1 M PEPAC/CEE/030/2018 ACUERDO IMPEPAC/CEE/030/2018, QUE PRESENTA LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL REGISTRO DEL CONVENIO DE COALICIÓN PARA POSTULAR CANDIDATA (O) AL CARGO DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MORELOS, PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2018-2024, SUSCRITO POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS ACCIÓN NACIONAL Y MOVIMIENTO CIUDADANO. ANTECEDENTES l. Con fecha diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en específico en materia político-electoral, destacando la creación del Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales. 2. El veintitrés de mayo correspondiente al año dos rnil catorce, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, así como se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, previéndose la obligación de los organismos públicos locales de atender las disposiciones contenidas en los dispositivos legales que le obligan, en concreto por lo que hace a las primeras de las leyes mencionadas. 3. El día veintisiete de junio de dos mil catorce, se publicó en el Periódico Oficial 'Tierra y Libertad", órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos, el Decreto número mil cuatrocientos noventa y ocho, por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, destacando la previsión de la función estatal de organización de las elecciones a cargo del organismo público electoral de Morelos; en ese sentido se advierte la transición del otrora Instituto Estatal Electoral en los términos de la reforma político-electoral llevada a cabo a nivel nacional, al surgimiento de un organismo público local. 4. En fecha treinta de junio correspondiente al año dos mil catorce, fue publicado en el Periódico Oficial 'Tierra y Libertad", el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos, por el cual se abrogó ACUERDO IMPEPAC/CEE/030/2018, QUE PRESENTA LA SECRETARIA E.JECUTIVA DEL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN UDADANA. MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL REGISTRO DEL CONVENIO DE COALICIÓN PARA OSTULAR CANDIDATA {O) AL CARGO DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MORELOS. PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2018-2024. SUSCRITO POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS ACCIÓN NACIONAL Y MOVIMIENTO CIUDADANO. lde37
1 M PEPAC/CEE/030/2018 el Código Electoral para el Estado Libre y Soberano de Morelos, y en el cual se establece formalmente la denominación, integración y funcionamiento del actual Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana. 5. El siete de septiembre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitió el acuerdo INE/CG661/2016, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, el cual tiene por objeto regular las disposiciones aplicables en materia de instituciones y procedimientos electorales, así como la operación de los actos y actividades vinculados al desarrollo de los procesos electorales que corresponde realizar, en el ámbito de sus respectivas competencias, al Instituto Nacional Electoral y a los Organismos Públicos Locales de las entidades federativas. 6. Con fecha veintisiete de abril de dos mil diecisiete, se publicó en el Periódico oficial 'Tierra y Libertad", número 5492, la Declaratoria y el DECRETO NÚMERO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO por el que se reforman, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos. en materia electoral. 7. El veintiséis de mayo del año próximo pasado, se publicó en el Periódico oficial "Tierra y Libertad", número 5498, el DECRETO NÚMERO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS, por el que se reforman diversas disposiciones del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos y de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, en materia electoral. 8. El día nueve de agosto de dos mil diecisiete, en el Periódico Oficial "Tierra y Libertas", Número 5522, 6 9 Época, fue publicada la Convocatoria emitida por el Congreso del Estado, dirigida a todos los ciudadanos y partidos políticos del Estado de Morelos. a participar en el proceso electoral ordinario que tendrá lugar el día primero de julio de año dos mil dieciocho, para la elección de Gobernador, integrantes de Congreso y de los Ayuntamientos del Estado de Morelos. 9. En sesión solemne el pleno del Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, celebrada el ocho de septiembre de la pasada anualidad, se dio inicio formal al proceso ACUERDO IMPEPAC/CEE/030/2018. QUE PRESENTA LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL REGISTRO DEL CONVENIO DE COALIOÓN PARA POSTULAR CANDIDATA (O) AL CARGO DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MORELOS, PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2018-2024, SUSCRITO POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS ACCIÓN NACIONAL Y MOVIMIENTO CIUDADANO. 2de37
