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Transcripción:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIOCIDAS PARA LA UNIDAD TÉCNICA DE CONTROL DE VECTORES DEL DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL 1. OBJETO El objeto del presente contrato es el suministro de productos biocidas (plaguicidas insecticidas rodenticidas) y desinfectantes, destinados a la Unidad Técnica de Control de Vectores (en adelante UTCV) del Departamento de Salud Ambiental de Madrid Salud, para los ejercicios 2015 y 2016. 2. JUSTIFICACIÓN Madrid Salud tiene entre sus objetivos estratégicos en materia de salud pública la prevención y gestión de riesgos asociados a plagas-vectores en la Ciudad. Estos objetivos se contextualizan dentro de las políticas de gestión de estos riesgos según criterios de Gestión Integrada de Plagas según los cuales se fomenta y prioriza la gestión ambiental (diseño y mantenimiento adecuado de infraestructuras e instalaciones) sobre el empleo de productos químicos (biocidas). No obstante, las operaciones de prevención y control de vectores y plagas requieren, en numerosas ocasiones, del empleo de biocidas. Este tipo de productos (insecticidas y rodenticidas) están definidos y regulados en cuanto su empleo por la normativa vigente de la Unión Europea y de las administraciones nacional y autonómica. Asimismo su empleo queda restringido a personal especialmente cualificado y autorizado para ello, siendo este el caso de la UTCV-Salud Ambiental de Madrid Salud. La utilización racional de estos productos, en correlación con el adecuado diseño, limpieza y conservación del entorno, edificaciones e instalaciones, son los medios que garantizan el adecuado control de poblaciones animales potencialmente dañinas y, por tanto, suponen la garantía de prevención y control eficaz de enfermedades y riesgos asociados a plagas y/o vectores. Los productos objeto de este documento son destinados a operativos de prevencióncontrol de plagas en edificaciones e instalaciones municipales y/u otros entornos de la ciudad de Madrid. 3.- CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO Los bienes a suministrar deberán cumplir las siguientes características generales: Todos los productos se ajustarán a la normativa vigente (Ministerio de Sanidad, Servicios sociales e Igualdad) en materia de registro y autorizaciones de uso. Los biocidas suministrados presentarán un periodo de caducidad mínimo de un año a partir de la fecha de cada entrega efectiva del producto. Las entregas se realizarán en los envases establecidos por la normativa vigente, estando obligado el adjudicatario a asumir los costes asociados a la retirada de los envases vacíos para su destrucción y/o reciclaje. La retirada de esos envases Biocidas UTCV 2015-16 // Pliego técnico 1

