. La empresa adjudicataria, deberá presentar en el Registro General de la Diputación Foral de Alava, la solicitud de ampliación de elementos homologados. Esta ampliación corresponderá a aquellos elementos que, no habiendo sito presentados, en el Acuerdo Marco de Homologación y puedan ser de interés incluirse para su comercialización. Estos elementos deberán cumplir las
condiciones generales establecidas en los Pliego de Prescripciones Técnicas. Estas modificaciones tendrán como límite el 20% del presupuesto máximo del contrato, IVA excluído. VI.- CRITERIOS DE VALORACIÓN Serán evaluables mediante fórmulas: a).- Mejor precio. 85%. La valoración de la oferta económica se efectuará proporcionalmente a la baja de cada ofertante respecto del presupuesto base licitación, con arreglo a la siguiente fórmula, que otorga y puntos a la baja mayor: V= Y *b/b Donde V es igual a la valoración de la oferta económica, B es la baja correspondiente a la oferta más baja y b es la baja correspondiente a la oferta a valorar. Y es la máxima puntuación del criterio precio. b).- Mejor plazo en el suministro. 15%. Otorgando la máxima puntuación a la oferta de menor plazo y puntuación 0 a ofertas con plazo 48 horas días laborables, estableciendo una proporción inversa para el resto. En Vitoria-Gasteiz a 22 de mayo de 2013 Firmado D. Javier Vélez de Mendizábal Jefe de Servicio de Mantenimiento DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA