Oficina de Relaciones Laborales Sección Capacitación

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REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO Oficina de Relaciones Laborales Sección Capacitación 2010

Definiciones Beca: subvención económico que financia estudios del personal administrativo. Actividad de capacitación: todo evento que conlleve a la adquisición de nuevos conocimientos, habilidades o destrezas. Cursos cortos: actividad de capacitación cuya duración sea menor o igual a veinticuatro (24) horas (congresos, talleres, seminarios, workshops, etc.). Cursos mediano plazo: actividad de capacitación cuya duración sea no mayor a un (1) año (diplomados, cursos de especialización, etc.). Cursos largo plazo: actividad de capacitación cuya duración es mayor a un (1) año (plan adulto). Sorteo: método aleatorio para la concesión de una beca de estudios. TS: tiempo de servicio. 4

Reglamento del Programa de Becas PUCP Propósito Art. 1 Contribuir con el desarrollo profesional y personal de los trabajadores administrativos, así como atender las necesidades de capacitación, actualización o de formación académica de los trabajadores, que por sus características, deben ser tratadas de manera individual y no son contempladas en el Proceso de Capacitación interna / externa. Consideraciones iniciales Art. 2 Aceptar las disposiciones de la Oficina de Relaciones Laborales / Sección Capacitación como única entidad reguladora del proceso. Art. 3 La beca es personal e intransferible. De los Requisitos Art. 4 El candidato a becario deberá cumplir los requisitos de la actividad de capacitación (conocimientos previos, experiencia, grado académico, etc.). Si existe un proceso de admisión, el candidato a becario deberá ser admitido previamente. Art. 5 Presentar el Formulario de Inscripción debidamente completado, el cual se encuentra a su disposición en la Intranet (documentos\documentos de facultades y otras unidades\otras unidades\dirección de administración\oficina de relaciones laborales\formatos), Blog ORL (www.blog.pucp.edu.pe/orl) y en la Sección Capacitación. Art. 6 Ser personal administrativo, laborar a tiempo completo y cumplir lo siguiente: 5

Al menos un año de tiempo de servicio continuo para los cursos cortos Al menos dos años de tiempo de servicio continuo para los cursos de mediana y larga duración. Existe la posibilidad de que algunas convocatorias publiquen sus propios requisitos, en ese caso los postulantes deberán ceñirse a primeramente a dichos requisitos. Art. 7 Cada trabajador administrativo que cumpla los requisitos del Art. 6 podrá: Ser candidato a becario hasta en máximo de tres (3) veces en el año. Ser candidato a becario a una actividad de capacitación por convocatoria que realice la Oficina de Relaciones Laborales. Ser candidato a becario siempre que no haya sido despojado de una beca durante la vigencia del año, por cuestiones académicas o de incumplimiento de alguno de los artículos del presente reglamento. Ser candidato a becario siempre que no haya obtenido una beca en la vigencia del año o esté haciendo uso de alguna de ellas. De los tipos de actividades de capacitación Art. 8 A fin de brindar un servicio eficiente, la Oficina de Relaciones Laborales ha creído conveniente realizar una agrupación y definición de las diversas actividades de capacitación ofrecidas por la Universidad. Art.9 Curso Corto: actividad académica cuya duración sea menor o igual a veinticuatro (24) horas (congresos, talleres, seminarios, workshops, entre otros.) Para estos casos, la única modalidad de acceso es por sorteo. No hay límites de candidatos a becario. La cantidad de becas a conceder serán fijadas durante la etapa de Convocatoria. 6

Art.10 Curso de Mediana Duración: actividad académica cuya duración sea menor a un (1) año (diplomados, cursos de especialización, post-títulos, programas, entre otros.) La modalidad de acceso es por sorteo y/o evaluación según sea la convocatoria. No hay límites de candidatos a becario. La cantidad de becas a conceder serán fijadas durante la etapa de Convocatoria. Art.11 Curso de Larga Duración: actividad académica cuya duración sea mayor a un (1) año. La modalidad de acceso es por sorteo y/o evaluación según sea la convocatoria. Habrá un límite de candidatos a becario, siempre que se especifique en la convocatoria. La cantidad de becas a conceder serán fijadas durante la etapa de convocatoria. De los candidatos a becario Art. 12 Son candidatos a becario aquellos trabajadores administrativos que hayan presentado el Formulario de Inscripción debidamente completado y cumplan los requisitos para su postulación a la beca. Art. 13 Son obligaciones de los candidatos a becario: Brindar información veraz y oportuna a la Oficina de Relaciones Laborales. Comunicar a la Oficina de Relaciones Laborales cualquier imposibilidad de su participación en el proceso de asignación de becas. Rendir la evaluación para la obtención de la beca, en caso sea necesario. 7

Aceptar los resultados que se obtengan en la evaluación y que serán publicados por la Oficina de Relaciones Laborales. Art. 14 Son derechos de los candidatos a becarios: Participar del sorteo de becas. Solicitar la anulación de su inscripción. De los becarios Art. 15 Son becarios, los trabajadores administrativos que hayan sido acreedores de una beca de estudios y ésta se encuentre vigente. Art. 16 El becario se compromete a firmar: Un documento de compromiso con el Programa de Becas. Un convenio de capacitación. Un pagaré, en caso así lo considere la Universidad, para lo cual será necesario la firma de un aval quien no podrá ser familiar directo (cónyuge, hijos, ni padres). Art. 17 Respecto a la actividad de capacitación, el becario se compromete a: Asistir, en caso la actividad de capacitación sea presencial. Participar y desarrollar en todas las actividades académicas. Participar en la actividad de capacitación sin afectar el normal desenvolvimiento de sus funciones y los servicios que su unidad ofrece. Cumplir las disposiciones de aquellas actividades de capacitación que requieran un mínimo de asistencia y un mínimo de calificación para poder ser considerado como Aprobado. Obtener el certificado, diploma, constancia o graduarse satisfactoriamente. 8

