Nota de prensa. Se inicia la campaña para presentar las solicitudes de ayudas directas de la PAC para A partir de hoy, 1 de febrero

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Transcripción:

A partir de hoy, 1 de febrero Se inicia la campaña para presentar las solicitudes de ayudas directas de la PAC para 2018 Nota de prensa Cerca de 745.000 productores podrán solicitar las ayudas, cuyo plazo de presentación finaliza el próximo 30 de abril También se podrán presentar, en el mismo plazo, las solicitudes de pago de las medidas de desarrollo rural incluidas en el ámbito del sistema integrado de gestión y control y la solicitud de acceso a la Reserva Nacional del Régimen de Pago Básico Las cesiones de derechos de pago básico se podrán comunicar hasta el próximo 31 de mayo El importe total de las ayudas directas para la campaña 2018 asciende a 4.940 millones de euros, que se podrán abonar a partir del 16 de octubre En noviembre de 2017 y en enero de 2018 se han publicado dos Reales Decretos que modifican la normativa aplicada a las ayudas directas en esa campaña 2018. Se trata de ajustes técnicos que incorporan los cambios reglamentarios a la normativa nacional 01 de febrero de 2018. Hoy, 1 de febrero, se inicia la campaña de solicitud de ayudas de la PAC para 2018, que permitirá a 745.000 productores presentar, hasta el próximo 30 de abril, la Solicitud Única de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC). El importe total de las mismas asciende a 4.940 millones de euros, que se podrán abonar en forma de anticipos a partir del 16 de octubre y el saldo a partir del 1 de diciembre. Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. Es importante recordar la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles Página 1 de 6 TEL: 91 347 51 45 / 4580 FAX: 91 347 5580

penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo. Igual que en campañas anteriores, la Solicitud Única debe dirigirse a la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de la superficie de la misma y en caso de no disponer de superficie, se presentará en la comunidad autónoma en la que se encuentre el mayor número de animales. Las ayudas directas que se pueden solicitar se recogen en el Real Decreto aprobado a finales de 2014 sobre la aplicación a partir de dicho año de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, modificado en último lugar el 26 de enero de 2018. En estas normas se describen los requisitos necesarios para poder optar a cada ayuda y la información mínima que debe contener la Solicitud Única. Las ayudas que se pueden solicitar en 2018 son las siguientes: 1. Regímenes de ayuda comunitarios. Pago básico a los agricultores ("régimen de pago básico"); Pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente ( pago verde ); Pago complementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola. Pago del régimen para los pequeños agricultores 2. Regímenes específicos de ayudas por superficie: Pago específico al cultivo del algodón. 3. Regímenes de ayuda asociada voluntaria, en aplicación del artículo 52 del Reglamento (UE) 1307/2013. Ayuda asociada al cultivo del arroz Ayuda asociada a los cultivos proteicos Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas Ayuda asociada a las legumbres de calidad Ayuda asociada a la remolacha azucarera Página 2 de 6

Ayuda asociada al tomate para industria Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo. Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche. Ayuda asociada para las explotaciones de ovino. Ayuda asociada para las explotaciones de caprino. Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación d derechos de pago básico. Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico. Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico. SOLICITUDES DE PAGO DE MEDIDAS DE DESARROLLO RURAL También hoy se abre el plazo de presentación de las solicitudes de pago de las medidas de desarrollo rural incluidas en el ámbito del sistema integrado de gestión y control (básicamente ayudas por superficie y ayudas ganaderas), la solicitud de cesión de derechos de pago básico y la solicitud de derechos para la Reserva Nacional de Pago Básico que está orientada fundamentalmente hacia los jóvenes agricultores y hacia aquellos productores que se incorporan a la actividad agraria y que cuentan con una formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario. Respecto a las cesiones de derechos de pago básico, en esta campaña el cierre del plazo de presentación de las mismas se ha ampliado hasta el 31 de mayo. Asimismo, aquellos titulares que pertenecen al régimen de pequeños agricultores por percibir menos de 1.250, deberán presentar su ratificación de participación en dicho régimen, y en base a la misma únicamente se les exigirá, para poder cobrar la ayuda, que mantengan al menos el mismo número de hectáreas admisibles que el número de derechos de pago básico que se les haya asignado, así como que realicen la actividad agraria en la explotación que declaran en su Solicitud Única. También podrán presentar su solicitud de renuncia si desean cambiarse al régimen general. Página 3 de 6

