REGLAMENTO DE REFORMAS LOCALES A. PARRA S.A.S.

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Transcripción:

1. Revisión de proyectos De acuerdo con el alcance de la reforma que se pretenda realizar en el inmueble, el Arrendatario debe cumplir los siguientes requisitos para obtener la aprobación de inicio de obra. 1.1. Requisitos Se debe hacer entrega de los planos indicados a continuación dado el caso que esté en el alcance del proyecto, en formato CAD y PDF identificado con datos generales, alcance claro y especificaciones. A. Fachada frontal con detalles de vitrinismo y detalles generales en caso de que se requiera instalación de imagen corporativa o valla publicitaria de la entidad. B. Planta arquitectónica acotada donde se detalle el trazado de muros, mobiliario y equipos. C. Planos estructurales de ser necesario de acuerdo a la evaluación previa, cumpliendo la Norma Sismo Resistente Colombiana NSR- 10. Este diseño debe ser revisado y aprobado por un profesional ingeniero calculista debidamente matriculado ajeno al proyecto, para su revisión y aprobación a costo del interesado. D. Planos de redes eléctricas cumpliendo el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE vigente, y firmado por un profesional eléctrico debidamente matriculado. Cualquier instalación eléctrica provisional también debe cumplir con las especificaciones normativas vigentes. Al interior de cada local existe un tablero de distribución para los diferentes circuitos internos; en caso de requerirse aumento en la capacidad eléctrica, el Arrendatario debe hacer la gestión con el proveedor del servicio y asumir los costos que esto implique. El oficio de solicitud del movimiento eléctrico se debe hacer con 15 días hábiles, luego de tener la aprobación por parte de EPM y la Administración. En caso de requerir instalación de planta eléctrica de respaldo, debe ser presentado un proyecto independiente con todas las especificaciones del equipo, logística del montaje y plano o foto con la ubicación clara del mismo. E. Redes hidrosanitarias de acuerdo con la Norma de Diseño de Acueducto y Alcantarillado de EPM indicando el total de baterías adicionales que se pretendan instalar.

F. Instalaciones de Aire Acondicionado con especificaciones de los equipos y ubicación específica de las condensadoras en la terraza. No está permitida la instalación de estos equipos en las fachadas de los locales. Es necesario que el Arrendatario o encargado del proyecto, envíe toda la información solicitada según sea el caso al Área de Mantenimiento de A. Parra S.A.S. 1.2. Revisión y aprobación Después de haber revisado los planos y las especificaciones particulares, el Área de Mantenimiento hará las observaciones que considere pertinentes. Esas observaciones se referirán únicamente a precauciones durante el proceso propias de la condición de empalme a nuestra infraestructura, dejando al margen juicios u opiniones con respecto a los diseños y/o a las especificaciones particulares propuestas por el Arrendatario y a su vez se buscará garantizar la conservación, funcionamiento y estabilidad de la infraestructura del inmueble. Una vez evaluados los diseños y las especificaciones técnicas, la Administración emitirá la respectiva aprobación o la solicitud de la información faltante con un tiempo máximo de 8 días calendario después de la entrega de todos los requerimientos; con la aprobación, el Arrendatario podrá iniciar el proceso de reforma teniendo en cuenta el cumplimiento de las especificaciones técnicas y todos los lineamientos establecidos en el presente reglamento. La Administración hará revisiones o visitas en el proceso de reforma, verificando la idoneidad de las condiciones de empalme entre instalaciones eléctricas, hidrosanitarias, muros, pisos y demás actividades objeto de coordinación con los trabajos ya realizados y entregados en el proyecto. 1.3. Solicitudes previas al inicio de obra Para dar inicio a las obras, el Arrendatario o contratista del mismo, deberá: Aportar una Póliza de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros que ampare al edificio y a terceros afectados, por el monto y plazos que para el efecto le indique la Administración. La copia de la póliza deberá ser entregada junto con el comprobante de pago de la misma. La póliza que se exige tiene su razón de ser en que las adecuaciones o reformas que se realicen, pueden causar afectaciones a otros locatarios, visitantes o zonas comunes de la propiedad. Realizar las Actas de Vecindad con los locales colindantes, para lo que se deberá solicitar el apoyo de la persona encargada por la Administración para tal fin, y que

