RESTRICTED O R G A N I Z A C I Ó N M U N D I A L G/ADP/M/MEX DEL COMERCIO ADP/138/MEX r*«*«*«ais* (95-3329) Comité de Prácticas Antidumping Original: español PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES SEMESTRALES PREVISTOS EN EL PÁRRAFO 4 DEL ARTÍCULO 16 DEL ACUERDO MÉXICO En este documento se reproduce el informe semestral presentado por México. Habida cuenta de la Decisión sobre la evitación de la duplicación institucional y de procedimientos adoptada por el Comité en su reunión del 21 de febrero de 1995 ( ADP/135), se entiende que este informe constituye también el informe semestral de México, al Comité de Prácticas Antidumping de la Ronda de Tokio.
Miembro informante: México REPORTE SEMESTRAL SOBRE LAS MEDIDAS ANTIDUMPING Correspondiente al período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 1995 g 3o ft» h- M tsj w 2 País Iniciación Medidas provisionales Medidas definitivas Derecho defmitivo impuesto Compromisos relativos a los precios No existe dumping No se aplican medidas definitivas No existe daño Desistimiento Otra causa Volumen del comercio** Importaciones objeto de dumping expresadas en %del consumo interno*** %del volumen del comercio (del país exportador) objeto de investigación Base para la determinación M $ x fi x, margen de dumping*, margen de dumping* 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 Alemania R.F. de 17.4.95 l 2.250 t 0,2 Alemania R.F. de frío 36.670 t 3,8 Australia C. de frío 15.461 t 0,8 Conexiones de hierro 11.4.95 548 t 8 frío 14.4.95 * 14.730 t 1,5 17.750 t 1,7 Placa en hoja 14.4.95 l 11.280t 3.0 6.140 t 1.7 17.600 t 1.6 frío 14.4.95 l 4.570 t 0,5 Placa en hoja 8.560 t 2,3 14.250 t 4.0 Corea 17.4.95 Í 2.750 t 0,3
1 Corea Corea 2 frío Fosfato diamónico 3 23.6.94 4 8.5.95 2,07% 12,66% 16,43% 16,43% 2 5 6 7 8 9 10 11 17.180t 4.000 t 155.536 t 12 1,8 1,1 63 13 14 TM (Australia) Bovino 3.6.94 23.6.95 1 118.000 t 25 promedio Ex-URSS Annenia, Azerbaiyán, Belarus, Estonia, Georgia, Kazajstán, Letonia, Lituania, Moldovia, Tayikistán, Turkmenistán, Ucrania, Uzbekistán y Federación de Rusia 22.11.94 12.6.95 29,30% 65.110t 18,2 OCT () India la Llantas para bicicleta 16.11.94 12.4.95 116% 4.157.461 piezas 22 Japón Acido sulfúrico 15.4.94 7.6,95 166,67% 89.309 t 8 Países Bajos los 21.050 t 2,0 Sudáfrica 4.990t 1,4 frío 14.4.95 l 18.530 t 47.570 t 1,8 2,0 1 o 8.560 t 2,4! w OO «2
* Porcentaje o cantidad por unidad, según proceda. ** El volumen del comercio indicado se basa en las estadísticas correspondientes al último año civil anterior a la iniciación acerca del cual se dispone de datos (1993 en el caso de los datos presentados en este informe). Los datos sobre el volumen del comercio se refieren al volumen del comercio total del producto objeto de la media y procedente del país sometido a la investigación. *** El porcentaje expresado se obtiene con base en las importaciones realizadas durante el período investigado y el consumo interno del mismo período. CL n.d. (R) - Información no proporcionada por razones de confidencialidad. - No disponible. - Indica reexamen de una medida antidumping vigente. CLAVE DE LAS BASES PARA LA DETERMINACIÓN: TM SP OP OPT OCT OTCEP LDC - Precio en el mercado interno. - Precio en el mercado de un tercer país (indíquese el país). - Valor reconstruido. - Precios sobrados por el mismo productor. - Precios cobrados por otro productor. - Precios cobrados por otro productor de un tercer país. - Costos de otro productor de un tercer país. - Precio de exportación de un tercer país. - Trato teniendo en cuenta el artículo 13 del Acuerdo y las decisiones del Comité, documento ADP/2 (igualmente en la columna 3, cuando sea procedente). 1 Se continuó la investigación sin imponer derechos antidumping provisionales. NOTAS FINALES DEL REPORTE SEMESTRAL SOBRE LAS MEDIDAS ANTIDUMPING correspondiente al período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 1995 2 Los precios de exportación que sean inferiores al valor normal de referencia que marca la resolución final, pagaran derechos antidumping provisionales equivalentes a la diferencia entre el precio de exportación de la mercancía y el valor normal de referencia, salvo que éste rebase los márgenes de dumping que resultaron para cada empresa, caso en el cual se aplicarán derechos equivalentes a dicho margen. Se considerará precio de exportación el precio a nivel Ex-Works de la mercancía.