SIGPAC Para facilitar la cumplimentación de la Solicitud Única y teniendo en cuenta que este año todos los solicitantes de ayudas deben presentar la denominada declaración gráfica, de acuerdo con el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), de todas las parcelas agrícolas de la explotación, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente pone la información necesaria a disposición de los solicitantes mediante el acceso al SIGPAC a través de su página Web (), de la Web del FEGA (www.fega.es) o de las comunidades autónomas. En el caso de que el SIGPAC no refleje la situación real de las parcelas y si se observa que los recintos no están correctamente delimitados, o si se ha cambiado el uso de algún recinto, el productor lo notificará a la Administración a través de la oportuna alegación. Un recinto cuya delimitación, u otra información registrada en el SIGPAC no sea veraz y coincidente con la realidad, puede dar lugar a una reducción de las ayudas solicitadas, especialmente si incluye elementos que no son subvencionables. CAMBIOS PRINCIPALES EN LA NORMATIVA Tal y como ya indicó el Ministerio cuando se publicaron, el 11 de noviembre y el 26 de enero, los Reales Decretos que modifican la normativa vigente para las ayudas directas a partir de la campaña 2018, se incorpora, a nuestro ordenamiento jurídico, la nueva reglamentación de la Unión Europea correspondiente a la revisión intermedia de los actos de base de la Política Agrícola Común (PAC) para el período 2014-2020, conocido como el Reglamento Ómnibus. Asimismo, se introducen diversos ajustes técnicos que mejoran la aplicación y eficacia en la gestión de los pagos directos de acuerdo con la experiencia adquirida a nivel nacional y europeo. Las modificaciones más destacables introducidas son las siguientes: Para incentivar la participación en las ayudas de los jóvenes agricultores, se duplica el valor de la ayuda complementaria a los jóvenes agricultores Página 4 de 6

hasta el 50% (hasta ahora era el 25%) del valor medio de los derechos de pago básico del joven. Se flexibilizan los criterios para determinar una superficie como pasto, ampliando el espectro de los pastos elegibles a todos aquellos pastos arbolados y arbustivos que realmente puedan pastarse, aunque el forraje de carácter herbáceo no sea mayoritario en esas superficies. No obstante, esto no exime para que en dichas superficies se aplique el correspondiente coeficiente de admisibilidad de pastos, con objeto de descontar zonas de masas de vegetación impenetrable, afloramientos rocosos u otros elementos improductivos dispersos por el pasto o si fuera el caso, pendientes elevadas. En lo que respecta al pago para las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, se incorpora la prohibición del uso de productos fitosanitarios en las superficies de interés ecológico (SIE) cuando computen como SIE, conforme a lo establecido por la nueva normativa europea. Las parcelas que se declaren como SIE deberán de marcarse de manera específica en la Solicitud Única. Por otra parte, también se incorporan elementos de flexibilización en esta medida destacando que los barbechos SIE no deberán destinarse a la producción agraria durante 6 meses en vez de los 9 meses que se exigía en campañas anteriores. También podrán computar como SIE los barbechos melíferos (es decir aquellos barbechos con alta presencia de especies melíferas) y las superficies de eulalias (Miscanthus) y silfo (Silphium perfoliatum). Se refuerza el control de la actividad agraria que se debe realizar anualmente en todas las parcelas de la explotación por las cuales se solicita ayuda y se mantiene invariable la figura del agricultor activo, a pesar de que el Reglamento Ómnibus permitía su flexibilización, con el fin de mantener la orientación de las ayudas hacia los agricultores y ganaderos con una actividad agraria real. Es obligatorio, a partir de 2018, la presentación de una declaración gráfica de las superficies para todas las explotaciones. Se exceptúa de esta obligación a las superficies de uso en común (pastos comunales, aparcerías, etc). Página 5 de 6

Se amplían las cesiones de derechos de pago básico sin tierra exentas de peaje, a los casos en los que esté implicado un joven agricultor. También se flexibilizan las condiciones requeridas en los cambios de titularidad de las explotaciones ganaderas, cuando el nuevo titular sea un joven agricultor, para poder percibir las ayudas asociadas a los ganaderos, en coherencia con la estrategia general de la PAC en busca de un impulso y apoyo al relevo generacional en el campo. Se establecen exigencias mínimas en la aplicación de estiércoles y purines, para reforzar el compromiso de la agricultura y ganadería con el medio ambiente. Todos estos aspectos serán de aplicación ya en la campaña 2018, buscando mejorar el compromiso de la PAC con el medio ambiente y la sostenibilidad y favorecer el relevo generacional. Página 6 de 6