en acompañamiento del contratista del proyecto o el Arrendatario, levantará dicha documentación en el formato de Acta de Vecindad estipulado. Enviar a los correos electrónicos: aparra@aparra.com, mantenimiento@aparra.com, mantenimiento1@aparra.com previo al inicio de obra los certificados de afiliación y/o autoliquidación a la ARL y EPS de todo el personal que va a estar en la obra acorde al Procedimiento para autorización de ingreso de contratistas y terceros de los arrendatarios antes de comenzar los trabajos; adicional a esto se deben presentar los Certificados de Trabajo en Alturas de los trabajadores relacionados de ser necesarios. La carta de solicitud de permiso de ingreso debe enviarse indicando el número del local, horarios de trabajo, fecha tentativa de inicio y fin de obra, nombres y cédulas de todo el personal y nombre, cédula y número de teléfono del encargado. Todos los contratistas de los Arrendatarios que pretendan desarrollar actividades de reformas deben cumplir con las normas vigentes del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo según el Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 1111 de 2017. 2. Observaciones y recomendaciones para el desarrollo de la obra. Con la aprobación para inicio de las reformas y el cumplimiento de los documentos indicados anteriormente, se puede proceder con el inicio de obra. El contratista, constructor o persona encargada deberá cumplir con lo siguiente: 2.1. Generales de obra a) Para iniciar el proceso de reforma en un inmueble es indispensable instalar desde el interior una barrera visual que puede ser tipo lona o papel, haciendo las veces de cerramiento de obra, en caso de ser requerido. b) A. Parra S.A.S. en ningún caso se hará responsable de la pérdida o deterioro de materiales, herramientas, equipos o máquinas que se almacenen dentro de la obra o que, incumpliendo el presente reglamento, se dejen por fuera del mismo. c) Se debe solicitar autorización para perforación de pisos. d) El piso debe quedar terminado al mismo nivel que el piso de las áreas comunes y en ningún caso se permite la construcción o adecuación de escalones. e) No se debe pintar o revocar sobre el ladrillo a la vista; si se requiere, se puede anclar sobre un perfil o cinta doble faz para la instalación de muro falso.

f) Para el montaje e instalación de aviso publicitario en la fachada de cada local se debe ajustar al recuadro en estructura metálica a la altura del dintel de la puerta sin tener en cuenta las persianas. 2.2. Instalación de equipos en zonas comunes a) Los equipos deben ser instalados en la terraza, en el espacio asignado por la Administración sobre plantillas de neopreno o rieles especiales teniendo en cuenta que en ningún momento está permitido perforar el manto. b) La tubería o ductos de redes deben fijarse a las paredes del buitrón correspondiente y marcarlos con el número del local para que puedan ser identificados fácilmente. c) Para la disposición de redes en la cubierta se debe hacer sobre riel tipo Mecano con cubrimiento superior y a una altura máxima de 40cm. d) No está permitida la instalación de equipos en las fachadas de los locales, sólo al interior del mismo o en los espacios destinados por la Administración en la terraza, con la autorización previa. e) Para el montaje de antenas de comunicación se asigna un espacio aprobado directamente desde la Administración. f) La tubería a instalar para las antenas debe ser EMT y el recorrido debe haber sido aprobado por la Administración. g) Se debe marcar con el número del local todos los equipos que se encuentren en zonas comunes con un acrílico de 5cm * 10cm color negro y letras blancas. 2.3. Horarios, ingresos y salidas Horarios de cargue y descargue 8:30 am a 11:30 am 2:30 pm a 4:30 pm 8:00pm a 6:00 am a) El horario de trabajo permitido para realizar las labores que impliquen producción excesiva de ruido, polvo u olores, o trabajo en buitrones, es de 06:00 p.m. a 06:00 a.m. en semana, o fines de semana desde las 02:00 p.m. del día sábado. b) El ingreso y retiro de materiales, herramientas, equipos y máquinas debe hacerse siempre por las zonas de cargue y descargue. 2.4. Responsabilidades del arrendatario y excepciones