Culminar la actividad de capacitación en el plazo máximo indicado en el siguiente cuadro y presentar a la Oficina de Relaciones Laborales los documentos que lo acrediten. Becas Duración Tiempo Límite Curso Corto 24 horas Sin plazo máximo Curso de Mediana Duración Curso de Larga Duración 0 3 meses 6 meses 6 9 meses 12 meses 9 12 meses 15 meses 1 a 1.5 años 2 años 1.5 2.5 años 3 años 2.5 3 años 4 años 5 años 6 años En caso de incumplimiento, el becario se verá afectado con las disposiciones expuestas en el enunciado Penalidades. Art. 18 Son derechos de los becarios: Solicitar la anulación y/o postergación de la beca. Art. 19 Al culminar la actividad de capacitación, el becario se compromete a presentar el diploma y/o certificado de notas a la Oficina de Relaciones Laborales en un período no mayor a 15 días hábiles. De ser necesario la presentación de un trabajo final, el becario se compromete a culminarlo en el plazo máximo de 3 meses, desde la culminación de la etapa académica de estudios. De ser necesario la presentación de una tesis, el becario se compromete a culminarlo en el plazo máximo de 1 año, desde la culminación de la etapa académica de estudios. 9

Art. 20 En caso de extinción de vínculo laboral el becario pierde la beca obtenida y se compromete a: Despido por falta grave: Asumir el 100% del costo de la beca que ha sido cancelada por la Universidad. De existir algún saldo pendiente de pago, éste deberá ser cubierto por el ex becario. Renuncia: Asumir el 50% del costo de la beca que ha sido cancelada por la Universidad. De existir algún saldo pendiente de pago, éste deberá ser cubierto por el ex becario. Término de contrato: Asumir el saldo pendiente de pago de la beca, en caso sea necesario. Para todos los casos, el saldo pendiente de pago de la beca, será calculado a la fecha de cese del trabajador y en forma proporcional a la duración de la actividad de capacitación, tomando en cuenta el importe cancelado por la Universidad. Del incumplimiento y consideraciones adicionales Art. 21 Restricciones: Sólo se entregará una beca al año por trabajador. En el caso del Plan Adulto el beneficio será otorgado una sola vez durante la vigencia de la relación laboral. Las becas ofrecidas podrán otorgarse tomando en cuenta la proporcionalidad de las categorías laborales y/o unidades de la Universidad. Este inciso será aplicable siempre que sea indicado expresamente durante la etapa de convocatoria. 10

Art. 22 Penalidades: En caso de obtener notas desaprobatorias el becario asumirá el 70% del importe de la beca cancelado por la Universidad. Asimismo deberá regirse a las disposiciones establecidas por la Unidad ejecutora de la actividad de capacitación. En caso de asistir regularmente y no graduarse por no presentar la tesis o el trabajo final, el becario tiene como máximo el plazo indicado en el Art. 19, en caso contrario deberá devolver el 50% del costo total de la beca. La continuidad de la beca de largo plazo está sujeta a la aprobación del la totalidad de asignaturas del ciclo académico. En caso de incumplir con la presentación del certificado y/o diploma de acreditación de culminación de la actividad de capacitación, el becario será penalizado con el 20% del costo total de la beca. Para el caso exclusivo del Programa de Ingles para Adultos, los becarios que desaprueben un curso, asumirán el costo de la mensualidad bajo la modalidad de descuento por planilla en dos cuotas iguales. Queda a potestad del becario volver a estudiar el curso desaprobado con sus propios recursos dentro de un plazo máximo de dos (2) meses y presentar los documentos que acrediten la aprobación de dicho curso a la Oficina de Relaciones Laborales, a fin de restablecer el beneficio de la beca. Para los casos exclusivos del Programa de Técnicos en Administración y del Programa EdEx, los becarios que desaprueben un curso perderán la beca y deberán asumir el costo del curso desaprobado, para ello se les descontará de su planilla de haberes el importe correspondiente en dos cuotas iguales. No tendrán opción a restablecer la beca. 11

Para los casos de Plan Adulto, los becarios que desaprueben una asignatura perderán la beca. El costo de los cursos pendientes por estudiar y de la asignatura desaprobada serán asumidos por el becario. Art. 23 Eventualidades Si por motivos ajenos a los establecidos en el procedimiento del Programa de Becas PUCP se cancela en cualquier momento la actividad de capacitación, el becario mantiene la beca el próximo inicio de la actividad de capacitación. Si el becario por razones de fuerza mayor no pudiera continuar sus estudios, la Oficina de Relaciones Laborales evaluará el caso teniendo en cuenta la gravedad del asunto. La Oficina de Relaciones Laborales será la responsable de emitir el veredicto final y el becario deberá aceptar la decisión que se tome en relación a su caso. 12