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1 LOTERIA DEL QUINDIO INFORME DE GESTION 2001 1. INFORME TÉCNICO ASPECTOS GENERALES DE LA ENTIDAD MISIÓN: La misión institucional es la de organizar, administrar, controlar y explotar el monopolio de suerte y azar en el departamento del Quindío con el fin de obtener rentas destinadas exclusivamente a los servicios de salud de la región. VISIÓN: La Lotería del Quindío será una entidad líder del sector oficial, especialmente en la generación y transferencias de recursos para el plan de desarrollo en salud de nuestro departamento bajo parámetros de moralidad, celeridad, excelencia, honestidad, transparencia, eficacia, eficiencia y economía en su funcionamiento, todo esto apoyando a la calidad y compromiso de su talento humano. NATURALEZA JURÍDICA: La Lotería del Quindío es una persona jurídica autónoma, cuyo objeto es el de la dirección y administración de los recursos que capta por los sorteos de Lotería del Quindío, creada mediante Decreto N 0064 de agosto 17 de 1996, emanada de la Gobernación del Departamento del Quindío. Según Ordenanza N 009 del 24 de marzo de 1995 la entidad se denomina Empresa Industrial y Comercial del Estado, dejando así de ser un establecimiento público. REGLAMENTACIÓN DEL MONOPOLIO DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR La explotación del Juego de las loterías se encuentra reglamentado por la Ley 643 del 16 de Enero del 2001, la cual en su articulado discrimina cada una de las condiciones para dicha explotación así: - Articulo 11, Lotería tradicional - Articulo 12, Explotación de loterías

2 - Articulo 13, Coronáramos de sorteos extraordinarios - Articulo 14, Administración de Loterías - Articulo 15, Explotación Asociada - Articulo 16, Modalidades de Explotación - Articulo 17, Relación entre emisión y venta - Articulo 18, Plan de premios - Articulo 19, Sorteos extraordinarios. FUENTES DE FINANCIACIÓN. - Venta de lotería. - Otros ingresos. - Apuestas permanentes. - Otros juegos de suerte y azar. PRODUCTOS QUE OFRECE. Venta de lotería para recaudar recursos con destino a la salud de los quindianos. PRINCIPALES CLIENTES. - Loteros (Vendedores directos del producto) - Mayoristas (Vendedores de lotería intermediarios) - Agentes distribuidores (Red de distribución del producto) - Público consumidor (Comprador o consumidor o usuario del producto) - Empresas Sociales del Estado Hospitales de segundo y tercer nivel de atención, como receptores de su actividad económica.

3 LA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL Artículo 53. Competencia de inspección, vigilancia y control. La inspección, vigilancia y control del recaudo y aplicación de los recursos del monopolio de juegos de suerte y azar corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud. Estas actividades se ejercerán de conformidad con las normas señaladas en la presente ley y las normas y procedimientos señaladas en las disposiciones que regulan la estructura y funciones de dicha entidad. Lo anterior sin perjuicio de las funciones de control policivo que es competencia de las autoridades departamentales, distrital y municipales. - El 12% correspondientes a los derechos de explotación - El 17% correspondientes al impuesto a ganadores - El 10% de impuesto a las loterías foráneas - La Utilidad de la lotería Ordinaria - Las Utilidades e impuestos de los sorteos extraordinarios. Así mismo vigilará el cumplimiento de los reglamentos y el margen de solvencia de los operadores. Intervenir, tomar posesión u ordenar la disolución de las empresas Administradoras u operadoras cuando a ello hubiere lugar, vigilar el cumplimiento de los reglamentos de los juegos de suerte y azar extranjeros que podrán venderse en Colombia. Llevar las estadísticas relacionadas con la explotación de los juegos de suerte y azar. COMPETENCIA PARA EJERCER EL CONTROL FISCAL SOBRE ESTE TIPO DE EMPRESAS Artículo 54. Control fiscal. Los recursos del monopolio son públicos y están sujetos a control fiscal, el cual será ejercido por el órgano de control que vigile al administrador del monopolio de acuerdo con las normas especiales sobre la materia.

