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Transcripción:

RELACIONES INTERNACIONALES BOLETÍN EUROPA AL DÍA Financiación del tercer programa de acción de la Unión en el ámbito de la salud para el período 2014-2020 Convocatoria de propuestas 2018 N.º 474 Febrero 2018 Se prohíbe la reproducción total o parcial del contenido de este Boletín Europa al Día sin citar la fuente o sin haber obtenido el permiso del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España.

Financiación del tercer programa de acción de la Unión en el ámbito de la salud para el período 2014-2020 Convocatoria de propuestas 2018 El anexo de la Decisión de Ejecución C (2017) 8350 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2017, establece las prioridades y acciones que se emprenderán para el año 2018, incluida la asignación de recursos humanos, para aplicar el Tercer Programa de acción de la Unión en el ámbito de la salud (2014-2020) establecido en virtud del Reglamento (UE) nº 282/2014 («el Reglamento del programa»). De conformidad con el artículo 11 del Reglamento del programa, la Comisión adopta, mediante actos de ejecución, los programas anuales de trabajo que establecerán, en particular, las acciones que deban emprenderse, incluida la asignación indicativa de recursos financieros. Estas acciones deberían estar dentro de los cuatro objetivos y las 23 prioridades temáticas identificadas en el anexo I. Prioridades del programa: 1. Promover la salud, prevenir las enfermedades y fomentar entornos que propicien estilos de vida saludables, teniendo en cuenta el principio de «salud en todas las políticas». 2. Proteger a los ciudadanos de la Unión de las amenazas transfronterizas graves para la salud. 3. Contribuir a sistemas de salud innovadores, eficientes y sostenibles; 4. Facilitar el acceso a una asistencia sanitaria mejor y más segura para los ciudadanos de la Unión. Las subvenciones para proyectos constituyen un instrumento de financiación en el marco del 3er Programa de Salud de la UE 2014-2020. El Programa promueve la salud en Europa mediante la cooperación entre los Estados miembros y está encaminada a mejorar las políticas sanitarias que benefician a sus ciudadanos. Su objetivo es apoyar y complementar las iniciativas de los Estados miembros en el ámbito de la salud. El Programa se traduce en diversos programas de trabajo anuales, en los que se definen distintas acciones en las áreas prioritarias establecidas en el Reglamento (UE) nº 282/2014 relativo a su creación. Sobre esta base, la Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud y Alimentación (CHAFEA) organiza cada año una convocatoria de propuestas.

Únicamente se considerarán para la financiación aquellas propuestas que se correspondan directamente con el asunto y la descripción expuestos en el programa de trabajo anual. Las propuestas que se limiten a abordar el área temática, pero que no se atengan a la descripción específica de una acción determinada, no se tendrán en cuenta. Qué se entiende por proyecto? Un proyecto es una iniciativa de colaboración entre diferentes organizaciones de distintos Estados miembros de la UE, que aúnan esfuerzos para ejecutar varias tareas con arreglo a un conjunto común de objetivos durante un período de tiempo definido. Todos los proyectos deberán: generar un alto valor añadido a escala de la UE, contar con la participación de un mínimo de tres socios (personas jurídicas independientes) de diferentes países, ser innovadores, y durar, normalmente, no más de tres años. Quién puede solicitar la subvención? Para ser beneficiario de una subvención a un proyecto de la UE, la organización ha de encontrarse legalmente constituida en: - La Unión Europea (cualquiera de los 28 Estados miembros) o un país que sea parte en el Acuerdo del Espacio Económico Europeo y haya confirmado su participación en el Programa. Además, si se cumplen las condiciones necesarias, podrán participar países terceros en el Programa de Salud conforme a lo especificado en la convocatoria de proyectos. - Podrán adjudicarse subvenciones a organizaciones legalmente constituidas, incluidas autoridades públicas y órganos del sector público, y en particular, a instituciones de investigación y salud, universidades, centros de enseñanza superior y organizaciones no gubernamentales. Podrán presentar una propuesta de proyecto como coordinador, o participar como otro beneficiario. Financiación en el marco del 3er programa de salud 2014-2020 Normalmente, el 60 % de los costes subvencionables del proyecto puede sufragarse mediante la contribución de la UE. Habida cuenta del carácter complementario e impulsor de las subvenciones comunitarias, un mínimo del 40 % de los costes del proyecto deberá ser financiado por las fuentes de los socios. En casos de una utilidad excepcional, los proyectos podrán recibir una cofinanciación de hasta el 80 % de los costes subvencionables. Los criterios de utilidad excepcional se definen en el programa de trabajo anual. Téngase en cuenta que los costes indirectos no son subvencionables para aquellos solicitantes que reciban una subvención de funcionamiento con cargo al presupuesto de la Unión durante el período considerado.

