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Transcripción:

ALERTA DE BIOMECÁNICA ALERTA Nº 20/2017 PLAN LÍNEA Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad. Convocatoria Retos-Colaboración 2017 ORGANISMO CONVOCANTE Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (MINECO) OBJETO DE LA CONVOCATORIA Apoyo a proyectos en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios. Con estos proyectos se pretende estimular la generación de una masa crítica en I+D+I de carácter interdisciplinar necesaria para avanzar en la búsqueda de soluciones de acuerdo con las prioridades establecidas en los Retos, promover la creación de empresas innovadoras, orientar la actividad de empresas ya existentes hacia la actividad innovadora, movilizar la inversión privada, generar empleo y mejorar la balanza tecnológica del país, así como reforzar la capacidad de liderazgo internacional del Sistema Español de Ciencia Tecnología e Innovación y de sus agentes, contribuyendo a mejorar la competitividad del tejido empresarial. BENEFICIARIOS a) Organismos públicos de investigación. b) Universidades públicas. c) Institutos de investigación sanitaria acreditados d) Otros centros públicos de I+D. e) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos. f) Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D. g) Otros centros privados de I+D. Centros con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal. h) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado. Solo podrán ser beneficiarias aquellas empresas, cuya constitución o inicio de actividad haya tenido lugar con anterioridad al 01/10/2017. i) Asociaciones empresariales sectoriales. Las agrupaciones de interés económico no podrán ser beneficiarias de estas ayudas. Solo podrán ser beneficiarias las asociaciones empresariales, cuya constitución o inicio de actividad haya tenido lugar con anterioridad al 01/10/2017. MODALIDADES DE PROYECTOS Proyectos de desarrollo experimental en cooperación. Las temáticas de los proyectos deberán estar alineadas con las prioridades establecidas en los Retos (ver Anexo I) del Programa Estatal de I+D+i orientada a los Retos de la Sociedad, así como con todas aquellas tecnologías complementarias de carácter 1/6

transversal que sirvan para desarrollar y completar el contenido de los Retos. Aunque el contenido del proyecto sea susceptible de dar respuesta a más de un Reto, o tener un carácter transversal, deberá elegirse un único reto de cara a su análisis y evaluación. Características de los proyectos: a) De cuantía: El presupuesto mínimo será de 500.000 b) De duración: Las actuaciones deberán ser plurianuales, parte del proyecto deberá realizarse en el año 2018 y se deberá solicitar ayuda para el año 2018. Como mínimo acabarán el 31 de diciembre de 2019 y como máximo acabarán el 31 de diciembre de 2021. c) De participación: - El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa. Esta empresa actuará como solicitante de la ayuda y como interlocutor con el órgano concedente. No obstante, se podrá nombrar como coordinador técnico del proyecto a otra de las entidades participantes en el proyecto, reflejándose las tareas que le sean encomendadas en el acuerdo de colaboración. Si no se eligiese a ningún coordinador técnico se entenderá que el representante de la agrupación asume las tareas de coordinación técnica. - El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado. - La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total del proyecto, siendo obligatorio que todas las entidades soliciten ayuda en todas las anualidades. Cómo mínimo se deberá presentar presupuesto y solicitar ayuda en una anualidad. - La suma de los porcentajes de participación empresarial deberá ser superior al 60% del presupuesto total presentado, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70% de dicho presupuesto. MODALIDAD Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS Las ayudas podrán tener forma de préstamos, anticipo reembolsable FEDER y subvención. Las entidades pertenecientes al sector público recibirán ayuda en forma de subvención. Universidades Públicas y los Organismos Públicos de Investigación recibirán ayuda en forma de subvención y en forma de Anticipo Reembolsable FEDER. Los organismos de investigación privados recibirán ayuda en forma de subvención. La intensidad máxima para los organismos de investigación será de hasta el 100% (siempre que, cuando dichos organismos realicen actividades económicas y no económicas, dispongan de una contabilidad que permita distinguir claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación). Las empresas y asociaciones empresariales pertenecientes al sector privado sólo podrán obtener ayudas en forma de préstamos. El importe máximo del préstamo podrá cubrir hasta el 95% del coste financiable del proyecto, respetando los límites de intensidad establecidos. 2/6