4 MEDICIÓN VENTA DE LOTERÍA ORDINARIA Para la Evaluación de la gestión de la Lotería del Quindío en cuanto al cumplimiento de la asignación de los recursos y su ejecución, correspondiente a la vigencia 2001, se tuvo como punto de referencia para el análisis, la ejecución presupuestal efectiva tanto de ingresos como de gastos y transferencias al sector salud contenidos en la rendición de la cuenta y certificaciones expedidas por la Empresa. EVALUACIÓN Y ANÁLISIS PRINCIPIO DE EFICIENCIA: Que la asignación de los recursos sea la más conveniente para maximizar los resultados. CUMPLIMIENTO: Es la disposición de los recursos financieros o monetarios programados en el presupuesto para ser ejecutados dentro de un periodo determinado (2001). VENTA DE LOTERÍA ORDINARIA INGRESOS VS GASTOS DE OPERACIÓN CUADRO 1 CONCEPTO INGRESOS RECAUDO EFECTIVO (En miles de pesos) GASTOS CONCEPTO GASTOS EFECTIVOS VENTA DE LOTERÍA RECURSOS CAPITAL DE $12.320.539 9.174 SERVICIOS PERSONALES TRANSFERENCIAS CORRIENTES $862.573 170.375 OTROS INGRESOS 69.235 GASTOS GENERALES 432.353 TRANSFERENCIAS SECTOR SALUD GASTOS PRODUCCIÓN AL DE 1.005.377 10.135.348

5 TOTAL INGRESOS $12.398.948 TOTAL GASTOS $12.606.026 FUENTE: Rendición cuenta ejecución presupuestal Lotería del Quindío. Para el análisis de gestión en cuanto al negocio de Lotería Ordinaria, no se incluyen los conceptos de recursos de capital y otros ingresos los cuales ascienden a $78.409, por cuanto éstos no son resultado del cumplimiento de su objeto social. Los ingresos percibidos por la Lotería del Quindío corresponden a una venta de 7.075.503 fracciones frente a una emisión de 28.600.00 para la realización de 51 sorteos en el año de 2001, presentándose un cumplimiento de meta en la venta de fracciones frente a la emisión del 24.73%, lo que indica que se dejaron de vender 21.524.497 fracciones, correspondiente al 75.27%, distribuidas así: 1.770.917 vendidas dentro del Departamento. 5.304.586 vendidas fuera del Departamento La venta por fracciones de la Lotería Ordinaria, ascienden en promedio por sorteo, a $241.578 miles de pesos y el valor de billetes emitidos en el año fue de $980.387 miles de pesos. No obstante la baja venta de fracciones, ubica a la Lotería del Quindío en un porcentaje de venta del 11.79%, frente a las demás Loterías del país, cuyo porcentaje oscila entre el 18.77% y el 3.92%, según informe de gestión de la Supersalud año 2001. FUENTE: Certificados por la Lotería del Quindío. ÍNDICES DE CUMPLIMIENTO: Gastos de personal = 862.573 = 7% Por cada 100 pesos que le ingresaron a la lotería por venta de su producto, destino en gastos de personal $7 pesos. Transf. corrientes = 170.375 = 1.4%

6 Por cada 100 pesos que le ingresaron a la lotería por venta de su producto, destino en transferencias corrientes $1.4 pesos. Gastos Generales = 432.353 = 3.5% Por cada 100 pesos que le ingresaron a la lotería por venta de su producto, destino para gastos generales $3.5 pesos. Transf. a la salud = 1.005.377 = 8.2% Por cada 100 pesos que le ingresaron a la lotería por venta de su producto, transfirió a la salud $8.2 pesos. Gastos de producción = 10.135.348 = 82.2% Por cada 100 pesos que le ingresaron a la lotería por venta de su producto, destino en gastos de producción $82.2 pesos. Total gastos Lotería Ordinaria = 12.606.026 = 103% Ingresos venta lotería 12.320.539 Por cada 100 pesos que le ingresaron a la lotería por venta de su producto, destinó en los gastos $103 pesos, lo que significa que se gasto 3 pesos mas, generando un desequilibrio en sus recursos por estos dos conceptos. Por consiguiente la variación es negativa en este resultado. GRAFICO 1 COMPARATIVO INGRESOS VS GASTOS LOTERIA ORDINARIA 100% 80% 60% 40% 20% 0% Venta Lotería Gastos pesonal Tansf. Ctes. Gastos Grales Transf. Salud Gastos de Producción PORCENTAJE DE PARTICIPACION 100% 7% 1,40% 3,50% 8,20% 82,20%

