ARTÍCULO 54 DEL CODIGO DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE JALISCO

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Transcripción:

Instit tuto Jalisciense de Asistencia Social PRO OGRAMA SOCIAL DENOMINADO: ASISTENC CIA Y PROFESIONALIZACIÓN DE LAS AC ARTÍCULO 54 DEL CODIGO DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE JALISCO Artículo 54.- El Instituto Jalisciense se de Asistencia Social, es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto, promover, coordinar, apoyar y supervisar los servicios asistenciales que realicen las personas e instituciones dedicadas a la asistencia social privada. DESCRIPCIÓ ÓN GENÉRICA DEL PROGRAMA SOCIAL: El Instituto Jalisciense de Asisten ncia Social es un Organismo Público Descentralizado, regido por el Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco. Fue creado el 29 de diciembre de 1959, con la finalidad de prestar Servicios Asistenciales a la población mayormente marginadaa en el Estado de Jalisco. Los objetivos primordiales del IJAS son promover, coordinar, apoyar y supervisar los servicios asistenciales que realicen las personas e instituciones dedicadas a la Asistencia Social Privada, y el de representar a la Beneficencia Pública del Estado para todo efecto legal.

Actualmente IJAS tiene afiliados más de 700 Instituciones de Asistencia Social Privada (OSC o IAPs). INTRODUCCIÓN La Asistencia Social Privada se ha consolidado como el más fuerte colaborador con el Gobierno en sus diversos ámbitos, para promover la filantropía, el altruismo y el voluntariado. Es manifestación del deseo de las personas y organizaciones privados de estar presentes en el servicio a los demás, en el apoyo a los grupos vulnerables de la comunidad y promover solidariamente el desarrollo de todos los miembros de la sociedad sin propósito de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios, se crean las Instituciones de Asistencia Social Privada, conocidas en el ámbito nacional por las siglas IAP. Estas Instituciones Asistenciales, son conocidas también como OSC Organizaciones de la sociedad civil, las cuales constituyen espacios de voz y participación organizada de diferentes grupos, de tal manera que pueden llegar a contribuir en el desarrollo social y democrático de sus comunidades. Una Instituciones de Asistencia Social Privada según el Código Civil del Estado de Jalisco nace cuando varias personas convienen en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común, en este caso el apoyar a otras personas con servicios asistenciales, apoyo y colaboración con grupos de vulnerables o simplemente para relacionarse entre personas con una problemática en común que los identifica como grupos de la tercera edad, con discapacidades o enfermedades diversas, en recuperación por adicciones, etc. Estos organismos son constituidos como Asociaciones Civiles conforme al artículo 172 del Código Civil del Estado de Jalisco, y cumplen con determinadas características:

Son varias personas que convienen en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común; Deben desarrollar actividades que no estén prohibidas por la ley; y Sus objetivos que no tenga carácter preponderantemente económico. En el Estado de Jalisco se encuentran reguladas por el Código Civil y el Código de Asistencia Social ambos del Estado de Jalisco. GENERALIDADES DEL PROGRAMA SOCIAL: I. Objetivo del programa. Promover, coordinar, apoyar y supervisar los servicios asistenciales que realicen las personas e instituciones dedicadas a la asistencia social privada; ello en cumplimiento al artículo 54 del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco. II. Entre los servicios brindados: I. Asesoría para constituir en una Institución de Asistencia Social Privada; II. Asesoría para modificación de Estatutos de las Instituciones de Asistencia Social Privada; III. Reconocimiento por el Instituto Jalisciense de Asistencia Social; IV. Asesoría, Capacitación y Apoyo Fiscal Contable; V. Capacitaciones para la profesionalización de las Instituciones de Asistencia Social Privada en diversos temas; VI. Diagnostico de las Instituciones de Asistencia Social Privada; VII. Acompañamiento y seguimiento de los proyectos de Instituciones de Asistencia Social Privada; VIII. Asesoría para la elaboración de Proyectos y obtención de recursos para su ejecución, otorgados por el Gobierno del Estado de Jalisco conducto la Secretaria de Desarrollo Humano; y IX. Asesoría en materia de transparencia y derecho a la información. III. Fundamento Legal.

Artículo 54 del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco, disponiendo este último claramente que: Artículo 54.- El Instituto Jalisciense de Asistencia Social, es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto, promover, coordinar, apoyar y supervisar los servicios asistenciales que realicen las personas e instituciones dedicadas a la asistencia social privada. Así como, las disposiciones y proyecciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Estatal de Desarrollo que permiten el desarrollo y protección de grupos vulnerables de la sociedad. IV. Requisitos y trámites para acceder al Programa Social. Comunicarse con el área correspondiente para recibir asistencia y conocer los requisitos y trámites para cada servicio, según los temas de interés, siendo: I. Secretario y procurador Jurídico. Asesoría para constituir en una Institución de Asistencia Social Privada; Asesoría para modificación de Estatutos de las Instituciones de Asistencia Social Privada; Reconocimiento por el Instituto Jalisciense de Asistencia Social. II. Gerencia Asistencial. Asesoría, Capacitación y Apoyo Fiscal Contable; Asesoría para la elaboración de Proyectos y obtención de recursos para su ejecución, otorgados por el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto la Secretaria de Desarrollo Humano; así como federales y municipales a favor de la asistencia social, Supervisión del servicio asistencial; Canalización de donativos destinados a la asistencia social; Difusión de la labor asistencial de las Instituciones de Asistencia Social Privada. III. Desarrollo Institucional. Capacitaciones para la profesionalización de las Instituciones de Asistencia Social Privada en diversos temas; y Coordinar el Premio IJAS a la Asistencia Social.

IV. Unidad de Transparencia. Asesoría en materia de transparencia y derecho a la información. V. Área de seguimiento y acompañamiento. Diagnostico de las Instituciones de Asistencia Social Privada; y Acompañamiento y seguimiento de los proyectos de Instituciones de Asistencia Social Privada. V. Presupuesto asignado al Programa Social: Recibe un subsidio contenido en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Jalisco para el Ejercicio Fiscal del año 2014.. VI. Indicadores de desempeño y ejercicio del presupuesto: Pueden ser consultados en la página web oficial de la Secretaría de Planeación del Estado de Jalisco en la liga: http://www.jalisco.gob.mx/wps/portal/sriaplaneacion, o en la página WEB oficial del Instituto Jalisciense de Asistencia Social en la sección de transparencia en la liga www.ijas.gob.mx VII. Padrón de Beneficiarios. Las 808 Instituciones de Asistencia Social Privada que están registradas en el IJAS. Pueden ser consultados en la página web oficial del Instituto Jalisciense de Asistencia Social en la sección de Transparencia en la liga www.ijas.gob.mx VIII. Responsables de la aplicación del Programa Social: a) La Dirección General, la Secretaría y Procuraduría Jurídica y la Gerencia Asistencial, ubicadas en las Oficinas Generales IJAS. Ubicadas en Avenida Magisterio No. 1499 A en la Colonia Miraflores, Guadalajara Jalisco. Teléfono 01 (33) 38195300.