Para las empresas del sector público, cualquiera que sea su forma jurídica, la intensidad de ayuda será del 40 %. El cálculo de la intensidad de las ayudas en forma de préstamos se realizará en términos de subvención bruta equivalente: Pequeñas empresas: 60%; Medianas empresas: 50%; Grandes empresas: 40% Los préstamos tendrán las siguientes características: a) Tipo de interés: Euribor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria, o en su caso el primer día siguiente hábil. Si éste fuera negativo, el interés aplicable será el 0%. b) Plazo fijo de carencia: 3 años. c) Plazo máximo de devolución: 7 años. d) Plazo máximo de amortización: 10 años. COSTES SUBVENCIONABLES Personal - Organismos públicos de investigación, universidades públicas, institutos de investigación sanitaria, entidades de derecho público y otros organismos públicos de I+D seguirán la modalidad de costes marginales así como sus fundaciones, independientemente de que sean públicas o privadas (Modalidad COSTES MARGINALES) no serán financiables los costes del personal propio. Aunque no sean financiables, deberán incluirse obligatoriamente en el presupuesto del proyecto para que computen en relación a los requisitos de cuantía y de participación. - Para el resto de entidades (Modalidad COSTES TOTALES): Dedicación al proyecto de investigadores, técnicos y personal auxiliar, tanto del personal propio de la entidad como nuevas contrataciones. Las horas de trabajo financiadas deberán dedicarse exclusivamente al proyecto. Sólo se financiará el personal que pertenezca a los grupos de cotización 1, 2 y 3. Aparatos y equipos: Equipamiento necesario para la realización del proyecto excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico (PC, ordenadores portátiles, impresoras ). Se incluyen en este concepto de gasto los programas informáticos de carácter técnico y siempre que se justifique adecuadamente su necesidad en la memoria del proyecto. Cuando la adquisición de los equipos se realice por medio de leasing sólo se imputarán las cuotas pagadas hasta el 31 de diciembre de cada anualidad. - Organismos públicos de investigación, universidades públicas, institutos de investigación sanitaria, entidades de derecho público y otros organismos públicos de I+D seguirán la modalidad de costes marginales así como sus fundaciones, independientemente de que sean públicas o privadas (Modalidad COSTES MARGINALES) no serán financiables los costes de amortización de aparatos y equipos usados cuando estos hayan sido financiados con fondos públicos. Serán financiables los costes de adquisición de aparatos y equipos nuevos siempre que se dediquen en exclusiva al proyecto y su vida útil coincida con la duración del mismo. - Para el resto de entidades (Modalidad COSTES TOTALES): costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, tanto de los aparatos y equipos nuevos como usados. Materiales. Gastos de material fungible y consumibles directamente derivados del proyecto. Material de oficina y consumibles informáticos no se financiarán, por tener la consideración de gastos generales. Auditoría de Cuentas. Hasta un máximo de 1.200 euros por entidad beneficiaria y anualidad. No será financiable a las entidades que estén obligadas a auditar sus cuentas. 3/6

Sí se considera financiable para las universidades públicas y para los organismos públicos de investigación. Subcontratación. Podrán subcontratarse aquellas actividades del proyecto que forman parte de la actuación subvencionada, pero que no pueden ser realizadas por si misma por la entidad beneficiaria (deberá acreditarse en la memoria técnica). - El presupuesto global de la actividad subcontratada por beneficiario no podrá ser superior al 50% del presupuesto de dicho beneficiario. - Cuando, para cada entidad beneficiaria en la anualidad considerada, la actividad concertada con terceros exceda del 20 % del importe de la ayuda y dicho importe sea superior a 60.000, la subcontratación estará condicionada a que el contrato se celebre por escrito, sea enviado y previamente autorizado por el órgano de concesión. Otros costes directos: - Patentes. Gastos de solicitud de patentes generadas por el proyecto (no financiables para grandes empresas). - Gastos de consultoría. Para la gestión del proyecto. Sólo podrá solicitar financiación para este concepto el representante de la agrupación. Se financiará hasta un máximo de 10.000 /año, siempre que dichos costes no formen parte de los costes generales de la entidad. - Contratos y asistencias técnicas. Prestaciones de servicios que estando relacionadas con el proyecto, no constituyen en sí mismas parte de la actividad subvencionada y que por lo tanto no son susceptibles de subcontratación. - Viajes. Se financiarán los viajes estrictamente necesarios para la realización del proyecto y con un importe máximo 2.000 por participante y año. No se considerarán financiables los viajes correspondientes a asistencias a congresos, jornadas u otras actividades de difusión. Únicamente se admitirán viajes referidos a trabajadores imputados en el apartado de costes de personal, y siempre que aparezcan nominativamente identificados en la justificación o en la solicitud de ayuda. Costes Indirectos: asociados a los costes del personal asignado al proyecto. No se financiarán los gastos de difusión, asistencia a congresos y los gastos derivados de las publicaciones. REQUISITOS ESPECÍFICOS Garantías: Las subvenciones y el Anticipo Reembolsable FEDER no necesitarán la presentación de ningún tipo de garantía para su concesión. Cuando el préstamo total concedido a un beneficiario por proyecto sea mayor o igual a 200.000, el beneficiario estará obligado a la presentación de garantías por el 25% del préstamo concedido. En cada anualidad deberá presentarse la garantía correspondiente al 25% de préstamo concedido en dicha anualidad. Cuando el préstamo total concedido al proyecto sea mayor o igual que 1.000.000, todos los beneficiarios que reciban préstamo estarán obligados a la presentación de garantías por el 25% del préstamo concedido a cada beneficiario. En cada anualidad deberá presentarse la garantía correspondiente al 25% de préstamo concedido en dicha anualidad. OBSERVACIONES Las ayudas deben tener efecto incentivador por lo que el proyecto no debe haber comenzado antes de que se solicite la ayuda. El pago de la ayuda se realizará individualmente a cada uno de los participantes en el proyecto. 4/6