7 COMPONENTE DE LOS GASTOS DE PRODUCCIÓN Premios en poder del público (bruto a pagar) = 4.811.321 = 39.05% De 100 pesos del recaudo por la venta de lotería, se situaron Premios en poder del público 39.05 pesos. De acuerdo al análisis presentado por la Supersalud en su informe de gestión Loterías 2001, presenta un índice de premio en poder del público del 43.67% equivalente a $5.381.300, presentado una diferencia con el análisis realizado por la Contraloría, situación que obedece a que los datos tomados son sobre los pagos presupuestalmente efectivos de premios. Impresión billetería y trasporte = 976.435 = 8% Por cada 100 pesos que le ingresaron a la Lotería por venta de su producto, se destinaron $8 pesos para la emisión y transporte de la billetería. (7.7% para los gastos de emisión y 0.30% por gastos transporte). Difiere el resultado del presente análisis con el presentando por la Supersalud en su informe de gestión 2001, el cual presenta un índice del 11.79% y que de igual manera obedece a que los datos tenidos en cuenta por este ente de control, son tomados de la ejecución efectiva del presupuesto. Gastos de publicidad = 185.900 = 1.5% Por cada 100 pesos que le ingresaron a la Lotería por venta de su producto, se invirtieron en publicidad $1.5 pesos, situándola en un nivel favorable frente a este concepto, considerando que el límite del gasto en publicidad autorizado por la Circular 28 de 1997 de la Supersalud fue del 2% para la vigencia de 2001 sobre las ventas brutas del año anterior.

8 Comisión x venta agentes y loteros = 2.996.754 = 24.32% Por cada 100 pesos que le ingresaron a la Lotería por venta de su producto, se destinaron $24.32 pesos para pagos de comisiones. Bonificaciones x venta mayor y secos = 455.292 = 3.7% Por cada 100 pesos que le ingresaron a la Lotería por venta de su producto, se destinó $3.7 pesos para pago de bonificaciones. Gastos actividades de apoyo ccial. = 19.641 = 0.15% Por cada 100 pesos que le ingresaron a la lotería por venta de su producto, se destinó $0.15 centavos para actividades de apoyo referida a incentivos loteros y distribuidores de lotería. GRAFICO 2 GASTOS DE OPERACION COMERCIAL $ 14.000.000 $ 12.000.000 $ 10.000.000 $ 8.000.000 $ 6.000.000 $ 4.000.000 $ 2.000.000 $ - VENTA LOTERIA Premios en poder del público Impresión y transporte Publicidad Comisiones Bonificacione s Actividades de apoyo valores $ $ 4.811.321 $ 976.435 $ 185.900 $ 2.996.754 $ 455.292 $ 19.641 CUMPLIMIENTO EN LA TRANSFERENCIA CUADRO 2 En miles de pesos

9 RECAUDO POR VENTA LOTERÍA ORDINARIA (bruto) VALOR A TRANSFERIR 12% (LEY 643/2001) VALOR TRANSFERIDO (Ejecución pptal) VALOR TRANSFERIDO SALUD (Certificación Lotería) DIFERENCIA Presupuesto vs certificación Lotería CXP Certificación Lotería $12.320.539 $1.478.465 $1.005.377 $912.970 $92.407 $92.407 FUENTE: Rendición de cuenta, ejecución presupuestal ingresos Lotería del Quindío. La transferencia que la Lotería, por Ley 643 de 2001 debía de remitir a la Seccional de Salud equivalente al 12 % era de $1.478.465, del cual transfirió según ejecución presupuestal la cantidad de $1.005.377 correspondiente al 68%. De acuerdo a este análisis presupuestal del recaudo y su transferencia, la Lotería refleja como cuenta por pagar a la Seccional por transferencia venta de Lotería Ordinaria, el valor de $92.407, correspondiente a la misma diferencia que arroja la ejecución presupuestal con respecto al valor transferido y según certificación de la Lotería; la diferencia del 12% sobre la venta y la trasferencia efectiva según ejecuciones, arroja una diferencia de $380.681, que constituyen un saldo por transferir a la salud a diciembre 31 de 2001 y correspondiente a esta misma vigencia y que la Lotería del Quindío no refleja en sus saldos. El informe desarrollado por la Supersalud correspondiente a la vigencia en análisis, presenta un valor transferido por la Lotería del Quindío de $979.517 arrojando una diferencia frente al análisis de la Contraloría de $25.860. RESULTADO OPERACIONAL COMERCIAL INGRESOS VS GASTOS CUADRO 3 V/R RECAUDO LOTERIA ORDINARIA (NETO) V/R EGRESOS LOTERIA ORDINARIA (En miles de pesos) UTILIDAD/PERDIDA OPERACIONAL EN PESOS % $10.842.074 $12.606.026 -$1.763.952-16% FUENTE: Ejecuciones presupuestales Lotería del Quindío.