a) El Arrendatario debe tener en la obra una persona responsable de la dirección y coordinación de sus trabajos de reforma. b) El Arrendatario deberá cubrir los gastos ocasionados por daños a instalaciones del inmueble o a locales vecinos. En caso de presentarse alguna afectación esta deberá ser solucionada a la mayor brevedad posible. c) A. Parra S.A.S. no se hace responsable de accidentes de los trabajadores durante la ejecución de sus labores, teniendo en cuenta que la responsabilidad directa con los mismos está ligado a un contrato o servicio con el Arrendatario. d) En los casos en que el Área de Mantenimiento encuentre infracción a esta normativa o a sus procedimientos, podrá suspender temporalmente la obra. e) Es obligación de todos los locales tener desde el inicio de las obras, extintores con capacidad adecuada y en cantidad suficiente de acuerdo a la normativa vigente. 2.5. Los trabajadores a) No se permite el uso de equipos de música con volumen excesivo. b) No se permite que los trabajadores estén deambulando por los corredores o zonas comunes, de lo contrario podrá ser retirado por nuestro personal de vigilancia aliado. c) Los trabajadores deben hacer uso de las instalaciones locativas para el aseo y las necesidades personales. d) En el caso que el contratista del Arrendatario requiera de espacios para el estacionamiento de vehículos particulares o motos de sus trabajadores, deberán realizar la solicitud con anticipación a la Administración y adjuntar las placas al formato establecido por A. Parra S.A.S. para la gestión de ingresos, y posterior autorización. 2.6. Aseo, normatividad ambiental y cuidado de las zonas comunes a) El aseo al interior del local corre por cuenta del Arrendatario, así mismo la remoción de escombros, para lo que hay que tener en cuenta los horarios permitidos para cargue y descargue que para efectos de mitigación del riesgo debe disponerse en costales que permitan un adecuado transporte. b) En el caso que se genere suciedad en el recorrido de las zonas comunes, también será responsabilidad del Arrendatario y/o su contratista mantenerlas o dejarlas en un estado apropiado. c) La zona de almacenamiento de escombros debe disponerse al interior del local o en una celda asignada al local con un tiempo máximo de un día para su retiro. No está permitido dejar materiales en corredores o zonas comunes.

d) No se debe dejar contactos, alambres, conductores o cualquier otro elemento hacia las áreas comunes que pueda atentar contra el bienestar de los usuarios del edificio. e) Se prohíbe el almacenamiento de materiales y la preparación de mezclas por fuera del local. f) Los agregados pétreos (arenas y gravas) solo pueden ingresar en empaques apropiados, evitando a toda costa cualquier derrame en el transporte interno a través de la zonas comunes. Se debe tener cuidados similares al manejar productos como impermeabilizantes, cementos y pinturas. g) Para el transporte de materiales se debe utilizar coches de llantas neumáticas, y que el volumen transportado no exceda la capacidad del coche. h) La Administración en ningún caso se hace responsable de la disposición final de desechos peligros y otros como maderas, vidrios, solventes, aceites, pinturas, combustibles, materiales eléctricos, iluminación fluorescente, estopas contaminadas y similares. IMPORTANTE. La aprobación de la reforma no significa que A. Parra S.A.S. a la culminación del contrato de arrendamiento deba reconocer indemnización alguna a la Arrendataria por las mejoras correspondientes. En todo caso a la finalización del contrato los inmuebles deberán ser restituidos en el mismo estado en que fueron entregados, salvo el deterioro por el uso normal de los mismos y en tal medida será obligación de la Arrendataria retirar las mejoras implantadas. No obstante lo anterior A. Parra S.A.S. podrá autorizar de manera puntual el no retiro de algunas mejoras, sin que por tal razón deba pagar suma alguna a la Arrendataria. En señal de conocimiento y aceptación de las condiciones establecidas en el presente reglamento, suscribe el representante legal de la Arrendataria el día del mes de de. C.c.