Principios generales Se aplicarán los siguientes principios generales a la financiación de los proyectos: - Norma sobre cofinanciación: es necesario disponer de recursos financieros propios, o de terceros, para contribuir a sufragar los costes del proyecto. - Norma de no rentabilidad: la subvención no puede tener por objeto o por efecto producir beneficio alguno para su organización. - Norma de irretroactividad: sólo podrá obtenerse cofinanciación para los costes en que se haya incurrido tras la fecha de inicio estipulada en el acuerdo de subvención. - Norma de no acumulación: cada acción podrá dar lugar a la adjudicación de una sola subvención por beneficiario (no se le podrá pagar dos veces). Cómo efectuar la solicitud Para presentar una propuesta de proyecto se utilizará el sistema electrónico de presentación. Se ampliará la información al respecto en el sitio web de Chafea cuando se ponga en marcha la convocatoria. La Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud y Alimentación (Chafea) es la sucesora de la Agencia Ejecutiva de Sanidad y Consumo (EAHC) en la gestión de la ejecución técnica y financiera del Programa de salud pública, así como del Programa de consumidores y la iniciativa de Mejora de la formación para aumentar la seguridad alimentaria. Convocatoria Tras el seguimiento de la adopción del Programa de trabajo 2018 del Tercer Programa para la acción de la Unión en el ámbito de la salud (2014-2020), Chafea lanzó a principios del 2018 una convocatoria de propuestas para proyectos con los siguientes temas: - Implementación de mejores prácticas: ampliación de la asistencia integrada - Apoyo a la cooperación voluntaria de los Estados miembros en materia de fijación de precios a través de la colaboración Euripid - Proyecto de códigos Orpha. Los solicitantes que participan en una propuesta de proyecto deben ser entidades legales diferentes (es decir, independientes entre sí) de al menos 3 países que participen en el Programa de Salud.

Solo las solicitudes de entidades establecidas en uno de los siguientes países son elegibles: - Estados miembros de la UE; - Islandia, Noruega; - Países que tienen un acuerdo bilateral con la Unión Europea de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (UE) nº 282/2014 sobre el establecimiento de un tercer programa de salud para la acción de la Unión en el ámbito de la salud (2014-2020). Presentación de propuestas: Las propuestas solo pueden enviarse electrónicamente a través del Sistema de Intercambio Electrónico del Portal de Participantes de Investigación e Innovación de la UE. Si su organización no está en el sistema de registro electrónico para el FP 7 / HORIZON 2020 y otros Programas, es decir, usted no tiene un número PIC de 9 dígitos (código de identificación del participante), regístrese en el Portal del participante. Elegibilidad del país Para recibir el apoyo financiero de la UE para un proyecto, es decir, para ser un coordinador u otro beneficiario, la organización debe estar legalmente establecida en: - Estados miembros de la UE; - Islandia, Noruega; - República de Serbia, República de Bosnia y Herzegovina y República de Moldova. Los países que tienen un acuerdo bilateral con la Unión Europea de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (UE) nº 282/2014 sobre el establecimiento de un tercer programa de salud para la acción de la Unión en el ámbito de la salud (2014-2020). Las organizaciones de otros países solo pueden participar como subcontratistas o partes interesadas colaboradoras. Cobertura geográfica: No hay un número mínimo de socios para que una propuesta sea elegible. Sin embargo, tenga en cuenta que se incluye un nuevo criterio de adjudicación en la cobertura geográfica de las propuestas: las actividades propuestas deben llevarse a cabo en al menos 3 países elegibles bajo el 3er Programa de Salud y estas actividades deben llevarse a cabo en áreas particularmente afectadas por la gran afluencia.

Cobertura financiera Los proyectos bajo la convocatoria pueden recibir hasta 60 u 80% de cofinanciación de los costos elegibles. Tenga en cuenta que los gastos generales (costos indirectos) no son elegibles para los solicitantes que reciben una subvención de funcionamiento del presupuesto de la Unión durante el período en cuestión. Tabla GNI para llamadas 2018 PDF El presupuesto total disponible para 2018 es de 62. 079.701 Euros http://www.cienciatec.org/wpcontent/uploads/2017/12/1_en_resume_annexe_part1_v3.pdf Fuente: CHAFEA *********