10 ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS LOTERIA ORDINARIA 2001 $ 14.000.000,00 $ 12.000.000,00 $ 10.000.000,00 $ 8.000.000,00 $ 6.000.000,00 $ 4.000.000,00 $ 2.000.000,00 $ - $ -2.000.000,00 $ -4.000.000,00 1 2 3 VALORES $ 10.842.074,00 $ 12.606.026,00 $ -1.763.952,00 El resultado operacional de la Lotería, una vez descontado el 12% de transferencia de acuerdo a la Ley 643 de 2001, refleja una pérdida en la vigencia de análisis de -$1.763.952 miles de pesos, equivalente a un -16%, de lo que se deduce que la Lotería del Quindío hizo uso de otros ingresos como son: recursos de capital, arrendamientos y que ascienden a $78.409, además de los recursos y ejecuciones del gasto correspondiente al negocio de Apuestas Permanentes, situación que al análisis del resultado de la ejecución presupuestal arroja como resultado un déficit de $166.656. COMPORTAMIENTO HISTÓRICO VENTA DE LOTERÍA CUADRO 5 (En miles de pesos) ENTIDAD 2000 2001 VARIACIÓN TASA DE CCTO. LOTERÍA DEL QUINDÍO $ 12.756.276 $ 12.320.539-3.42% -1% Fuente: Ejecuciones presupuestales Lotería del Quindío 2000 y 2001. La Lotería del Quindío en el año 2000 con respecto al año 2001 muestra una variación decreciente en pesos por venta de Lotería por valor de $435.737 equivalente al 3.4%. APUESTAS PERMANENTES

11 ESTADO DE RESULTADOS APUESTAS PERMANENTES CUADRO 6 PERIODO V/r ingresos V/r gastos (En miles de pesos) Costo por Transferen - venta de cias apuestas ISSQ ENERO 173.860 7.201 24.502 142.581 FEBRERO 112.342 12.255 0 100.087 MARZO 230.629 10.867 19.985 199.777 ABRIL 173.455 12.761 0 160.694 MAYO 140.557 13.129 67.484 59.944 JUNIO 215.961 12.380 21.315 182.266 JULIO 159.607 8.097 19.691 131.819 AGOSTO 180.697 10.536 19.691 150.470 SEPTIEMBRE 200.018 11.869 0 188.149 OCTUBRE 208.723 10.152 39.382 159.189 NOVIEMBRE 205.558 11.821 17.052 176.685 DICIEMBRE 305.694 13.844 19.687 272.163 TOTAL 2.307.098 134.912 248.788 1.923.824 FUENTE: Estado de Pérdidas y Ganancias Apuestas Permanentes Durante la vigencia del 2001 la Lotería percibió ingresos por Apuestas Permanentes por $2.307.098 miles de pesos, de los cuales descontando los gastos de operación comercial que ascienden a $ 383.700 millones, se genera una utilidad de $1.923.398, registrándose una transferencia efectiva a la Seccional del Quindío por valor de $1.697.991, según certificación emitida por la Tesorera de la Lotería del Quindío, arrojando una diferencia pendiente de transferir por valor de $259.603 millones de la vigencia 2001 correspondientes al mes de Diciembre. REGALÍAS Y FORMULARIOS DE CHANCE El análisis comprende la impresión y suministro de formularios de chance electrónico, de acuerdo al contrato suscrito primeramente entre la Lotería del Quindío y José Luis Medina Pérez, representante legal de la Sociedad FESA S.A. de la ciudad de Calí (cedente) y posteriormente con Javier Londoño Botero, representante de Editorial Quingráficas (cesionario) conservando el mismo objeto del contrato y la demanda en la compra de los formularios por parte de Apuestas Ochoa S.A.

