El valor del agua cruda se calcula de acuerdo a la metodología descrita en las Bases definitivas.

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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS 5-1 5 DETERMINACION DEL VALOR DEL AGUA CRUDA El valor del agua cruda se calcula de acuerdo a la metodología descrita en las Bases definitivas. 5.1 Situación del Mercado de Agua en la IIIRegión Mediante Oficio Ord. N 1355 de fecha 15 de abril de 2013 la SISS consultó a la Dirección General de Aguas por la disponibilidad de derechos de agua superficiales y subterráneos de la III Región. A través de oficio Ord. N 358 de fecha 10 de mayo de 2013 la Dirección General de Aguas informó que no existe disponibilidad de obtener nuevos derechos de agua para las fuentes superficiales de las cuencas de los ríos Copiapó, Huasco y Salado. Tampoco existe disponibilidad de obtener nuevos derechos de agua en las fuentes subterráneas de los acuíferos dela cuenca del Río Copiapó y los acuíferos de Huasco Desembocadura, Vallenar Alto y El Tránsito, estos últimos pertenecientes a la cuenca del Río Huasco. El mismo oficio indica también aquellos acuíferos con disponibilidad,donde es posible obtener nuevos derechos, por lo que el valor del agua cruda (VAC) se considera igual a cero. Cuadro N 5.1 Situación aguas subterráneas y superficiales en cuencas de la III región Situación Cuenca Río Copiapó Acuífero Aguas Arriba de Embalse Lautaro Embalse Lautaro La Puerta La Puerta Mal Paso Mal Paso Copiapó Copiapó Piedra Colgada Agua subterránea Agua superficial Piedra Colgada Desembocadura Huasco Desembocadura Río Huasco Freirina Bajo Freirina Alto Vallenar Bajo Vallenar Alto Embalse Santa Juana Con disponibilidad Con disponibilidad El Tránsito Río del Carmen Con disponibilidad Río Salado Sin estudio Nota: Aguas subterráneas con disponibilidad al 30 de junio de 2010

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS 5-2 Cabe señalar que en los sectores acuíferos de Freirina Bajo, Freirina Alto, Vallenar Bajo, Embalse Santa Juana y Río del Carmen, la situación informada por la Dirección General de Aguas a mayo de 2013- corresponde a con disponibilidad al 30 de junio de 2010 lo que indica que esos sectores poseen una recarga media anual suficiente para satisfacer la demanda de aguas subterráneas comprometida a junio de 2010, por lo que en estos casos el acuífero se encuentra abierto. Por último, se informa que las aguas subterráneas del Río Salado no han sido estudiadas, por lo que en este sector tampoco se ha determinado el cese de los otorgamientos de derechos de agua subterránea. Por su parte, la empresa modelo sólo considera fuentes subterráneas de agua cruda conlos siguientes sistemas y fuentes asociadas: Cuadro N 5.2 Fuentes subterráneas Fuentes Subterráneas Sistema que abastece Disponibilidad DGA COPIAPO-TIERRA AMARILLA-CALDERA- Acuífero Copiapó Piedra Colgada CHAÑARAL Sin Disponibilidad Acuífero Piedra Colgada- COPIAPO-TIERRA AMARILLA-CALDERA- Desembocadura CHAÑARAL Sin Disponibilidad Acuífero HuascoVallenar Bajo FREIRINA-HUASCO Con Disponibilidad Acuífero HuascoVallenar Alto FREIRINA-HUASCO Sin Disponibilidad Acuífero Rio Salado DIEGO DE ALMAGRO-EL SALADO Con Disponibilidad Acuífero Rio Salado INCA DE ORO Con Disponibilidad Para los sistemas asociados a fuentes sin disponibilidad se determina el VAC de acuerdo a la metodología establecida en las Bases definitivas, mientras que en los sistemas asociados a fuentes queno han sido declaradas sin disponibilidad por la DGA, el VAC se considera igual a cero. 5.2 Cálculo del Valor del Agua Cruda Las bases definitivas indican que el cálculo se debe realizar en base a las transacciones de derechos de agua registradas en el respectivo Conservador de Bienes Raíces en el período 2008 2012. Por ende, se realizó un levantamiento de esta información en todos los conservadores registrados, con los resultados que se detalla más adelante. Complementariamente, las bases establecen que para realizar este cálculo, existan al menos 20 transacciones validadas de derechos de agua permanentes, consuntivos y continuos, en el período de cinco años previos. Además, las transacciones depuradas autilizar deben ser de mutuo acuerdo entre la SISS y el prestador, proceso que se realizó dentro del plazo exigido por las bases. En el proceso de acuerdo de la base de transacciones se realizó la depuración de las transacciones de acuerdo a los criterios establecidos: Unión de inscripciones relacionadas; Inexistencia de la información del número de acciones o del caudal que se transa; Imprecisión