vacíos y escurridos será realizada por el adjudicatario, en todo caso, de acuerdo a la normativa ambiental vigente en materia de Residuos Tóxicos y Peligrosos (RTPs). Asimismo el suministro incluirá: - Documentación comercial (albaranes de entrega correspondientes). - Fichas de Datos de Seguridad correspondientes a los productos biocidas suministrados. - Certificados de inscripción actualizada en el registro correspondiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y, en su caso, de ampliación del plazo de autorización - Otra documentación que, en su caso, fuera establecida por la normativa vigente como de suministro conveniente y/o necesario para el usuario o utilizador de esos biocidas en los contextos de la normativa vigente sobre biocidas y/o salud laboral. Los productos biocidas, cuyo suministro estimado, se requiere anualmente son los siguientes (ver tabla 1): Tabla1. Suministro anual biocidas DESCRIPCION GENERICA BIOCIDA UNIDAD DE PEDIDO CANTIDAD PEDIDO RODENTICIDA ANTICOAGULANTE BLOQUE DIFENACOUM 0,005% KILOGRAMO 70 RODENTICIDA GEL-PASTA DIFENACOUM 0,005% CARTUCHO 300 g 70 RODENTICIDA ANTOCOAGULANTE BLOQUE FLOCUMAFEN KILOGRAMO 20 DESINFECTANTE PEROXIDADO MULTIPLES COMPONENTES (SAL TRIPLE) ENVASE 500 g 4 DESINFECTANTE AEROSOL DESCARGA TOTAL ORTOFENIL 17,60% Y GLUTARALDEHIDO 2,20% AEROSOL 250 ml 15 INSECTICIDA AEROSOL AUTODESCARGA 150 ml CIFLUTRINA 0,10% AEROSOL 150 ml 800 INSECTICIDA AEROSOL PROYECTABLE (AVISPAS) CIPERMETRINA 40/60 / TETRAMETRINA / BUTÓXIDO DE PIPERONILO AEROSOL 750 ml 175 INSECTICIDA POLVO MOJABLE CIFLUTRINA 10% ENVASE 20 g 100 INSECTICIDA CONCENTRADO EMULSIONABLE CIFLUTRINA 5,4% LITRO 200 INSECTICIDA CONCENTRADO EMULSIONABLE ALFACIPERMETRINA 5,5% LITRO 25 INSECTICIDA PREPARADO PARA TERMONEBULIZACIÓN DELTAMETRINA 0,15% / BUTÓXIDO DE PIPERONILO 1% LITRO 20 INSECTICIDA POLVO BENDIOCARB 1,25% KILOGRAMO 40 INSECTICIDA CEBO (CUCARACHA). IMIDACLOPRID 2,15% CARTUCHO 30 g 1.100 INSECTICIDA CEBO (HORMIGA). IMIDACLOPRID 0,03% CARTUCHO 30 g 50 INSECTICIDA CEBO (CUCARACHAS). FIPRONIL 0,05% CARTUCHO 30 g 40 CEPO RATAS TIPO T-REX UNIDAD 10 TRAMPA ADHESIVAS DE MONITOREO (CUCARACHAS) CON ATRAYENTE ALIMENTARIO (aproximd. 70 cm2 superficie adhesiva) UNIDAD (TRAMPA) 1.000 4.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA El suministro se realizará, previa petición de la UTCV, en las instalaciones de la Unidad Técnica de Control de Vectores (Edificio Centro de Protección Animal) C/ Carretera del Barrio de la Fortuna nº 33; de Madrid. El suministro será depositado en el interior de los almacenes de la UTCV específicamente preparados y adaptados para ese fin. Las diferentes entregas se realizarán, durante todo el periodo de duración del contrato, a demanda de la dirección técnica de la UTCV - Salud Ambiental (que procurará Biocidas UTCV 2015-16 // Pliego técnico 2

realizarlas con la suficiente antelación) y según las necesidades operativas, no debiendo transcurrir más de 48 horas entre la petición de la UTCV y la entrega (12 horas en supuesto de pedidos considerados urgentes). 5.- OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO MODIFICACIONES: Dado que, por exigencia legal, todos los productos deben ajustarse a la normativa vigente en materia de registro y autorizaciones de uso, cualquier cambio o modificación (restricción) de las autorizaciones o condiciones de uso por parte de las Autoridades Sanitarias competentes, podrá implicar el cambio o sustitución de suministro por otros producto de especificaciones técnicas y/o coste análogos, sin que estos cambios puedan modificar el precio total del contrato. Lo mismo sucederá en caso de cambio en la situación registral de algunos de los productos solicitados, en cuyo caso el adjudicatario deberá proceder a suministrar un biocida de características técnicas equivalentes, no afectado por modificación o cambio registral, sin superar en ningún caso el importe de adjudicación. En este contexto y a efectos de autorización, el adjudicatario deberá notificar con la antelación suficiente a Madrid Salud cualquier modificación confirmada o previsible en la situación registral o régimen de autorización de los biocidas previamente suministrados. En la medida en que la predicción y la planificación consecuente de uso de biocidas no está sujeta a modelos de predicción matemática precisos, ni pueden preverse con absoluta certeza todas las necesidades o los escenarios de Salud Pública posibles (control de plagas/vectores), las cantidades requeridas de cada biocida han sido calculadas en base al conocimiento técnico, a la experiencia previa disponible y a los escenarios posibles de riesgos que se manejan por los servicios técnicos municipales correspondientes (UTCV). Por tanto, es posible que pudieran ser necesarias pequeñas variaciones en las especificaciones y/o cantidades de algunos de los elementos que forman el suministro, en función de la planificación y/o necesidades que se produzcan a lo largo de la vigencia del contrato. El contratista deberá llevar a cabo estas correcciones con cargo al importe de adjudicación y sin que dichos cambios puedan suponer un incremento de dicho importe. De producirse esta eventualidad, el posible incremento de algún tipo de biocida conllevararía la disminución proporcional de otras unidades o elementos que componen el suministro, manteniendo el equilibrio contractual y de forma que no se produzca un enriquecimiento injusto por parte de la Administración contratante. COLABORACION: La Entidad Adjudicataria colaborará con Madrid Salud en todos aquellos aspectos en los que éste pida su colaboración, siempre y cuando estos estén relacionados con el objeto del presente contrato. Biocidas UTCV 2015-16 // Pliego técnico 3