1 M PEPAC/CEE/030/2018 _ electoral local ordinario 2017-2018, en el que se elegirán al Gobernad r del Estado, miembros del Congreso local e integrantes de los 33 Ayuntamientos de la Entidad. 10. El seis de septiembre de dos mil diecisiete, el Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC) emitió el acuerdo IMPEPAC/CEE/056/2017, mediante el cual aprobó Calendario de Actividades a desarrollar durante el proceso electoral ordinario local del Estado de Morelos 2017-2018. Período para recibir la solicitud de registro de convenios de coalición para la elección de Gobernador, señalado el día tres de enero de dos mil dieciocho. Registro y aprobación de los Convenios de Coalición para la elección de Gobernador, comprendido del día cuatro de enero al día catorce de enero de dos mil dieciocho. 11. Con fecha tres de enero de dos mil dieciocho, se presentó escrito dirigido a la M. en C. Ana Isabel León Trueba, Consejera Presidente de este Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, suscrito por el ciudadano Juan Carlos Martínez Terrazas, en su en su carácter de Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional, mediante el cual presenta la documentación relativa al convenio de coalición electoral denominada "POR MORELOS AL FRENTE... suscrita entre los partidos políticos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano, para postular candidato a Gobernador Constitucional del Estado de Morelos, suscrito por los institutos políticos antes citado, de conformidad con el artículo 92 de la Ley General de Partidos Políticos, dentro del plazo establecido en el párrafo tercero del artículo 168 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos; para lo cual adjunta la documentación siguiente: DOCUMENTACIÓN CONJUNTA PROGRAMA DE GOBIERNO DENOMINADO "POR MORELOS AL FRENTE", EXPEDIDAS EL DÍA 03 DE ENERO DE 2018, CONSTANTE DE DIECISÉIS FOJAS ÚTILES, DESCRITAS POR AMBOS LADOS DE SUS CARAS. Plataforma Electoral de la coalición por Morelos al Frente, constante de veintinueve forjas útiles, suscritas por ambos lados de sus caras. 0 ACUERDO IMPEPAC/CEE/030/2018, QUE PRESENTA LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN IUDADANA. MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL REGISTRO DEL CONVENIO DE COALICIÓN PARA POSTULAR CANDIDATA (O) AL CARGO DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MORELOS. PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2018-2024, SUSCRITO POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS ACCIÓN NACIONAL Y MOVIMIENTO CIUDADANO. 3 de37
1 M PEPAC/CEE/030/2018 Convenío de la coalícíón denominada "POR MORELOS AL FRENTE", de fecha tres de enero del año dos mil dieciocho, que celebran el Partido Accíón Nacional, en lo sucesivo PAN representado por el ciudadano Juan Carlos Martínez Terrazas. en su Carácter de Presidente del Comité Directivo Estatal del PAN en el estado de Morelos y Movimiento ciudadano representado por la Licenciada Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz. en su carácter de Coordinadora de la Comisión Operativa Estatal de Movimiento Ciudadano en Morelos, con la finalídad de postular al candidato o candidata a gobernador del Estado de Morelos. para el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018; cargo de elección popular a elegirse en la jornada electoral ordínaria, cuya jornada comicial se celebrara en día primero de ju lío del año dos mil diecíocho, constante de veintiséis fojas útiles. descritas por ambos lados de sus caras. DOCUMENTACIÓN DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Constancia original suscrita por el Licenciado Erick Santiago Romero Benítez, en calidad de Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal Electoral. del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana. a favor del ciudadano Juan Carlos Marines Terrazas, el día veintisiete de enero del dos mil dieciséis, constante de una fija útil suscrita por ambos lados de sus caras. Copia certificada del instrumento cíento dieciséis míl novecíentos cincuenta y cinco, líbro dos mil trescientos cincuenta y ocho, pasado por la fe del Licencíado Alfonso Zermeño Infante, titular de la Notaria número CINCO, de la Ciudad de México, expedidas en fecha diez de febrero del dos mil dieciséis, mediante el cual se le otorgan PODERES GENERALES LIMITADOS. a favor de los señores JUAN CARLOS MARTÍNEZ TERRAZAS y MARTIN GUSTAVO LEZAMA RODRÍGUEZ. en su carácter de Presidente y Secretario General, respectivamente, del Comité Directivo Estatal, de dícho Partido Político eri el Estado de Morelos, constante de cuatro fojas útiles, suscritas por ambos lados de sus caras. Copia certificada de la constancia de mayoría expedida a favor de Juan Carlos Martínez Terrazas. como Presidente del Comité Directivo Estatal Morelos así como como a su planilla, emitida el veintiuno de enero del año dos mil diecisiete, por L.E. Martin Gustavo Lezama Rodríguez. Secretario General del Comité Directivo Estatal del PAN Morelos. Copia certificada del libro de registro que en cumplimiento a lo establecido en el artículo 55, párrafo l. inciso c). de la Ley General de instituciones y Procedemos Electorales, lleva (sic) la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este instituto, donde consta que el Partido Accíón Nacíonal se encuentra registrado como Partido Político Nacíonal, en pleno goce de los derechos y sujeto a las obligaciones que la ley de la materia señala. expedida el día dieciséis del mes de mayo del año dos mil diecisiete. ACUERDO IMPEPAC/CEE/030/2018. QUE PRESENTA LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO ATAL ELECTORAL DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN IUDADANA. MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL REGISTRO DEL CONVENIO DE COAUCIÓN PARA / OSTULAR CANDIQATA (O) AL CARGO DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MORELOS. PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2018-2024, SUSCRITO POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS ACCIÓN NACIONAL Y MOVIMIENTO CIUDADANO. 4de37