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS 5-3 del valor de la transacción; Imposibilidad de identificar el tipo de ejercicio de que se trata o transacciones que corresponden a derechos que no sean consuntivos, permanentes o continuos; Compraventas en conjunto con otros bienes; Tratos con calidad de herencias, derechos de aguas originales, traspasos simbólicos entre familiares y, en general, todas las transacciones cuyo título sea distinto a la compraventa; Transacciones hechas por empresas sanitarias; Transacciones con caudales inferiores a 0,05 l/s. Una vez aplicado estos criterios, se acordó una base de 657 transacciones depuradas distribuidas de la siguiente manera por Conservador de Bienes Raíces y naturaleza del derecho de agua: Cuadro N 5.3 Transacciones acordadas y depuradas Sector Nº transacciones CBR Copiapó Derechos de agua subterránea 81 Derechos de agua superficial 75 Total CBR Copiapó 156 CBR Vallenar Derechos de agua subterránea 8 Derechos de agua superficial 493 Total CBR Vallenar 501 Se advierte que en el Conservador de Bienes Raíces de Vallenar sólo se registran 8 transacciones depuradas de derechos de agua subterránea, por lo que el VAC del acuífero Huasco-Vallenar, corresponde determinarlo mediante la aplicación del método indirecto. Adicionalmente, las Bases definitivas establecen una metodología especial para determinar el valor de los derechos de agua en el Acuífero de Copiapó, la que se encuentra descrita en Anexo, basada en las operaciones donde la empresa sanitaria compra o arrienda derechos de agua entre el período 01-03-2010 y 28-02-2013 (ambas fechas inclusive). 5.2.1 Metodología especial: Acuífero de Copiapó Aguas Chañar presenta 13 operaciones de arriendo, de las cuales 2 se descartaron por ser meras ofertas que no concluyeron en contratos suscritos en el período relevante; 5 casos se refieren a concesiones gratuitas, las que se tratan como aportes de terceros tal como establecen las bases; y otros 2 casos no se consideran debido a que no corresponden al periodo a considerar. En consecuencia, se determina que sólo 4 contratos son pertinentes para estimar el VAC en el Acuífero de Copiapó, los cuales tienen las siguientes características:

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS 5-4 Cuadro N 5.4 Información de contratos de arriendo suscritos por Aguas Chañar entre 01-03-2010 y 28-02-2013 Fecha Arrendador Caudal Monto Observación 04-04-2011 Loreto Grossi 14 l/s 463 UF/año 08-07-2011 Marco Antonio Ghiglino 6,5 l/s 30 UF/mes 21-09-2011 Agrícola Los Troncos 80 l/s 230 UF/mes 15-02-2013 Agrícola y Comercial Vercelli 60 l/s $500.000.000/5 años Gratuito los 7 primeros años, valor rige por 14 años posteriores A partir de esta información, se determina el VAC mediante la siguiente conversión: En primer lugar se expresa el monto enunidades de fomento por año. Debido a que el caudal es un flujo (litros por segundo) no se requiere ajustar por razones temporales. Con esta información, se calcula el precio anual del arriendo igual al ratio entre el monto anual y el caudal arrendado- lo que se expresa en unidades de fomento por litro por segundo al año (UF/l/s). Dado que se requiere determinar el valor de la inversión en derechos de agua es necesario determinar el valor del activo, el cual se considera igual al valor presente de los flujos futuros que genera el activo. Como el precio de arriendo valora el flujo del recurso por un año, la conversión a precio del derecho de agua o, equivalentemente, el valor del activo que genera un flujo anual igual al precio del arriendo anualizado, se realiza mediante el cálculo de la perpetuidad con la característica que el derecho de agua no se