12 FORMULARIOS EMITIDOS APUESTAS PERMANENTES CUADRO 7 (En miles de pesos) ENTIDAD CANTIDAD DE TALONARIOS VALOR POR TALONARIOS CANTIDAD DE FORMULARIOS VALOR FORMULARIOS Lotería del Quindío 630.000 $562.50 31.500.000 $354.375 Fuente: Contrato de concesión. COMPRA DE FORMULARIOS POR EL CONCESIONARIO DE APUESTAS PERMANENTES CUADRO 8 (En miles de pesos) ENTIDAD CANTIDAD DE FORMULARIOS VALOR FORMULARIOS DIFERENCIA EN PESOS FORMULARIOS APUESTAS OCHOA 28.850.806 $324.572 $29.803 Fuente: Estado de Pérdidas y Ganancias Apuestas Permanentes Lotería del Quindío. De acuerdo a las emisiones de formularios de chance, Apuestas Ochoa, concesionario para la explotación del juego de Apuestas Permanentes, debió de comprar en el año la cantidad de $354.375 para dar cumplimiento a lo estipulado en el Contrato de Concesión, comprando solamente el valor de $324.573 generando una diferencia de $29.803 dejados de percibir por la Lotería del Quindío en la vigencia de 2001. Se hace la claridad que este valor está afectado por la compra de formularios correspondientes a la vigencia de 2000. De manera que el valor percibido por este concepto en la vigencia de 2001 es menor a lo proyectado de acuerdo al contrato de impresión y suministro de formularios de chance electrónico. En los meses de febrero y julio de 2001, el estado de pérdidas y ganancias de Apuestas permanentes emanado de la Lotería del Quindío, no refleja ingreso alguno por concepto de venta de formularios para chance. La falta de cumplimiento en la compra de los formularios por parte de Apuestas Ochoa, genera una pérdida del poder adquisitivo por cuanto el valor no se ajusta a precios constantes y la falta de oportunidad en la

13 transferencia para la Salud, además del incumplimiento de lo estipulado en las cláusulas del contrato. INGRESOS POR REGALÍAS CONTRATO DE CONCESIÓN EXPLOTACIÓN APUESTAS PERMANENTES CUADRO 11 (En miles de pesos) ENTIDAD REGALÍAS PROYECTADAS AÑO 2001 RECAUDO REGALÍAS DIFERENCIA LOTERÍA DEL QUINDÍO $2.080.000 $1.957.594 $122.406 FUENTE: Certificación Lotería Apuestas Permanentes. De acuerdo a la certificación emitida por el contador de la Lotería del Quindío, las regalías recaudadas ascienden a $1.957.594 en tanto que el resultado arrojado por la utilidad generada por Apuestas Permanente de acuerdo al estado de pérdidas y ganancias, cuadro 6, es de $1.923.824 arrojando una diferencia de $33.770 que corresponde a un valor no registrado en el P y G. CONSUMO PERCÁPITA POR TALONARIOS PROYECTADO CUADRO 9 ENTIDAD CANTIDAD DE TALONARIOS CANTIDAD DE FORMULARIOS POBLACIÓN 2001 FORMULARIO PERCAPITA LOTERÍA DEL QUINDÍO 630.000 31.500.000 572.565 55 Fuente: Informe de Gestión Supersalud. Lo que indica que durante la vigencia del 2001 se emitieron para consumo 55 formularios por cada uno de los habitantes del Departamento del Quindío.

14 EJECUTADO CUADRO 10 ENTIDAD CANTIDAD DE FORMULARIOS CONSUMIDOS POBLACIÓN 2001 FORMULARIO PERCAPITA LOTERÍA DEL QUINDÍO 28.850.806 572.565 50 Fuente: Análisis auditoria. Lo que indica que durante la vigencia del 2001 se consumieron 50 formularios por cada uno de los habitantes del Departamento del Quindío. HISTÓRICO DE LAS TRASFERENCIAS POR LOS DIFERENTES CONCEPTOS CUADRO 14 (En miles de pesos constantes) % DE CRECIMIENTO 1999 2000 2001 2001/1999 5.100.181. 5.712.427 6.290.464 6% FUENTE: Certificación Lotería del Quindío Al realizar el análisis histórico de la transferencia de los recursos de la salud por arbitrio rentístico, se presenta un comportamiento creciente, logrando alcanzar un 6%, lo que significa que la Lotería, a pesar de la recesión económica que se presenta, sobre todo en lo que se refiere a la zona cafetera, logra mantenerse dentro del mercado de juegos de suerte y azar.