DOTACIÓN Las ayudas serán abonadas anticipadamente. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos. En el caso de que un miembro de la agrupación no responda de las obligaciones de reintegro, cada miembro de la misma responderá solidariamente, teniendo como límite las cantidades de ayuda efectivamente recibidas por cada beneficiario. No obstante lo anterior, cada miembro de la agrupación responderá individual y exclusivamente de la amortización del préstamo que le haya sido asignado y de los incumplimientos en las devoluciones de las cuotas de amortización de los préstamos, no aplicándose por tanto la responsabilidad solidaria a la devolución de los préstamos. El órgano instructor recabará cuantos informes estime necesarios para la valoración de la idoneidad financiera y presupuestaria de las empresas participantes en el proyecto, así como para obtener su clasificación de solvencia y determinación de empresa en crisis Cuando los resultados no sean susceptibles de protección de derechos de propiedad industrial o intelectual, las publicaciones científicas resultantes, total o parcialmente, deberán estar disponibles en acceso abierto. Para ello los autores podrán optar por publicar en revistas de acceso abierto o bien por autoarchivar en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto los trabajos que hayan sido aceptados para su publicación. Ver Criterios de Evaluación en Anexo II. La percepción de estas ayudas será compatible con la percepción de otras subvenciones. 399.400.000, de los cuales: - 99.400.000 para la modalidad de subvención (mismo importe en ) - 300.000.000 para anticipo FEDER y préstamo (487.000.000 en ) PLAZO Del 14 de noviembre al 13 de diciembre de 2017 a las 15:00 h MÁS INFORMACIÓN MINECO: Retos Colaboración DISTRIBUCIÓN Socios numerarios de la Asociación IBV y socios corporativos de la Asociación CVIDA Actualizado: 07/11/2017 Anexo I: Retos (R1) Salud, cambio demográfico y bienestar. (R2) Seguridad y calidad alimentarias; actividad agraria productiva y sostenible, recursos naturales, investigación marina y marítima. (R3) Energía, segura, eficiente y limpia. (R4) Transporte inteligente, sostenible e integrado. (R5) Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas. (R6) Cambios e innovaciones sociales. 5/6

(R7) Economía y sociedad digital. (R8) Seguridad, protección y defensa. Anexo II: Criterios de Evaluación a) Excelencia técnica, innovadora y económica del proyecto. 30 puntos. 1.º Adecuada definición de los objetivos y de la metodología del proyecto. 12 puntos. 2.º Principales elementos innovadores del proyecto. 10 puntos. 3.º Correcta adecuación del presupuesto a la actividad del proyecto. 8 puntos. b) Capacidad técnica y económica del consorcio. 15 puntos. Antecedentes y complementariedad de los miembros del consorcio. Capacidad técnica y económica. c) Explotación de resultados esperados y orientación al mercado. 20 puntos. 1.º Estudios de análisis y previsión de mercados. 15 puntos. 2.º Generación y explotación de patentes y/o modelos de utilidad. 5 puntos. d) Impacto socioeconómico. 15 puntos. 1.º Creación de empleo directo de los miembros del consorcio y medidas orientadas a la igualdad de género. 8 puntos. 2.º Inversión privada movilizada por los miembros del consorcio. 7 puntos. e) Proyección internacional. 20 puntos. 1.º Participación en programas de I+D+i internacionales de los miembros del consorcio. 8 puntos. 2.º Capacidad para la apertura de mercados y relaciones internacionales. 12 puntos. El Instituto de Biomecánica de Valencia pone a disposición de los socios un servicio de alertas de ayudas y subvenciones públicas de apoyo a la I+D. El objetivo de este servicio es informar a las empresas, a través del envío de fichas-resumen, de las ayudas y subvenciones convocadas por la Administración Autonómica Valenciana, por la Administración Central y por la Unión Europea, con la intención de identificar posibles vías de financiación de sus proyectos empresariales. Estas fichas contienen información sobre destinatarios, condiciones y plazos para concurrir a las convocatorias y son enviadas a los socios, de forma temprana, una vez salen publicadas en los boletines oficiales correspondientes. 6/6