extingue. Finalmente, el valor del derecho de agua que se desprende de cada contrato es igual al precio de arriendo anualizado dividido por la tasa de descuento relevante a la empresa modelo, la que asciende a 7%. Los resultados de este ejercicio se presentan en el siguiente cuadro: Cuadro N 5.5 Precio del derecho de agua que se desprende de los contratos de arriendo Fecha Arrendador Monto anual Caudal Precio de arriendo anual Precio del derecho de agua 04-04-2011 Loreto Grossi 463 UF/año 14 l/s 33,07 (UF/l/s )/año 472,45 UF/l/s 08-07-2011 Marco Antonio Ghiglino 360 UF/año 6,5 l/s 55,4 (UF/l/s)/año 791,21 UF/l/s 21-09-2011 Agrícola Los Troncos 2.760 UF/año 80 l/s 34,50 (UF/l/s )/año 492,86 UF/l/s 15-02-2013 Agrícola y Comercial Vercelli 4.383 UF/año 60 l/s 73,04 (UF/l/s )/año 1043,49 UF/l/s En definitiva, el valor del agua cruda en el acuífero de Copiapó se determina por el promedio ponderado del precio de los derechos de agua que se desprende de los contratos de arriendo, el que asciende a 709 UF/l/s.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS 5-5 Por último, cabe destacar que este resultado considera que el valor determinado en el contrato de Aguas Chañar con Agrícola Los Troncos no se encuentra distorsionado por la compensación que Aguas Chañar recibe con la liberación del pago por los primeros 7 años de vigencia del contrato, ya que en el contrato se desprende que las partes acordaron que el uso gratuito del pozo por los primeros siete años compensa el perjuicio que Agrícola Los Troncos le causó a Aguas Chañar por el uso indebido de aguas. 5.2.2 Método de Valor de Transacciones Con la base depurada y los precios expresados en UF/l/s ($ de Diciembre de 2012), se identifica el conjunto de transacciones para cada sector. Luego, en una primera instancia se analiza si las transacciones entre empresas relacionadas se realizan a un precio distinto de las demás transacciones; de acuerdo al resultado de este test se incluye o descartan las transacciones entre empresas relacionadas. En una segunda etapa, con la base de transacciones depurada y la exclusión contingente de las transacciones entre empresas relacionadas, se revisa si existe una relación estadísticamente significativa entre el caudal transado y el precio, mediante la estimación de la elasticidad caudal del precio y la estimación del coeficiente de correlación de Kendall, ambos métodos aplicados para establecer si la relación entre precio y caudal es significativa 1. Posteriormente se realiza el cálculo de estadígrafos robustos que conforman el conjunto de posibles candidatos para determinar el VAC, estos son: Mediana, Media Biponderada, Media de Huber, y el Estimador de Razón sin outliers o Promedio Ponderado sin outliers. Para medir la dispersión se utiliza la desviación estándar. Cuando se detectó una relación significativa estadísticamente entre precio y caudal en el mercado de derechos de agua, se ponderó las observaciones de precio por el caudal transado, De esta forma, el VAC se calculó como el precio promedio ponderado por caudales robusto. Por el contrario, si no se detecta una relación significativa estadísticamente entre precio y caudal, el VAC se determina por el estadígrafo robusto que registre una menor desviación típica respecto a la serie depurada de precios, excluyendo el promedio ponderado en este caso. Se evalúa su aplicación para el acuífero Huasco-Vallenar determinándose que no es posible calcular el valor de los derechos de agua a partir de las transacciones disponibles en este acuífero, como se explica en el punto siguiente. 1 Si ambos indicadores son estadísticamente distintos a cero, con sus respectivas pruebas de hipótesis, permite no rechazar la hipótesis de una relación estadísticamente significativa.