RELACIONES INSTITUCIONALES: El adjudicatario no podrá mantener relación institucional, hacer declaraciones a medios de comunicación o entregar documentación o datos, sobre temas concernientes al contrato, sin la autorización de Madrid Salud. Ni el adjudicatario ni sus trabajadores afectos a la ejecución del contrato podrán en ningún caso mantener relación alguna con Instancias oficiales publicas o privadas o medios de comunicación, publicaciones, ni asistir a cursos, conferencias, seminarios o similares en calidad de ponentes sin permiso expreso y previo de Madrid Salud sobre materias relacionadas con la prestación del servicio. Esta prohibición persistirá aun cuando haya finalizado la ejecución del contrato. PROTECCION DE DATOS PERSONALES: En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal y su Reglamento de desarrollo, la entidad adjudicataria y el personal encargado de la ejecución del contrato guardarán secreto profesional sobre los datos personales así como sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. PERSONAL: El presente contrato de suministro ni implica ni requiere la concurrencia de recursos humanos, salvo los derivados de los procesos de transporte y de entrega de los productos en los almacenes municipales. En todo caso, el contratista deberá aportar el personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la Administración contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. 6. PRESUPUESTO DE CONTRATACIÓN El presupuesto base de contratación para el suministro de biocidas asciende a 90.384,00, IVA excluido, al que corresponde por IVA (10%) la cuantía de 9.083,40 ascendiendo el total del contrato a 99.917,40 euros (10% IVA incluido), incluyendo en esta cuantía el suministro, transporte y gestión de los envases vacíos, según el siguiente desglose por anualidades: Año 2015: 49.958,70 (IVA 10% incluido) Año 2016: 49.958,70 (IVA 10% incluido Biocidas UTCV 2015-16 // Pliego técnico 4

7.- MODIFICACION En aplicación de lo dispuesto en los artículos 105 y siguientes, 211, 219 y 306 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el presente Contrato podrá modificarse, hasta un porcentaje del 20% de su precio, en los siguientes supuestos: Actuaciones extraordinarias de desratización/desinsectación en los distritos madrileños por brote o enfermedad vectorial o asociada a animal-plaga, introducción o reemergencia de vectores, mandato legal de control de un vector/animal plaga dado o supuestos análogos, que exijan de un incremento en la cantidad de biocidas, que exceda de las previsiones del actual contrato. En estos supuestos y como requisito previo, los servicios técnicos municipales realizarán una evaluación precisa encaminada a descartar otras opciones diferentes al incremento del contrato, justificando y detallando con precisión la necesidad y las medidas a adoptar. 8.- SUPERVISOR DEL SUMINISTRO El supervisor del suministro será el Jefe de la Unidad Técnica de Control de Vectores del Departamento de Salud Ambiental. 9.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA En el Sobre A de Documentación Administrativa los lictadores deberán aportar un descripción detallada del suministro ofrecido, incluyendo al menos: i. Fichas de Datos de Seguridad de productos biocidas. ii. Resolución ministerial de autorización de productos biocidas. iii. Otra documentación técnica de interés. iv. Copia de otra documentación legal en su caso requerida No se incluirán en este sobre las mejoras técnicas relativas a la aportación de útiles destinados a la aplicación y mejoras en los plazos de entrega, ni la mejora económica, que se incluirán en el Sobre C. En el Sobre C, correspondiente a los Criterios valorables en cifras o porcentajes los licitadores deberán aportar las mejoras técnicas y económicas ofrecidas según las exigencias de los Presentes pliegos de prescripciones técnicas y los criterios de adjudicación del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Se advierte a los licitadores que debe tenerse en cuenta que la inclusión de documentación correspondiente a Criterios valorables en cifras y porcentajes (Sobre C) en el sobre relativo a Documentación Administrativa (Sobre A) o viceversa, siempre y cuando se vulnere el carácter secreto de la proposición de conformidad con el artículo 145.2 TRLCSP y los artículos 80 y siguientes del RGLCAP, podrá ser causa de exclusión automática del licitador del presente Procedimiento. Así, en el sobre de Criterios valorables en cifras o porcentajes, Sobre C, deberá incluirse únicamente la documentación que corresponda a las mejoras económicas sobre el tipo de licitación y Biocidas UTCV 2015-16 // Pliego técnico 5

mejoras técnicas (aportación de útiles destinados a la aplicación y mejoras en los plazos de entrega). JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL LA SUBDIRECTORA GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Biocidas UTCV 2015-16 // Pliego técnico 6