15 CONCLUSIONES La Lotería del Quindío, registró un leve mejoramiento en su situación operacional, no obstante entrar en vigencia la Ley 643 de 2001, que establece la transferencia de recursos al sector salud sobre el 12% de las ventas brutas, lo que generó una mayor transferencia de recursos al sector salud con respecto a la vigencia anterior y la cual presenta un crecimiento en términos constantes del 6% de la vigencia en estudio con respecto al año de 1999, siendo evidente la disminución en las ventas, tanto en unidades como en pesos; además de que realizó un esfuerzo fiscal, generando una austeridad en los gastos que le ha permitido disminuir su déficit operacional, esta situación se refleja en los gastos de publicidad y los gastos de personal. No obstante, sus gastos de funcionamiento aún sobrepasan las expectativas de los ingresos. Una de las situaciones que inciden en la proyección de los ingresos para equilibrar su presupuesto, es sobre las bajas probabilidades de que los premios quedan en poder del público, hecho que no ocurrió en la vigencia en donde, por el contrario, se presentó la necesidad de pagar premios que no estaban proyectados en el presupuesto de gastos. Esto, obviamente, afecta la disponibilidad de recursos y limita la capacidad financiera de la empresa, especialmente en términos de liquidez y solidez. La transferencia que la Lotería, por Ley 643 de 2001 debía de remitir a la Seccional de Salud equivalente al 12 % era de $1.478.465, del cual transfirió según ejecución presupuestal la cantidad de $1.005.377 correspondiente al 68%. De acuerdo a este análisis presupuestal del recaudo y su transferencia, la Lotería refleja como cuenta por pagar a la Seccional por transferencia venta de Lotería Ordinaria, el valor de $92.407, correspondiente a la misma diferencia que arroja la ejecución presupuestal con respecto al valor transferido y según certificación de la Lotería; la diferencia del 12% sobre la venta y la trasferencia efectiva según ejecuciones, arroja una diferencia de $380.681, que constituyen un saldo por transferir a la salud a diciembre 31 de 2001 correspondiente a esta misma vigencia y que la Lotería del Quindío no refleja en sus saldos. El informe desarrollado por la Supersalud correspondiente a la vigencia en análisis, presenta un valor transferido por la Lotería del Quindío de $979.517 arrojando una diferencia frente al análisis de la Contraloría de $25.860.

16 La Lotería del Quindío no ha ajustado la elaboración de su presupuesto de acuerdo al Decreto 115 de 1996, lo que no permite identificar los gastos administrativos de los gastos de operación comercial, tanto por personal de nómina como por gastos generales, además que el Plan General de Contabilidad lo establece, todo esto contribuye a que las decisiones gerenciales no sean las mas apropiadas para la toma de decisiones y poder posicionar a la Lotería dentro del mercado como empresa rentable. Es importante destacar que a pesar de la recesión económica del país y en especial el eje cafetero, por la principal situación de su piso económico fundamentado en la producción cafetera, la Lotería se ha venido sosteniendo al punto a nivel nacional se sitúa un lugar medio de estabilidad entre la competencia. Además las políticas implementadas por la gerencia, contribuyeron a que ésta empresa fuera saliendo de las grandes dificultades económicas por la que atravesaba en vigencias anteriores. En lo que tiene que ver con Apuestas Permanentes, se encontró que el contrato de concesión y por consiguiente el estado de pérdidas y ganancias no se encuentra ajustado a los parámetros de la Ley 643 de 2001, cuando las regalías se registran sobre el porcentaje pactado en las cláusulas del contrato y no por el porcentaje sobre los derechos de explotación que debe cancelar el concesionario de acuerdo a la declaración de los ingresos brutos percibidos por la explotación del chance.