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS 5-6 5.2.3 Método indirecto: Acuífero Huasco-Vallenar En el Acuífero Huasco-Vallenar sólo se registran 8 transacciones depuradas-acordadas para el quinquenio 2008 a 2012. Al revisar las transacciones acordadas en el V proceso tarifario se constata que se acordaron 21 observaciones de derechos de agua subterránea en el CBR de Vallenar, de los cuales 2 corresponden a la comuna de Alto del Carmen y 19 a la comuna de Vallenar. En primera instancia, se considera a la comuna de Alto del Carmen como parte del Acuífero Huasco-Vallenar debido a la cercanía con Vallenar en comparación a Freirina. Debido a que las transacciones provenientes del V proceso tarifario tienen la particularidad de que 12 de las 17 observaciones son realizadas por el mismo comprador a 6 parientes en dos días, al agregar estas 12 transacciones en sólo 2 de acuerdo a la fecha de transacción, se consiguen 15 transacciones depuradas, con las cuales no es posible aplicar el método directo, con lo que se recurre al método de valoración indirecta. El valor indirecto de los derechos de agua subterránea corresponde al mínimo valor entre las siguientes alternativas. Valor del derecho de agua superficial en el mismo mercado: este caso corresponde a la 3ª sección del Río Huasco: Tercera Sección Río Huasco: 152 UF/l/s Valor del derecho de agua subterránea de otro mercado que sea asimilable en características hidrológicas y condiciones de oferta y demanda por derechos de agua: en este caso no se considera que exista. Valor del derecho de agua subterránea obtenido para la misma fuente en el estudio final del proceso tarifario anterior (siempre y cuando este valor sea mayor que cero), el que correspondió al valor del mercado superficial de la tercera sección del río Huasco, enviado oficialmente por la Superintendencia de Servicios Sanitarios al Ministerio de Economía mediante ORD. N 253 de 25.01.2010: Tercera Sección Río Huasco proceso tarifario anterior: 113,05 UF/l/s La estimación de los valores de la tercera sección del río Huascose realiza con el método de valor de transacciones descrito en el punto 5.2.2. El test para determinar si las empresas relacionadas transan a un precio distinto al resto de los intercambios indica que se debe excluir las transacciones entre empresas relacionadas.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS 5-7 Cuadro N 5.9 Test de empresas relacionadas Sector Nº transacciones Nºobs.empresa relacionada 3ª sección Río Huasco 358 7 Semi elasticidad -0.0801102 (0,884) Semi elasticidad controlando por q -0.1482051 (0,713) Los resultados indican que no procede descartar las transacciones entre empresas relacionadas. Los dos test que miden la relación entre precio y caudal concluyen que precio y caudal dependen mutuamente. Cuadro N 5.10 Indicadores de la relación entre precio y caudal Sector Nº transacciones Elasticidad caudal del precio (p-value) 3ª sección Río Huasco 358 0,751811 (0,000) Tau de Kendall precio y caudal (p-value) 0,4302 (0,0000) Finalmente, los estadígrafos robustos que se obtienen son: Cuadro N 5.11 Estadígrafos robustos y desviación típica, valores en UF/l/s Sector Nº Promedio ponderado robusto 3ª sección Río Huasco 25 152 (4907) Mediana 123 (4910) Media Biponderada 119 (4910) Media de Huber 122 (4910) En consecuencia, el VAC en la 3ª sección del Río Huasco 2 alcanza las 152 UF/l/s. Finalmente, el método indirecto se aplica sobre los siguientes valores: 2 Para expresar el VAC de la 4ª sección del Río Huasco en UF por litro por segundo se utiliza el factor de conversión 2,86 litros por segundo por cada acción.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS 5-8 Cuadro N 5.12 Alternativas método indirecto, valores en UF/l/s Agua superficial mismo sector Huasco-Vallenar Valor V PT 152 113,05 La aplicación del método indirecto de valoración obtiene un VAC de 113,05 UF/l/s para el acuífero Huasco-Vallenar, valor establecido en el V PT para este acuífero (el que a la vez se obtuvo con las transacciones de la 3ª sección del Río Huasco en el V PT). 5.2.4 VAC Determinado Aguas Chañar En conclusión, a partir de la aplicación de la metodología de determinación del Valor del Agua Cruda, se estima los siguientes valores en los mercados de derechos de agua donde la empresa modelo registra fuentes. Cuadro N 5.13 VAC determinado, VI PT Aguas Chañar Mercado VAC UF/l/s Acuífero Copiapó 709 Acuífero Huasco-VallenarAlto (indirecto) 113,05 Acuífero Huasco-Vallenar Bajo 0 Acuífero Río Salado 0