Medidas antidumping definitivas vigentes al 30 de junio de 1995 País del aviso público de la medida definitiva del aviso público del examen Cuotas compensatorias Flejes de Acero 10 de octubre de 1989 30 de marzo de 1992 b Cuotas compensatorias de 8%, 38% y 38% Recubrimientos cerámicos para muro 5 de septiembre de 1991 27 de noviembre de 1992 a Cuota compensatoria de 46% Transformadores eléctricos de potencia 7 de septiembre de 1992 Cuotas compensatorias de 29% y 35% Aceros especiales 18 de noviembre de 1994 Cuotas compensatorias de 4,65%, 20,48%, 12,61% y 64,96% Corea Poliéster fibra corta 19 de agosto de 1993 Cuota compensatoria se diferencia por empresa, el promedio es de 14% Vajillas cerámicas o de porcelana Cuotas compensatorias de 26% por las vajillas de porcelana y de 23% para las vajillas de cerámica Conexiones de hierro maleable 15 de abril de 1993 Cuota compensatoria de 33% Velas decorativas 19 de agosto de 1993 Cuota compensatoria de 103% Calzado 30 de diciembre de 1993 Cuota compensatoria promedio de 428%. Se aplican precios de referencia promedio de 16,28 DLS/par Fluorita grado ácido 10 de mayo de 1994 Cuota compensatoria de 16% Bicicletas, llantas y cámaras para bicicletas 22 de septiembre de 1994 Cuotas compensatorias de 144% y 279% Candados de latón 22 de septiembre de 1994 Cuota compensatoria de 181% Válvulas de hierro y acero Cuota compensatoria de 105% Hilados y tejidos de fibras sintéticas y artificiales Cuotas compensatorias de 331%, 501% y 54%
País del aviso público de la medida definitiva del aviso público del examen Cuotas compensatorias s químicos orgánicos Cuota compensatoria de 208,81% Prendas de vestir Cuotas compensatorias de 533% y 379% Afilalápices (sacapuntas) Cuota compensatoria de 145% Lápices Cuota compensatoria de 451% Herramientas 11 de noviembre de 1994 Cuota compensatoria de 312% Máquinas, aparatos y materiales eléctricos y sus partes 18 de noviembre de 1994 Cuotas compensatorias de 129% y 51,4% Juguetes 25 de noviembre de 1994 Cuotas compensatorias de 351%, 22,89%, 2,58%, 46,29% y 41,3% España Tripa de celulosa regenerada Cuota compensatoria de 28% España Tripolifosfato de sodio 8 de diciembre de 1992 Cuota compensatoria de 36% Fibra acrílica 5 de junio de 1991 12 de noviembre de 1992 a Cuota compenssatoria de 3% Policloruro de vinilo (PVQ 5 de junio de 1991 12 de noviembre de 1992 a Cuotas compensatorias de 19%, 13% y 35% Pisos vinílicos en rollo 15 de noviembre de 1991 27 de noviembre de 1992 a Cuotas compensatorias de 16% y 179% Varilla corrugada 23 de diciembre de 1991 6 de julio de 1992 a Cuota compensatoria de 13 % Tripa de celulosa regenerada Cuotas compensatorias de 21% y 18% Jeringas de plástico tipo de jeringa. El promedio es de 28% Conectores para empalmes de cables telefónicos 27 de noviembre de 1992 Cuota compensatoria de 20% 28 de abril de 1993 empresa. El promedio es de 26% Lámina rolada en 28 de abril de 1993 11 de agosto de 1994 a empresa. El promedio es de 25%
País del aviso público de la medida definitiva del aviso público del examen Cuotas compensatorias Lámina rolada en frío 28 de abril de 1993 empresa. El promedio es de 7% Peróxido de hidrógeno 23 de diciembre de 1993 Se aplicó cuota compensatoria de 34% inferior al margen de dumping de 72% s de aceros planos recubiertos 2 de agosto de 1994 Cuota compensatoria de 38,21% Placa en hoja 2 de agosto de 1994 Cuotas compensatorias de 46,18%, 44,90%, 76%, 3,86% y 78,46% Poliestireno cristal e impacto 11 de noviembre de 1994 Cuotas compensatorias de 44,32%, 11,82% y 28,10% Francia Sorbitol 27 de septiembre de 1990 1 de abril de 1992 a Cuota compensatoria de 52% Hong Kong Tela mezclilla 9 de septiembre de 1991 27 de noviembre de 1992 a Cuota compensatoria de 1 (uno) dólar de los EUA por kilogramo legal c Países Bajos Almidón canónico 14 de septiembre de 1994 a Cuota compensatoria de 16% Taiwan Artículos de cocina de hierro (peltre) 11 de octubre de 1990 1 de abril de 1992 a Cuota compensatoria de 17% Varilla corrugada 23 de diciembre de 1991 Cuotas compensatorias de 31% y 36% a b c Aviso público del inicio del reexamen de la medida antidumping definitiva, Aviso público del resultado del reexamen de la medida antidumping definitiva. En este caso la autoridad mexicana detectó que en los últimos reportes semestrales que se enviaron al Comité Antidumping, se señalaba como cuota compensatoria una cifra errónea (47 por ciento).